400 resultados para Roxas, Simón de, Beato
Resumo:
El “Imperio de los Incas” que estuvo en proceso de consolidación, fue exterminado y esclavizado por el colonizador “español”, pues la población “del Imperio Incaico, conforme a cálculos prudentes, no era menor de diez millones. Hay quienes la hacen subir a doce y aun a quince millones” y “podemos señalar que disminuyó aproximadamente en un 75% hacia 1561”; y “entre 1821-1823, en los países de Perú, Ecuador y Bolivia, el 90% de la población eran siervos indígenas”; habiéndose suprimido el tributo indígena en el Perú, recién durante el gobierno de Ramón Castilla en 1854. Genialmente, José Carlos Mariátegui publica sobre “El problema de la tierra”, en los 7 ensayos de interpretación de la realidad peruana, donde establece que el problema del indio es “fundamentalmente económico”, afirmando que “No nos contentamos con reivindicar el derecho del indio a la educación, a la cultura, al progreso, al amor y al cielo. Comenzamos por reivindicar, categóricamente, su derecho a la tierra”. Sin embargo, José María Arguedas señaló que las “luchas sociales tienen un trasfondo no sólo económico, en un país como el nuestro, sino un denso trasfondo cultural”. Siendo así, nos preguntamos ¿Por qué a través de la historia el indígena peruano ha sido y es invisibilizado?, entonces ¿Qué pasó y en que parte del tiempo se detuvo la lucha del reconocimiento y respeto del indígena peruano?
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A inicios de los años ochenta del siglo XX, se abrió un debate en el mundo académico e intelectual en torno a las minorías étnicas, nacionales, grupos culturales, lingüísticos y religiosos, así como sobre toda clase de entes colectivos que reclamaban extensas reivindicaciones sociales y la titularidad de derechos como sujetos. En Europa y América del Norte, especialmente en este, las minorías étnicas y nacionales en algunos Estados plantearon una fuerte crítica a estas sociedades liberales occidentales. Amparados, estos grupos sociales (“culturales”) por políticas del multiculturalismo y propuestas teóricas del comunitarismo, el valor “identidad” se ha sumado a los valores “libertad” e “igualdad” como la tríada que da sostén a los derechos humanos.
Resumo:
En la actual etapa de la globalización, se da una recomposición del panorama cultural e idiomático mundial, pues aparecen nuevos mecanismos y formas para organizar la unidad-diversidad propia de la especie humana. Esta situación plantea nuevos desafíos a los Estados, las instituciones, las sociedades y los individuos. Para los fines de la presente exposición, interesarán los desafíos que se plantean en el terreno educativo. Luego de hacer algunas consideraciones sobre la globalización y el multilingüismo, y a la luz de ellas, se expone la educación bilingüe intercultural que se ejecuta en el Perú, programa que, si bien se encuentra en un proceso inicial de consolidación, busca responder a los desafíos de la diversidad tanto global como local.
Resumo:
La emergencia de una política de la diversidad planteada desde los movimientos sociales tanto indígenas como afroecuatorianos, siempre ha tenido una intención encaminada hacia la transformación profunda de las instituciones y estructuras de la sociedad y el cuestionamiento de la política monocultural del Estado-nación, representado en la identidad y cultura “nacional” hacia la construcción de un país pluricultural y pluriétnico. En este sentido podemos decir que el problema de la diversidad y la diferencia desde los derechos se encuentran en gran parte en la construcción del Estado-nación y la identidad nacional, no es menos cierto que en la construcción de la identidad nacional se encontraban representadas en estas construcciones los varios grupos étnico-culturales, cuál era su grado de participación y cuál era el espacio que ocupaban dentro del escenario nacional? Bien podríamos decir que si la identidad nacional representada en lo blanco-mestizo se constituyó en el centro del Estado-nación, los indígenas se encontraban por fuera de ese centro, y en una forma y condición mucho más lejana los afroecuatorianos.
