60 resultados para Ley de aguas


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El Andean Trade Preference Act, ATPA, o Ley de Preferencias Arancelarias Andinas, es el componente comercial del programa de la Guerra contra las Drogas que el Presidente George Bush expidió el4 de diciembre de 1991. Estas preferencias se hicieron efectivas a partir de 1992 para Colombia y Bolivia y posteriormente en 1993 para Ecuador y Perú. Sin embargo, el ATPA venció el4 de diciembre de 2001, lo que llevó a los gobiernos de los países andinos beneficiarios, a una vigorosa campaña para lograr su prórroga y ampliación. De esta manera, el 6 de agosto de 2002, el Presidente Bush firmó la Ley Comercial de 2002, la cual incluye dentro del Título XXXI la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas y de Erradicación de Drogas, ATPDEA, prorrogando y ampliando las preferencias del ATPA. Los países beneficiados por estas preferencias arancelarias son Ecuador, Perú, Bolivia y Colombia, cubre a más de 6500 productos, los beneficios comerciales que se otorgaron a través del ATPA y el ATPDEA son un reconocimiento a la lucha que se adelanta desde hace décadas contra la producción de las drogas ilícitas, este conjunto de preferencias arancelarias son una expresión del principio de corresponsabilidad acogido por la comunidad internacional para hacer frente al problema mundial de drogas. Colombia se ha caracterizado por tener unas magnificas relaciones comerciales con Estados Unidos, y es uno de los países beneficiados que más le ha sacado provecho a los diferentes acuerdos como el ATPA Y ATPDEA, uno de los principales sectores que se destacaron fue el florícola el cual esta amparado por los beneficios arancelarios desde el ATPA.

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El propósito de esta tesis es aportar elementos para perfeccionar el ejercicio del derecho a la participación social en el procedimiento legislativo, como un mecanismo para que el contenido material de los proyectos de ley esté adecuado a los valores, principios y derechos fundamentales previstos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de protección de derechos humanos. Esta adecuación constituirá una evidencia de la realización de la justicia a través de la creación del Derecho y de la vigencia de una democracia sustancial. En el caso de que el derecho a la participación en el procedimiento legislativo no sea respetado, ni garantizado por el Estado, es necesario institucionalizar un nuevo mecanismo de control constitucional, como el control previo de constitucionalidad de los proyectos de ley, a fin de que sea la Justicia Constitucional la encargada de dar cumplimiento a la obligación estatal de prevenir violaciones a derechos humanos que pueden derivarse de la expedición de leyes inconstitucionales. Para perfeccionar el ejercicio del derecho a la participación social en el procedimiento legislativo he ubicado diversos elementos histórico-políticos, entre los que destaco los elementos de la democracia de la comunidad originaria, de los Estudios Decoloniales, de los modelos de democracia diseñados por la Teoría Política, que permiten establecer criterios para reformular el marco normativo vigente. Realizo el análisis del caso del procedimiento legislativo que dio origen a la Ley de Minería, estableciendo las limitaciones que determinaron su impugnación por inconstitucionalidad; y el rol de la Corte Constitucional al resolver sobre el tema. Finalmente, establezco los criterios para el diseño de la institución del control previo de constitucionalidad de proyectos de ley.

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El propósito de esta tesis es realizar una nálisis pormenorizado de la Ley de Participación Popular, vigente en Bolivia desde abril de 1994, y su aplicación dentro del marco de las reformas orientadas a lograr un crecimiento productivo y equitativo. Se realiza el análisis partiendo del hecho de que se trata de uno de los pilares fundamentales de la nueva política económica y que constituye el más importante intento de redistribución del poder político y económico llevado a cabo desde la Reforma Agraria de 1952. Colateralmente ser ealizará un análisis del contexto social, económico y político en cuyo marco se introdujeron las reformas, puesto que es un sistema que ha favorecido la gobernabilidad, lográndose también una descentralización de decisiones que favorece la creación de ciudades intermedias, desestimulando una excesiva migración hacia las grandes urbes, ya que se crean condiciones de trabajo y mejores servicios en las áreas rurales del país pra lo cual se cuenta con la participación de toda la población boliviana.

