27 resultados para Valor simbólico


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A través del presente escrito pretendemos realizar una explicación somera acerca de las decisiones jurisprudenciales emanadas del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA), con ocasión de las solicitudes de interpretación prejudicial presentadas en torno a algunos artículos de la Decisión 388 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, referida a la armonización del impuesto sobre el valor agregado en la Comunidad. Con tal objeto, en primer término, anotamos algunos rasgos de la siempre problemática realidad que envuelve a los procesos de integración entre estados; luego explicamos un conjunto de cuestiones inherentes a los procesos de armonización legislativa necesarios en el ámbito de las integraciones supranacionales; seguidamente, revisamos los aspectos más trascendentes del proceso de armonización del impuesto sobre al valor agregado en la Comunidad Andina, así como los avances en la emanación de normas comunitarias sobre la materia; continuamos con la referencia y análisis crítico de varios contenidos problemáticos encontrados en sentencias de interpretación prejudicial sobre la Decisión 388, antes citada. Al concluir, hacemos constar algunos comentarios sobre la temática examinada.

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Realiza una revisión y análisis de las nueve reformas efectuadas al sistema tributario ecuatoriano a partir de la promulgación de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador, publicada en Registro Oficial No. 242 del 29 de diciembre de 2007 hasta la publicación en el Registro Oficial Nº 583 del 24 de noviembre del 2011 de la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado. La promulgación de cualquier reforma legal, especialmente las de carácter tributario, genera un gran interés en las partes involucradas, debido a la incidencia que éstas pueden representar en sus actividades; los contribuyentes buscan conocer el texto de las reformas y familiarizarse con el mismo a fin de evitar los riesgos del desconocimiento e incumplimiento de sus nuevas responsabilidades tributarias. La revisión de las reformas está en función de los cambios introducidos en los aspectos relacionados con los impuestos indirectos de recaudación nacional más representativos como son el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto a los Consumos Especiales; su incidencia recaudatoria comparándola con periodos anteriores y posteriores a la adopción de las nuevas normas; y, el apego de la nueva normativa a los Principios Tributarios Constitucionales. El pagar los impuestos es nuestra contribución real a la economía del país, es un deber legal y moral que le permite al Estado cumplir con sus responsabilidades que van en beneficio de todos los ciudadanos; aunque en ciertas ocasiones el pago de impuestos puede ocasionar malestar es deber de todos formarnos en cultura tributaria, para de esta manera asegurar y mantener la estabilidad económica del Estado

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Existe un generalizado reconocimiento de la importancia del concepto de valor de uso en la obra de Bolívar Echeverría. Sin embargo, este concepto ha sido escasamente discutido en los intentos de aproximación a su pensamiento. Esto contrasta notablemente con la atención que se ha prestado a otros planteamientos suyos como el de modernidad capitalista, ethos histórico o el concepto de cultura. El descuido sobre el valor de uso resulta más significativo si se tiene en cuenta que todas estas formulaciones se sustentan en la conceptualización que Echeverría hace de aquel concepto. En este contexto, esta tesis señala dos aspectos que pretenden contribuir a la discusión del valor de uso en la reflexión de Echeverría. De una parte, se identifica cierta ambigüedad en el valor de uso visible tanto en su forma histórica concreta dentro de la modernidad capitalista, como en su formulación abstracta en cuanto esquema general trans-histórico de reproducción social. Por otra parte, y esta es la hipótesis que se propone, se explica que esta ambigüedad se debe a la reformulación de la contradicción capitalista que propone Echeverría en relación con el planteamiento de Marx. Se trata del desplazamiento de la contradicción trabajo-capital a la de valor de uso-valor.

