136 resultados para DERECHOS DE LOS PUEBLOS
Resumo:
Si la minería, como toda actividad extractiva, resulta violenta para el ambiente y para los derechos de aquellas poblaciones que viven en su radio de influencia, cuando ésta se realiza en zonas de frontera se ponen las bases para condiciones de ilegalidad sostenibles, que redundan en peores condiciones ambientales y violaciones más amplias de los derechos humanos. El estudio en el que se basa este artículo se realizó en Zamora Chinchipe, en la frontera entre Ecuador y Perú, con entrevistas a 21 líderes comunitarios miembros de organizaciones e instituciones; la evaluación psicoemocional de 233 niños, niñas y adolescentes, para la cual se utilizaron el test visomotor de Bender, el de frases incompletas de Sacks (adaptado) e historias clínicas; 8 encuestas de valoración comunitaria del Sumak Kawsay4; y 7 asambleas en Puerto Minero, Zarza, Playón, Santa Lucía, Río Blanco y la Asociación de Colombianos Residentes en la Ciudad de Yantzaza, con un total de 150 personas. El estudio no solo describe los impactos de la minería en la población infantil de esa frontera, sino que también demuestra que el trípode en el que se asienta (exposición, despojo e imposición) impide el encuentro de soluciones y niega los discursos apologistas de beneficios mineros.
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Existe una creciente tensión y conflictividad entre la lógica estatal de un tipo de uso y explotación de la naturaleza, en regiones ecológicamente frágiles y culturalmente sensibles como la Cuenca Amazónica, y la necesidad del propio Estado por generar excedentes o ganancias económicas que les permitan satisfacer las crecientes demandas de la población. Aquella tensión demanda la búsqueda de varios equilibrios y acuerdos, que en la historia reciente de países como Ecuador y Bolivia parecen estar lejanos. Por el momento entran en tensión los derechos [individuales, colectivos y de la naturaleza] y la razón de Estado. También entran en contradicción las lógicas territoriales del Estado y las demandas indígenas subnacionales, que plantean reconocimiento y derechos autonómicos. En esa dirección también se sobreponen el interés del Estado por sintetizar y expresar la “voluntad colectiva” existente en el conjunto de la nación, la perspectiva nacionalista de gobiernos de amplia base popular, frente a los derechos, demandas y expectativas represadas de pueblos ancestrales, cuya existencia depende del control e integridad de sus espacios de vida o de sus territorios. Alrededor de las interrogantes, ¿de qué manera los Estados –ecuatoriano y boliviano- están garantizando la vigencia plena (o no) de los derechos de los pueblos indígenas? ¿Y hasta qué punto al hacerlo, contradicen y alteran el modelo económico vigente basado en la extracción de recursos primarios? el presente texto, a lo largo de cuatro acápites, intenta esbozar algunos elementos de respuesta, de cara a facilitar y promover una reflexión colectiva, crítica y urgente.
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Este libro analiza las estrategias de comunicación y movilización desarrolladas por los pobladores e indígenas de la Amazonía ecuatoriana en su lucha por la justicia ambiental frente al desastre causado por la Chevron- Texaco durante su operación entre 1964 y 1990. La sentencia emitida por la Corte de Justicia de Sucumbíos en febrero de 2011 reconoce la responsabilidad de la empresa estadounidense por los daños y la negligencia con la que operó, ordenando el pago de una suma millonaria a los pobladores de la Amazonía. En la primera parte, se enmarca la relación entre la explotación petrolera, la globalización neoliberal y el “desarrollo”; se presentan los impactos socioambientales de la explotación petrolera, y se examina el rol de la empresa, del Estado y de los actores sociales. En la segunda parte, se analiza el discurso hegemónico de Chevron-Texaco -dirigido sobre todo a negar la contaminación y deslegitimar a las organizaciones sociales y al Estado ecuatoriano-, y se abordan las estrategias discursivas y comunicacionales desarrolladas por la Asamblea de Afectados y el Frente de Defensa de la Amazonía -cuyo objetivo era simplemente mostrar la realidad-. En la tercera parte, se estudia cómo el trabajo en red con organizaciones ecologistas nacionales y transnacionales del Norte y del Sur potencia la movilización social y la lucha de los pobladores de la Amazonía. Y la autora concluye que esta experiencia constituye un ejemplo y un aporte para quienes día a día trabajan por alcanzar la justicia global.