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El presente trabajo busca determinar la orientación que se ha dado al régimen o sistema tributario ecuatoriano, con fundamento, tanto en las tendencias internacionales sobre tributación, así como en relación a los principios de la tributación consagrados en la Constitución de la República del Ecuador. La investigación contenida en este trabajo se desarrolla en tres capítulos; el primero, a manera introductoria, se refiere a los aspectos generales de la tributación en el Ecuador, delimitando criterios respecto a si se trata de un sistema o un régimen tributario el que impera en nuestro país, con ayuda de una referencia histórica, de las fuentes normativas y los principios que rigen la tributación. En el segundo capítulo se estudia las tendencias actuales sobre imposición tanto en América Latina y Europa, analizando los principales temas sobre tributación a los que se refieren los autores a nivel internacional y las políticas aplicadas por los gobiernos a nivel mundial, considerando un proceso de globalización que ha exigido una armonización de políticas tributarias. El tercer capítulo busca confrontar los principios constitucionales tratados en el primer capítulo y las tendencias internacionales sobre tributación analizadas en el segundo capítulo, con las reformas introducidas en el Ecuador a partir la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador, que empezó a regir desde el 1 de enero de 2008 hasta la emisión del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, en diciembre de 2010. Finalmente, se llegan a conclusiones que resumen la realidad actual del régimen o sistema tributario del Ecuador en relación a las tendencias internacionales sobre tributación y los principios constitucionales que lo rigen.

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La administración pública para la consecución de sus fines, entre otras actividades debe efectuar actos contractuales a fin de contratar obras, bienes o servicios que aseguren el bienestar de la colectividad. Con ese propósito, los actos preparatorios y precontractuales deben ser los establecidos en las leyes y reglamentos vigentes a la época de la contratación. Nuestra Legislación en materia de contratación pública ha sufrido un cambio profundo con la expedición de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y la implementación del portal de compras públicas, lo que ha modernizado el sistema de compras públicas en el Ecuador. La licitación es un procedimiento precontractual previsto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, cuya finalidad es elegir al proponente que realice la oferta más ventajosa para el Estado. Es un procedimiento legal y técnico al que deben sujetarse tanto la entidad contratante, cuanto los interesados en participar con el propósito de relacionarse jurídicamente con el Estado. La licitación pública en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, surge como una exigencia de la buena administración, como una condición de moralidad y también como una oportunidad para los administrados, que acrediten las mejores condiciones en la oferta para la entrega de prestaciones traducidas en obras, bienes o servicios de interés para la administración y a través de ella, del Estado, es decir, del interés general.

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Con este trabajo realizamos una aproximación al deber de pagar tributos y a los principios constitucionales de legalidad y de reserva de ley aplicables al campo tributario, destacando su naturaleza y rol en orden al logro de un equilibrio entre las necesidades del Estado y el reconocimiento de los derechos y garantías de los contribuyentes. También planteamos algunas tensiones que ocurren entre los referidos prolegómenos y cuestiones propias de la fiscalidad internacional.

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La devolución del IVA consiste en un régimen tributario especial que se aplica en función de consideraciones específicas y en atención a la calidad que ostentan los sujetos pasivos que se benefician del mismo. Para que esta devolución proceda –en el caso de empresas públicas–, es indispensable que estas se encuentren constituidas de conformidad con las disposiciones de la Ley orgánica de Empresas Públicas o, en su defecto, hayan cumplido con las disposiciones específicas del régimen de transición contemplado para que las empresas públicas o estatales existen tes, las sociedades anónimas en las que el Estado es accionista, las empresas subsidiarias y las empresas de las Fuerzas armadas y de la Policía Nacional se conviertan en nuevas empresas públicas. En este contexto, el presente trabajo pretende analizar, de conformidad con el contenido de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, el momento a partir del cual se genera el derecho a la devolución del Impuesto al valor agregado, para las empresas públicas, así como cuestionar ciertas inconsistencias que se desprenden de esta Ley.

