53 resultados para Víctimas


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El Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, fue ideado con la finalidad de cumplir con la insoslayable labor de promover y proteger los derechos de la persona humana en el continente americano, en el marco de los instrumentos internacionales especializados suscritos y ratificados a tal efecto. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (La Corte), como órgano principal del Sistema Interamericano, tiene a su cargo la misión de determinar la responsabilidad internacional de los Estados partes del Pacto de San José, en materia de violación de derechos humanos, pero más allá de eso tiene la importantísima labor de disponer reparaciones justas y adecuadas para las víctimas de tales violaciones. Cuando las víctimas son comunidades indígenas, surgen grandes dilemas relacionados con la aplicación de los principios y preceptos sobre los cuales se cimienta la doctrina internacional de los derechos humanos, y en consecuencia con las bases mismas del Sistema Interamericano, con sus pretensiones de universalidad, frente a las especiales características culturales e identitarias de los pueblos originarios. Estos dilemas se extienden a la fase de reparaciones en la Corte que, una vez que ha determinado la responsabilidad del Estado por incumplimiento de sus obligaciones convencionales, dispondrá una reparación en virtud de los daños sufridos por las víctimas; de lo anterior surgen varias interrogantes ¿Cómo puede aplicar la Corte un enfoque de diversidad en las reparaciones a comunidades indígenas? ¿Al aplicar un enfoque de diversidad a los casos de comunidades indígenas, estaría legitimando la Corte la doctrina del relativismo cultural? ¿La aplicación de criterios de diversidad permite que la Corte disponga reparaciones justas y adecuadas? Estas interrogantes, y el debate que suponen, guiarán el análisis que desarrollaré en las líneas siguientes, en las que la diversidad, los pueblos indígenas y el desarrollo del Sistema Interamericano, en cuanto a las reparaciones, constituyen ideas centrales.

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La violencia contra las mujeres en Colombia se presenta como un contínuum en sus vidas y no como hechos aislados que tienen por escenario los denominados espacios públicos y los espacios privados, la cual se exacerba en el marco de la violencia sociopolítica y el conflicto armado que vive Colombia desde hace más de seis décadas, la cual ha tenido como escenario sus cuerpos-territorios. Ciertamente los cuerpos de las mujeres en Colombia han sido leídos como premios para los guerreros de los distintos bandos, y se han utilizado como arma de guerra para agredir, debilitar al enemigo, y provocar terror dentro de las comunidades de tal manera que se generen desplazamientos masivos y así lograr el control de los distintos territorios. Si bien las últimas cifras dadas por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses indican que durante los años 2007 y 2008 se realizaron 41.475 informes periciales sexológicos, en los que el 84% de los casos las víctimas fueron mujeres, aún resulta imposible cuantificar el número de mujeres que han sido y son víctimas de alguna modalidad de violencia sexual en los casi sesenta años de conflicto armado, en especial por el altísimo subregistro que se presenta ante el miedo a las represalias, estigmatización y revictimización que deben enfrentar las mujeres al denunciar.

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Si uno mira el funcionamiento del sistema penal de cualquiera de nuestros países, se va a encontrar con una realidad realmente desgarradora. ¿Es casual que la mayoría de gente que habita en nuestras cárceles sea pobre? ¿Existe alguna explicación y justificación para este fenómeno social? ¿Tiene relación la organización social y política con el funcionamiento del sistema penal? ¿Cómo se caracteriza a un derecho penal consistente con estado constitucional de derechos? Para abordar estas preguntas, en un primer momento y a lo largo de este ensayo, utilizando fuentes confiables y objetivas, se demostrará que quienes son víctimas del sistema penal son las personas más pobres. En un segundo momento se realizará un análisis doctrinario sobre este fenómeno y se pretenderá demostrar que no existe justificación razonable, desde algunos parámetros (la democracia, la igualdad, la proporcionalidad y la justicia,) para tolerar tanta violación a los derechos humanos, para concluir sobre su inaceptabilidad de este patrón estatal tolerado socialmente dentro de un marco constitucional de derechos. Finalmente, después de tanta crítica, se presentarán algunas pautas para pensar en un derecho penal distinto. Para efectos de este ensayo, justicia penal y sistema penal se utilizarán indistintamente. Se entenderá como tales el conjunto de elementos que la conforman y la manera de operar actualmente, que es un modelo basado en el encierro como idea central y en formas represivas de manifestación. Entre los elementos, tenemos al derecho penal, configurado por las leyes penales, procesales y de ejecución de penas; a los actores en sus distintas agencias, incluido políticos, policías, militares, fiscales, jueces y autoridades penitenciarias; y a los momentos por los que atraviesa una persona sometida al derecho penal, que van desde la detención, pasando por el proceso y terminando en el encierro.

