49 resultados para ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE VENEZOLANA
Resumo:
En la presente investigación se realiza un análisis de cómo se han venido construyendo ideas acerca de la juventud de manera naturalizada y enmarcada en rangos etáreos que muchas veces nada tienen que ver con las realidades vividas. Con tal indagación se pretende evidenciar cómo varias organizaciones juveniles discuten e intentan dar respuesta a la realidad de los jóvenes en el Ecuador; con ese fin se toma como objeto de estudio el proceso del “Acuerdo Nacional por la Constituyente Juvenil” (ANCJ), entre febrero de 2007 y enero de 2008, periodo en el que se realizaron encuentros para analizar la situación de la juventud en el país y se consensuó un Mandato Juvenil para el proceso constituyente que desembocó en la aprobación de la actual constitución política del Estado ecuatoriano. Esta investigación se inicia con la reconstrucción histórica de los discursos sobre adolescencia y juventud, y continúa con la descripción de las narrativas y representaciones que se hace de lo joven, para abordarlas desde el “sentido común” y las representaciones de los medios de comunicación, utilizando categorías como institución, imaginarios, hegemonía, y “la política”. En el segundo capítulo se hace una revisión de los procesos políticos y jurídicos que enmarcan las narrativas de juventud que se han venido construyendo en América Latina y el Ecuador; continuando con la descripción de la influencia del Estado, la democracia, y las ONG en estos procesos. Finalmente, se describe cómo se construyó el Mandato de la ANCJ y se recoge el diagnóstico y las propuestas que los jóvenes de las organizaciones hicieron sobre su situación; se realiza una revisión de la prensa escrita en este periodo, para comparar lo que desde el ANCJ se define como prioritario y lo que los medios posicionan como importante, y criticar la dificultad de estas organizaciones para hacer una lectura de los conflictos de jóvenes deconstruyendo la lógica discursiva hegemónica impuesta por los medios.
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Este estudio es un recuento sobre el proceso político respecto de la inclusión de varios aspectos de la justicia comunitaria en la agenda política de la Asamblea Constituyente boliviana de 2007.
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Este libro analiza la construcción del discurso jurídico de los derechos sexuales en Ecuador. Enfatiza en la interrelación entre los derechos sexuales reconocidos en la Constitución Política del Ecuador –componente normativo– los debates en la Asamblea Constituyente de 1998 y las interpretaciones del Tribunal Constitucional –componente estructural-institucional– y las propuestas de organizaciones sociales de mujeres, transgénero y jóvenes, y la posición de la Iglesia católica –componente político-cultural. La autora busca dar respuestas a preguntas como: ¿Qué condiciones favorecen el surgimiento del discurso de derechos sexuales en Ecuador? ¿Es un punto de inflexión nombrar los derechos sexuales como derechos humanos? ¿Cómo se expresan, a través del discurso de los derechos sexuales, las formas de emancipación o regulación? ¿De qué manera este discurso produce sujetos y no sujetos? ¿Cómo se manifiesta la relación entre controles y resistencias? ¿Qué tensiones y contradicciones se expresan en el discurso de los derechos sexuales? ¿Qué retos y rupturas plantea la inclusión de la sexualidad en el discurso de los derechos humanos?
Resumo:
De acuerdo con el historiador boliviano Fernando Cajías, con la conquista no se produjo el encuentro de dos mundos, sino de tres; el tercero fue el africano. Lamentablemente, en el caso afroboliviano, este encuentro significó la negación de sus derechos humanos porque ni siquiera su nombre conservaron y, peor aún, su idioma, fueron tratados como objetos o animales y no como seres humanos. Hace 183 años que Bolivia es una República y en sus entrañas acogió a sus hijos afrobolivianos; pero el ejercicio de la colonialidad del poder enquistado en las mentes de la élite y pueblo boliviano, los mantuvieron en la clandestinidad de los Yungas, “sin derecho ni siquiera a abrir la boca para reclamar sus derechos” de acuerdo al testimonio de Benjamín Inofuentes. Después de tantos años sin ser reconocidos constitucionalmente ni aparecer en la historia oficial de Bolivia, recién ahora, en el siglo XXI, con la realización de la Asamblea Constituyente el año 2006, son reconocidos con plenos derechos igual que los otros bolivianos. Es así que, la tesis constituye un esfuerzo por mostrar el proceso de reconocimiento de derechos humanos de los afrobolivianos en la realización de la Constituyente en Bolivia, con especial atención en su participación, los logros que alcanzaron después de una intensiva movilización. Realicé este proceso a partir de entrevistas y diálogos con dirigentes y actores sociales involucrados en la Asamblea Constituyente y un análisis exhaustivo de los documentos que existen. En cada capítulo si bien hago referencia a autores, privilegio la voz de los afrobolivianos como un intento de promover su visibilización positiva, por eso, expongo los derechos humanos y a su interior los derechos colectivos desde la concepción y vida cotidiana de ellos. Así mismo, planteo una serie de acciones afirmativas que constituyen una opción pertinente para que los afrobolivianos ejerzan sus derechos humanos.
