28 resultados para Contabilidad-Terminología


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El presente trabajo tiene por objeto principal el aclarar varios conceptos respecto a la materia petrolera, y dar énfasis dentro de aquella a los aspectos tributarios. Por ello durante este trabajo se estudiará las principales formas contractuales en relación con las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos. Se pretende dar una visión sobre el alcance los órganos encargados del control petrolero, y sí, en realidad tal control se existe. Más adelante se hará un análisis constitucional sobre las principales normas que protegen a los inversionistas extranjeros que invierten sus capitales en el Ecuador, respecto de la actividad petrolera. Se estudiará la posición del Servicio de Rentas Internas en cuanto hace relación a la devolución del impuesto al valor agregado, solicitado, por las compañías petroleras, mediante sendos recursos administrativos tributarios y demandas judiciales, éstas últimas que en la mayoría de los casos fueron rechazas, y unas pocas aceptadas parcialmente, solo respecto a una diferencia equivalente al dos por ciento producto del incremento de la tarifa del impuesto al valor agregado del diez al doce por ciento, y previo la verificación del Servicio de Rentas Internas a la contabilidad de las compañías actoras, para determinar si dicho impuesto se lo imputó o no al gasto. De manera somera se dará una exposición sobre cuestiones procesales tributarias, y al final realizar las conclusiones y recomendaciones del caso.

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Durante los últimos años, ciertas compañías extranjeras han realizado pagos de impuestos que, mediante una adecuada gerencia de contabilidad e impuestos, no habría sido necesario su desembolso. El presente estudio pretende optimizar el manejo de los impuestos en nuestro país con la finalidad de que tanto la Administración Tributaria como los contribuyentes manifestemos nuestra satisfacción por el buen uso de los recursos mediante la aplicación de las leyes vigentes. En la presente tesis planteamos la optimización del manejo tributario en compañías extranjeras que desean invertir en el Ecuador en el área de telecomunicaciones. Se incluyen el impuesto a la renta, el impuesto al valor agregado (IV A), el impuesto a los consumos especiales (ICE) y otros impuestos locales. La relación existente entre las políticas de contabilidad y el tratamiento de los impuestos es determinante en la optimización del manejo de los tributos. El contribuyente tiene la posibilidad de acudir a políticas y procedimientos contables que no han sido exigidos en la Ley pero que favorecen su desempeño financiero siempre enmarcados en la moral y el cumplimiento con la sociedad y el estado.

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La presente tesis aborda temas de interés nacional y mundial sobre el lavado de activos, temática que va tomando importancia relevante, pues las bandas criminales, nacionales e internacionales, ante la imperiosa necesidad de tratar de blanquear los dineros productos de sus ilícitos, buscan diversas formas de lavar el dinero producto de sus fechorías. En el capítulo I se abordan aspectos doctrinarios; conceptos nucleares que hacen relación a la terminología utilizada en esta investigación; hacemos una sucinta narración de la tipificación del delito del lavado de activos en el Derecho Comparado; utilizando vocablos y términos sencillos, se hace constar las consecuencias económicas que provocan en las diferentes economías la inyección de dineros ilícitos, sin el respaldo productivo; y, la afectación que provocan en los diferentes Estados a sus bienes jurídicos: la administración de justicia; la seguridad interior del Estado; la salud pública; y, el orden público socioeconómico afectado. En el capítulo II se hace hincapié en los diferentes delitos que proveen de dineros ilícitos a las bandas criminales organizadas, donde, inclusive, se analizan los delitos comúnmente cometidos en nuestro país como el cohecho, concusión, peculado y enriquecimiento ilícito. En el capitulo III se realiza un análisis histórico y cronológico de los antecedentes de nuestra Ley para reprimir el Lavado de Activos en el Ecuador, destacando la importancia de una reforma legal. Para concluir este trabajo investigativo, hacemos constar las conclusiones a las que hemos llegado y las recomendaciones tendientes a conseguir que nuestra Ley, sea el resultado de un análisis objetivo y real de la situación social, económica y política de nuestro país, en directa relación con la realidad de nuestros países vecinos.

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La implementación de las NIIF en cualquier tipo de empresa significa un cambio cultural y todo cambio va acompañado de resistencia. Por lo que va ha ser necesario procesos de educación continua para interpretar las normas y la actualización constante de las mismas. Muchos cambios pueden implicar diferencias con normas legales y tributarias vigentes. Implementación de NIIF no significa que sea un trabajo únicamente de contabilidad, es un trabajo que involucra el área gerencial, sistemas, recursos humanos y contabilidad entre otras. Por lo expuesto es importante la realización de la presente investigación, para así poder contar una guía comprensible de acuerdo a nuestra realidad al implementar las Normas Internacionales de Información Financiera - NIIF para las PYMES.

