55 resultados para Controversias sociocientíficas


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Trata sobre la aplicación del procedimiento oral en materia laboral en el Ecuador, a través de la audiencia preliminar, dirigida por el Juez de Trabajo, considerando la trascendencia que este sistema tiene en el derecho procesal, en función de la simplicidad, uniformidad, eficacia y agilidad, que permite fortalecer el estado social de derecho. En el capítulo primero establecemos aspectos históricos del proceso, aspectos doctrinarios del proceso civil y laboral, y las características e importancia de este último. En una segunda parte tratamos la audiencia preliminar de conciliación, contestación a la demanda y formulación de pruebas, como la primera expresión de la oralidad; determinamos sus objetivos, tendientes a establecer el objeto procesal y la solución, a remediar incidentes, a fijar pruebas; destacándose la conciliación, que persigue la finalización de las controversias, y fijamos también sus momentos procesales. Finalmente, revisamos la prueba, los diferentes medios, la práctica, la importancia de solicitarla oportunamente, la oficialidad, en función del interés social y de brindar plenos elementos de convicción al juzgador, tendiente a resolver con total seguridad la controversia. Se enfatiza que la audiencia preliminar pretende la solución de los conflictos laborales mediante un procedimiento rápido y eficaz, contando con una destreza forense apropiada, donde las partes alegan verbalmente, procurando efectivizar el derecho de los trabajadores, acorde a los principios del derecho social.

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El presente trabajo tiene como objetivo demostrar cómo los conflictos en materia de inversiones sometidos al arbitraje internacional se refieren cada vez más a medidas y políticas de carácter público adoptadas por los Estados receptores de la inversión, para este fin se examinan las tendencias que ha recibido el tratamiento a la inversión extranjera desde la Segunda Guerra Mundial hasta la actualidad, las obligaciones y derechos constantes en los Acuerdos Internacional de Inversión actuales cuyas normas de trato a la IED y procedimientos de resolución de conflictos se hallan estandarizados. De la misma manera se revisan las directrices del arbitraje internacional; las deficiencias en las reglas procesales generales aplicadas a éste método y los principios de acceso a la jurisdicción del CIADI. Por otro lado se trata de analizar de forma rápida tres procesos arbitrales en los cuales ha intervenido el Estado Ecuatoriano como demandado. De esta forma se puede evidenciar como la capacidad reguladora y controladora del Estado se ha visto limitada en la toma de decisiones nacionales referentes a reglas de tratamiento de la IED, y medidas ambientales, fiscales y sociales, principalmente porque afectan de forma directa o indirecta al inversionista, y además porque la nueva red mundial de tratados internacionales sobre inversión establecen normas que son de obligatorio cumplimiento de los Estados.

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Analiza las reformas de primera generación impulsadas por el Banco Mundial en la década de los 90. que no alcanzaron sus objetivos generando en la región etapas de recesión y crisis y aumento de la pobreza. Estudia las reformas de segunda generación, el rol del Estado y la necesidad de fortalecer las instituciones

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La evolución de la sociedad ha determinado nuevos mecanismos para la solución de conflictos entre los individuos, este proceso ha tenido un fuerte impulso en el Ecuador, a partir que en el Art. 191, inciso 3, de la Constitución Política de la República del Ecuador, se reconoce al arbitraje, la mediación y otros procedimientos alternativos para la resolución de conflictos, la expedición de la Ley de Arbitraje y Mediación y una participación cada vez más activa de organismos como la Cámara de Comercio de Quito. El propósito de esta Tesis, es en primer lugar establecer el sustento legal de la Mediación como mecanismo alternativo en la solución de conflictos; si bien la mediación garantiza su éxito o fracaso en la voluntad de las partes, es importante la vinculación que tiene con las otras normas legales del país, con el objetivo final de conocer que modificaciones importantes se requiere para impulsar su debida utilización. Así como es importante conocer como este mecanismo tiene su reglamentación en cada uno de los órganos establecidos, sea la Defensoría del Pueblo, la Cámara de Comercio de Quito, el Centro de Mediación Judicial de Quito, la Procuraduría General del Estado, y el Centro de Mediación del Colegio de Abogados de Pichincha. El objetivo de esta Tesis es tratar de proponer mecanismos que impulsen la Mediación, como un proceso idóneo para la solución de conflictos, vinculado siempre a la legislación existente y verificar las posibilidades de mediación en el ámbito del sector privado y público. En este contexto se hace una revisión del proceso en los distintos órganos de mediación a través de una pequeña evaluación de los logros obtenidos y se profundiza en el análisis de casos en el sector público en los cuales se confirma que los procesos de mediación no pueden oponerse a la legislación general vigente para la administración de los recursos públicos.