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Este trabajo investigativo pretende realizar un aporte sobre la devolución del Impuesto al Valor Agregado, en cuanto al aspecto normativo y jurisprudencial, a fin de evidenciar cuál ha sido la tendencia de la Administración de Justicia en la aplicación de interpretación de la normativa referente al tema. Introductoriamente realizo un aporte normativo de forma general sobre el Impuesto al Valor Agregado, a fin de centrarnos en los parámetros de este tributo, para posteriormente centrarme en la normativa aplicable a la devolución del IVA a diferentes grupos en atención a distintas razones que son referidas en su análisis. Concluyo la tesis realizando un aporte sobre los principales fallos de casación. El desarrollo completo y pormenorizado del análisis de la evolución jurisprudencial en materia de devolución de IVA en el Ecuador, resulta imposible de realizarlo en una Tesis de postgrado, dada su limitada extensión (en cuanto a número de páginas permitidas), sin embargo, el presente trabajo investigativo, pretende demostrar ejemplificativamente cuáles han sido los principales pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia –en su momento- y de la actual Corte Nacional de Justicia, relativos a este tema, contrastándolos con la normativa aplicable de acuerdo al período fiscal del cual trate el asunto que fue litigado ante el Tribunal Distrital de lo Fiscal y cuya sentencia ha sido analizada en Recurso de Casación por la Corte. Realizo también una relación con la normativa comunitaria y las interpretaciones prejudiciales de la Comunidad Andina, en lo aplicable.

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El Gobierno a través de la política fiscal busca la recaudación de impuestos para cubrir el gasto público y una mejor distribución de la renta en su población. El Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones publicado el 22 de diciembre de 2010 fue elaborado con el propósito de incentivar la inversión en el Ecuador y de esta forma lograr un crecimiento de aparato productivo. A través de este código, y mediante ley el Estado tiene un objetivo más profundo que es el crecimiento económico de todo un país para lo cual, sacrifica sus ingresos por mejorar la calidad de vida en sectores productivos. Es así que en el Código de la Producción se han establecido una serie de incentivos tributarios que permitirán a los empresarios beneficiarse en el pago de impuestos durante un período de tiempo, con el propósito de que los empresarios que apliquen estos incentivos, generen fuentes de empleo en sectores reprimidos y el desarrollo de la producción en ese sector lo que conlleva a una mejora en el estilo de vida. Se debe tomar en cuenta que estos beneficios tributarios aplican para empresas nuevas, por lo tanto los réditos fiscales que pueda tener el estado por estas empresas serán bajos o inclusive nulos, sin embargo, los sectores en los que se invertirá tendrán desarrollo económico y social de forma más equitativa con lo que se puede identificar que el gobierno al establecer esta norma tiene otros fines en beneficio de los contribuyentes. Con este trabajo se pondrá en evidencia el Gasto Tributario del gobierno como un fin extra fiscal así como también los beneficios empresariales que puede tener un inversionista nuevo con los incentivos tributarios.

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El presente documento busca convertirse en una guía que permita el seguimiento y control en la implementación o mejoramiento de procesos así como en la identificación de los costos de producción de las empresas de diseño industrial. El primer capítulo se enfoca en el marco teórico, se definen los términos necesarios para el presente estudio tales como planificación estratégica, FODA, cadena de valor y sistemas de costeo. En el segundo capítulo se realiza un análisis descriptivo de la industria, se hace una mención sobre las principales empresas en la ciudad de Quito así como del mercado al que están enfocadas. En el tercer capítulo el estudio se centra en una empresa real cuyo giro es el diseño, producción e instalación de elementos publicitarios. El estudio se realiza utilizando como guía el marco teórico expuesto en el capítulo 1, se describe la evolución de la compañía desde su instauración, se detallan los aspectos internos que la caracterizan y se realiza un análisis FODA. A continuación, en el capítulo 4 se realiza un estudio de los procesos actuales de la empresa. Con esta información se propone un flujo de procesos más detallado y se realiza la aplicación de uno de los modelos de costeo del capítulo 1 en la empresa. Finalmente se expone que un manejo adecuado de procesos trae consigo ahorros considerables que se reflejan en un mejoramiento en la rentabilidad de la empresa. Adicionalmente se observa que la aplicación del sistema de costeo ABC evidencia una subvaloración de los productos estudiados en el sistema por órdenes de trabajo que es el que la empresa ha manejado durante su funcionamiento.

