54 resultados para Seguridad ciudadana en Medellín


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Durante los últimos cuatro meses, la crisis policial desplazó gran parte de los ejes del debate político y social en el país. Esquemáticamente, este último período se puede dividir en dos momentos y un interludio: hasta el fin del año 2010, mientras el gobierno intentaba normalizar las relaciones con los uniformados sin renunciar a su política de restructuración institucional, arreció una campaña política y mediática contra el gobierno centrada en el temor a la delincuencia y la exigencia de reforzar la seguridad ciudadana. Durante esos dos meses, por primera vez desde su llegada al poder, la agenda política estuvo marcada por la oposición y no por el gobierno. Entre enero y febrero de 2011, en un giro notable, gracias a la decisión presidencial de convocar a una consulta popular, el gobierno reconquistó la iniciativa política sobre el tema y cambió el eje de la discusión nacional hacia las preguntas y el nuevo proceso electoral. En el vértice de este giro político, a inicios de enero, el régimen ciudadano cumplió cuatro años en funciones, un récord de longevidad en un país que no ha visto gobiernos que terminen su mandato desde 1996. Durante ese breve interregno, en la discusión pública dominaron los balances globales de logros y dificultades. Este breve informe hará un análisis de esos tres momentos y tentará una lectura de su significado.

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El derecho a la seguridad es una combinación de facultades y potestades que tiene la sociedad para requerir del Estado la adopción de condiciones propicias para una convivencia pacífica exenta de todo riesgo o peligro. En su significado semántico, la seguridad supone la exclusión de daño, peligro; en tal virtud, es una situación, estado social o mental con ausencia de todo riesgo o amenaza real. Dentro de este contexto, existen diferentes tipos de seguridad: integral, humana, ciudadana, pública, jurídica, social, entre otras. La Constitución de la República del Ecuador establece el ejercicio popular para la defensa y protección de los derechos colectivos, entre ellos, a la seguridad; por tanto, para satisfacerlo es fundamental adoptar políticas públicas que generen condiciones básicas que garanticen: 1. seguridad económica; 2. seguridad política; 3. seguridad ambiental; 4. seguridad de la salud; 5. seguridad alimentaria; y 6. seguridad ciudadana.

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El presente trabajo de investigación se denomina: “El sentimiento de inseguridad en la sociedad del riesgo, controversias y demandas ciudadanas en la ciudad de Cuenca”. La percepción del fenómeno criminal influye en la creación y modificación de políticas del Estado y de los Gobiernos Locales, que intentan paliar de diferentes formas el fenómeno de la inseguridad ciudadana. Para lograr alcanzar esta propuesta cabe buscar la respuesta a la siguiente pregunta central de la investigación: ¿De qué manera incide la percepción de inseguridad en las autoridades locales de la ciudad de Cuenca? Para lograr los resultados pertinentes, se ha realizado una investigación cualitativa y cuantitativa sobre la percepción de la criminalidad en la ciudad de Cuenca, trasladando las preguntas a un segmento de la población, y a un grupo de jurisconsultos conformado por abogados, jueces y fiscales, que ejercen profesionalmente en dicha ciudad. La investigación se sustentó con fuentes primarias, haciendo análisis: de los cuerpos normativos; las doctrinas expuestas en los manuales y libros jurídicos; a la Ordenanza dictada por el Consejo Cantonal de Cuenca; a las encuestas a la población cuencana sobre la percepción sociológica; y, a las entrevistas realizadas a los profesionales de la justicia. Las conclusiones resultantes se basaron en los conceptos y las doctrinas analizadas, junto a los análisis elaborados de las encuestas y las entrevistas.

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El texto trata la situación de la zona de frontera norte ecuatoriana, identificando que históricamente Ecuador es el único país que ha desempeñado un papel diferencial en la economía política del narcotráfico en los países andino-amazónicos; esto en el contexto de las guerras globales contra el narcotráfico y el terrorismo relacionadas directamente con los flujos transnacionales de narcotráfico. Desde esta perspectiva se presenta una propuesta analítica e interpretativa sobre la economía política del narcotráfico, haciendo referencia a los flujos transfronterizos de narcotráfico, manifestación mediante la cual, la compleja frontera norte-ecuatoriana se relaciona con el sistema industrial de droga que se desarrolla en los países andinoamazónicos insertándose a los circuitos y redes ilegales de la economía política internacional del narcotráfico. El establecimiento de una red de flujos transfronterizos de narcotráfico en la frontera norte ecuatoriana, constituyen la agudización de la consecución y la expansión del mercado de producción y tránsito de droga en la zona de frontera colombo-ecuatoriana. Con consecuencias problemáticas que agravan las condiciones sociales y de seguridad ciudadana de las poblaciones transfronterizas, las condiciones de corrupción y desintegración política, institucional y social.

