73 resultados para Administración electrónica -- TFC
Resumo:
La propuesta de reforma constitucional que la Comisión Nacional de Pueblos Andinos y Amazónicos, ha presentado al Congreso de Perú el 13 de marzo de 2002, quiebra la tradición comunera y agrarista para acoderar en un nuevo sujeto de derechos: el Pueblo Indígena. Simultáneamente, visibiliza otro grupo hasta ahora sin derechos colectivos: los afroperuanos.
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Los derechos de pueblos indígenas, de pueblos que no forman estados y que son anteriores a ellos en el propio territorio manteniendo cultura propia, han sido reconocidos bajo formas jurídicas distintas, según su relación con la estructura de los Estados nacionales.
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Las organizaciones indígenas han hecho una rigurosa defensa de su cosmovisión y concepción de justicia, remarcando diferencias con el derecho estatal moderno. Las expresiones del ejercicio del poder interpuestas ante el Estado, permiten entender las formas de poder étnico como factor constitutivo de la cuestión étnica. Los derechos humanos de los Pueblos indígenas deben hacer parte integral de una política de Estado, que armonice con el resto de políticas, especialmente con las de desarrollo económico.
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El debate y la propuesta presentada por las elites ilustradas de Ecuador, en torno a la administración de justicia indígena, están atravesados por una concepción etnicista, anclada en la idea de una cultura autónoma que puede dar paso a un orden social independiente y a una justicia independiente. Esta es una visión discutible de cultura, etnicidad y relaciones sociales que conduce a la reedición de un Estado corporativo. Este trabajo debate estos puntos y se plantea la forma en que la sociedad civil puede irse apropiando de las funciones del Estado para administrarlas directamente.
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Después de cinco años de lucha, México aprobó la Legislación Indígena. Sin embargo, ésta no cumple con los requisitos mínimos a los que aspiraban las comunidades indígenas, la comunidad de los derechos humanos y los juristas progresistas. En realidad, esta legislación es un grave retroceso, ya que objetivisa a las comunidades indígenas, las despoja de su condición de sujetos de derecho y las convierte en objetos de protección.
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En la matriz del Estado Nacional se fueron cuajando una gama de procesos de integración, mestizaje, aculturación y resistencias que han permitido construir esta inacabada nación, donde el indigenado ha colaborado de múltiples formas y a donde se potencian la diversidad y, por ende, la interculturalidad. Hoy, el Estado unitario, devenido centralista está en una profunda crisis, que lo torna ineficiente, antieconómico y poco funcional.
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El reconocimiento del derecho indígena o consuetudinario ha logrado abrir discusiones sobre las posibilidades e implicaciones del pluralismo jurídico, es decir, de la coexistencia de diversos órdenes normativos, supuestamente en términos de igualdad. Al mismo tiempo, el pluralismo jurídico permite incorporar algunos principios subyacentes en el derecho indígena al derecho estatal y, desde allí, construir una convivencia social donde la diferencia e igualdad pueden empezar a entretejerse.
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A comienzos de septiembre del año 2001, el Congreso de los Estados Unidos se encontraba inmerso en el debate de algunos temas de seguridad nacional relacionados con América Latina, entre ellos, la nueva Iniciativa Andina Antidrogas propuesta por la administración Bush y la continuidad de la presencia militar en la isla puertorriqueña de Vieques. Después del 11 de septiembre, y a pesar de su importancia crucial en la región, ambos temas pasaron a ser señales casi imperceptibles en la pantalla del radar político de Washington, y si bien es cierto que los programas militares que los Estados Unidos desarrollan en América Latina no se detendrán, es posible anticipar algunos cambios en su desarrollo como respuesta a los ataques terroristas de que fue objeto este país.
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Como en otros países de América Latina en el Perú el sistema de justicia padece diversos y complejos problemas estructurales que impiden el cumplimiento del rol central que la sociedad le da en el marco de un estado democrático. Algunos de estos problemas son: el sometimiento político a gobiernos y partidos políticos con el fin de mantener debilitado al sistema de justicia y poder controlar a jueces y fiscales; la anacrónica formación jurídica universitaria, apegada al estudio de códigos donde prima “la letra” de la ley en detrimento del “espíritu” de la misma. A esto hay que agregar un sistema diseñado sin tomar en cuenta el carácter multicultural de nuestro país, lo que lleva a que grandes sectores sociales, históricamente excluidos, sean discriminados por la justicia en razón de su idioma, raza, cultura; pero pocas veces se ha dicho que el sistema de justicia excluye también, en razón del sexo y el género, a las mujeres.