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El tema contable y tributario en la actividad petrolera manifiesta un proceso completamente igual a la contabilidad de cada empresa dedicada a generar ingresos. En el caso puntual de esta tesis relacionada al tema petrolero, podemos indicar que por tener una elevada relación con terceros en la prestación de servicios para la exploración y explotación de petróleo en los diferentes campos, esta debe cumplir con una normativa contable, tributaria y ambiental en un proceso conjunto. Sin embargo, nos inclinamos con mayor énfasis a la parte financiera mencionando lo relacionado al proceso de pagos y retención de impuestos. La incidencia tributaria a través del Organismo regulador, el Servicio de Rentas Internas (S. R. I), se refiere a la información que esta operación aporta como Agente de Retención de Impuestos y como Contribuyente Especial, además de la realización de consultas por resoluciones emitidas y/o casos puntuales de la empresa, reclamos y procesos fiscales, etc. Al fusionar la parte contable y la tributaria, se transmite posibles soluciones que agiliten el acostumbrado proceso de pago y mermen el desconocimiento de los procesos que deben realizarse ante el Servicio de Rentas Internas difundiendo los cambios realizados en lo relacionado a la presentación de la información externa mediante levantamientos de procesos en flujos contables (movimiento interno) como ocasión de la necesidad de agilitar pagos y declaración de impuestos, pues otorga facilidades a todos los involucrados en el tema.

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El autor explora el efecto poético, en el caso de los vanguardistas peruanos, que tiene la inclusión de palabras extranjeras en un texto literario. Puesto que se trata de palabras ininteligibles o apenas inteligibles, tal uso remite al tipo de afasia como desorden del eje metafórico, que afecta la similitud/diferencia del lenguaje. Lauer se pregunta por qué los poetas vanguardistas recurrieron al uso de palabras de origen extranjero. En este sentido, interesa al autor destacar los cruces entre modernidad, “tecno terminología” y “extranjería del discurso”, entre cosmopolitismo y conocimiento local. Sostiene Lauer que adoptar una palabra de otro idioma “expresa el deseo de cortar con las fuentes mismas de una tradición, y constituye una crítica a una sensibilidad dada”. El autor indaga en torno a los usos poéticos de palabras de origen extranjero, desde una visión que atiende los sentidos que ellas despliegan, así como también sus aspectos gráficos, sonoros y comunicacionales.

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En la actualidad, las Sociedades en el Ecuador elaboran sus Estados Financieros de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF´s);esta normativa no siempre coincide con la aplicación de la legislación tributaria. Es por eso que el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) ha emitido la Norma Internacional de Contabilidad NIC No. 12 “Impuesto a las Ganancias”, con lo cual se pretende mostrar los efectos de estas diferencias en la preparación de los Estados Financieros y lo que se busca es reconocer el gasto por “Impuesto a las Ganancias” en el período en el que se registran los ingresos y gastos, independientemente al valor que se tenga que tributar al Fisco en el mismo período, por la aplicación de la normativa tributaria. En el Ecuador la Superintendencia de Compañías mediante resolución N. 06QICI004 del 21 de agosto del 2006, publicada en Registro Oficial N. 348 del 4 de septiembre del mismo año ordena la adopción de las NIIF de aplicación obligatoria por parte de las compañías y entidades sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías.Motivo por el cual la presente investigación intenta explicar de manera detallada cuáles son las implicaciones contables y tributarias de la aplicación o adopción de la Norma Internacional de Contabilidad No. 12 “Impuesto a las Ganancias” en el Ecuador para lo cual me basaré en la elaboración de casos prácticos.

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El Ecuador adoptó las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para la preparación de la información financiera de las sociedades, para que pueda ser analizada de mejor manera por los lectores de la misma: inversionistas, bancos, y otros. Existen diferencias sustanciales entre la normativa contable (NIIF) y la las normas tributarias de cada país; estas diferencias, si son temporales, generan los denominados Impuestos Diferidos, tratados con detalle en la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 12 Impuesto a las Ganancias. El análisis del Impuesto a la Renta incluye el cálculo financiero-contable y la planificación legal y financiera de las organizaciones y de la administración tributaria. Incluye el análisis de las diferentes aplicaciones de los ingresos gravados y exentos, de los costos/gastos deducibles y no deducibles y de su origen en las partidas del Balance General (Activos y Pasivos), y finalmente su impacto en la situación patrimonial de cada empresa. En nuestro país, la propia Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LRTI) establece la utilización de NIIF, pero por otra parte se establece la obligación de presentar información contable considerando la normativa tributaria. Las autoridades societarias y tributarias, así como los gremios de Contadores exigen para la presentación de los Estados Financieros de los obligados a llevar Contabilidad, la aplicación de NIIF en su totalidad, incluyendo la NIC 12, mientras que la Administración Tributaria emitió una Resolución en la que prácticamente se niega la deducibilidad de los activos diferidos que las empresas obtienen al aplicar las NIIF relacionadas con los Impuestos sobre las Ganancias.