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El tema del presente trabajo sobre las interacciones jurídicas entre la Seguridad Social y la seguridad complementaria, en concreto sobre los planes y fondos de pensiones desde una perspectiva comparada, esto es, teniendo en cuenta lo dispuesto en el nuevo ordenamiento jurídico respecto de la Seguridad Social obligatoria se plantea problemas importantes relacionados con las prestaciones de la Seguridad Social y los planes y fondos de pensiones; los problemas y desafíos de la seguridad social frente al desarrollo de la seguridad complementaria; y, el control que debe implementarse en los dos casos. El término complementario aplicado a la Seguridad Social sirve para designar un conjunto de técnicas de protección de riesgos sociales o incluso de mera generación de prestaciones económicas situado al margen del sistema público de Seguridad Social. Mientras el sistema público tendría por fin garantizar la dignidad de las personas incluidas en su ámbito que estuvieran en situación de necesidad; las técnicas de Seguridad Social complementaria tendría por fin generar prestaciones a favor de esas mismas personas para asegurarles en las situaciones de necesidad un estándar de vida cercano al que tenían antes de haberse colocado en tales situaciones. En lo que se refiere a la protección social se puede destacar que la Seguridad Social persigue la solidaridad social mediante la redistribución de la renta nacional, la universalización de la cobertura de carácter público. En la actualidad, aún se mantiene la pregunta sobre el futuro de la Seguridad Social, cuyo gran reto para el presente siglo será hallar un nuevo equilibrio entre el logro de la prosperidad económica y la perseverancia de la justicia social. El tema pretende reivindicar el quehacer de la supervisión y control independiente en los regímenes previsionales. Por lo tanto, la propuesta es organizar la actividad supervisora específicamente para el área de los sistemas previsionales, mas allá de las que tradicionalmente se encuentran a través de los órganos de control del Estado, donde se privilegia la responsabilidad en el cumplimiento de las normas presupuestarias o bien las integradas a las instituciones específicas de la Seguridad Social.

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En Colombia, los movimientos sociales buscan recuperar el espacio público y el de la ciudadanía, en un contexto donde el Estado bipartidista es débil a la vez que excluyente, donde los conflictos sociales se han desbordado y la violencia ha llegado a límites insospechados. Parte de estos movimientos sociales, el movimiento de los Derechos Humanos enfrenta diversos obstáculos: conflicto armado interno, paramilitarismo, impunidad, desplazamiento forzado, que dificultan el desarrollo de su labor.

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Relacionar de manera sinérgica las temáticas de género y seguridad presenta dificultades tanto teóricas como metodológicas. La primera dificultad reside en que esa relación es todavía en buena medida terra incógnita en el ámbito de las ciencias humanas. Si existe algún consenso entre los autores preocupados por esta materia es precisamente que sólo recientemente se está iniciando la producción de conocimiento en cuanto a esta relación, al menos en términos estrictos y actuales. 13 p.

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Me he involucrado profundamente en la presente investigación, toda vez que en mi vida judicial he sido fiscal y juez, y he considerado la importancia del principio constitucional de la presunción de inocencia, pues éste principio no está bien comprendido por los jueces de garantías penales, fiscales, policías, abogados en libre ejercicio y ciudadanía en general, porque no existe en nuestro país una cultura constitucional de respeto a la dignidad de las personas y a los derechos humanos, lo cual significa que no estamos todavía preparados para vivir en un Estado Constitucional de Derechos y Justicia; y, como consecuencia de ello se atropella el derecho a la libertad de personas inocentes, que a título de prisión preventiva han permanecido en Centros de Rehabilitación por varios meses y a veces por años, para luego obtener una sentencia que confirma la presunción de inocencia. La prisión preventiva, sin embargo de que es una medida cautelar personal extrema, y de excepción de acuerdo a la Constitución de la República, el fiscal al momento de solicitarla y el juez de garantías penales al dictarla casi nunca la motiva, esto es, no se cumple con los requisitos constitucionales y legales, por falta de cultura jurídica constitucional, tanto más que al dictarla se violenta varios otros derechos constitucionales como el de la presunción de inocencia, la libertad, la privacidad, la dignidad, el derecho de defensa, etc. En los capítulos primero y segundo fundamentaré el estudio sobre el principio constitucional de presunción de inocencia y los requisitos constitucionales y legales para limitar el derecho a la libertad, al momento que el fiscal lo solicita y que el juez lo dicta, pues toda persona debe ser considerada y tratada como inocente, por esta razón este principio constitucional es la garantía más significativa y se halla en primer plano en nuestro ordenamiento jurídico, pues se deriva del principio de que nadie puede ser penado sin juicio previo, de lo cual se deduce la figura de un derecho constitucional a permanecer en libertad mientras no exista sentencia condenatoria ejecutoriada o en firme, lo cual demuestro en el capítulo tercero que trato sobre la investigación de campo.