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Esta tesis se divide en tres capítulos que buscan englobar en forma sucinta, pero profunda, cómo actúan los órganos de la administración tributaria central en el trámite del recurso de revisión, tal como se encuentra previsto en nuestra legislación actual. Para ello, en el Capítulo I se abordarán los aspectos teórico-jurídicos de los actos administrativos, propendiendo a definir cuáles de estos son susceptibles de ser revisados. Posteriormente, dentro del mismo primer capítulo, se analizará a los recursos administrativos en general, pero enfocándonos en el recurso de revisión en particular. En el Capítulo II, nos centraremos en el estudio del marco jurídico del recurso de revisión en el Ecuador, relacionándolo, en primer lugar, con los principios constitucionales que rigen el sistema tributario ecuatoriano; continuaremos con el análisis del tratamiento que recibe este mecanismo legal dentro del Código Tributario y en otras normas que le son aplicables, especialmente aquellas que se relacionan con los cuerpos legales que norman a cada una de las instituciones de la administración tributaria central. Finalmente, se analizarán precedentes jurisprudenciales que abordan importantes temas referentes a esta tesis. En el Capítulo III se analiza ya en forma central el tema medular de esta tesis, esto es, la actuación de la administración tributaria en el recurso de revisión. En las conclusiones y recomendaciones se expresa el criterio de quien escribe el presente trabajo investigativo, con el que se persigue como fin el conseguir un instrumento de análisis, estudio y crítica también, por parte de abogados y estudiantes interesados en el derecho tributario.
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El objetivo de la presente investigación es responder la inquietud de qué implicaciones tiene la nueva política de seguridad energética de los EUA frente a sus relaciones con Latinoamérica. Para abordar esta pregunta y darle una respuesta, la presente investigación está conformada por tres partes. La primera analiza la situación internacional de la oferta y la demanda de petróleo, su disposición geográfica, la cantidad remanente de reservas, los riesgos a los que se enfrenta el mercado internacional de crudo y la tendencia de los precios en los últimos 5 años, para demostrar que existe una amenaza de escasez de este bien estratégico en el mundo. El segundo capítulo se concentra en explicar la dependencia de los EUA hacia las importaciones de petróleo como fuente energética primaria y las dificultades que enfrentan en un contexto internacional donde existe tanto una tendencia de largo plazo de incremento en los precios internacionales del crudo, como una competencia geopolítica con otros Estados poderosos por asegurarse el control político y el acceso a las principales reservas de petróleo del mundo. Sobre esta base explicamos el giro que ha tomado la política de seguridad energética de los EUA bajo la administración Bush y la repercusión de este hecho en el diseño de su política exterior. El tercer capítulo analiza la forma en la que la nueva política de seguridad energética ha modificado la política exterior de los EUA frente a los países Latinoamericanos. Para tal efecto hemos tomado como referentes de análisis a México, Venezuela y Brasil, Estados con los sectores energéticos más importantes de la región: México y Venezuela por su producción y reservas petroleras, y Brasil por su experiencia pionera en la transformación de la base energética hacia una economía menos dependiente de importaciones petroleras. Sobre la base del análisis de las relaciones entre EUA y estos tres Estados latinoamericanos, concluimos el papel que la región pasa a ocupar en el diseño de la estrategia geopolítica de la administración Bush.