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El mecanismo de solución de diferencias de la Organización Mundial del Comercio (OMC) se presenta, en la actualidad, como el instrumento más logrado para la resolución de problemas en el marco del régimen internacional de comercio. Sin embargo, en el mecanismo de solución de diferencias persisten características similares a las de todos los demás instrumentos internacionales: refleja el resultado de un compromiso de intereses en un momento dado. En el mecanismo de solución de diferencias, a pesar de su alto índice de eficiencia, persisten elementos que limitan, en su esencia, la aspiración de supranacionalidad que algunos de sus propulsores en algún momento pensaron. La OMC no es un acuerdo de integración, sino que es fundamentalmente un marco de facilitación del comercio internacional y, por tanto, en su seno los Miembros seguirán manteniendo la libertad suficiente para controlar aquellos aspectos de su legislación que consideren indelegables. La OMC ha significado un indudable avance cualitativo en relación al mecanismo que existía en el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT, por sus siglas en inglés); pero, por su propia naturaleza, nunca llegará a ser supranacional. En ese sentido, el autor analiza en estas páginas aquellas limitaciones endógenas que caracterizan a la OMC y que, considera, no permitirán que llegue a ser una entidad supranacional.

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Este trabajo tratará sobre el marco jurídico que rige la solución de conflictos de los contratos de concesión a partir de la expedición de la Ley de Modernización del Estado, la misma que trajo algunas innovaciones en materia de contratos administrativos. Analizaremos brevemente el proceso de modernización del Estado Ecuatoriano que avanza lentamente desde el año de 1993. Normas constitucionales, legales y reglamentarias, así como comentarios de valiosos tratadistas ecuatorianos sobre la “modernización” del estado ecuatoriano. Vamos a analizar el Contrato de Concesión desde la perspectiva doctrinal y legal, ya que es el contrato que más ha sido utilizado por el Estado ecuatoriano en los procesos de modernización, para la prestación de servicios públicos. En el desarrollo de este trabajo no se analizará el proceso de concesiones en materia petrolera, minera, telefónica o de cualquier otra índole de una manera específica. No es el objetivo de este trabajo entrar en detalle sobre éstas materias complejas, sujetas a un régimen jurídico propio. En cuanto a los conflictos que se han presentado, hay que analizar cuáles son los mecanismos de solución de controversias previstos en la legislación nacional, que generalmente han sido jurisdiccionales, existiendo una serie de cambios de la competencia para conocer de estos procesos entre las Cortes Superiores y los Tribunales Distritales de lo Contencioso Administrativo. Finalmente, existe una reciente práctica para la solución no jurisdiccional de los conflictos de estos contratos, donde podemos destacar a la Mediación y a Arbitraje, que tienen su base normativa tanto en la Constitución como en la Ley especial de la materia, por lo que este trabajo analizará también la aplicabilidad de estos procedimientos para la solución de conflictos.

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El objetivo de la educación para la paz es transformar la cultura basada en la violencia por la cultura de paz a nivel de toda la humanidad. Es una concepción holística e interdisciplinaria, que incluye, entre otros saberes, la educación en los derechos humanos, el desarrollo y el medio ambiente, la prevención y resolución de conflictos, la seguridad humana, la reconciliación y los estudios de género. Fomenta una actitud crítica y reflexiva ante los medios masivos de comunicación, alienta el multiculturalismo, el respeto y la solidaridad y se concibe como un proceso participativo y creativo, que invierte roles tradicionales para promover nuevos escenarios de poder, más cooperativo que competitivo. La educación para la paz busca formar líderes con óptica y mentalidad de paz, especialmente basada en la educación de niños, niñas y jóvenes, pero también en la reeducación de adultos que deben aprender nuevas formas de relacionarse, más allá de las formas violentas tradicionales que hemos heredado por generaciones. La educación para la paz, busca la educación de la sociedad misma, siendo estratégico y muy importante el trabajo con educadores para la paz.