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El tema en sí, me llamo enormemente la atención en virtud que existe una degeneración moral y degradación de los valores éticos, en la sociedad ecuatoriana y porque no decirlo del mundo, en virtud que en los últimos tiempos se observa que existe una guerra de irrespeto entre: padre-hija, tío-sobrina, hermano-hermana, nieto-abuela, etc., llegando en cada uno de ellos a cometer la violación, en niñas, adolescentes y ancianas, que es el propósito de este trabajo que lo justificaré más adelante con casos específicos que al darse y una vez cumplida la investigación y el debido proceso estos casos han recibido sentencia condenatoria o absolutoria, pero este último no porque no han ameritado imponer una pena, sino más bien porque como se trata de asuntos de familia han tratado de solucionar entre ellos y no han colaborado con la justicia permitiendo en la mayoría de las veces que quede en la impunidad. El plan de tesis puesto a consideración de la Universidad, ha sido aceptado, de suerte que en base a esos temas consignados, iremos desarrollando paulatinamente en el orden que consta en este plan; empezando desde el aspecto ancestral que viven nuestros pueblos y que por su manera de vivir en sus costumbres ha permitido ver el mundo para ellos de distinta manera y han interpretado las cosas a su modo, en forma equivocada desde luego, demostrando que se han quedado varados en el tiempo y que estando en pleno siglo XXI, para ellos es como que el tiempo no ha transcurrido. Luego analizaremos a los sujetos activo y pasivo que intervienen en el proceso, que son los sujetos principales del hecho antijurídico para luego exponer los casos con los cuales por sus circunstancias se verá que no necesariamente la víctima de la violación puede ser una menor de catorce años como lo tipifica nuestro Código Penal, sino también una adolescente e incluso una anciana.

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El delito de trata de personas es considerado como un tema de interés actual para la sociedad, en vista de que se encuentra catalogado como la nueva forma de esclavitud moderna, el entender que el término “trata” el término oficial utilizado por Naciones Unidas para hacer referencia al comercio de seres humanos y a la explotación por parte de terceros a estos, especialmente en los ámbitos: sexual, laboral, militar, religioso e incluso familiar, ha permitido que nuestro país, debido a los compromisos adquiridos con la comunidad internacional, adopte el principio de la debida diligencia para implementar políticas destinadas a la prevención, persecución y protección en esta clase de delito, y que cada vez su estudio y conocimiento general se debe incrementar para evitar que existan más víctimas de un delito de lesa humanidad, como está considerado la trata de personas.

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Se contrasta Honorarios, obra dramática de Aguilera-Malta, y «Honorarios», el cuento de José de la Cuadra que la inspiró. El diálogo entre los dos autores fue explícito en diversos textos, así como en sus respectivos mundos literarios: nombres de personajes, motivos, leyendas, mitos, formas, ideología y demandas, actitudes e intereses. De la Cuadra dialogó a su vez con otros creadores. «Honorarios», e.g., recrea y reinterpreta la figura del mítico fetiche Moloch, según lo representan Metrópolis, del cineasta Fritz Lang, y Salambó, de Gustave Flaubert, la narración aludida es también una refundición en torno al tema del poder omnipresente y cruel, que requiere insaciablemente de víctimas propiciatorias. De igual manera, en su proceso creativo y de búsqueda expresiva, Aguilera-Malta acostumbró remozar y reformular temas en diferentes géneros literarios –como el de la lucha del ser humano frente a las fuerzas hostiles de la naturaleza y la sociedad, interpretado en La isla virgen, El tigre y Jaguar–. En Honorarios, Aguilera-Malta se concentró en hallar la manera de transferir la trama del relato «Honorarios» al género dramático. El resultado es una eficaz refundición, en términos de la perspectiva histórico-política y de reflexiones sobre la función de la literatura.