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El contenido de protección dispuesto, tanto en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, como en el Protocolo de 1967, deja a los países partes, la obligación de adoptar las medidas que sean necesarias para la implementación y garantía del goce y ejercicio del derecho, dentro de cada una de sus jurisdicciones, de conformidad con su ordenamiento jurídico interno, lo que implica la promulgación de leyes o reglamentos, la creación del (los) órgano (s) administrativos competentes para recibir, estudiar y decidir las solicitudes de reconocimiento del estatuto y el respeto al ejercicio de recursos tanto administrativos, como jurisdiccionales en protección del derecho. En este sentido, el ordenamiento jurídico venezolano, consagró en su Constitución nacional el derecho al refugio o asilo en su artículo 69 y estableció mediante la Promulgación de la Ley Orgánica sobre refugio y asilo los mecanismos estatales para dar aplicación a sus contenidos, mediante la creación, de la instancia administrativa competente para decidir las solicitudes de reconocimiento del estatuto de refugiado (a), denominada “Comisión Nacional para los Refugiados”, así como, el procedimiento para la determinación de la condición de refugiado (a).
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El discurso del Presidente Chávez se dio en la Sede de las Naciones Unidas, Nueva York el Miércoles, 20 de septiembre de 2006.
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El presente trabajo académico se propone auscultar el alcance del principio de legalidad en el sistema administrativo ecuatoriano a la luz de la Constitución de 2008. Para el efecto, se remonta a los antecedentes que precedieron la implantación del Estado Constitucional de Derechos y Justicia y los componentes que han pretendido modular su fisonomía. Profundiza sobre el principio de aplicación directa de las garantías fundamentales y la obligación de los jueces y funcionarios públicos de garantizar su vigencia. En el segundo capítulo, se aborda el principio de legalidad y su proyección en la doctrina, el ordenamiento jurídico y la jurisprudencia, poniéndose énfasis en el estudio de las potestades administrativas y las notas características que las clasifican en regladas o discrecionales, así como sus formas de control. Como colofón a este capítulo, se explora la vinculación de dicho principio, con los del debido proceso y seguridad jurídica. El tercer capítulo encara el conflicto entre los principios constitucionales de legalidad y aplicación directa de la Norma Fundamental, así como la facultad de los operadores jurídicos de ponderar su vigencia. Se detiene en el análisis del surgimiento irremediable de la pugna entre la Corte Nacional de Justicia y la Corte Constitucional por la convivencia de jurisdicciones y la facultad revisora del máximo órgano de control constitucional. Del mismo modo se proponen mecanismos para armonizar la aplicación de ambos principios en el marco de las competencias de los operadores jurídicos, llegando a su desenlace mediante planteamiento de conclusiones.
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Durante los últimos años Venezuela ha experimentado un proceso de cambio de tipo político, económico y social, en el que el poder popular, y con ello las organizaciones de base, han sido identificados por la política gubernamental como el motor de cambio y transformaciones sociales. Conforme con ello, la conformación de Consejos Comunales, a través de disposiciones legales e institucionales, se han configurado como la instancia básica de organización, a través de la cual el pueblo está en capacidad de formular, ejecutar, controlar y evaluar las políticas públicas, aunado a la formulación de proyectos, orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades. En ese sentido, como instancia de participación y articulación de las diversas organizaciones comunitarias, en el que se redefine la concepción de democracia, los Consejos Comunales combinan estrategias desde arriba y dinámicas desde abajo. Por lo que se considera, que más que un lineamiento político derivado de la estrategia gubernamental, es una instancia que responde a un proceso de larga trayectoria, que tiene sus orígenes en la contienda política de los años ochenta y noventa. Por ende, su conformación deriva del proceso de deslegitimación del sistema populista de conciliación de élites de la democracia puntofijista y del deterioro de las condiciones de vida de la población venezolana, en el marco de la aplicación de políticas de corte neoliberal. Escenario, en el que el gobierno de Hugo Chávez, viene a canalizar el descontento existente, para pasar a la ampliación de las oportunidades políticas de la organización popular. Se genera entonces un proceso organizativo en el que no sólo se plantean oportunidades, sino también límites a la acción comunal. Donde la polarización moviliza y los pequeños cambios culturales que se logran desde las reivindicaciones económicas y de los logros obtenidos en la transformación de la calidad de vida, podrían apuntar hacia conformación de una voluntad colectiva nacional-popular.
