33 resultados para Religión y derecho


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Desde las etapas iniciales de la integración subregional andina se destacó la importancia del desarrollo de la capacidad tecnológica para la consecución de sus fines; de allí que se haya instituido un régimen común de propiedad intelectual junto con una estructura institucional y un conjunto de políticas públicas de complementariedad, entre las que se encuentra el régimen de inversión extranjera y derecho de la competencia. No obstante, desde que dichas normas comunitarias entraron en vigencia, generaron controversia por ir en oposición a las corrientes globales; situación que se agudizó a partir de los años 80, cuando los países de la región tuvieron que hacer frente a diversas dificultades, tanto exógenas como endógenas, que provocaron un debilitamiento en el proceso subregional andino e impulsaron cambios de política que fueron plasmados en el ordenamiento comunitario andino, hasta llegar a la Decisión 486, norma que representa la adecuación al sistema multilateral. El autor analiza los cambios de política en materia de propiedad intelectual que se dieron en la CAN en la última década, identificando su impacto en el proceso de integración subregional, al tiempo que estudia las políticas de propiedad intelectual, examinando los efectos de los desarrollos del sistema multilateral y las negociaciones bilaterales sobre el manejo de políticas de propiedad intelectual al interior de la Comunidad Andina, considerando las repercusiones que han tenido los TLC celebrados por Colombia y Perú con los Estados Unidos en esta materia.

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La siguiente investigación analiza a lo largo de su desarrollo cómo se construyen las representaciones identitarias del ecuatoriano, en los personajes principales de tres filmes nacionales: Zuquillo Exprés, A tus Espaldas y Prometeo Deportado. Además de definir los elementos socioculturales, audiovisuales, clichés y estereotipos que caracterizan a un personaje principal. Es por ello que el análisis inicia con la indagación de conceptos claves de diferentes autores que permitan establecer el punto de partida para la definición de: identidad, representación, ecuatorianidad, personaje, cine y estereotipo. Una vez entendido la concepción de cada concepto, la investigación da cara a las observaciones de las películas en sí. Primero en conocer el contexto en el que se desarrollan, la época, ambientación e historia y contexto para después identificar los personajes centrales que serán parte del estudio. Conocer cuáles son sus rasgos, tanto físicos, como culturales, de donde provienen, sus gustos, manera de hablar, lugares a los que frecuentan y hasta qué tipo de comida suelen consumir. Así como también identificar en su conjunto los rasgos generales, que en este caso prima la religión y migración como rasgos un tanto repetitivos. Es entonces que la investigación pasa al análisis pasa a la interpretación de las perspectivas con las que se han combinado identidad y representación en cada uno de los personajes y los tipos con los que han sido construidos a través de la visión del director. Es así que se define una lista de estereotipos y elementos con los que se caracteriza la personalidad de los personajes centrales de cada film.

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En la Constitución de 1998 se produjo el reconocimiento constitucional de los derechos colectivos de los pueblos indígenas y del pluralismo jurídico existente en el país, ello permitió la legitimación de las resoluciones tomadas por sus autoridades competentes de sus conflictos internos en base a sus propios procedimientos, usos y costumbres ancestrales, garantizando el derecho a su identidad, autodeterminación y autonomía de los pueblos, comunidades y nacionalidades indígenas a fin de restablecer el equilibrio y armonía dentro de la misma. Estas resoluciones por norma constitucional tienen el mismo carácter jurídico y fuerza vinculante que las sentencias expedidas por autoridades jurisdiccionales estatales. Por tanto, sin que se necesite ratificación del sistema judicial estatal, las decisiones jurisdiccionales indígenas surten el efecto de cosa juzgada, debiendo ser obedecidas por las partes involucradas, consideradas por la comunidad y respetadas por las autoridades y las instituciones del Estado respetando y garantizando la aplicación del principio non bis in ídem constitucionalmente reconocido. Sin embargo, se hace necesaria su limitación explícita a fin de evitar que sus procedimientos y sanciones vulneren derechos humanos, razón por la cual la Corte Constitucional debe ser la encargada de controlar la conformidad de estas resoluciones con los preceptos constitucionales, respetando el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales que les son reconocidas, esto es, sobre la base de sus tradiciones ancestrales y derecho propio, conforme lo reconoce la vigente Constitución.