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La noción de democracia moderna planteó desde sus raíces conceptuales tener mayores y mejores posibilidades para organizar la vida de los Estados contemporáneos porque básicamente era presentada como una forma de gobierno opuesta al autoritarismo, es decir como una forma de organizar el poder político con límites precisos constituidos por los derechos humanos y como un mecanismo de regular la potencial participación de todos los ciudadanos por alcanzar tal poder. Tenía, en ese sentido, una pretensión emancipatoria que hacia pensar a los ciudadanos que las experiencias presentes de vida y organización socio-política pueden ser, y de hecho van a ser, superadas y mejoradas en cuanto se adquiera como forma de gobierno a la democracia. Esta pretensión emancipatoria se sintetizó en la promesa de progreso continúo y colectivo que caracteriza a la modernidad, y que nos llevó a creer que la noción de bien común gestionada desde las prácticas democráticas encerraba el mandato de aumentar progresiva e ilimitadamente el bienestar de los asociados en el Estado, es decir de los ciudadanos que lo constituyen. Esa era la dinámica que planteaba el contrato social de Rousseau, por el cual se aspiraba a una sociedad en la que, con base en los derechos inherentes a las personas, ningún hombre fuera tan rico para poder comprar a otro y ninguno sea tan pobre para tener que venderse a otro. Sin embargo la noción del bien común pronto perdió este sentido básico de equilibrio y colectividad que originalmente le impregnó el liberalismo europeo. En efecto, el bien común pasó de ser el bien de las mayorías (de la comunidad) a ser el resultado de sumar el bienestar de cada uno de los asociados individualmente considerados. Así pues el promedio entre el más rico y el más pobre determina el estado de bienestar en la sociedad, aunque hacer esto encubra las enormes inequidades que existen entre uno y otro. Desde esta racionalidad, el bienestar de una sociedad se mide por su crecimiento económico, aunque la riqueza esté hiper concentrada en pocas manos, y no se mide por el grado de satisfacción de necesidades y acceso a oportunidades que tienen la mayoría de los ciudadanos.

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En el Perú, por regulación constitucional el Estado se obliga a realizar una serie de servicios a favor de los ciudadanos a efectos de cumplir en forma prioritaria, con los tres primeros artículos constitucionales (dignidad, fin supremo, derechos fundamentales) obligación que parte del principio de creación del Estado como figura jurídica. Sin embargo una serie de factores han impedido que múltiples derechos constitucionales y algunos fundamentales tengan una viabilidad positiva en la realidad nacional. Entre estos factores encontramos aquellos de carácter objetivo, que están vinculados al ámbito económico, los cuales se producen por la situación de crecimiento económico de naciones como la peruana, que enfrenta situaciones de pobreza extrema, así como la falta de servicios públicos como: salud, educación, vivienda, seguridad ciudadana, que puedan mejorar la calidad de vida de población.

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La deuda como una obligación moral contraída por un deudor y ofertada por un acreedor está sujeta a las condiciones originariamente pactadas y a la vertiginosa dinámica del mercado financiero internacional. Según esta perspectiva, el capítulo I desarrolla aquellos conceptos claves que conforme al derecho público permitan a los poderes del Estado determinar el carácter lícito o ilícito de la deuda externa. A lo largo del capítulo II la experiencia del caso ecuatoriano se entremezcla entre la visión jurídica y el análisis económico de la deuda externa pública a partir de 1994 hasta el 2006. Los mecanismos financieros implementados para extinguir las obligaciones y transformar la deuda comercial en títulos valor en los noventa dieron un tratamiento diferenciado al capital y a los intereses, con la finalidad de influir sobre la capacidad de pago del país. Sin embargo, la declaración de una moratoria unilateral se hizo presente en 1999 en medio de la más profunda crisis financiera del Ecuador. Fortaleciendo así la idea de que el endeudamiento de un Estado no era cuestión de liquidez sino de solvencia. La renegociación de la deuda por los Bonos Global se produce en medio de condicionamientos favorables para los acreedores. De ahí que en este tramo han surgido las principales causales de ilegitimidad de la actual deuda. En el sentido más amplio de la legitimidad de la deuda pública externa es tratado en el capítulo III. El destino real de los créditos otorgados se confronta con el fin social de los mismos. La ciudadanía en la mayoría de los casos desconoce el real origen de la deuda pública e ignoran el contexto de su legítimo otorgamiento. Pese a ello su pago se ha convertido en una obligación ineludible en el escenario de sus relaciones internacionales y de los acuerdos alcanzados sobre derechos fundamentales. Para finalizar, el manejo de los recursos públicos es analizado con un claro ejemplo: La ejecución del proyecto de riego Carrizal - Chone adjudicada a la constructora Norberto Odebrecht y expulsada el 23 de septiembre del 2008. ¿Cómo proceder? Para ello se propone, en el capítulo IV, a la auditoría pública de la deuda externa como un instrumento facultativo de los poderes públicos que se afianza en el derecho nacional. Se realiza una propuesta metodológica integral entre lo económico y lo jurídico que permita develar una base moral y legítima de los acrecentados pasivos históricos de un estado. Unas breves conclusiones cierran el análisis de aquello que no se adecua con la ley o lo legítimo; y de aquello que no se adecua con la moral, los derechos humanos, la equidad y la justicia, es decir lo ilegítimo de una deuda externa pública.