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En 1989 las Naciones Unidas aprobaron, luego de un proceso de muchos años, la Convención sobre los Derechos de los Niños, instrumento legal que obliga y vincula a todos los países firmantes, en el firme propósito de defender lo que en el documento se llamó el “interés superior del niño”, haciendo justicia a estos seres humanos a quienes durante siglos y siglos se les había negado su status de sujetos con entidad propia, libres, independientes y con derechos. El presente trabajo repasa en un primer momento, los diferentes hitos históricos por los que ha atravesado el mundo de los niños, desde aquellos en que el infanticidio era una práctica normal en ciertas sociedades, hasta el estado actual a nivel mundial y local respecto de la promoción y defensa de sus derechos. En un segundo momento se intenta demostrar que la violencia y maltrato contra los niños se siguen dando a pesar de contar, hoy más que nunca, con una legislación vigente que defiende sus derechos, sobre todo, el que se ejerce contra ellos en las escuelas y sus contextos, ya que según estudios de las Naciones Unidas, es el segundo lugar en donde mayormente se irrespetan sus derechos. Para ello, la investigación aterrizó su estudio en dos escuelas urbano-marginales de la ciudad de Guayaquil – Ecuador, una pública - gratuita y otra privada - de paga, utilizando para ello encuestas, entrevistas y observación directa, determinando factores asociados al maltrato infantil escolar y sus posibles consecuencias. Finalmente, se analizan diferentes caminos y propuestas pedagógicas para que, desde la organización escolar, se pueda llegar a tener escuelas sanas donde sea posible una verdadera convivencia humana, libres de violencia y constructoras de paz, justicia y equidad, sobre todo, lugares seguros para los niños en donde sus derechos sean respetados, haciendo realidad en la escuela el Sumak Kawsay o “buen vivir”, en un marco de cultura participativa en clave de justicia social y de paz.
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El presente trabajo académico tiene como objetivo el estudio y análisis de la legislación existente en relación al Internamiento Institucional y los Derechos de los Adolescentes en Conflicto con la Ley internados en los Centros de Atención Integral “Virgilio Guerrero” y “Conocoto”, los mismos que se encuentran ubicados en esta ciudad de Quito, explicando que los mencionados centros son instituciones del Estado ecuatoriano, y las directrices que se desarrollan entorno a los mismos. Sin embargo, es necesario tener en cuenta, que el internamiento constituye una de las medidas más duras ya que priva de libertad al adolescente, por lo que se ha dejado en claro que debe ser de ultima ratio, ya que el juez/a al dictar esta medida primero deberá considerar los principios de humanidad, priorización de la equidad sobre la ritualidad del enjuiciamiento, legalidad, independencia, gratuidad, moralidad, celeridad y eficiencia es decir, que debe aplicar el internamiento de un/a adolescente solamente en casos extremos, buscando mecanismos que lleven a un verdadero desarrollo integral. El/la adolescente requiere de apoyo especial en condiciones de igualdad ante la ley; prevaleciendo la calidad específica de menor, atendiendo el interés superior del niño, niña y adolescente y respetando todos sus derechos como personas privadas de la libertad, ya que no solo tienen todos los derechos de adultos sino los propios de su edad. Finalmente, la investigación del internamiento institucional y los derechos de los adolescentes parte de un enfoque jurídico que posteriormente a través de las entrevistas, se conjuga con las opiniones vertidas por los propios adolescentes internados, y se establece que tanto su finalidad normativa y sus derechos no se cumplen en su totalidad.