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El concepto de renta ha presentado en todo momento de la historia tributaria un análisis variado no sólo producto del Derecho, sino a su entendimiento han concurrido diversas ciencias, como actores; en las primeras constan la Economía, Finanzas Públicas, Contabilidad; y en los segundos doctrinarios, juristas, empíricos e incluso personas sin experiencia previa en la materia. El Impuesto a la Renta, corazón de un sistema tributario, impuesto dominante de los restantes tributos, desde épocas pasadas como en la actualidad, se debate en avances y retrocesos, experimentos y fuertes críticas; razones impostergables para que en la presente temática se lo examine de manera rigurosa en busca de su concepción, argumentación y aplicación en cada uno de los países miembros de la Comunidad Andina (CAN). En vista de los objetivos planteados, hemos desarrollado una investigación en torno al Impuesto a la Renta dentro del ámbito andino como a nivel internacional cuando el caso nos lo ha sido permitido. Esto para cumplir con la basta temática que tuvimos la suerte de desarrollar. Partimos del análisis de las principales tipologías conceptuales de renta, acto siguiente se nos permite escrutar sobre el Impuesto a la Renta en su aplicación tanto en personas y sociedades, con las posibles rentas no clásicas: ganancias de capital, dividendos, regalías, intereses, loterías, hallazgos (caso ecuatoriano) y luego examinar el funcionamiento del impuesto en escala postfrontera para descubrir su interacción en las restantes soberanías andinas, ya sea desde un régimen o sistema tributario y también su acción en el CDI. En consecuencia, sus conclusiones develan cómo el impuesto se regula según las conveniencias administrativas o políticas y no se observa como principal columna vertebral de un conjunto tributario.

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En este trabajo se dará a conocer la importancia de constituir reservas para créditos incobrables en las instituciones bancarias, considerándolas como cuentas reguladoras del activo. Además se realizará una comparación entre el efecto tributario de constituir dichas reservas aplicando las NIIF y la Normativa establecida por la SIB, considerando el caso de un Banco ecuatoriano. La investigación se desarrolla en cuatro capítulos; en el primero se presenta una breve reseña histórica del desarrollo de las instituciones bancarias en el Ecuador el cual se encuentra estrechamente ligado al desarrollo económico del Ecuador; se muestra también la importancia de la cartera de crédito en el balance de una institución bancaria. En el segundo capítulo se estudian los conceptos de provisiones para créditos incobrables establecidas en diferentes fuentes de información como: las NEC, NIC, y NIIF. El tercer capítulo, es complementario al segundo, se profundiza el estudio de la normativa establecida por el ente regulador de la banca; confrontando dicha normativa contra la establecida en el segundo capítulo, determinando así las diferencias y sus efectos financieros. En el cuarto capítulo, se demuestra el efecto tributario y financiero práctico de la aplicación de las distintas normas, tomando como referencia los datos reales de un crédito concedido a un cliente de un Banco ecuatoriano. Finalmente, en el quinto capítulo se llega a concluir sobre la hipótesis planteada, que las NIIF exigen un mayor nivel de cobertura de provisiones y por lo tanto un mayor gasto en relación a lo establecido por el ente de control. Se proponen además reformas legales así como aplicación de procedimientos y estratégicas, a las entidades de control tributario para que puedan considerar como deducible o no una reserva constituida adecuadamente.

