36 resultados para Transferencia electrónica de fondos bancarios


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La administración del riesgo de liquidez se ha constituido en uno de los factores más importantes en la sanidad del sistema financiero mundial especialmente desde la crisis económica del año 2008. Los bancos son los más susceptibles de contagiarse y provocar grandes hecatombes financieras por la naturaleza de su negocio dado que son los encargados del proceso de transformación de vencimientos, captando depósitos a corto plazo y concediendo créditos a largo plazo. En el caso de la presente investigación se analizarán los sistemas bancarios privados de Ecuador, Colombia y Perú, con corte a Diciembre 2012 (dado que los balances a Diciembre 2013 aún no están publicados en las Superintendencias de Colombia y Perú) a fin de establecer las herramientas que poseen en cada sistema y su comparación. La temática se constituye en cuatro capítulos. El primer capítulo realiza una serie de definiciones del mercado financiero, sistema bancario, liquidez, riesgo de liquidez y administración de este riesgo. El segundo capítulo es un estudio pormenorizado de cada sistema bancario privado y una caracterización de las herramientas de control del riesgo de liquidez. Adicionalmente, se revisa la situación económica que vive una economía dolarizada como lo es la ecuatoriana que su banco central no cuenta con todas las funciones propias, siendo una de las más importantes la de Prestamista de Última Instancia. El tercer capítulo se refiere a la comparación de los principales indicadores homologados en los tres sistemas bancarios privados a fin de determinar la situación de liquidez y su administración del riesgo asociado, la solidez del sistema bancario entre los tres y el impacto que tiene el esquema de dolarización en la cobertura de liquidez. Finalmente, el cuarto capítulo presenta conclusiones y recomendaciones.

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El presupuesto referencial dentro de la contratación pública en el Ecuador, ha sido un elemento que sirve para seleccionar el proceso de contratación a seguir, un requisito que se exige al momento de elaborar el Plan Anual de Contratación y una exigencia al momento de solicitar la certificación presupuestaria, que contenga los fondos necesarios para llevar a cabo una contratación. En la Subasta Inversa Electrónica, el presupuesto referencial se lo fija sin un criterio homologado entre entidades contratantes, mientras que en los convenios marco que se desarrollan para la provisión de bienes en el Catálogo Electrónico, el SERCOP lleva un proceso que no permite garantizar que los valores de los bienes ofertados que deben ser adquiridos con el carácter de obligatorios por las entidades contratantes, sean los mejores del mercado. La efectiva o errónea determinación del presupuesto referencial en los procesos de contratación y la inteligencia en las compras públicas, provoca una afectación en el gasto público, evidenciándose que las políticas que contiene el Plan Nacional de Desarrollo y los lineamientos que la cartera de Estado encargada de las Finanzas expide para efectuar los gastos, son fastuosos postulados muy bien fundamentados, pero que difícilmente son entendidos y puestos en práctica. El presupuesto referencial es un factor trascendental para el cumplimiento de los objetivos de todo Gobierno, ya que permite pasar de lo planificado a lo realizado, por esto es necesario analizar sus componentes, su naturaleza y su importancia para la Administración, a fin de poder determinar su posicionamiento real dentro las compras públicas y su estrecha relación con el gasto público.

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La presente investigación analiza tresinstituciones jurídicas, a saber, la determinación tributaria, la seguridad jurídica y los precios de transferencia. Las referidas instituciones interactúan con el objetivo principal de identificar cuáles son los elementos que se deben considerar para que exista seguridad jurídica cuando se practican actos de determinación tributaria en materia de precios de transferencia. Cuando una parte fija un precio por una operación económica con otra parte relacionada o vinculada, esta fijación debe ser una consecuencia de las leyes de libre mercado. El problema se presenta cuando el precio fijado, tiene como objetivo disminuir o incrementar los ingresos o gastos, de tal manera que se distorsionan beneficios económicos, se trasladan operaciones o se erosionan bases imponibles. En este contexto, la normativa nacional en los países andinos como las normas de organismos de cooperación internacional, como es la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico– OCDE, establecen la posibilidad de que los precios que no se sujetan al principio de plena competencia puedan ser ajustados de acuerdo al principio de plena competencia. Así las cosas, corresponde a los contribuyentes en sus declaraciones y la administración tributaria en sus actos de determinación ajustar tales precios, pero esta actividad por su alto carácter técnico, por incluir en la mayoría de casos operaciones económicas sofisticadas y planificadas, e incluso operaciones únicas, implica que sea una actividad que puede derivar en actuaciones arbitrarias o discrecionales de los sujetos tributarios. En este contexto, frente a un acto de determinación de la administración tributaria en materia de precios de transferencia, susceptible de actuaciones subjetivas, es imprescindible considerar el derecho a la seguridad jurídica, como un presupuesto necesario para circunscribir la actuación fiscal y de los sujetos tributarios, a parámetros que permitan establecer una real carga impositiva, parámetros o elementos que se analizan en este trabajo a la luz de los precios de transferencia.