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El presente texto realiza acercamientos reflexivos de tipo socio-jurídico frente a distintas perspectivas normativas presentadas por el régimen de propiedad intelectual en instituciones del sistema de comercio global contemporáneo sobre protección de conocimientos tradicionales. Para ello, la presente investigación ha seleccionado como grupo representativo de los denominados conocimientos tradicionales a los pueblos y comunidades indígenas especialmente del sur y centro de la Abya Yala (América) con el objeto de contextualizar y observar las perspectivas planteadas desde una cosmovisión y enfoque distinto sobre el conocimiento y los aspectos vinculados a este -de varios que podrían existir- respecto a aquel paradigma normativo que interpreta al conocimiento como propiedad. Este estudio ha logrado plantear criterios normativos alternativos sobre protección de conocimientos tradicionales con los que se pueden nutrir las discusiones sobre segmentos actualmente descuidados en las relaciones jurídicas y económicas internacionales, en especial, aquel entre pluralismo jurídico y la corriente vigente de universalismo normativo, y por otra parte, criterios que aportan a la reflexión sobre la necesidad de acuerdos de prelación entre los distintos tipos de derecho a nivel internacional acompañados de vínculos de cooperación y coherencia entre distintos sistemas jurídicos. En el documento usted puede encontrar: Explicaciones sobre las prácticas frecuentes entre las comunidades indígenas acerca de los conocimientos que administran junto con la incidencia que estos tienen sobre su organización y vida social, además de las circunstancias históricas externas que aún se encuentran afectando sus posibilidades de existencia y protección. Una radiografía del contenido ideológico y del modelo económico comercial que se encuentra marcando actualmente la normatividad global sobre el intelecto. Una presentación de perspectivas críticas en debate con las perspectivas del régimen de propiedad intelectual en el comercio internacional; y, Conclusiones y recomendaciones para la protección global de los conocimientos tradicionales.
La noción de "derecho" o las paradojas de la modernidad postcolonial: indígenas y mujeres en Bolivia
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Este artículo intentará realizar una lectura de "género” de la historia de la juridicidad boliviana, para proponer algunos temas de debate que considero pertinentes a la hora de discutir los "derechos de los pueblos indígenas", y su estrecho vínculo, tal como yo los veo -con el tema de los "derechos de las mujeres" (indí-genas, cholas, birlochas o refinadas). En un primer momento, me interesarán los aspectos masculinos y letrados de este proceso, que son los que han producido los documentos conocidos como leyes de la República. El derecho y la formación histórica moderna de lo que se conoce como "espacio público", tienen en Europa un anclaje renacentista e ilustrado a través del cual re-nace el ser humano como Sujeto Universal (y masculino) de la noción misma de "derecho". No otra cosa significa el que "derechos humanos" de hoy, hayan sido llamados en el siglo XVIII, "derechos del hombre" (droits de J'homme). A esto se han referido autores como Derrida y Butler, que nos hablan de una versión "falogocéntrica" del Sujeto de la modernidad, el individuo ilustrado. Esta versión estaría inscrita en la historia de occidente y habría sido proyectada al mundo en los últimos siglos, a través de multiformes procesos de hegemonía política, militar y cultural.
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La consulta previa, libre e informada ha ocupado en las últimas décadas, una centralidad en los ámbitos nacional e internacional de los Estados, en los pueblos indígenas, en los organismos multilaterales de crédito y hasta en las propias empresas transnacionales, lo que ha provocado la adopción una serie de normativas que van desde regulaciones internacionales y estatales hasta reglamentaciones de carácter privado. A lo que se suma, una variada gama de interpretaciones que tanto las cortes nacionales como internacionales dan sobre el alcance de este derecho, en particular en lo refiere al propósito de la consulta y su efecto jurídico. Esta proliferación normativa y la diversidad de interpretaciones genera una serie de interrogantes: ¿Cuál es la razón o razones para que actores tan diversos hayan reglamentado la consulta previa, y por qué éstos plantean, pese a sus intereses diversos e incluso contrapuestos, la necesidad de realizar dichas consultas? ¿Por qué la diferencia de interpretaciones que dan las cortes nacionales e internacionales en cuanto a estándares del derecho a la consulta? Desde esta perspectiva, en este trabajo se busca encontrar desde una perspectiva crítica, una teoría de sentido que permita comprender y explicar a la institución de la consulta previa, libre e informada en su presencia histórica real, esto es, en las contradicciones que surge y se realiza en esta diversidad de actores e intereses en juego y así, situar las condiciones de posibilidad que la institución de la consulta previa, libre e informada reclama para su funcionamiento y las consecuencias que su realización genera en el campo de los derechos de los pueblos indígenas.
