26 resultados para Derecho mercantil-Francia


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A lo largo de este trabajo de investigación se efectuará un análisis de las normas que regulan la validez y eficacia de las firmas electrónicas, tanto en Ecuador como en Colombia y Perú. Se dará especial importancia al tratamiento jurídico procesal de las mismas, contenido en los respectivos Códigos de Procedimiento Civil, así como en las nuevas leyes de comercio electrónico, firmas y mensajes de datos de los tres países. Realizaremos un análisis jurídico doctrinario, por lo que citaremos conceptos doctrinarios de autores conocidos en el ámbito del derecho procesal y de las áreas electrónicas y los compararemos con las normas actuales que al respecto se han ido creando. Esta compuesto por tres capítulos. En el primero se estudian nociones fundamentales que nos permitirán entender los conceptos, y el funcionamiento de las firmas electrónicas, dando importancia al ámbito jurídico más que al técnico; en el segundo revisaremos nociones de prueba y medios de prueba, analizaremos sus definiciones, elementos y estableceremos sus diferencias, para finalizar con el estudio de la firma electrónica como prueba y medio de prueba. Finalmente, el capítulo tercero se centrará en el análisis del tratamiento jurídico procesal de la firma electrónica como medio de prueba en las legislaciones ecuatoriana, peruana y colombiana, incluyendo temas como la carga de la pureba, la práctica o ejecución de la misma y la valoración.

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La presente es una investigación de carácter doctrinario, sobre los fundamentos del derecho de la competencia y su aplicación a un sector de la economía sumamente importante y por ello extensamente regulado, como lo es el mercado bancario. En el ámbito mundial ha sido frecuente la discusión sobre si las normas que se promulgan de forma general para regular los mercados, pueden o deben ser aplicadas a un mercado tan sensible como el financiero, tal discusión se da por varias consideraciones que van desde el entender a los servicios bancarios como un servicio público y no como un servicio al público hasta el señalar que las entidades bancarias son instrumentos, en muchos casos, de la política monetaria o crediticia de un Estado, lo que impediría aplicarle en términos generales las normas sobre competencia. La discusión a la que se alude, ha sido zanjada a través de varios fallos de jurisprudencia, ello en el ámbito de la Comunidad Europea y de los Estados Unidos de América, sin embargo en nuestro país es aún un tema que debería ser parte de las discusiones de la elaboración de una política de competencia, discusión a la que pretendería, en algo, contribuir este documento.

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La práctica mercantil ha revolucionado constantemente las estructuras tradicionales del mercado aportando nuevas figuras a lo largo de la historia; desarrollándose muy por delante del avance normativo de dicha área. La sindicación de acciones es un claro ejemplo de lo anotado, siendo en la actualidad adoptada por gran cantidad de sociedades anónimas alrededor del mundo. Pese a ello, doctrinariamente, la gran mayoría los autores no se han preocupado por estudiar esta figura y dilucidar varias inquietudes que trae consigo previo a su incorporación legislativa y aplicación práctica. No obstante, países con una experiencia mercantil mucho más desarrollada han iniciado el análisis doctrinario de la sindicación de acciones y esgrimido teorías tanto a favor como en su contra. En el Ecuador, pese al nulo tratamiento legislativo sobre la celebración de acuerdos de sindicación, estos convenios se constituyen en necesidades comunes de los empresarios, quienes tienen que aventurarse en la oscuridad y en ocasiones al margen de las prescripciones legales, ya que en su práctica se erigen como instrumentos de mucha utilidad para los accionistas que participan de ellos. Por su parte, la Superintendencia de Compañías no ha emitido un criterio que haga referencia al tema lo cual evidencia el desconocimiento reinante, toda vez que se ha limitado a prohibir determinados acuerdos sin analizar el instituto de la sindicación en toda su magnitud y en todas sus manifestaciones. Es en virtud de aquello y dada la necesidad de un panorama más claro, que el objetivo del presente trabajo recae en el análisis de la Sindicación de Acciones alrededor de los países más representativos del mundo así como en los más allegados a nuestro sistema jurídico.

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El artículo analiza con detalle la procedencia del arbitraje y otros medios alternativos de solución de controversias en materia tributaria, comenta el desarrollo que han tenido los medios alternativos de solución de controversias en materia tributaria en el Ecuador, trata sobre el arbitraje tributario en el ámbito interno de los estados, defendiendo su procedencia frente a los principios de legalidad y de indisponibilidad de la obligación tributaria, así como respecto del principio de exclusividad de jurisdicción, estudia el arbitraje tributario internacional, con énfasis en el contemplado en los convenios para evitar la doble imposición y en el previsto para disputas derivadas de la utilización de precios de transferencia, y, finalmente, se refiere a la procedencia del arbitraje en el caso propuesto en el Ecuador por las empresas petroleras para la devolución del IVA.