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En el sector de empresas de seguros y reaseguros no existe un adecuado ordenamiento y uniformidad de las prácticas y controles tributarios internos y externos, dado que la naturaleza del negocio de servicios de riesgos generales es distinta a la comercial y otros servicios. Lo que ha llevado a estas empresas a realizar medidas de protección que les permitan enmarcarse a lo que dispone la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y su Reglamento, así como las distintas reformas que se han presentado. Es por este motivo que el presente estudio de análisis y control financiero tributario, permite estandarizar todos los cruces prioritarios de las cuentas que se presentan en los Estados de Situación Financiera y de Resultados. Siendo el capítulo I la introducción a las empresas de seguros, para que nos permita entender la magnitud del sector que se está analizando y su impacto en la sociedad y el Estado. Continuando al capítulo II profundizaremos el estudio y análisis técnico de los principales cruces y reportes a realizarse dentro de las cuentas y movimientos reportados en los Estados de Situación y Financieros, regulados por la autoridad competente de control. El capítulo III muestra la aplicación práctica de lo mencionado en el capítulo II, con el único objetivo de evidenciar las muestras recolectadas y su comprobación de saldos declarados, pagados y registrados dentro de la contabilidad de la empresa. El objetivo final de esta investigación es analizar la situación de riesgo tributario en la empresa, para determinar a tiempo las acciones y medidas de prevención.rol tributario y contable en una compañía de seguros

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Las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF´S se basan en los estándares de registro, valuación presentación y revelación de cada una de las transacciones que afectan los Estados Financieros. Las Normas NIIFS, incluyen el estudio de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), dentro de estas consta la NIC No. 12, conocida en nuestro país como Impuesto a la Renta, y a nivel internacional como Impuesto a las Ganancias. En el Ecuador por los años 2004, se realiza el informe sobre la observancia de los Códigos y Normas (ROSC), el mismo que fue elaborado por un equipo del Banco Mundial, donde se recomienda dar inicio a la aplicación de normas y para lo cual las empresas públicas y privadas deben prepararse. La NIC 12, Impuesto a las Ganancias, es una norma internacional contable, que apoya específicamente en la interpretación fiscal y armonización contable mediante el reconocimiento de un gasto fiscal, un activo y/o un pasivo por impuestos diferidos. La disposición legal en Ecuador es emitida por la Superintendencia de Compañías, según Registro Oficial 348 del 4 de Septiembre del 2006, donde se manifiesta la obligatoriedad de la adopción NIIF, mientras que el Servicio de Rentas Internas, según Registro Oficial 718 del 6 de Junio del 2012 ( Resol: NAC12-0009), pone en tela de duda la aplicación de la NIC 12, sobre todo en la aplicación de los activos por impuesto diferidos, al no permitir reversar gastos no deducibles hasta Diciembre del 2014, sin embargo el Ejecutivo promulga una ley nominada: “ Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal” publicada en el Registro Oficial No. 407 del 31 de Diciembre del 2014, misma que rige desde Enero 2015, esta ley reformatoria abarca esencialmente la posibilidad de reconocer impuesto diferidos, lo que permite de alguna manera armonizar la NIC 12.

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Son múltiples las formas de imposición que están relacionadas con la actividad económica, materializada en hechos, actos, contratos y situaciones, constituyendo una fuente rica de ingresos para el erario fiscal; en lo local, la tendencia histórica ha sido gravar estas actividades que se realicen de manera permanente, con estas consideraciones se establece el impuesto de patente. En la época medieval, los señores feudales otorgaban una carta –patente- que consistía en una autorización al súbdito para ejercer determinadas actividades de comercio, industria u oficio. En el Ecuador en 1917 aparece la patente como la concesión o permiso para la venta de timbres postales y, será en la Ley de Régimen Municipal publicada en el Registro Oficial No. 680 de 31 de enero de 1966, que se instaura la obligación de obtener la patente para todos los comerciantes e industriales, mientras que en otros países del continente, se grava a la actividad económica con la patente de industria y comercio o el impuesto al activo. La Administración Tributaria Municipal, basa su clasificación económica para efecto de determinar el valor a satisfacer por patente para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme a todas las Actividades Económicas (CIIU), mientras que para sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad se establece en función del capital o patrimonio, entendido como la diferencia entre el activo y el pasivo. Este impuesto aglutina dos situaciones que se concatenan entre sí, por una parte hay el requerimiento de inscripción de la actividad económica en un catastro municipal, con lo que se obtiene el permiso para ejercer la actividad, y por otra se satisface un gravamen previo una declaración, con lo que se habilita la autorización. Por la actuación subjetiva en muchos casos y los parámetros de determinación presuntiva dispuestos por la Dirección Metropolitana Tributaria del DM de Quito, se han emitido títulos de crédito que han originado múltiples reclamos, en especial del ejercicio económico 2013, lo que demanda mejoras en el accionar de la gestión tributaria municipal, para lo cual emito recomendaciones y propongo un proyecto de ley que reforme y acopie en un solo sistema impositivo, impuestos fiscales y locales a las actividades económicas: renta, patente y 1.5 por mil a los activos totales.