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Hay una historia del saqueo de la naturaleza, de la explotación de las personas, de la dominación a las mujeres, de maltrato a los niños y desprecio a los ancianos, pero hay también una historia de cuidado y reproducción de la vida, de conocimientos y de construcción de alternativas Los pueblos han mantenido formas de resistencia contra las diferentes formas de opresión y han inventado alternativas para enfrentar el ataque contra los territorios, contra la naturaleza y contra las familias. En esa larga historia de los pueblos se han desarrollado herramientas de trabajo para recoger las aspiraciones y entender las necesidades de las comunidades en diálogo con lo que ocurre en el lugar. Las mejores herramientas han nacido, se han recreado y se han intercambiado desde los haceres y saberes de las mismas comunidades: • Las asambleas como espacios en donde se piensa, se decide y se celebra juntos. • La memoria de los haceres del pasado, de las luchas y de las experiencias de los mayores. • El conocimiento de la relación de todo con todo, de los bosques con el agua, de los suelos, con la biodiversidad, de los cultivos con la cultura, y así sucesivamente. • El conocimiento colectivo sobre el tiempo, los ciclos de la naturaleza, el uso de las plantas medicinales, la agricultura, las artes de la caza, la pesca y la artesanía. • El reconocimiento de los efectos y de las reacciones de la naturaleza en respuesta a las agresiones y a la destrucción. • Las huellas de la penetración del capitalismo dentro de las comunidades con manifestaciones de competencia, individualismo, corrupción. Desde los movimientos sociales y desde las universidades también se han construido herramientas y métodos para identificar, recoger y organizar la información, así como también para presentarla en los escenarios más formales, de tal manera que no sea descalificada o desvalorizada. Esta guía pretende sumar herramientas y compartir metodologías de dentro y de fuera. Aporta con elementos para recoger, organizar y utilizar la información: Construir diagnósticos y estrategias participativas • Facilitar elementos que permitan explicar de mejor manera los efectos de las intervenciones foráneas. • Diseñar y compartir estrategias de protección, de incidencia y de resistencia.
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El derecho a la consulta previa se encuentra consagrado desde la Constitución de 1998. Desde su vigencia, el Estado ha venido ignorando este derecho, ya que su interés prioritario ha sido el desarrollo económico, ocasionando graves prejuicios culturales y ambientales a las comunidades indígenas y a la sociedad en general. La Constitución del 2008 amplia la protección de estos derechos colectivos pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas, tomando como punto de partida el hecho de introducir en el artículo primero la noción del "estado constitucional de derechos y justicia", caracterizado no solo por la extensa gama de derechos sino por la protección que se da a los mismo a través de las garantías. En la misma línea, esta nueva noción de estado, para mayor protección de los Derechos, coloca a la par tanto a las normas constitucionales como aquellas que se encuentran dentro de los instrumentos internacionales de derechos humanos y que sean más favorables a los derechos humanos. Por lo que, el derecho a la consulta previa a pesar de encontrarse determinado de una forma más explícita en nuestra actual Constitución, todavía nos deja incógnitas acerca de la aplicación y cumplimiento de este derecho, por lo que debemos recalcar que de conformidad a la Constitución ecuatoriana vigente debe ajustarse a los términos señalados a la misma, así como también al Convenio 169 de la OIT, y la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de acuerdo a lo establecido en el párrafo anterior.
