97 resultados para normativo contabilístico


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La presente tesis tiene por objeto el análisis de la interpretación prejudicial en base a los ordenamientos jurídicos comunitarios con énfasis en la correlación existente con el derecho de los Estados miembros. El estudio principal, se basa en la estructura jurídica de la figura legal, y entiende sus relaciones, puesto que el derecho interno no puede abstraerse de la realidad jurídica comunitaria y, conforme esta perspectiva, le interesa incorporarse a la dinamia que presenta el desarrollo de la normativa supranacional. Para alcanzar este paradigma, los países han sabido crear comunidades políticas que los representen y busquen una sincronización de su colectivo social, ubicando mecanismos que les permita armonizar su desarrollo conjunto, siendo una de las herramientas para este propósito, las disposiciones legales comunes. Este ordenamiento normativo común, que se encuentra interrelacionado con un proceso de aproximación entre legislaciones, conlleva a que el derecho interno necesariamente se vea influenciado y advierta directrices respecto de ámbito y de acción. Los aspectos referidos se ven desarrollados en tres capítulos, el primero, por el cual se introduce a un estudio, que partiendo de una generalidad, enmarca su realidad jurídica dentro de los ámbitos previstos para su desarrollo, el segundo, que agrupa los principios básicos para el ejercicio del derecho comunitario y desarrolla sus implicaciones normativas y un tercero que sustenta los efectos de la aplicación de la interpretación, sin desconocer la vasta experiencia que ha desarrollado a partir de su vigencia.

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Frente a la limitada existencia de estudios que definan el alcance de la figura de la notoriedad de las marcas en la Comunidad Andina, el autor aporta un marco conceptual, normativo y jurisprudencia de esta figura, , relacionándola con distintos instrumentos internacionales. La necesidad de unificar criterios en ecuador respecto a la interpretación de la normativa vigente para marcas notorias ha sido una de las razones para profundizar el análisis de la notoriedad, pues solo así se contribuirá a incentivar un ambiente de seguridad jurídica en el que tanto los titulares de derechos subjetivos como la instancia administrativa y autoridad nacionales competentes se conduzcan con lineamientos definidos y con actuaciones legales eficientes para consolidar un sistema que tutele de manera eficaz este tipo de derechos. En el transcurso del libro, el lector es retado a analizar el grado de cumplimiento de la legislación respecto de las obligaciones internacionales adquiridas, la conveniencia en el incremento de los niveles de protección y los problemas de aplicación de la normativa vigente.

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Este artículo describe los elementos centrales que conforman dos formas de Estado: el Estado liberal de Derecho y el Estado Social de Derecho. Respecto de este último desarrolla con mayor profundidad dos de sus elementos constitutivos: el valor de la igualdad sustancial o real y el reconocimiento y garantía de los derechos económicos, sociales y culturales. Plantea algunas reflexiones en la coyuntura actual del Ecuador respecto de la constituyente y las ventajas y desventajas del denominado constitucionalismo aspiracional. Finalmente propone la incorporación constitucional de tres aspectos que pueden apuntalar a nivel normativo la igualdad real y los DESC con el fin de consolidar el Estado Social de Derecho y los derechos humanos como razón de ser del Estado y factor de legitimación del mismo. No deja de advertir que la Constitución es una herramienta que puede o no servir para transformaciones sociales y que el reto fundamental de encarnarla en la cotidianidad pasa por un esfuerzo sostenido y complejo.

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En este artículo se reflexiona sobre las decisiones del Tribunal Constitucional, que al no disponer de una legitimación popular directa pueden considerarse legítimas tan solo si aparecen como aplicación de Derecho, y no como creación política de normas. Para ello se analiza la relevancia que, en este proceso de legitimación, pueden tener las teorías de la interpretación en consideración de la peculiaridad de los enunciados normativos de la Constitución que evidencian cómo el problema de la objetividad del parámetro de control no puede encontrar su solución desde el punto de vista teórico-normativo, llegando a la conclusión que la misma condición jurídica o política del control de constitucionalidad dependerá de la existencia de criterios de valoración permanentes, esto es, de una teoría de la interpretación elaborada por cada uno de los tribunales constitucionales.