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Hernández plantea en este tributo al desaparecido filósofo y ensayista ecuatoriano, Bolívar Echeverría, que su discurso crítico asume lo que se llamaría, más que filosofía, el pensar. El pensamiento en la América Latina de los 60 se debatía entre varias inquietudes, afirma. Primero, se pretendía hacer una filosofía nacional o de la militancia política. Segundo, se percibía como un problema la necesidad de la filosofía de inscribirse en la Academia. Por último, se instaba a que en filosofía también primara el compromiso de los intelectuales con el presente. Y en el presente coexistían la embriaguez por el cambio revolucionario y cierto pesimismo de la época –agotamiento, dolor y horror por las víctimas de las transformaciones–. Entonces, según Hernández, Echeverría se preguntó por la relación entre Modernidad y Revolución, entre Modernidad y los períodos posteriores de la estabilidad de la Reforma. Consiguió formular la época y formular, a la vez, un pensamiento crítico.Y avanzó más: observó que, pese al efecto devastador del proyecto moderno, la cultura resistía y hacía surgir nuevas formas para mantener las esferas del mundo de la vida. Era el caso de lo barroco, “una estrategia para hacer ‘vivible’ algo que básicamente no lo es”. Moverse en estas sendas, se pregunta Echeverría, ¿no equivale al acontecimiento del pensar?

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La intención del presente trabajo, es analizar a través de cuatro actores distintos: ONG`s, Prensa Escrita, Víctimas y Abogados, como se dan los procesos de construcción de memoria alrededor del denominado “Juicio del Siglo”, seguido por colonos e indígenas del nor-oriente ecuatoriano en contra de una de las compañías petroleras mas grandes del mundo; la Chevron Texaco. El juicio arrancó el 3 de Noviembre de 1993 cuando se presentó la demanda en Nueva York; diez años después, fue remitido a la Corte Superior de Nueva Loja, Ecuador, en donde el 21 de Octubre del 2003 se abrió el período de prueba contra la Chevron Texaco. El juicio que se sigue ahora en Nueva Loja, no ha cambiado de objetivo: hacer que la compañía responda por más de veinte años de contaminación ambiental cuyas nefastas consecuencias están a la vista y se traducen en una verdadera amenaza para la salud de los pobladores de la región, quienes contraen múltiples enfermedades, algunas de ellas de carácter irreversible, como el cáncer, que ha cobrado la vida de al menos 81 personas y que sigue matando indígenas y colonos del sector quienes consumen agua de ríos altamente contaminados.

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Esta tesis explora el carácter “popular” y ambivalente del sensacionalismo. Parte del “artefacto cultural” que es el Extra para establecer las conexiones e interrelaciones con los espacios de su producción y consumo; es decir, con las prácticas y relaciones que se establecen dentro y a propósito de él. En la primera parte, la hipótesis central es que en este diario hay una “incorporación distorsionante” de las demandas y matrices culturales populares según requerimientos del discurso hegemónico y del negocio; esta operación produce una sintaxis “popular” que se expresa en la condición melodramática del producto mediático. Además, la visibilización popular que allí se da es ambivalente, convierte a los sectores populares en protagonistas cotidianos de la noticia, pero desde su abyección y dentro de un enfoque estigmatizador: los pobres como chivos expiatorios de la violencia y de la delincuencia, y como víctimas propiciatorias de una catarsis social. No obstante, el Extra tiene una función impugnadora, desacralizadora. Buena parte de lo que constituye la vida de los sectores populares, y que suele ser rechazado por los discursos dominantes, encuentra espacio en sus páginas: es “lo popular que nos interpela desde lo masivo”; es la exposición masiva del lado oscuro, del back stage de la sociedad, que las élites no quieren ver pese a que son responsables de ello. En la segunda parte se hace una aproximación al newsmaking del Extra; es decir, a las condiciones de producción que permiten entender la lectura que el medio y su equipo periodístico hacen del acontecer, y acercarse a la lógica que subyace en las representaciones de los sectores populares. Además, también se hace una aproximación al consumo y percepciones que tienen sus lectores y no-lectores para establecer la negociación que hace el diario con las matrices culturales y expectativas populares. Esto contribuirá a establecer algunas claves de esa sintaxis “popular” y sus conexiones con la complejidad y tensiones de la cultura popular y sus prácticas, y con los disgustos que su consumo provoca. En suma, si bien en el Extra hay una sintaxis “popular” y tiene un carácter impugnador y desacralizador, también infama a los sectores populares desde la picota de una visibilización abyecta. A esto se suma la estigmatización de su consumo al cual, desde la imposición social simbólica, se lo ve como una “marca de la infamia”.