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Cuando se va a tratar temas tan estigmatizados como es el feminismo y la prostitución o trabajo sexual, uno se encuentra frente a la difícil tarea de como abordar el tema. Es realmente particular que dos posiciones que en muchas ocasiones se han enfrentado sufran de un mismo mal, ser prejuiciadas, y en mayor o menor grado, de forma directa o indirecta considerados tabú, de lo que no se habla, para no ser considerada como una extremista que odia a los hombres, con tendencias lesbianas y frígidas, como es el caso del estereotipo de feministas, u ofender la moral e ir en contra de las buenas costumbres y hablar de la prostitución. Este trabajo busca no encontrarse influenciado por ningún de los estigma antes mencionados, se trata de ser objetivo, dentro de las limitaciones que cualquier persona puede tener.
Resumo:
La administración de justicia oficial en las dos últimas décadas es interpelada permanentemente por el desafío de convivir y coordinar con la administración de justicia indígena. Este desafío asume diferentes matices, pero sin lugar a dudas se convierte en uno complejo y difícil de enfrentar cuando incorporamos a su análisis el tema de los derechos humanos traducido en los límites -discutibles en cuanto a su existencia- que deben imponerse a la justicia de los Pueblos indígenas ante la potencial violación a los derechos fundamentales. De este modo, la diversidad cultural frente a los derechos humanos se ha convertido en uno de los temas más sensibles tanto en su análisis teórico como en los modos de instrumentación. Pero antes de presentar concretamente el problema que constituye la relación entre diversidad y derechos humanos (y sus posibles soluciones), vale la pena señalar algunos presupuestos que dan forma y contenido al sistema de justicia frente a los Derechos de los Pueblos indígenas, dentro de un determinado modelo de Estado que se encuentra en permanente construcción.
La noción de "derecho" o las paradojas de la modernidad postcolonial: indígenas y mujeres en Bolivia
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Este artículo intentará realizar una lectura de "género” de la historia de la juridicidad boliviana, para proponer algunos temas de debate que considero pertinentes a la hora de discutir los "derechos de los pueblos indígenas", y su estrecho vínculo, tal como yo los veo -con el tema de los "derechos de las mujeres" (indí-genas, cholas, birlochas o refinadas). En un primer momento, me interesarán los aspectos masculinos y letrados de este proceso, que son los que han producido los documentos conocidos como leyes de la República. El derecho y la formación histórica moderna de lo que se conoce como "espacio público", tienen en Europa un anclaje renacentista e ilustrado a través del cual re-nace el ser humano como Sujeto Universal (y masculino) de la noción misma de "derecho". No otra cosa significa el que "derechos humanos" de hoy, hayan sido llamados en el siglo XVIII, "derechos del hombre" (droits de J'homme). A esto se han referido autores como Derrida y Butler, que nos hablan de una versión "falogocéntrica" del Sujeto de la modernidad, el individuo ilustrado. Esta versión estaría inscrita en la historia de occidente y habría sido proyectada al mundo en los últimos siglos, a través de multiformes procesos de hegemonía política, militar y cultural.
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Hasta 1997 el Art. 516 inciso primero del Código Penal del Ecuador tipificaba como delito la homosexualidad en los siguientes términos: “En los casos de homosexualismo, que no constituyan violación, los dos correos serán reprimidos con reclusión mayor de cuatro a ocho años.” La detención masiva de cien homosexuales en la ciudad de Cuenca en 1997 desata denuncias y solidaridades que crean el ambiente propicio para denunciar la inconstitucionalidad del Art. 516 del Código Penal. En efecto, en septiembre de ese año, varias organizaciones de gays, lesbianas, bisexuales, transexuales y transgénero (GLBT) y de derechos humanos, presentaron ante el Tribunal Constitucional (en adelante TC) una acción de inconstitucionalidad contra el mencionado artículo. En noviembre de 1997 el TC resuelve aceptar parcialmente la demanda formulada y declarar la inconstitucionalidad del inciso primero del artículo 516 del Código Penal, y suspender totalmente sus efectos. Este artículo realiza un análisis del proceso de interpretación constitucional en este caso concreto, los métodos aplicados, los principios resaltados y la relación entre ideología e interpretación desde la representación de la homosexualidad que el proceso evidencia. Se parte de la premisa central de que la interpretación, dada la pluralidad de sentidos posibles atribuibles a la norma, implica una opción o valoración del intérprete. La concretización de la norma constitucional no puede aislarse de la “precomprensión” del intérprete, condicionado por sus experiencias, conocimientos y prejuicios fruto de su circunstancia histórica.