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Este artículo busca generar debate académico sobre la naturaleza jurídica de los pronunciamientos del Procurador General del Estado en el Ecuador, y determinar si se trata de un acto normativo, de un acto administrativo, de un acto de simple administración, de un acto complejo o de un acto de naturaleza sui géneris, asunto que nos permitirá establecer a su vez la o las vías de impugnación de estos pronunciamientos, sean estas acciones constitucionales como de inconstitucionalidad de acto normativo, de acto administrativo o de amparo, o las acciones contencioso administrativas objetiva o de anulación, o subjetiva o de plena jurisdicción.

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Este trabajo aborda la inconstitucionalidad por omisión como un fenómeno del constitucionalismo actual, al cual se trata de encontrar un camino de solución, tanto en el campo teórico, como normativo-práctico. Se trata de contestar una serie de preguntas, entre ellas, si esta trasgresión puede o no ser recurrida ante un órgano de jurisdicción y control constitucional, si es posible un control sin que se violen otros principios constitucionales como la separación de poderes o el ejercicio estricto de las competencias constitucionales. El tema es evidentemente complejo, por lo que el trabajo se limita a realizar un bosquejo de algunas consideraciones que sientan las bases para la discusión, por lo que se analiza tanto los fundamentos de tesis contrapuestas, como las diversas soluciones esgrimidas dentro de la doctrina y la práctica, todo esto, tratando de adaptarlo a nuestra realidad jurídico constitucional.

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El presente trabajo busca establecer cómo se ha regulado la protección de la libre competencia en el actual esquema de funcionamiento del sector eléctrico ecuatoriano, con el fin de determinar las falencias y sugerir las correcciones pertinentes. Para el efecto se ha realizado, en primer lugar, una aproximación teórica que busca la integración de los conceptos de libre competencia, modernización, desregulación y privatización, así como comprender el modelo que adoptó el país en comparación con los otros esquemas de funcionamiento del sector eléctrico. En segundo término, se realizó un análisis normativo. El fallido proceso de privatización es objeto de una mención especial. Finalmente, se presentan las conclusiones que, en términos generales, se refieren al cuestionamiento del modelo de modernización del sector eléctrico adoptado por el país, a una reflexión sobre las relaciones entre privatizaciones y defensa de la competencia, y a la necesidad de revisar la estructura normativa en el Ecuador en torno al tema.

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Se describe la situación del derecho a la vida en Ecuador durante el último año; su marco normativo, frente al incremento de violaciones del derecho a la vida, como las ejecuciones extrajudiciales y el contexto en el que ocurren; la falta de investigación, que genera la impunidad en la mayoría de los casos, y la situación de vulnerabilidad en que se encuentran aquellas personas que denuncian estos atropellos. También se hace referencia a las recomendaciones sobre ejecuciones extrajudiciales realizadas al Estado ecuatoriano por el Relator Especial, en su visita al Ecuador el pasado mes de julio de 2010.

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El presente trabajo tiene como propósito presentar las especifidades que conforman un contrato electrónico dentro de la normativa ecuatoriana vigente, conociendo los aspectos más relevantes a considerar cuando se forma un contrato por vía electrónica desde el análisis del diferente precepto legal ecuatoriano así como normativo de carácter internacional aplicable a nuestra realidad, para consecutivamente determinar su aplicación. Para tal efecto, a lo largo de los cuatro capítulos que contiene la tesis, se establece la interrelación del comercio electrónico con el contrato electrónico, se analiza el mensaje de datos, la oferta y la aceptación electrónica; se determina la formación del contrato por vía electrónica, características comunes y los requisitos de validez. Al mismo tiempo en el último capítulo se trata la jurisdicción, competencia y los mecanismos de solución de controversias.