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Esta tesis pretende describir e interpretar el protestantismo para conocer las manifestaciones comunitarias en ritualidades evangélicas de quichua migrantes provenientes de Chimborazo en la ciudad de Quito, a partir de la comunicación intercultural articulado con la heterogeneidad, el campo religioso, el habitus, la “visión cosmológica del mundo”, entre otros, develan el mundo simbólico del quichua. Se situa una aproximación sobre el proceso comunicativo entre quichuas de diversas comunidades de origen, creencia y capacidad económica, al participar con su fondo cultural, cuestionan lo homogéneo circulado por el discurso religioso y de-construyen la idea todo es armónico en los Andes revelan lo conflictivo por estar construido en la paridad complementaria de opuestos y prueba la reproducción del ayllu en la urbe cotidiana. La ritualidad evangélica es dinámica, denotativo (se expresa en danzas, vestuarios, prácticas culturales)y connotativo. Es locus de la comunicación en las dimensiones oral ypara-lingüístico.El quichua se comunica con otro “pone en común” saberes, prácticas culturales: el maquipura (mano a mano), debichi (hacer endeudar) formas de reciprocidad, el huarmi rimay (pedido de mano de la novia), desde su memoria, el relato de los ancianos, ancestros de la comunidad, y surge la “incomunicación” (diferencia).No termina en guerra maussiana por prestaciones totales asimétricas realizados entre ayllus, es disputa simbólica, “lucha de sentidos”, causay mashcay-búsqueda de vida“ para sí y para otros” en el chaupi, tercer espacio, dónde las “mezclas” o “hibridaciones” no es posible sino la coexistencia de opuestos sin mezclarse. Símbolos, signos significan otros significados devienen en sentidos, es el mundo del sentido, nada esta dicho, ya que cada acto, palabra, regalo, consejo, minga, entre otros, remite a otro hasta el infinito, es lo circular en la temporalidad del rito. El relato, la narración y actos de reciprocidad recopilados evidencian que el ayllu inicia en las relaciones de parentesco cohesiona, organiza, estructura al quichua, incluso se superpone a la religión para re-actualizarse en Quito, como en matrimonios entre católicos y evangélicos están ligados al mito andino del cóndor y la mujer. Y el ayllu es lo político por ser soporte para revitalizar la práctica del compadrazgo entre evangélicos en el pasado fue estigmatizado por el misionero. Finalmente, en la danza mujeres y jóvenes buscan sentido de valor negado por lo andino y dinamizan la religión.

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El arte de la negociación es una estrategia fundamental en la toma de decisiones y un proceso mediante el cual las partes, en todas las áreas de la vida y en todas las disciplinas y profesiones, intentan resolver conflictos y llegar acuerdos, compatiblemente con sus necesidades e intereses. De una forma más sencilla, la negociación podría definirse como: “…cualquier comunicación entre dos o más personas con la intención de influenciar o persuadir” (R. Bordone, Harvard Law School, MA). Todos estos elementos destacan la importancia de desarrollar destrezas y competencias que fortalezcan este tipo de habilidad y la necesidad de conocer las reglas del juego de esta poderosa herramienta. Según la Escuela de Harvard, la forma más exitosa y provechosa de negociar es la recogida por el modelo integrativo-cooperativo, el que se base sobre premisas muy diferentes del tradicional modelo distributivo. Este último responde a nuestra forma de negociar más espontánea y lamentablemente desacertada, es decir, una forma de negociar que se reduce a un simple reparto de lo que haya sobre la mesa, sin visualizar, analizar posibles opciones negociadoras más allá de este simple reparto. Es un esquema que responde a una negociación “dura”, que se fundamenta en una concepción adversarial de las relaciones humanas (homo homini lupus, T. Hobbes), en donde hay un ganador y un perdedor, sin tintes intermedios. Al contrario, la idea con el modelo que propone la Escuela de Harvard, -el modelo integrativo-cooperativo-es uno por el que una negociación exitosa es aquella que “crea valor sobre la mesa” y que genera beneficios para todas las partes, no solo una de ellas. En otras palabras, el enfoque no es aquel por el que si uno pierde, el otro gana sino uno en el que la otra parte debe alcanzar un razonable nivel de satisfacción en sus requerimientos y demandas. Este modelo crea valor sobre la mesa inclusive más allá de los posibles beneficios que puedan conseguirse a partir de un determinado acuerdo; por ejemplo, ataja el conflicto y preserva las relaciones humanas, las que a menudo, en base al modelo tradicional (ganarperder) quedan perjudicadas. Finalmente, el modelo cooperativo es uno que abre la puerta a la empatía, la escucha activa, la transparencia y confianza; todos elementos que sin lugar a dudas facilitan las complejas relaciones interpersonales.