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El objetivo central de la tesis es el explicar ¿cómo? y ¿por qué? tras el advenimiento del presidente Hugo Chávez al poder en 1999, se dan un conjunto de cambios en la política exterior venezolana, evidenciados por medio de cuatro hechos concretos que dan inicio a una nueva etapa en la Cancillería venezolana. El primer hecho concreto que trataremos será la incidencia de la constitución de 1999 en el redimensionamiento de la democracia venezolana y su impacto en la política exterior; el segundo hecho será la promulgación de la Ley del Servicio Exterior aprobada en Gaceta oficial N° 37.254 del día 6 de agosto de 2001; el tercero estará referido a la publicación del Decreto Nº 3.402 de 2004, en el cual se dicta la Reforma Parcial del Reglamento Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores, incorporando la figura de cinco (5) Viceministros por área geográfica; el cuarto punto tratado en este capítulo trabajara la Reforma Parcial de la Ley del Servicio Exterior de 2005, la cual concedió al Ejecutivo Nacional la competencia de designar el 100% de los Jefes de Misión entre otras facultades, consolidando así el carácter presidencialista de las relaciones internacionales de Venezuela. Una vez presentados estos puntos, procederemos a trabajar el caso del vice ministerio para África, el cual resulta ilustrativo para la investigación debido a que muestra claramente uno de los supuestos centrales de nuestro trabajo, el como el servicio exterior para 1999 a pesar de ser un cuerpo altamente profesional, no estaba dispuesto a ponerse al servicio del nuevo gobierno y su política, haciendo necesarias reformas institucionales que adaptaran su funcionalidad a las nuevas necesidades del Estado venezolano encabezado por Hugo Chávez y delineado por medio de su nuevo marco jurídico la constitución de 1999. Los impactos de las reestructuraciones ocurridas a lo interno de MPPRE de cara a la funcionabilidad, profesionalización, y proyección en el tiempo de las líneas de política exterior planteadas por el gobierno revolucionario de Hugo Chávez, serán tratadas por medio de los presupuestos de la teoría neo-institucional.
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El sumak kawsay es un principio milenario del mundo andino. Sin embargo de ello, cuando la Asamblea Constituyente introdujo en el tapete de la discusión, aparecieron diferentes reacciones: unos que defienden al sumak kawsay como un modelo de vida, que rige todo un nuevo sistema económico, social y político del país, otros que asimilaron a ciertos derechos sociales, e, inclusive, llegaron a sostener que “es un invento de algún trasnochado”.1 Trataremos de aclarar que el sumak kawsay en la filosofía andina es un sistema de vida, por ello, en primer lugar realizaremos un acercamiento al sumak kawsay desde la filosofía andina, en donde trataremos de desarrollar algunos principios que viabilizan el sumak kawsay, en segundo lugar, realizaremos un análisis muy breve del sumak kawsay recogido en la Constitución de la República y las limitaciones que ésta impone, asimilando por un lado como principio constitucional, luego como derechos del buen vivir y régimen del buen vivir.
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El presente trabajo analiza los sistemas de seguridad social predominantes en el mundo centrando su estudio en América Latina, analizamos las transformaciones que se vienen experimentando a raíz del modelo neoliberal que impuso reformas tendientes a la privatización de los sistemas de seguridad social, el caso especifico de análisis es el boliviano tomando en cuenta el viraje socio-político que fortalece la tendencia anti – privatizadora. Es en este sentido que se intentará dilucidar las razones de esta resistencia en el desarrollo de la Asamblea Constituyente y la comparación con otros casos similares que han tenido lugar en la región. En este contexto, el objetivo fundamental es identificar los desafíos de la seguridad social en Bolivia, particularmente, del seguro de pensiones, a partir de analizar el desarrollo del sistema pensional boliviano, los aciertos y desaciertos de la aplicación del modelo neoliberal, los problemas y planteamientos vigentes, así como los retos más importantes frente a una nueva visión de Estado y un nuevo orden internacional. El documento está estructurado por una parte introductoria en la que se desarrollan las características fundamentales de los sistemas de pensiones en diferentes escenarios a nivel mundial enfocándonos en los principales desafíos que enfrentan los esquemas previsionales individuales de contribución definida y gestión privada en debate con los sistemas tradicionales públicos, para este efecto se procede al análisis de un caso de estudio específico por lo cual desarrollamos en los capítulos siguientes el proceso que se sucedió en Bolivia. El capítulo 1 analiza el funcionamiento del sistema pensional boliviano, en el marco del contexto socioeconómico del país, examinando el periodo anterior a la reforma de 1997, donde se aplica el Código de Seguridad Social que pone en vigencia el Sistema de Reparto y el periodo de la reforma de pensiones, caracterizado por una transformación drástica a un sistema de capitalización individual de administración privada. El capítulo II esboza la nueva visión del Estado boliviano, que a través de un debatido y polémico proceso constituyente define el nuevo marco constitucional; se describen las principales propuestas que se debatieron desde la visión del oficialismo y la oposición, así como las modificaciones que se dieron a lo largo del proceso. De la misma forma, se presenta un análisis del proyecto de Ley de Pensiones presentado por el Gobierno al Congreso Nacional, el cual instrumentaliza los objetivos que se persiguen para modificar la actual estructura del sistema de seguridad social (caracterizado por ser privado y de capitalización individual). En la parte final, se sintetizan las principales conclusiones y se esbozan en líneas generales, un conjunto de recomendaciones dirigidas al fortalecimiento en la investigación de la seguridad social en Bolivia.