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La apertura del mercado de las telecomunicaciones en el Ecuador, se desarrolló a partir del año 1995, con la reforma al marco normativo del sector que buscaba en primera instancia privatizar los servicios de telecomunicaciones en manos del Estado. A partir del año 2000, en el país se prestan los servicios de telecomunicaciones en un régimen de libre competencia; teniendo desde ese momento la operación de varios concesionarios de los servicios fijo – móvil de telecomunicaciones, tanto públicos como privados. La Constitución de la República del Ecuador, es eminentemente garantista de los derechos ciudadanos, entre ellos el derecho al acceso universal a las tecnologías de la información y comunicación, así como el reconocimiento a las personas a disponer de bienes y servicios públicos de óptima calidad; y a elegirlos con libertad. La elegibilidad es fundamental para otorgar a la portabilidad numérica como el derecho de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones para mantener sus números telefónicos aún cuando cambien de empresa operadora, servicio o ubicación geográfica. Estamos frente al reconocimiento de un derecho, que sin duda beneficia a los usuarios de los servicios de telecomunicaciones en el Ecuador, es por ello que es importante describir la legislación y normativa ecuatoriana, antes y después de la implementación de la portabilidad numérica. Así como las consideraciones por las que la Asamblea Constituyente del Ecuador, reunida en ciudad Alfaro, Montecristi, provincia de Manabí, mediante Mandato constituyente, resolvió implementar en el Ecuador, la Portabilidad Numérica en los servicios móviles. En el presente trabajo se analizan las incidencias del derecho de portabilidad, que tienen los usuarios de los servicios móviles de telecomunicaciones; así como la legislación comparada.

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La liberalización del comercio de bienes es un medio que establece la CAN para alcanzar sus objetivos de integración aún más ambiciosos, para lo cual ha estructurado un sistema supranacional con un órgano de tipo jurisdiccional independiente que solucione las controversias que surjan del Acuerdo. En la OMC su mecanismo de solución de diferencias se compone de elementos propios de la investigación internacional y de la conciliación, así como de ciertos procedimientos contenciosos. En ambos casos, la liberalización comercial tiene semejanzas, como su fin último de mejorar el nivel de vida de la población, y diferencias como el tipo de normativa que sustenta cada caso: Derecho Comunitario o Derecho Internacional. Ese marco institucional y normativo en el que se encuentra cada mecanismo analizado, permite que se haga un acercamiento de los objetivos de cada uno, que en definitiva se circunscriben a que la normativa que los respalda sea cumplida y de este modo se puedan alcanzar los objetivos del Acuerdo. Por ello, en el presente estudio se hace un análisis detallado y novedoso sobre aspectos puntuales de cada mecanismo, como su estructura, conformación, financiamiento, los legitimados para intervenir ante ellos, los procedimientos y plazos establecidos —que incluyen recuadros ilustrativos sobre el tiempo que debería tomar una controversia—, los tipos de decisiones que adopta cada órgano, los recursos que procede ante cada decisión, su fuerza vinculante y exigibilidad. Tras breves pero claras reflexiones sobre la necesidad de que una norma sea efectiva para que pueda ser eficaz, y sólo de este modo sea posible valorar su eficiencia, se llega a afirmar que no será por un excelente o mal mecanismo de solución de controversias que las normas sobre libre comercio serán reconocidas por los Estados parte, y por ende se cumplan sus objetivos. Sobre esa base se realiza un estudio detenido de la estadística que reflejan las causas tramitadas ante el TJCA y el OSD, a fin de valorar el nivel de actividad de cada uno, los tiempos promedios que tarda cada mecanismo en resolver las causas, y lo eficiente o no de cada etapa en que se lleva a cabo el procedimiento para solucionar la diferencia. También se analizan los costos promedios para acudir ante cada mecanismo, la relación porcentual entre los aportes de los países y su grado de intervención, para demostrar, por ejemplo, que habría más eficiencia si los países que contribuyen con financiarlos actúan de buena fe frente a la normativa correspondiente. También se valora la calidad e importancia de las decisiones y pronunciamientos emitidos por el TJCA y el OSD, a fin de medir sus costos políticos y sociales. De este modo podemos extraer criterios que miran al fiel cumplimiento de la norma como única solución a los conflictos que se presentan, y otros que buscan restablecer la reciprocidad de intereses potencialmente afectada ante lo cual sólo caben acuerdos políticos. Ello permite concluir que si la liberalización comercial viene a ser un elemento para alcanzar un grado de integración que trascienda el libre flujo de bienes entre dos o más países, es oportuno adoptar un auténtico mecanismo de tipo jurisdiccional de solución de controversias. Si el acuerdo comercial no persigue ese tipo de integración, se deberían prever mecanismos de solución de controversias que busquen alcanzar cierta equidad entre lo preceptuado en la norma y las necesidades comerciales del momento y caso concretos.