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A partir de Operación masacre, de Rodolfo Walsh, la autora distingue, en este ensayo, el testimonio de otras narrativas. Señala que no es literatura de bandidos, porque el sustrato son memorias de víctimas o de sobrevivientes de la impune violencia de Estado. Afirma que tampoco es reportaje o crónica periodística: en estos últimos no median una serie de entrevistas orales ni se plantean imágenes históricas totalizadoras. La autora insiste en el carácter revolucionario del testimonio, que busca construir una verdad absoluta, un discurso sin fisuras. A diferencia de la novela-testimonio, que es instrumento de conocimiento, este género tendría un sentido fundamentalmente histórico. Sostiene que, en Argentina, las víctimas directas de la violencia son quienes pueden solicitar reparación, por eso, los escritores de testimonio de la posdictadura se debaten entre la pertenencia al grupo de víctimas y la voluntad de asumir las causas políticas. Nofal concluye que Walsh, a diferencia de ellos, toma la palabra y dice la verdad desde su lugar de ciudadano y desde el espacio literario.

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La tesis desarrolla una reflexión crítica sobre la Racionalidad Instrumental, hegemónica, monocultural, euro-céntrica, para mostrar por qué ésta cuando se totaliza, se convierte en Irracional. Se trata por tanto, de desarrollar una crítica epistemológica a los conocimientos hegemónicos en cuanto expresión de la Irracionalidad de lo racionalizado, y promover la “recuperación”, reconocimiento y producción de opciones alternativas de saberes, ethos y luchas, desde las “víctimas” del sistema mundo moderno. Busca desarrollar una crítica a las éticas “universales” eurócentricas que sirven de sustento al sistema mundo vigente. Dicha crítica la desarrollamos desde la materialidad de la vida como propuesta ética de las víctimas del sistema mundo. Reflexionamos sobre una ética-critica construida no para minorías, ni para épocas excepcionales de conflicto o revolución. Se trata de una ética cotidiana, desde y a favor de las grandes mayorías de la humanidad excluidas de la globalización neoliberal. A la vez, buscamos construir colectivamente desde los proyectos políticos contextuales, nuevas conciencias y prácticas centradas en la pluralidad, la interrelación, la decolonialidad y la interculturalidad entendidas como proyectos políticos, sociales, epistémicos y éticos entrelazados. Estas conciencias y prácticas, buscan distanciarse de la Irracionalidad de lo Racionalizado de este capitalismo neoliberal globalizado y multiculturalizado; y encaminarse hacia la construcción, cultivación, ejercitación y cimentación de condiciones de existencia y convivencia –de buen vivir-, que convocan todos los tiempos, claman por su propia historia y justicia, y resignifican su consistencia, desarrollo, liberación y humanidad.