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La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, a través de la Resolución No. 06.Q.ICI-004 de 21 de agosto de 2006, adoptó las Normas Internacionales de Información Financiera “NIIF” y dispuso su aplicación obligatoria por parte de las entidades sujetas a su control y vigilancia de la Superintendencia, en este sentido estableció un cronograma de implementación de dichas normas mediante Resolución 08.G.DSC.010 de 20 de noviembre de 2008, en la que se establecieron tres grupos de aplicación a partir del año 2010, 2011 y 2012. Con estas disposiciones, a partir del año 2012 absolutamente todas las compañías sujetas al control por parte de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, debieron registrar sus estados financieros bajo las referidas normas contables, las cuales permiten obtener información financiera transparente y uniforme, que sirve para la toma de decisiones a los usuarios de esos estados financieros. Un rubro importante que se presenta en los estados financieros, sin duda son la propiedad, planta y equipo, cuyo tratamiento contable se encuentra en las NIC 16 y NIC 36, esta última en cuanto al reconocimiento del deterioro, mientras que tributariamente, la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y el Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, establecen el cumplimiento de ciertas condiciones para que las depreciaciones de esa propiedad, planta y equipo, sea deducibles a efectos del Impuesto a la Renta. En este sentido tanto la norma contable (Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros) como la norma tributaria (Servicio de Rentas Internas), con el pasar del tiempo confluyen hacia tratamientos contables y tributarios que permiten a las compañías una mejor conciliación entre las mismas, como es el caso del Reglamento a la Ley orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención de Fraude Fiscal, publicado en el R.O. No. 407 de 31 de diciembre de 2014, que permite el reconocimiento de activos y pasivos por impuestos diferidos en ciertos casos y condiciones, que de acuerdo a la norma contable deben registrarse.

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La elaboración del presente trabajo “El valor en riesgo condicional como herramienta en la gestión de riesgos del portafolio de renta fija de un fondo previsional ecuatoriano”, responde a la necesidad de entender como la aplicación de la metodología del valor en riesgo condicional en un portafolio de inversiones de un fondo previsional ecuatoriano, conformado por títulos de renta fija, contribuirá al control del riesgo de mercado. Se determinará la aplicabilidad práctica del uso del valor en riesgo condicional, en un portafolio de inversiones constituido por títulos de renta fija que se negocian en el mercado de valores, de un fondo previsional complementario ecuatoriano. Se analizará la evolución del índice de rendimiento de la Bolsa de Valores como medida del rendimiento del mercado de los títulos negociados en el mercado bursátil y se determinará un portafolio de inversiones de renta fija con títulos negociados en ese mercado. Por medio de la metodología paramétrica de varianzas y covarianzas se determinará el VaR y CVaR del portafolio y con la metodología no paramétrica de simulación histórica, se determinarán las ganancias y pérdidas diarias del portafolio y se estimará el VaR y CVaR de la distribución. Se proponen parámetros y políticas que permitan estimar el riesgo de mercado utilizando el CVaR como medida complementaria que cuantifica las pérdidas que se pueden encontrar en las colas de distribución. El CVaR se constituye en una medida que complementa al VaR ya que considera los valores que se encuentran en la cola de la distribución una vez superado el umbral del VaR. Finalmente, se recomienda utilizar el CVaR como medida para cuantificar las pérdidas que podría sufrir un portafolio de activos financieros, ya que incorpora en un solo valor la pérdida esperada y la pérdida media inesperada de un portafolio, constituyéndose en un mecanismo de alerta temprana para la toma de decisiones que disminuyan el impacto de la potencial pérdida del portafolio.