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El presente trabajo investigativo permite efectuar un análisis en el primer capitulo de términos como son: consumidor, comercio electrónico, proveedor, los cuales hay que explicarlos conceptual y doctrinariamente, además de acudir a otras legislaciones y autores, para exponer seguidamente el reconocimiento expreso del derecho del consumidor y el comercio electrónico en nuestra legislación ecuatoriana, concretamente en la Constitución, Ley Orgánica de Defensa del Consumidor Ecuatoriana y Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensaje de Datos Ecuatoriana. En el segundo capítulo revisaremos el carácter de orden público y de interés social en las normas de protección al Consumidor, que caracteriza a la LODCE, importante para precisar luego una serie de derechos a favor del consumidor que contiene dicho cuerpo jurídico que considero pueden activarse en la relación con el proveedor en el campo del comercio electrónico. Prosiguiendo, se examina las obligaciones del los Consumidores, y, las responsabilidades y obligaciones de los proveedores según el mencionado cuerpo normativo. Finalmente en el tercer capitulo se examinará lo atinente al comercio electrónico y su régimen jurídico en el Ecuador el cual servirá para analizar el intercambio de bienes y servicios en el marco del comercio electrónico y que ayudará para examinar la relación importante entre el proveedor y el consumidor; así como el consentimiento para aceptar el mensaje de datos y para el uso de medios electrónicos. Luego, el Derecho de información del consumidor en la LCE, FE y MDE y para finalizar determinar conclusiones sobre el presente tema.

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Esta investigación analiza - en el caso del Ecuador - la construcción del discurso de derechos sexuales, vinculándola con la emergencia/producción de sujetos y no sujetos, así como con las lógicas de emancipación y regulación. Examina el período comprendido entre 1997 - año en el que por primera vez en el Ecuador se afirma ante un tribunal que los derechos sexuales son derechos humanos - y el año 2004. Privilegia el análisis del discurso jurídico entendiendo lo jurídico de manera integral, esto es, desde su componente normativo, estructural/institucional y político/cultural. Enfatiza en la interrelación entre los derechos sexuales reconocidos en la Constitución Política del Ecuador (componente normativo), los debates en la Asamblea Constituyente y las interpretaciones del Tribunal Constitucional (componente estructural) y las agendas y propuestas de organizaciones sociales de mujeres, de lesbianas, gays, bisexuales, transexuales y transgénero y de jóvenes así como la posición de la Iglesia Católica (componente político/cultural). Intenta dar respuestas a preguntas tales como ¿Qué condiciones favorecen el surgimiento del discurso de derechos sexuales en el Ecuador? ¿Qué implicaciones tiene que se empiece a tratar el ámbito de la sexualidad desde los derechos humanos?. ¿Es un punto de inflexión el nombrar los derechos sexuales como derechos humanos? ¿Cómo se expresan a través del discurso de los derechos sexuales formas de emancipación o regulación? ¿De qué manera este discurso produce sujetos y no sujetos? ¿Cómo se manifiesta la relación entre controles y resistencias? ¿Qué tensiones y contradicciones se expresan en el discurso de derechos sexuales?¿Qué retos y rupturas plantea la inclusión de la sexualidad en el discurso de los derechos humanos? Finalmente propone algunas pistas que permitirían ganar espacios de emancipación, autoestima y autonomía en el ámbito de la sexualidad desde el discurso de los derechos humanos en general y de los derechos sexuales en particular.