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La actualidad de los procesos de integración económica ha incentivado la elaboración de trabajos de toda complexión en una materia cuyo eje central gira en tomo a lo político y económico. Como se sabe, la cuestión se inscribe en una nueva estructura de las relaciones internacionales, donde las fronteras del Estado-nación propias de los siglos XVIII y XIX, se desdibujan en provecho de la conformación de espacios más amplios. En nuestra literatura el caso particular de la Unión Europea que es el modelo más conocido, presenta un complejo desarrollo político, social, económico y jurídico desde los respectivos ""Estados de Derecho"" que el Derecho Derivado y la jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo han sabido construir. Desde esta perspectiva, en esta investigación se ensayarán algunas reflexiones sobre la evolución del proceso europeo de integración, atendiendo en primera instancia a sus antecedentes históricos y construcción jurídica, para después ingresar al análisis de lo que es el Mercosur, su sistema de solución de diferencias y a posteriori, concluir con algunas consideraciones a propósito de la posible creación de un tribunal de justicia supranacional.

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La presente Tesis, analiza como objetivo fundamental, la determinación de existencia de un derecho transnacional que supere las fronteras nacionales e internacionales, para ello pretende efectuar una distinción entre la antigua lex mercatoria medieval y la moderna lex mercatoria, utilizando la puntualización de sus características transnacionales, que forman parte del desarrollo en la historia del andamiaje jurídico, del variado y disperso Derecho Mercantil Internacional. El presente trabajo establece los principios en juego de las negociaciones comerciales internacionales, éstos contienen normas de derecho generales y de origen consuetudinario, se estudia el conjunto de usos y costumbres que se implementaron en la Edad Media, mismos que regían los actos de comercio, configurando la institución jurídica denominada “Lex Mercatoria”. Se investiga si la lex mercatoria, constituye una categoría jurídica a la par de las normas promulgadas por un órgano competente, si es un ordenamiento jurídico autónomo o la subordinación de ordenamientos jurídicos preexistentes, se efectúa un enfoque desde varias perspectivas, utilizando argumentos a favor y en contra, respecto al ámbito de válidez de la lex mercatoria. Un grupo de autores consideran a la “lex mercatoria” como nuevo derecho creado por particulares, para regir relaciones de Derecho Privado, otros la razonan, como una herramienta jurídica de apoyo a las legislaciones nacionales, para lo que se analizan las relaciones comerciales y convenios internacionales, basándonos en instrumentos definitivos por organizaciones internacionales. En conclusión la lex mercatoria, es una herramienta jurídica, que permite, por medio de las negociaciones transnacionales, el desarrollo de un derecho uniforme del comercio internacional, soporte de las legislaciones nacionales, sin descartar, que es un tercer derecho en estado de formación, que se vislumbra terminará de constituirse gracias al progreso de las relaciones económicos transnacionales.

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La presente tesis versa sobre la responsabilidad tributaria en el ámbito ecuatoriano que poseen las fiduciarias al momento de constituir un fideicomiso mercantil inmobiliario. La adopción del fideicomiso en nuestro país ha servido como un instrumento de desarrollo en términos bursátiles y a la vez como una herramienta para la evasión y elusión tributaria. La figura fiduciaria constituye uno de los contratos más interesantes y novedosos en el ámbito del derecho mercantil; ésta ha sido utilizada desde hace mucho tiempo en varios tipos de negocio debido a su versatilidad y a la seguridad que brinda, tomando en cuenta la buena fe de los intervinientes en el contrato fiduciario. El fideicomiso mercantil implica una forma de control en el ámbito tributario para la Administración Tributaria; sin embargo, no ha sido tomado en su verdadera dimensión, es decir, la figura financiera y económica que sirve para el intercambio de información de los negocios fiduciarios que se desarrollen en nuestro país. El poco conocimiento que se tiene con respecto de los negocios fiduciarios no permite un eficaz control y utilización como herramienta para obtener información de primera mano de las fiduciarias.