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Es indudable que la tendencia del derecho público, en tiempos de globalización se caracteriza por ceder mayor participación a los particulares en la realización de obras y en la prestación de servicios públicos; por esta razón, el Estado ha incursionado en nuevas formas de realización de estos procesos en torno al nuevo sistema de compras públicas. Por lo expuesto, es importante analizar el Gobierno Electrónico y su relación con la contratación pública estatal a nivel nacional e internacional y el avance que esta ha tenido, vinculándose a la contratación pública en el proceso de gobernanza electrónica o política pública que el Estado determina o genera a fin de que se ejecute la debida y correcta aplicación de las herramientas integrantes de un gobierno electrónico con el objetivo de dinamizarlo. Así también conocer las características de la gobernanza electrónica y el gobierno electrónico en el Estado, definiendo cada uno de los elementos que integran la contratación pública electrónica, sus objetivos, los mismos que nos permiten visualizar la relación estricta entre la Gobernanza Electrónica, gobierno electrónico y contratación pública electrónica. La contratación pública electrónica en el Ecuador para su instauración y fortalecimiento ha requerido de varios actos administrativos que motiven oficialmente el uso de una plataforma electrónica, lo que ha conllevado al legislativoejecutivo y a sus instituciones a emitir instrumentos legales como acuerdos, leyes, reglamentos y resoluciones, en los cuales se determine la normativa clara para el uso y aplicación de estas herramientas de contratación; se analiza los instrumentos legales de vital importancia que sirvieron de antecedente para la construcción y funcionamiento del Sistema Nacional de Contratación Pública en el Ecuador, así como también las características actuales del mismo especialmente en relación a los procedimientos dinámicos catálogo electrónico y subasta inversa electrónica.

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Mediante la propuesta de una herramienta financiera llamada matriz de liquidez, analizaremos la necesidad de fondos de las pequeñas y mediana empresas, expresada en las cuentas corrientes del balance general, basado en el tiempo en el que las cuentas del corto plazo pueden ir transformándose en efectivo, con esta herramienta se espera que los empresarios de las pequeñas y medianas empresas puedan mantener un control adecuado de la liquidez de la empresa y cubrir sus obligaciones del corto plazo. Se realizará un diagnóstico actual que permita identificar las causas de necesidad de fondos en las pequeñas y medianas empresas de la ciudad de Quito y determinar la factibilidad de la nueva metodología para realizar el análisis de liquidez, realizando entrevistas previas a los gerentes, con el fin de conocer su situación actual y la situación futura al implementar la Matriz de Liquidez. Realizaremos un análisis de la propuesta aplicado a 33 empresas del sector de Servicios, Comercial e Industrial y realizaremos una comparación de los indicadores derivados de la primera columna de la Matriz de Liquidez considerados como inmediatos, es decir los de vencimiento a 30 días frente a los indicadores tradicionales. Las cuentas del corto plazo deben ser analizadas en base a su antigüedad mensual, de tal manera que existan los calces de plazos, tal como funciona en las instituciones financieras. Bajo esta metodología, las pequeñas y medianas empresas podrán identificar el tiempo en el que las cuentas del corto plazo (menos de un año) se hacen efectivo. No existe información referente a la liquidez de las organizaciones, por lo que se ha aplicado una herramienta utilizada en la banca para las pequeñas y medianas empresas. La matriz de liquidez permite realizar un análisis al detalle de cada una de las cuentas con recuperación menores a un año y así conocer la capacidad de convertirse en efectivo, mediante la segregación de la antigüedad de cada una de las cuentas corrientes con el fin de identificar la posición cubierta o descubierta para los próximos meses, esta información es de mucha ayuda a Gerencia para la toma de decisiones oportunas sobre la liquidez de las empresas.

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En esta tesis se enfoca y analiza los medios previstos en el régimen jurídico ecuatoriano vigente, que viabilizan las transferencias de dominio de bienes inmuebles entre instituciones públicas. En ese cometido, se estudia los mecanismos que plantea la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP) para la adquisición por parte de una institución pública de bienes inmuebles de propiedad de otra institución de igual carácter. Se procura dejar claramente diferenciadas las dos vías que enuncia tal normativa: la una referida a la transferencia de dominio por acuerdo, instrumentada a través de distintos actos jurídicos que la misma ley prevé; y, la otra, que hace mención a la expropiación como transferencia de dominio forzosa, vía que se encuentra reconocida constitucionalmente. En ese sentido, se analiza conceptual y normativamente la figura de la expropiación, y luego el procedimiento expropiatorio a cargo de las instituciones públicas, empezando con la declaratoria de utilidad pública o de interés social, que permita justificar la necesidad de la adquisición del inmueble para la satisfacción de las necesidades públicas, se analiza también la importancia del acuerdo entre las partes respecto del precio del inmueble afectado dentro del proceso expropiatorio, para evitar el juicio de expropiación, y de otros aspectos a observar para consumar la transferencia de dominio por esta vía. En este desarrollo se deja expuesto la necesidad de contar con normativa más clara sobre los dos mecanismos que pueden promoverse para la adquisición de bienes inmuebles por parte de instituciones públicas, enfatizando el acuerdo como la primera opción; y, en ese sentido, se plantea la necesidad de reformar la LOSNCP y a su Reglamento de aplicación en las disposiciones tocantes al tema abordado.