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El interés sobre la propiedad privada de bienes intangibles se relacionó, inicialmente, con la industria metalmecánica, electrónica y química; en la actualidad, se lo asocia, además, con la industria biotecnológica. La evolución en la investigación de la biotecnología exigió al derecho un reconocimiento por el esfuerzo y tiempo empleado, mediante una patente de invención. De esta manera, poco a poco, se ha ido introduciendo la posibilidad de patentar invenciones que contengan materia viva en el tema de propiedad industrial. En el ámbito internacional, con la firma del Convenio de la Unión de París (1883), se marcó la primera intención de los países de unificar la norma referida a la propiedad industrial. En 1994, con la creación del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), se obligó, a todos los Estados miembros de la OMC, a modificar sus normas internas y otorgar las protecciones mínimas en función de los ADPIC. De esta manera, se abrió la posibilidad de considerar la patentabilidad de la materia viva en el ordenamiento internacional. La línea divisora, que considera la patentabilidad o no, ya no recae en la distinción entre materia viva y materia no viva. Hoy en día, el derecho se haya sumido en una gran perplejidad ante la posibilidad de patentar productos de origen natural e incluso organismos vivos. Para tal efecto, ha mantenido los requisitos de patentabilidad y ha diferenciado lo que corresponde a materia viva existente en la naturaleza de lo que se define como materia aislada o producto obtenido por un procedimiento tecnológico. Abierta la posibilidad de patentar seres vivos, los países desarrollados comenzaron a sentar jurisprudencia en este sentido. Al mismo tiempo, los países en desarrollo cuestionaron y crearon una polémica en relación a estos derechos intelectuales, porque vieron afectados sus intereses y, de esta manera, limitarían las pretensiones de una protección más amplia respecto al tiempo y la materia patentable: actual tendencia de los países desarrollados. Situación que se analiza en esta tesis dentro del marco normativo actual de la Comunidad Andina.

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El presente trabajo está basado en el análisis realizado al Sistema de Ejecución Presupuestaria y su aplicación a las instituciones del Gobierno Central, en el cual además de las Instituciones del Sector Público están involucrados el Ministerio de Economía y Finanzas, y Organismos de Control. Como un preámbulo, se realiza una reseña histórica de los antecedentes que motivaron al Banco Central del Ecuador y Ministerio de Economía y Finanzas buscar una nueva alternativa para que las instituciones del sector público ya no realicen sus operaciones en el Banco Central utilizando los cheques entregados por esta entidad como medios de pago, diseñando para el efecto un sistema de Ejecución Presupuestaria que les permita realizar transferencias, pagos y depósitos a través de la banca privada corresponsal, el cual constituye un medio normativo que posibilita la ejecución de los presupuestos del Gobierno Central. Con la finalidad de fomentar el uso de la tecnología de la información y de comunicaciones en la gestión del sector público, tendiente a mejorar los niveles de transparencia, eficiencia y seguridad en los procesos, relacionados con la gestión de cobros y pagos de las instituciones del Gobierno Central, el Banco Central del Ecuador a diseñado el Sistema de Pagos del Sector Público, a través del cual se realizan el pago de las remuneraciones de los servidores públicos, además se pueden incluir en el mismo, otros pagos como servicios, viáticos, pago a proveedores y cualquier cancelación que las instituciones deban realizar por concepto de obligaciones ya devengadas. Para el efecto se ha coordinado la colaboración del sistema financiero nacional, el cual involucra a Bancos Privados, Asociación de Mutualistas y Cooperativas de Ahorro y Crédito, en las cuales los servidores públicos aperturarán sus cuentas de ahorros o corrientes para la transferencia de sus remuneraciones. Este sistema a más de brindar agilidad en los procesos, permitirá al Gobierno Central disponer de información veraz y oportuna respecto al número de empleados del sector público que se encuentran laborando en sus diferentes dependencias, contribuyendo a un ahorro considerable en el Presupuesto General del Estado, además que permitirá al Ministerio de Economía y Finanzas programar el presupuesto de gastos para dichas instituciones, con base a información transparente.