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Hay un capítulo que no termina de cerrarse en nuestro sistema tributario, mismo que me he permitido catalogarlo como obscuro por cuanto aún con las 33 reformas que se han dado en estos últimos 22 años, que incluyen las 11 reformas realizadas en los últimos 5 años, no vemos un cuerpo legal totalmente pulido, más bien se ha creado un ambiente de inseguridad jurídica del cual, estoy seguro, nos va a costar mucho tiempo y esfuerzo salir. Es por lo expuesto que la presente tesis tiene por objeto exponer al lector la evolución normativa del impuesto a la renta a que han estado obligados los contribuyentes –personas naturales– a lo largo de los años; a través de una exposición cronológica y relacional de las distintas reformas que ha sufrido este impuesto a partir de 1989, con la Ley 56, hasta las más recientes reformas. El desarrollo de los institutos del Derecho Tributario: renta, ingresos gravados, ingresos exentos, gastos deducibles, declaración, anticipo, retenciones, etcétera; son analizados con un criterio histórico, evidenciándose de esta forma, los distintos cambios que han experimentado. Lo antedicho nos permite identificar, opinar y comprender cabalmente los aciertos y desaciertos del legislador al momento de crear, modificar o suprimir las distintitas regulaciones del impuesto a la renta de las personas naturales.

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En el siglo XXI la protección del Medio Ambiente constituye un tema de real importancia, en donde si no tomamos medidas adecuadas estaríamos poniendo en riesgo nuestra raza humana. Por ello, es necesario plantear desde el derecho una propuesta de cambio de conductas frente a la indiscriminada explotación de los recursos naturales y más bien recurrir a una relación armónica entre el ser humano, medio ambiente y economía. Partimos entonces de una triple visión ecológica, económica y jurídica, en la que es necesario dar soluciones que aseguren el cuidado y protección ambiental. El propósito de nuestra investigación es entender el desafío al que nos llama el Derecho Ambiental y su trascendencia de aplicación respecto a su transversalidad en las diferentes ramas del derecho entre las que se encuentra el Derecho Tributario. Para ello, hemos desarrollado nuestra labor en base a la combinación de las materias Constitucional, Ambiental y Tributario, con el fin de dar alcance doctrinario y jurídico a aquellos aspectos relacionados con los diferentes métodos de protección ambiental. A razón de lo mencionado, la presente investigación tiene como objetivo mostrar los puntos de acuerdo y desacuerdo sobre la tributación ambiental, plantear sus problemas de aplicación y mostrar su efectividad sobre el cuidado ambiental, que puede generarse a partir de la creación de tributos ambientales que buscan mitigar el daño ambiental y crear nuevos comportamientos de producción, pretendiendo hacer coincidir los intereses económicos y ambientales, como respuesta a una verdadera conjugación de la parte económica, social y cultural.

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Analiza el contenido del proyecto de ley de comunicación, evidenciando los límites de su adecuación formal y material a la Constitución y a los tratados internacionales que varios actores han manifestado respecto del concepto de libertad de expresión, el Sistema de Comunicación Social, los mecanismos y medidas concretas que permitan la promoción y desarrollo de los derechos a comunicar, el ejercicio del periodismo con las excepciones desmedidas establecidas a la reserva de fuente. Plantea un debate ampliado que lleve a consensos basados en una base social que refuerce su legitimidad y eficacia.

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Este trabajo analiza la confrontación entre el poder político y los medios privados en el contexto del debate de la Ley de Comunicación y reflexiona sobre las complejas relaciones entre comunicación cultura y política en la sociedad contemporánea. A la vez, realiza una reseña crítica de algunas prácticas informativas marcadas por la violencia simbólica - espectacularización, revictimización e indefensión- en evidente conflicto con la responsabilidad social. Plantea también las bases conceptuales de la responsabilidad social del periodismo y propone los ejes de trabajo de unas políticas públicas para mejorar las prácticas informativas: formación de periodistas; información con enfoque de derechos; nuevas agendas informativas; formación de audiencias críticas; visibilidad y participación social, y otras maneras de incidir en el campo mediático.

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En el presente trabajo se analizará la figura del prestamista de última instancia de las instituciones financieras, su naturaleza, origen e importancia. Tradicionalmente esta figura de prestamista de última instancia ha sido atribuida a los bancos centrales, por lo tanto enfocaremos este estudio al caso ecuatoriano, con la particularidad que en nuestro país, esta función la dede desempeñar el Banco Central del Ecuador desde el año 2000, y ahora es competencia del Fondo de Liquidez del Sistema Financiero Ecuatoriano, el cual fue concebido con la Ley de Creación de la Red de Seguridad Financiera Por lo tanto, veremos la estructura jurídica de este Fondo de Liquidez, su finalidad, funciones y las operaciones que puede desempeñar. La hipótesis es si en el marco legal vigente en el Ecuador, el Fondo de Liquidez del Sistema Financiero, cumple con su función de prestamista de última instancia y si es necesario para la solidez del sistema financiero ecuatoriano.