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La Presente investigación describe, analiza y proyecta la realidad del funcionamiento del Sistema de Mediación en Ecuador y de Conciliación en el Perú. Partiendo de raíces comunes: valores de la cultura Andina y raíces históricas incaicas proyectadas en el espacio y tiempo, como una visión de solución de conflictos que se mestizó o se mantuvo pura luego de la conquista. Posteriormente ser asumida por las comunidades como Justicia de Paz. La migración masiva de pobladores andinos a los barrios populares en las grandes ciudades, determina una situación particular, debido a la dura realidad que enfrentan, frente a la resolución de sus conflictos por el anquilosado Poder Judicial y como la Mediación y la Conciliación pueden potencializar antecedentes socioculturales en la solución de conflictos a través del diálogo y la buena fe, presentes profundamente en los migrantes, quienes respetan a un tercero con prestigio y calidad moral, identificado como padrino o líder comunal, quien debe ser también un profesional muy preparado y actualizado con experiencias foráneas , Actuar como maestro vinculado y comprometido con su comunidad. El estudio se orienta a impulsar el desarrollo económico de sectores vulnerables que podrían ahorrar dinero, tiempo, salud y sobre todo conquistar la Paz interior y social al utilizar estas formas de resolver conflictos. Al mismo tiempo que los gobiernos podrían destinar más recursos para dar mayor oportunidad educativa, mejorar servicios y adoptar más políticas preventivas frente al conflicto Finalmente nos orientamos a impulsar, así como reforzar el capital intelectual y en valores de los pobladores de estas zonas populares.

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América Latina ha sido la región más “privilegiada“ por sus recursos naturales, por ello ha captado grandes inversiones manteniendo durante años un modelo económico extractivista deficiente. La sustentabilidad en el tiempo de este tipo de desarrollo ha incrementado la insuficiencia del rol del Estado. Los conflictos socioambientales están posicionándose de forma relevante en los procesos de desarrollo así como en las agendas globales. Los conflictos se caracterizan por la diversidad en su complejidad de actores, intereses, etc. El incremento desmedido de la violencia dentro de estos ha llevado a ser un ámbito importante dentro de todos los países en el mundo. El propósito de esta investigación es analizar un caso de conflicto en el Ecuador como es el de la Parroquia de Pacto. Ya que es importante determinar las causas de los conflictos dentro de la sociedad, y conocer como el Estado ha manejado o evitado estos problemas. Es necesario examinar los impactos que tienen las actividades extractivistas dentro de las áreas sociales y ambientales, con la finalidad de dar una solución para evitar tantos enfrentamientos.

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El artículo analiza con detalle la procedencia del arbitraje y otros medios alternativos de solución de controversias en materia tributaria, comenta el desarrollo que han tenido los medios alternativos de solución de controversias en materia tributaria en el Ecuador, trata sobre el arbitraje tributario en el ámbito interno de los estados, defendiendo su procedencia frente a los principios de legalidad y de indisponibilidad de la obligación tributaria, así como respecto del principio de exclusividad de jurisdicción, estudia el arbitraje tributario internacional, con énfasis en el contemplado en los convenios para evitar la doble imposición y en el previsto para disputas derivadas de la utilización de precios de transferencia, y, finalmente, se refiere a la procedencia del arbitraje en el caso propuesto en el Ecuador por las empresas petroleras para la devolución del IVA.

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El artículo, bajo la óptica de la gobernanza y la supranacionalidad, muestra el funcionamiento de la OMC y Sistema de Resolución de Disputas, presentándola como una Organización Internacional con capacidad "para convertirse en un ente omnipotente" no dependiente de ningún Estado en particular, para la cual debe emprender una amplia tarea para asegurarse que sus fallos y decisiones sean cumplidos por parte de sus miembros.

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En este libro se evidencia que, no obstante el mecanismo de solución de diferencias de la OMC es el foro más exitoso para la resolución de controversias del régimen internacional de comercio, persisten en él limitaciones inherentes a su carácter interestatal, puesto que, por ser el resultado del compromiso alcanzado en el conjunto de los Acuerdos de la Ronda Uruguay, permite a los miembros mantener un importante nivel de discrecionalidad para la implementación de sus decisiones. Teniendo en consideración que la OMC no es un acuerdo de integración, sino, fundamentalmente, un instrumento para la facilitación del comercio mundial, este estudio demuestra que sus miembros seguirán manteniendo la libertad suficiente para controlar aquellos aspectos de política y legislación que consideren indelegables. La OMC ha significado un indudable avance cualitativo en relación al mecanismo previo: el GATI, pero esta investigación evidencia que, por su propia naturaleza, la OMC nunca llegará a ser supranacional. En estas páginas el autor identifica las limitaciones endógenas que caracterizan a la OMC, y concluye que la vigencia y utilidad de la OMC en el futuro dependerán de la voluntad política de sus miembros, en especial del compromiso de acatamiento que mantengan los socios de mayor peso comercial frente a los informes adoptados por el mecanismo de solución de diferencias.