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Desde los años setenta, los gobiernos centrales de América Latina, en su proceso de hacer frente a las crisis fiscales, implementaron las más grandes reformas tributarias, enfocadas principalmente, en reformas legales. Con sistemas tributarios más sólidos, desde los años noventa la preocupación se enmarcó en las estructuras organizacionales que estas administraciones deberían tener. En el caso ecuatoriano, a finales de los años noventa se implantó una importante reforma del sistema tributario, tanto en el ámbito normativo, como en la administración de los tributos internos; pues a partir del año 1999 se crea, por Ley, una administración tributaria autónoma, en reemplazo de la Dirección General de Rentas (unidad orgánica del Ministerio de Finanzas), iniciando así un proceso total de cambio en la política tributaria. En la actualidad, la estructura organizacional de la administración ecuatoriana es rígida y no ajusta a las tendencias de las administraciones más desarrolladas, sobre todo en lo referente a los procesos primarios de una administración, los procesos del control tributario. En este sentido, este trabajo recoge en primer lugar el marco teórico existente sobre las consideraciones que los responsables de una administración tributaria deberían tener en cuenta al momento de definir su estructura, posteriormente analiza las tendencias de las administraciones más desarrolladas respecto a las definiciones de sus unidades de control y por último plantea una estructura adecuada, ajustada a las mejores prácticas internacionales y a las circunstancias especiales del Ecuador, para una redefinición de las unidades de control, tanto de la administración central como de las administraciones regionales. En la propuesta elaborada, se considera una Dirección Nacional que, mediante dos unidades principales, administre los procesos relacionados con los servicios y el control tributario, y que a diferencia de la situación actual, su estructura sea matricial en lugar de funcional.
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El presente trabajo ha sido realizado como aporte del conocimiento recibido en mi preparación académica de cuarto nivel y recoge el acerbo doctrinario y normativo que reviste a las decisiones de la Administración Pública. En el desarrollo de este interesante tema se puede descubrir lo complejo que resulta motivar cada una de ellas, más aún cuando por sus condiciones particulares su tratamiento lógico jurídico difiere según su especie. Hay decisiones que por su propia naturaleza no deben ser motivadas, como ocurre con los hechos administrativos, incluso puede responder a la omisión de voluntad de sus responsables, limitándose a producir efectos jurídicos y acciones indemnizatorias. En otros casos como en el silencio administrativo que nace del derecho de petición, la motivación la debe proporcionar el propio peticionario, so pena de ineficacia de la probable aceptación tácita y reconocimiento por la inacción de la administración. Se ha pretendido también analizar dos casos concretos planteados, uno ante el Tribunal Constitucional y otro ante el Tribunal Distrital y vía casación ante la Corte Suprema de Justicia en la Sala Especializada de lo Contencioso Administrativo. Este ejercicio intelectual va enfocado a poner a disposición del lector una herramienta sencilla para su acercamiento con el mundo de las decisiones de la Administración Pública que en determinado momento hace participe de ellas al particular y en otro lo afecta, debiendo estar preparado para una u otra situación, conjugando su participación para garantizar su legitimidad y eficacia.
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La Constitución Política del Ecuador asigna a la jurisdicción militar y policial la tarea de juzgar a aquellos militares o policías, que en el ejercicio de sus funciones, hayan cometido delitos de función. Entonces la existencia de normas especiales que regulan la administración de justicia respecto de miembros de la fuerza pública se explica porque de conformidad con la Constitución en determinados casos los militares y los policías tienen "fuero" en relación con ciertas conductas específicas propias de sus funciones constitucionales y legales.
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El Riesgo Operativo surge como una necesidad debido a la creciente desregulación, y globalización de servicios financieros, aunado a la sofisticación de las tecnologías financieras, que hacen más complejas las actividades de los bancos y por tanto implican mayores niveles de riesgo. La gestión Bancaria, por sus actividades bancarias se ven expuestos a nuevos riesgos cada vez mayores, aparte de los tradicionales riesgos de crédito, liquidez, de tasas de interés y de mercado, siendo riesgo operativo, la posibilidad de sufrir pérdidas debido a la inadecuación o a fallos de los procesos, personas o sistemas internos o bien a causa de acontecimientos externos, esta definición también engloba el riesgo legal, pero excluye los riesgos estratégico y de reputación. Es importante que las instituciones financieras comprendan a qué se refiere el riesgo operativo para poder llevar a cabo una administración y un control efectivo de esta categoría de riesgo. También es importante que su definición abarque el amplio abanico de riesgos operativos a los que se enfrentan los bancos y que recoja las principales causas de pérdidas operativas graves. Por lo señalado la presente investigación procura efectuar un diagnostico de las operaciones de crédito de primer piso de la Corporación Financiera Nacional, analizando pormenorizadamente el Proceso de Crédito de Primer Piso (PCP), identificar los factores y eventos de riesgo operativo, analizar indicadores de gestión de este proceso y sugerir mejoras a este proceso de crédito.