22 resultados para Rigidez de política fiscal


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El Fondo Monetario Internacional tiene un programa de condicionalidad que materializa por diferentes métodos, entre los que se encuentra las cartas de intención, a través de ellas exigió a Colombia modificar la política macroeconómica a cambio de asistencia financiera y técnica en las que se determinó la orientación de la normatividad jurídica en materia macroeconómica, es decir, la política fiscal, monetaria, de comercio exterior, financiera y política cambiaria; de esta manera, el FMI interviene directamente en la política interna de Colombia bajo el pretexto de ayudar al crecimiento económico sostenible, mejorar los niveles de vida y reducir la pobreza. La aplicación de estos condicionamientos se dio a través de reformas laborales, tributarias, de reestructuración al Estado, financiera, de comercio exterior, régimen cambiario, de seguridad social y pensiones, y de regalías. Por lo tanto, en estas circunstancias es importante analizar el tema desde el ámbito del derecho económico, constitucional e internacional, a fin de determinar cuáles son los problemas jurídicos y sociales que han generado estos condicionamientos al supeditar la estabilidad macroeconómica a la balanza de pagos y a los ajustes fiscales, sin importarle el coste social generado y el desmedro a los derechos de los colombianos, contrariando los fines del Estado, debilitando la Constitución y poniendo en crisis el Estado Social de Derecho.

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Los siguientes propósitos se plantearon en esta investigación: 1. Describir los antecedentes de las utilidades como razón de ser del emprendimiento, sus destinos o usos posibles. 2. Identificar las cargas tributarias tanto nacionales como seccionales aplicables a las sociedades mercantiles en el Ecuador y describir los incentivos tributarios a que tienen derecho, en especial a reinvertir las utilidades. 3. Evaluar en prospectiva y en perspectiva a 10 años, la mejora económico-financiera del sector industrial que reinvirtió y el incremento de las recaudaciones fiscales. Estos propósitos se alcanzaron mediante la descripción de las causas que motivaron la creación del incentivo tributario denominado reinversión de utilidades establecido en 2001 y ratificado con enmiendas en el 2007. Durante la década analizada al Fisco le ha significado un gasto tributario (GT) de $543.1 M, es decir un promedio anual de $ 54.3 M, este beneficio ha sido aprovechado por alrededor de 1114 empresas de los sectores: industrial, comercial, servicios financieros y no financieros, de éstas, el 90% son grandes sociedades y apenas 110 empresas son PYMES. Las citadas empresas, han incrementado su patrimonio en $5.727 M, y sus activos productivos adquiridos superan la cantidad de $13.300 M, es decir casi veinte veces el gasto tributario. Otro de los aspectos relevantes es que el SRI ha recibido un impulso importante en el monto recaudado por Impuesto a la Renta de las sociedades beneficiarias de este incentivo y quizá esta tendencia mejore ya que, con la vigencia de la nueva matriz productiva se acrecentará la demanda de productos nacionales, misma que será satisfecha mediante el uso intensivo de los activos tangibles e intangibles nuevos adquiridos con los recursos de las utilidades que se quedaron definitivamente en la empresa.

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El Gobierno a través de la política fiscal busca la recaudación de impuestos para cubrir el gasto público y una mejor distribución de la renta en su población. El Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones publicado el 22 de diciembre de 2010 fue elaborado con el propósito de incentivar la inversión en el Ecuador y de esta forma lograr un crecimiento de aparato productivo. A través de este código, y mediante ley el Estado tiene un objetivo más profundo que es el crecimiento económico de todo un país para lo cual, sacrifica sus ingresos por mejorar la calidad de vida en sectores productivos. Es así que en el Código de la Producción se han establecido una serie de incentivos tributarios que permitirán a los empresarios beneficiarse en el pago de impuestos durante un período de tiempo, con el propósito de que los empresarios que apliquen estos incentivos, generen fuentes de empleo en sectores reprimidos y el desarrollo de la producción en ese sector lo que conlleva a una mejora en el estilo de vida. Se debe tomar en cuenta que estos beneficios tributarios aplican para empresas nuevas, por lo tanto los réditos fiscales que pueda tener el estado por estas empresas serán bajos o inclusive nulos, sin embargo, los sectores en los que se invertirá tendrán desarrollo económico y social de forma más equitativa con lo que se puede identificar que el gobierno al establecer esta norma tiene otros fines en beneficio de los contribuyentes. Con este trabajo se pondrá en evidencia el Gasto Tributario del gobierno como un fin extra fiscal así como también los beneficios empresariales que puede tener un inversionista nuevo con los incentivos tributarios.