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Frente a la limitada existencia de estudios que definan el alcance de la figura de la notoriedad de las marcas en la Comunidad Andina, el autor aporta un marco conceptual, normativo y jurisprudencia de esta figura, , relacionándola con distintos instrumentos internacionales. La necesidad de unificar criterios en ecuador respecto a la interpretación de la normativa vigente para marcas notorias ha sido una de las razones para profundizar el análisis de la notoriedad, pues solo así se contribuirá a incentivar un ambiente de seguridad jurídica en el que tanto los titulares de derechos subjetivos como la instancia administrativa y autoridad nacionales competentes se conduzcan con lineamientos definidos y con actuaciones legales eficientes para consolidar un sistema que tutele de manera eficaz este tipo de derechos. En el transcurso del libro, el lector es retado a analizar el grado de cumplimiento de la legislación respecto de las obligaciones internacionales adquiridas, la conveniencia en el incremento de los niveles de protección y los problemas de aplicación de la normativa vigente.

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El presente trabajo, a partir del concepto y régimen general del acto administrativo, pretende identificar, en atención a la singularidad del fenómeno jurídico tributario y de las facultades de la Administración Tributaria, cuáles actos son específicos de dicha materia particular. Los objetivos específicos de esta tesis son los siguientes: • Determinar, desde la perspectiva de las facultades de la Administración Tributaria, los actos administrativos específicos de la misma. • Estudiar los actos administrativos que se producen en ejercicio de las facultades tributarias. • Determinar las particularidades del régimen jurídico aplicable a los actos administrativos de la Administración Tributaria. La tesis se desarrolla en dos capítulos. En el primero, intitulado “Elementos doctrinarios del acto administrativo”, se brinda un panorama doctrinario general sobre el régimen jurídico de dicha figura. En este capítulo, se formula una delimitación del concepto de acto administrativo, se estudian los fundamentos de los modernos planteamientos de la participación ciudadana en la toma de decisiones de la Administración Pública, se analizan los requisitos sustanciales de los actos y el régimen de eficacia e invalidez. En el segundo capítulo, se aborda el tema de los actos administrativos tributarios, para lo cual se definen previamente las vinculaciones que existen entre el Derecho Tributario y el Derecho Administrativo, para luego estudiar los actos administrativos en particular. Este capítulo termina con un examen del silencio administrativo.

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Este artículo analiza el impacto del conflicto colombiano sobre la seguridad de la subregión, tomando como punto de referencia principal su impacto sobre el Ecuador. Destaca, para el efecto, las vulnerabilidades que presenta la frontera norte-ecuatoriana y considera las posibilidades para enfrentar sus amenazas dentro de un marco de cooperación regional. Finalmente, el autor plantea la necesidad de desarrollar un enfoque de seguridad cooperativa, en el cual, el conflicto subregional sea abordado desde una perspectiva integral, tomando en cuenta todos sus elementos y complejidades.

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Reflexión marco acerca de si el Positivismo –bajo el supuesto de que se haya concretado en nuestro medio-2 y el Constitucionalismo son realmente contradictorios e imposibles de combinar; luego se reflexiona sobre la llamada constitucionalización de las ramas especializadas del Derecho, en donde se destaca la peculiar situación del ordenamiento jurídico tributario frente a la Constitución; se analiza acerca de la aparente novedad que en los tiempos que corren en nuestro país posee la argumentación jurídica. Trata sobre la importancia y connotación que posee la tarea argumentativa. Hace alusión a quienes a juicio del autor constituyen el conjunto de operadores jurídicos, quienes son los llamados a argumentar en orden a decidir en los casos concretos asignados para su resolución. Mas adelante, describe los presupuestos necesarios para ejecutar un adecuado ejercicio argumentativo en el ámbito tributario, que será, al mismo tiempo, útil para defender la Constitución y los derechos de los ciudadanos, entre ellos, al debido proceso, a la igualdad, a la tutela efectiva, a la seguridad jurídica, en aras de concretar la justicia. Como penúltimo punto, da cuenta de una tipología básica de la argumentación, evidenciada por los expertos en diferentes latitudes del planeta. Al final, cierra con conclusiones a las que se ha arribado.