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El presente trabajo académico de investigación trata sobre el reconocimiento constitucional de la propiedad de los territorios comunales ancestrales existentes en el Distrito Metropolitano de Quito en relación con la problemática del ordenamiento y control urbanístico debido a que históricamente han estado excluidos de los modelos de gestión territorial por reunir unas características distintas al modelo de propiedad individual. Esta exclusión se evidencia en la falta de un cuerpo jurídico normativo en la jurisdicción del Distrito Metropolitano de Quito que establezca criterios sobre la aplicación del Derecho Urbanístico en las comunas ancestrales. El abordaje temático se realiza en tres capítulos. En el primero se muestra el proceso de conformación de las comunas ancestrales como procesos históricos de resistencia socio cultural que han obtenido el reconocimiento de que al Ecuador selo defina como un país unitario pero diverso en aplicación de los principios de plurinacionalidad e interculturalidad. Posteriormente, se examinanlosprincipales aspectos del Derecho Urbanístico existente en el modelo de gestión territorial ecuatoriano caracterizado por el principio de descentralización, recogido teóricamente en la normativa ecuatoriana pero polémico en la aplicación práctica; y, la participación protagónica de los sujetos sociales en la gestión pública. Para finalmente, vincular la teoría analizada con la realidad territorial comunal aportando a través de la generación de sugerencias prácticas en la solución de los principales problemas urbanísticos que se recogen en un proyecto de ordenanza metropolitana.
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¿Cómo aplica la Corte interamericana de Derechos Humanos criterios de diversidad en las reparaciones destinadas a pueblos indígenas? Esta interrogante orienta la presente investigación, teniendo como premisa que, en materia de reparaciones, no sería adecuado utilizar los mismos criterios para un pueblo indígena, que para una comunidad no indígena, pues en cada caso, de acuerdo al contexto, circunstancias y desarrollo sociohistórico, se demanda un reconocimiento diferente, se han vivido situaciones de dominación, subordinación, desigualdad y exclusión que condicionan su relación con la sociedad, y por lo tanto requieren de una satisfacción distinta cuando han sufrido violaciones de derechos humanos. A través de este estudio se procura analizar las tensiones que se producen entre las nociones de universalidad de los derechos humanos y relativismo cultural, en el ámbito de las reparaciones, y evaluar la importancia de considerar la cosmovisión y características propias de los pueblos indígenas fin de disponer reparaciones justas y adecuadas. Examinando el desarrollo mostrado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es posible comprender cuanto ha avanzado el máximo tribunal interamericano en el reconocimiento de la diversidad cultura, y sobre esta base realizar algunas apreciaciones sobre la evolución de la aplicación de criterios de diversidad cultural en lo casos relativos a pueblos indígenas.
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Evidencia las consecuencias de la aplicación de la política petrolera impulsada por la reforma de la Ley de Hidrocarburos que incluye la entrega de campos maduros a empresas privadas; la décima ronda de licitaciones para entregar campos marginales y la décimo primera ronda de licitaciones para concesionar los bloques del sur de la Amazonía, lo que conlleva violaciones de los derechos de las poblaciones que residen en los campos de explotación y amenazan a nuevas poblaciones. Estas poblaciones, principalmente los pueblos indígenas desarrollan luchas de resistencia en defensa de su territorio y su cultura.
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Presenta el abordaje de la prensa impresa y virtual a los hechos que afectaron el cumplimiento de derechos humanos en 2011, evidenciando un incremento porcentual a nivel local, particularmente en el sector rural, registrándose como provincias más afectadas Guayas y Pichincha y como derechos más afectados los del buen vivir y de libertades, constatándose casos causados por particulares, como los cometidos por agentes fuera de la ley. Concluye registrando un incremento sustancial en el porcentaje de anulación de derechos, siendo los grupos más afectados los niños, niñas, adolescentes, pueblos indígenas y personas en situación de movilidad, señalando el incremento de violencia intrafamiliar, feminicidios y embarazo adolescente.