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El marco general de este análisis se basa en identificar los más importantes impactos que han tenido las reformas tributarias a partir del Decreto 242 del 29 de diciembre del 2007 sobre la persona natural obligada a llevar contabilidad, tanto sobre su operatividad como su relación con la Administración Tributaria. De las nueve reformas que han existido desde el decreto mencionado, se resaltó aquellas que tienen relación con la “persona natural obligada a llevar contabilidad”. Se realizó de manera general un análisis de cada una de ellas, para posteriormente, mediante cuantificaciones, casos reales y comparativos verificar si el impacto estimado fue significativo. Podemos ver que a la persona natural obligada a llevar contabilidad se le incluye en el mismo andarivel que a las sociedades, obligándole a preparar la misma información de control a la Administración Tributaria, sin que este contribuyente tenga la estructura administrativa, ni el conocimiento personal de las implicación quepor la falta de cumplimiento que las mismas tienen. Finalmente, vemos que la Administración Tributaria ha realizado avances en la implementación de cultura tributaria en busca de concientizar al contribuyente sobre sus deberes con la sociedad al momento de cumplir sus obligaciones, sobre todo en el trabajo con la juventud, por un lado; y por otro en la implementación de acciones para disminuir la evasión. También revisamos casos especiales en países de la región que sugerimos sean aplicados en el Ecuador.

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La justicia transicional es implementada en sociedades donde se han producido graves violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario, las experiencias internacionales de superación de conflictos armados o de dictaduras evidencian la aplicación de algunos postulados de la justicia transicional, justamente a partir de estas prácticas surgen elementos aplicables al caso del conflicto armado colombiano. Las leyes de amnistía se convierten en un instrumento de la justicia transicional, que aplicando lo aprendido en otros países puede contribuir en la consecución de la verdad, la justicia, la reparación, las garantías de no repetición, la paz y la reconciliación de la sociedad colombiana, no siendo la unigénita herramienta jurídica a implementar en un proceso de transición. Esto coloca de presente la necesidad de utilizar simultáneamente diversos instrumentos en el marco de la justicia transicional, que como en el caso colombiano, pueden contribuir en la superación del conflicto armado y en las etapas posteriores a la desmovilización de los grupos alzados en armas, logrando que sea un proceso integral hacia la paz.

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Este trabajo investigativo a permitido a partir del análisis de las diversas posiciones de la doctrina representada por diferentes autores así como luego del breve recorrido realizado a través de la normativa histórica de nuestro país clarificar los principios de reserva de ley, de legalidad y su papel en la formación de las normas tributarias conforme a como han sido plasmados en el transcurrir de los años. Dentro de este recorrido histórico estudiar el proceso legislativo para la elaboración de las normas tanto aquellas calificadas con el carácter económico urgente como aquellas que no. Así también analizar como han sido y son concebidos y tramitados ambos tipos de proyectos de ley y la manera como fue y es utilizada la figura del decreto-ley por parte de quienes han ostentado la Presidencia de la República. Con la finalidad de realizar una valoración de cómo ha evolucionado la calificación de urgencia en materia económica de proyectos de ley, en especial aquellos que en su contenido han estipulado regulaciones de carácter tributario y por cuanto nuestra legislación y academia no brinda mayores aportes sobre el tema, hemos acudido a autores españoles quienes nos han contribuido con la experiencia de su país sobre el estado de crisis, la extrafiscalidad y la delegación legislativa que en nuestra legislación se asimila a la urgencia y a los decretos-ley. Aterrizando lo investigado y aprendido en un análisis de los proyectos de ley calificados como económicos urgentes en los últimos años enfatizando en: Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y a la Ley de Régimen Tributario Interno y Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado ambas con un contenido tributario y promulgadas mediante la figura de decreto-ley. Con la finalidad de determinar si para su creación se observaron los principios de reserva ley y de legalidad, así como con el trámite constitucional establecido para la vigencia de las leyes.