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Se repasa sobre colonialidad y modernidad para entender los procesos entrelazados que existen entre estas dos figuras, modernidad como la figura donde la colonialidad del poder se estructura. Se introduce al fenómeno moderno en el arte y cómo este se deriva en la posmodernidad de las artes visuales en Occidente y en Latinoamérica. Esto permite situar al arte visual como lenguaje para poder mirar la situación del arte en Ecuador y específicamente en Quito. Hasta la década de los ochenta, Ecuador se mantuvo al margen de la escena contemporánea del arte visual del mundo y del continente. En los noventa el Ecuador atravesó momentos delicados, en lo cultural, lo económico y lo político, circunstancia que puso en crisis algunos sistemas de las prácticas modernas del Estado nacional; entre otras, la institucionalidad de las artes plásticas, migrando a una serie de prácticas que se sitúan en el borde del arte, resultando la expansión del campo. El arte visual en Quito durante los noventa había sido penetrado por estas circunstancias que expandieron la acción, el debate y los circuitos de difusión. Dentro de lo cultural se posicionaron nuevos actores que abrieron un campo independiente de las instituciones legitimadoras del arte nacional por fuera del discurso hegemónico.

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La Constitución del Ecuador (2008) otorga al Estado la potestad de planificar el desarrollo del país y ejercer un rol protagónico como agente dinamizador de la economía. Uno de los instrumentos con los que cuenta el Estado para intervenir en la economía es la creación de empresas públicas como instrumentos de política.1 Para lograr estos cometidos, el Estado tiene en sus manos –a través de estas personas jurídicas- la responsabilidad de ejercer como prestador de servicios públicos y ejecutor de obra pública. También está habilitado para intervenir en el desarrollo de otras actividades económicas, generalmente de tipo comercial, sobre las cuales la doctrina y academia ecuatoriana muy poco se han referido. La Ley Orgánica de Empresas Públicas prescribe cuál es la naturaleza jurídica de las empresas públicas, pero deja de ser tan explícita cuando se refiere a la determinación de los actos, hechos y contratos que aquellas expiden, ejecutan o celebran, cuando no estén relacionados con la construcción de obra pública e infraestructura. Estimamos que esta indeterminación, efectivamente, puede producir inseguridad jurídica o violaciones al derecho a la tutela judicial efectiva de los administrados. El análisis al giro específico del negocio de las empresas públicas nos permite entender el régimen particular de los actos, hechos y contratos que se deriva de la actividad que realiza el Estado cuando asume el rol de proveedor de bienes y servicios de carácter comercial. Este análisis admite que existe una cierta oscuridad en la actual legislación sobre estos regímenes de contratación. El estudio abordará una breve reseña histórica que distingue los diferentes tipos jurídicos que precedieron a las hoy denominadas empresas públicas (EP) en el Ecuador, procurando identificar los momentos político-económicos que dieron origen a dichas figuras jurídicas. Finalmente, examinaremos el régimen de solución de controversias aplicable, en el giro ordinario y específico del negocio de las EP, en consideración a que el administrado debe contar con las herramientas jurídicas que posibiliten hacer efectiva la garantía de sus derechos constitucionales, especialmente, los derechos a la seguridad jurídica, de impugnación y de la tutela judicial efectiva.