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El presente trabajo investigativo tiene por objeto contribuir con elementos teóricos y prácticos a la experiencia sobre las comisiones de la verdad y la judicialización de graves violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad en el país, lo anterior con principal referencia al Informe Final de la Comisión de la Verdad Ecuador. Esta problemática es una constante en una gran cantidad de países alrededor del globo, las respuestas que se han presentado y los resultados que se han obtenido son diversos, existiendo una tendencia negativa en cuanto a la consecución de saber, justicia y reparación para las víctimas y la sociedad en general. El capítulo primero y el segundo, representan el marco conceptual de referencia, en los cuales en un primer momento se abordarán, las obligaciones del estado en materia de derechos humanos referidas a la investigación y sanción de graves violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad. En un segundo momento se tratarán, los mecanismos extrajudiciales de investigación de violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, analizando el proceso de la Comisión de la Verdad Ecuador. El capítulo tercero es el desarrollo práctico de los elementos anteriores, siendo la parte medular de la investigación, se centra de manera pormenorizada en las condiciones y estrategias para la judicialización de los crímenes de lesa humanidad en el contexto ecuatoriano. El capítulo cuarto se refiere a las conclusiones del presente trabajo investigativo, realizando recomendaciones puntuales respecto a las acciones a seguir hacia un efectivo proceso de investigación y sanción de responsables, así como también, de reparación de las víctimas.

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Presenta la tasa de homicidios en América Latina discutiendo la incidencia de los principales factores de riesgo identificados por el Banco Mundial y Naciones Unidas. Presenta los niveles de victimización por hogares en América Latina, la percepción de inseguridad, la confianza en la policía y en la justicia y las cifras de la población penitenciaria. Plantea la adopción de medidas para revertir los indicadores negativos contrarrestando el avance del narcotráfico y el tráfico de armas en la región.

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El presente trabajo académico analiza la discriminación en las audiencias de flagrancia, respecto a la falta de motivación del juzgador en la resolución en que se adopta medidas cautelares. Se ha estructurado de la siguiente manera: en el primer capítulo se recoge el derecho a la igualdad en términos generales y la problemática de la discriminación y violación a este principio desde un punto de vista estructural, así como la afectación a grupos vulnerables en el Ecuador, convirtiéndose en víctimas de racismo. El segundo capítulo recoge que se entiende por la flagrancia así como su procedimiento específico, pero claramente interesa referirse como esta discriminación en términos generales repercute en el juzgador para decidir sobre la procedencia de una medida cautelar, por cuanto se ha evidenciado una falta de motivación para sustentar su decisión. Se coteja en este punto desde las estadísticas la discrecionalidad de la prisión preventiva y la incidencia relevante en ciertos grupos específicos. En el tercer capítulo, se pretende establecer un mecanismo para evitar la vulneración del principio de igualdad en la falta de motivación del juzgador en la decisión de la medida cautelar, a través de la herramienta metodológica, conocida como test de integrado como juicio de proporcionalidad, que si bien ha sido aplicada a nivel constitucional extiendo su campo al área penal, por cuanto desde el escrutinio estricto se ha analizado normas o posturas discriminatorias a grupos vulnerables. Existe un examen de los aportes doctrinarios y jurisprudenciales, de conformidad con la bibliografía utilizada, que han confluido en el Derecho Penal así como el bloque de constitucionalidad para revisar las garantías de los sujetos procesales, específicamente la que se refiere a la igualdad, a fin de manifestar entre algunos aspectos la discriminación en las audiencias de flagrancia.

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Este trabajo investiga sobre la ejecución de las sentencias dictadas en contra del Ecuador por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, organismo del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, configurado como un mecanismo supletorio al que se recurre si los órganos, instituciones y poderes de un Estado no cumplen su función de garantizar la vigencia de los derechos humanos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), cuya jurisdicción es reconocida por el Ecuador. Se estudia los contenidos de la tutela judicial efectiva entre los cuales se encuentra la ejecución de la sentencia y los obstáculos que se presentan en el momento de ejecutar la sentencia, buscando de esta manera responder la siguiente pregunta ¿Qué mecanismos procesales existen para obligar al Estado a cumplir las sentencias? De esta manera se busca conocer si la falta de ejecución de la sentencia total o parcial constituye vulneración al derecho de tutela judicial efectiva por parte del Estado ecuatoriano, afectando nuevamente a las víctimas o sus familiares, ya que al no ejecutarse la sentencia tampoco se procede a la reparación integral.