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El objetivo de este trabajo es analizar desde una perspectiva neo institucional la configuración del departamento del Valle en calidad de región político administrativa en el período 1910-1948. Para alcanzar este propósito, nos concentramos en el estudio de las instituciones o reglas de juego impulsadas, defendidas y promulgadas por la figura del gobernador en calidad de funcionario público y primera autoridad de los vallunos o valle-caucanos. Las fuentes centrales son los Informes anuales del Gobernador antes los miembros de la Asamblea departamental, libros de viajeros y algunos de los periódicos de circulación local y regional en las primeras décadas del siglo XX. Para desarrollar este objetico hemos divido el trabajo en dos partes; en la primera, −integrada por tres capítulos− nos distanciamos de las explicaciones actuales referentes a la creación del departamento del Valle y proponemos una nueva interpretación, centrada en el descontento de las municipalidades ubicadas en el valle geográfico del río Cauca ―Cali, Buga, Palmira, entre otras− por las reglas de juego promulgadas desde Popayán para reinvertir los recaudos fiscales provenientes de sus rentas. De igual forma, con base en la noción de path dependence estudiamos las herencias coloniales y decimonónicas que tuvieron que enfrentar los gobernadores vallunos para poder configurar la nueva región política administrativa. Nos referimos a la inestabilidad del orden político, a la ausencia de vías y sistemas de comunicación y a los métodos tradicionales en la producción agropecuaria. En la segunda parte ―integrada por tres capítulos y las conclusiones− analizamos las instituciones impulsadas por el gobernador del departamento del Valle para consolidar la nueva región político administrativa, propósito que únicamente era posible si superaban los path dependence o herencias coloniales y decimonónicas. El estudio se focaliza en las reglas de juego impulsadas por la primera autoridad de los vallunos para: 1). Alcanzar paz política o paz pública, en calidad de factor determinante en el mantenimiento del orden social; 2). Estimular la apertura y construcción de vías de comunicación y obras de infraestructura; 3). Modernizar los métodos de producción agropecuaria. Finalmente, en las conclusiones señalamos algunas problemáticas que se deben abordar en las futuras investigaciones y de esta manera darle continuidad a la propuesta analítica desarrollada en este trabajo.
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La presente investigación analiza la naturaleza jurídica del recargo tributario en el Ecuador, establecido en el Art. 90 del Código Orgánico Tributario reformado por el Art 2 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador, sancionada por la Asamblea Constituyente de Montecristi el 29 de diciembre de 2007. La investigación pretende definir claramente cuál es la naturaleza de esta figura jurídica, para lo cual se desarrolla en tres capítulos; en el primero se refiere a la teoría y conceptos para lo cual analizamos al recargo como sanción, al recargo como instrumento financiero y al recargo desde una posición mixta. En el segundo capítulo se plantea el desarrollo normativo, explicando en primer lugar, los principios del artículo 300 de la Constitución, a fin de identificar aquéllos que se cumplen y cuáles se transgreden. También, se describe la facultad determinadora de la Administración Tributaria y su relación con el recargo, además se presenta el análisis normativo comparativo con las países de la Comunidad Andina. Terminamos con la revisión de la actuación de la administración tributaria, de los Tribunales Distritales de lo Fiscal, de la Corte Nacional de Justicia, y de la Corte Constitucional en relación al recargo tributario a la luz de casos específicos.