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En el Art. 285 numeral 3 de la Constitución de la República del Ecuador se enuncia como objetivo específico de la política social la generación de los incentivos para la inversión en los diferentes sectores de la economía y para la producción de bienes y servicios, socialmente deseables y ambientalmente aceptables; concomitantemente en el Título III del Código de la Producción, Comercio e Inversiones en el Art. 24 numeral 1 establece los incentivos generales de aplicación para las inversiones que se ejecuten en cualquier parte del territorio nacional. Partiendo de esta base legal, al ser tantos incentivos no sabemos si se están aplicando correctamente, si se está cumpliendo con el objetivo para el cual fueron creados y si están siendo útiles para la política fiscal como para los contribuyentes, me lleva a plantear esta pregunta de investigación. ¿Cuál es la incidencia de los incentivos generales de aplicación para las inversiones, en la recaudación del Impuesto a la Renta de las sociedades del Ecuador?; para contestarla a lo largo de este estudio de investigación, se analiza el sistema tributario, la política económica, el impuesto a la renta y los incentivos tributarios desde una visón doctrinaria y normativa, pasando a enfatizar en el cumplimiento de los objetivos y aplicación de cada uno de los incentivos generales para las inversiones del Art. 24 del COPCI, análisis y comparación de los niveles de recaudación de impuesto a la renta antes y después de la publicación del COPCI para determinar el impacto a futuro que podrían tener los incentivos generales.

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Con la presente investigación se pretende hacer un análisis de los efectos económicos que ha significado la creación del Impuesto a la Salida de Divisas que nació precisamente con la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador implementada por el Gobierno a partir del año 2007. Conforme se fue avanzando con la investigación se notó la necesidad de hacer un análisis histórico a los hechos y acontecimientos que marcaron hito en la economía ecuatoriana, como es la crisis financiera del año 1999 con el propósito de hacer un recuento de la fuga de capitales y principalmente comprender los factores que originan a que las personas saquen sus dineros de los bancos locales para ser enviados al exterior. Consecuentemente, dedicaremos el segundo capítulo para analizar detalladamente desde la creación del Impuesto a la Salida de Divisas, las principales reformas que ha soportado este impuesto como tal partiendo de la norma tributaria y la participación económica en la recaudación fiscal. Continuaremos en un tercer capítulo donde analizaremos al ISD y los efectos que ha significado la política fiscal adoptada por el Gobierno con la implementación de impuestos reguladores, revisaremos si se está cumpliendo con el objetivo de su creación. Para finalizar la presente investigación, se plantean varias ideas a manera de conclusión donde se determinan los elementos que distorsionan el comportamiento de los sectores que integran la economía nacional.

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El presente trabajo consiste en realizar una revisión y análisis de las nueve reformas efectuadas al sistema tributario ecuatoriano a partir de la promulgación de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador, publicada en Registro Oficial No. 242 del 29 de diciembre de 2007 hasta la publicación en el Registro Oficial Nº 583 del 24 de noviembre del 2011 de la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado. La promulgación de cualquier reforma legal, especialmente las de carácter tributario, genera un gran interés en las partes involucradas, debido a la incidencia que éstas pueden representar en sus actividades; los contribuyentes buscan conocer el texto de las reformas y familiarizarse con el mismo a fin de evitar los riesgos del desconocimiento e incumplimiento de sus nuevas responsabilidades tributarias. La revisión de las reformas está en función de la incidencia en la recaudación fiscal en lo referente al Impuesto a la renta y a la adopción de las nuevas normas; y, el apego de la nueva normativa a la Constitución Política del Ecuador. El pagar los impuestos es nuestra contribución real a la economía del país, es un deber legal y moral que le permite al Estado cumplir con sus responsabilidades que van en beneficio de todos los ciudadanos; aunque en ciertas ocasiones el pago de impuestos puede ocasionar malestar es deber de todos formarnos en cultura tributaria, para de esta manera asegurar y mantener la estabilidad económica del Estado.

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Las líneas administrativas de la constitución de Cádiz fueron acatadas en Quito en medio de un saturado despliegue de políticas absolutistas. El texto constitucional reclamado por casi todos los sectores de la política hispana, tanto en la península como en América, provocaba un giro administrativo íntegro. La reforma administrativa y fiscal derivada de la carta gaditana se puso en marcha de forma inmediata por parte del gobierno de Aymerich y la mayor parte de los sectores de la sociedad, a pesar del estado de guerra con el ejército colombiano.