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El presente trabajo tiene como propósito presentar las especifidades que conforman un contrato electrónico dentro de la normativa ecuatoriana vigente, conociendo los aspectos más relevantes a considerar cuando se forma un contrato por vía electrónica desde el análisis del diferente precepto legal ecuatoriano así como normativo de carácter internacional aplicable a nuestra realidad, para consecutivamente determinar su aplicación. Para tal efecto, a lo largo de los cuatro capítulos que contiene la tesis, se establece la interrelación del comercio electrónico con el contrato electrónico, se analiza el mensaje de datos, la oferta y la aceptación electrónica; se determina la formación del contrato por vía electrónica, características comunes y los requisitos de validez. Al mismo tiempo en el último capítulo se trata la jurisdicción, competencia y los mecanismos de solución de controversias.

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Los desacuerdos en el cumplimiento de la norma material, generan las controversias entre particulares y entre éstos y el Estado. Estas contiendas se producen en la contestación a la demanda, que constituye un acto de desacuerdo total o parcial con la pretensión procesal o con la forma de su reclamación, que concluye con la proposición de los medios de defensa y las excepciones. La doctrina universal, trata de manera académica algunos tipos de defensa, pero no llega a un estudio analítico y profundo, mucho menos a sus efectos y las consecuencias de una inadecuada formulación de la demanda. Hemos observado que los Abogados del País, y en particular, de Quito, como lugar de atención por nuestras actividades profesionales, no tienen muy clara la forma del “qué” y del “cómo” ejercitar la defensa, pero particularmente, se produce una confusión en los efectos que puede producir una demanda en la que intervienen terceros no vinculados con el derecho material que sustenta la pretensión procesal o que adoleciendo de oscuridad, defecto legal o del incumplimiento de ciertas formas procesales, provocan los cambios de acción o la reforma de la demanda, y en casos extremos, hasta el abandono y desistimiento. Estas falencias van a ser materia de estudio de forma cronológica para evitar decisiones inadecuadas y hasta deducciones inoportunas. De las investigaciones realizadas durante nuestra actividad profesional y particularmente, en el presente trabajo académico, hemos observado que existe muy pocos autores que tratan el tema de manera puntual, esto es lo que ha llevado a los profesionales del derecho a confundir sus concepciones por falta del material de investigación, por ello, hemos creído necesario aportar con este trabajo para el ejercicio adecuado del patrocinio y de la defensa. Como considera Julio Maier, “¿Por qué, cuando se inicia una obra jurídica, es frecuente, sino es el caso de una regla general, que se comience por el punto de partida de los puntos de partida: explicando el concepto del Derecho para el autor, vale decir la definición de lo que es el objeto general de su estudio?...”. Esta introducción nos lleva a compartir con el autor la necesidad de explicitar aunque sea de manera restringida las instituciones procesales que no sólo van a complementar su estudio, sino que son parte del tema de investigación mismo, pero que es forzoso su estudio acogiendo sus términos. “No nos será posible aquí develar todas las incógnitas que presentamos por las limitaciones propias de la obra e, incluso, por limitaciones personales, pero intentaremos presentar, resumidamente los puntos de vista que nos servirán de base para nuestra explicación posterior.”; por tanto, el objeto de mi investigación, se contrae ha determinar de forma limitada, qué es el Derecho substancial desde una nueva concepción, qué es el Derecho procesal y la Teoría General del Proceso (acción, jurisdicción y proceso), para concentrarnos en el estudio de los medios de defensa y en las excepciones lato sensu. Confiamos en que nuestro esfuerzo, sea el cimiento para nuevas investigaciones que al igual que la sabia alimenta al árbol, este trabajo fluya en las futuras teorías y provoque el cambio de nuestra legislación.