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El buen vivir, sumak kawsay causó perplejidad en los estudiosos del derecho constitucional, de ahí que me proponga en este trabajo de investigación, aislar elementos teóricos que nos permitan encontrar el significado jurídico constitucional de las palabras que el constituyente consigna en la Ley fundamental, tanto en su sentido como en su contenido, es decir, tanto desde el punto de vista axiológico como deontológico. Para tal efecto, se sistematiza las interpretaciones escépticas como afirmativas de esta innovación constitucional desde el proceso de constitucionalización, para luego definirla desde las ciencias jurídicas como una estimativa jurídica y concepto jurídico indeterminado de carácter simbólico, retorico y persuasivo, por lo tanto puede ser analizado desde diferentes categorías jurídicas: como valor constitucional y fin meta-político (dimensión axiológica) y como principio normativo (dimensión deontológica). Estas categorías nos sirven para explicar la inclusión del buen vivir, sumak kawsay en la Constitución y su función normativa, desde la Teoría de la Constitución como ciencia de la cultura, lo que nos permite hablar de una ruptura discursiva del constitucionalismo moderno y del nacimiento de nuevo constitucionalismo intercultural de origen andino amazónico. Para sostener este argumento me permito utilizar el método de la semántica, la hermenéutica y la pragmática constitucional, considerando la relevancia que adquieren los Preámbulos constitucionales en los procesos de interpretación constitucional en el modelo de constitución axiológica como norma, cuyo núcleo axiótico constituye la dignidad humana en su doble dimensión (individual y colectiva). Los resultados de esta investigación identifican no solo su carácter funcional normativo, sino también aísla aspectos teóricos, características fundamentales y nudos problemáticos de interpretación, con el fin de evitar sus desviaciones e instrumentalización asumiendo una nueva ética pública de carácter relacional comunitaria, de sustentabilidad súper fuerte, que exige una nueva visión de la sociedad, del ciudadano y del Estado, lo cual nos plantea un tipo de interpretación constitucional abierta que permita construir un mestizaje humanizador cuya base sea una ciudadanía intercultural en un Estado plurinacional de derechos y justicia social.

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El principal objetivo de esta investigación es determinar si es o no conveniente para los intereses del país que el sector público pague la tarifa 12% del IVA. A partir de esta premisa se han generado un sinnúmero de controversias en la esfera tributaria y en torno a ellas ha existido una serie de reformas especialmente a partir de finales de los años 80, ya que para muchos no es conveniente que este sector pague el IVA, pero de acuerdo a las políticas del Servicio de Rentas Internas (SRI), este tema viene a constituirse en un pilar de indudable importancia en el aspecto de control, porque se convierte en un vehículo para llegar a los proveedores del sector público; puesto que con el pago del impuesto al valor agregado (IVA) las instituciones públicas tienen derecho a la devolución del mismo y esta se constituye en un proceso de control y cruce de información de enorme valía para la gestión de la Administración Tributaria. En primera instancia se realizará una revisión de la historia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a nivel mundial y en nuestro país; se analizarán los períodos con la Tarifa 12% y 0% del IVA para el Sector Público y su normativa. Otro tema a analizar es la devolución del IVA al Sector Público, estudio mediante el cual podremos visualizar los procedimientos por medio de los cuales la Administración Tributaria lleva a cabo una de sus potestades (ejercer las funciones de control, inspección y fiscalización del cumplimiento de las obligaciones tributarias, de conformidad con el ordenamiento jurídico tributario); esta investigación nos llevará a despejar muchas dudas que en ningún nivel han sido resueltas, aquí serán analizadas las recaudaciones obtenidas en los períodos en los que el sector público ha pagado la tarifa 12% del IVA y los períodos en los cuales ha tenido tarifa 0%, así como su incidencia en el presupuesto general del Estado.