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El contrato de seguros es una convención muy especial que se rige por sus propias normas, específicamente por las contenidas en el Decreto Supremo 1147, publicado en el Registro Oficial 123 de 7 de diciembre de 1963; en la citada norma legal, se establece el procedimiento para formalización del contrato de seguros, así como las principales características de este contrato y los derechos, deberes y obligaciones que se derivan del mismo. Con base a lo anterior, uno de los derechos que poseen las aseguradoras, es el de presentar objeciones a los reclamos presentados por los asegurados, cuando se han presentado situaciones de prescripción, caducidad o exclusiones. Este derecho debe ser objeto de análisis, en virtud de que como contraposición, la propia legislación concede a los asegurados un mecanismo para que esas objeciones puedan ser revertidas; este mecanismo se denomina reclamo administrativo, el cual para mayor comprensión a lo largo del presente trabajo será denominado reclamo administrativo de seguros, cuya reglamentación se ampara en el artículo 42 de la Ley General de Seguros. Por lo expuesto, es necesario determinar si ese reclamo administrativo posee los caracteres mínimos establecidos por el derecho administrativo para poder ser denominado como tal; y, una vez realizado ese análisis, se debe establecer si el mismo favorece o no al asegurado, y al mismo tiempo, si vulnera o no los derechos de las aseguradoras a esgrimir las circunstancias excluyentes de su responsabilidad, frente a los siniestros reportados por los asegurados.

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La presente investigación se ha realizado tomando como universo el sistema de consumo en la economía capitalista, que se ha caracterizado por la presencia de un proceso masificado de producción y de contratación estandarizada, justamente por el advenimiento de la sociedad de la información o también llamada posindustrial. La investigación parte de un análisis teórico de lo que es el consumidor y de sus derechos ciudadanos en el sistema de mercado, profundizando en el análisis de los derechos fundamentales. En el presente trabajo son analizadas en forma prolija las regulaciones constitucionales y legales que tienen que ver con los derechos subjetivos y difusos del consumidor, trazando diferencias en cada una de las materias jurídicas, en particular en cuanto a los aspectos más relevantes que refieren al Derecho del Consumo. Las legislaciones de los países andinos son examinadas brevemente como una base teórica del Derecho Comparado frente a nuestra legislación. En el desarrollo del tema se analiza el contenido del contrato de consumo mediante el esquema de adhesión, las condiciones generales de contratación y la naturaleza de las cláusulas predispuestas, como un medio de abuso al consumidor. Partiendo de la proposición, en los contratos de consumo el proveedor afecta los intereses del consumidor al imponerle su poder a través de cláusulas abusivas. Se concluye que en esa dicotomía entre desiguales, el Estado regulador deberá implementar las políticas de protección de los derechos del menos fuerte y el Poder Público deberá normar los procesos de intercambio, sin que intervenga directamente en las actividades productivas. Finalmente, luego de un detallado análisis teórico del tema, se proponen mecanismos para la protección de los derechos del consumidor, que a través de las políticas y procedimientos administrativos y legales, además de un ágil y adecuado ordenamiento procesal, permitan conseguir equilibrios en las relaciones de consumo, recomendando para el efecto algunas reformas legales, como el camino más adecuado para cumplir con ese objetivo.

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Los Contratos Electrónicos son una nueva forma jurídica que aún se encuentra en proceso de gestación. En el marco de las Organizaciones Internacionales y los Estados existe un creciente interés por regular la contratación por medios electrónicos, esto debido en gran parte al acelerado y vertiginoso desarrollo del comercio electrónico, que está dejando en el pasado a los métodos tradicionales de contratación. La presente investigación tiene la finalidad de conocer a fondo la situación actual de los contratos electrónicos en el Derecho del Comercio Internacional. Con el objetivo de realizar un aporte significativo en la materia, se desarrollarán tanto un enfoque jurídico, como un enfoque técnico de la problemática. En el área jurídica será sustentada en los Convenios internacionales que rigen la materia, Derecho Comunitario Europeo, leyes modelo, legislaciones nacionales, e instrumentos de soft law. El área técnica constituye el soporte accesorio necesario al tratarse de una investigación sustentada en la tecnología, por ello temas como protocolos de Internet, métodos de autentificación, y análisis informáticos referentes a evidencias digitales, serán analizados en relación a la normativa internacional y precedentes jurisprudenciales. ¿Hacia dónde va la contratación por medios electrónicos?, ¿Qué avances jurídicos se han plasmado con respecto a la realidad de la contratación comercial?, ¿Son los avances jurídicos adecuados para el ciberespacio?, ¿Qué ventajas ofrecen los contratos electrónicos con respecto a seguridad, costo y celeridad? Estas, y muchas más, son las interrogantes planteadas que constituyen objeto de la presente investigación, y que ayudarán a encaminarla hacia un nuevo panorama, mismo que desde una clara perspectiva del problema, ofrezca nuevas proyecciones respecto al tema.

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Si bien los redactores de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no establecieron de manera expresa los métodos para adelantar la operación hermenéutica de este instrumento, sí previeron algunos principios que, en líneas generales, configuran un “sistema autónomo de interpretación” –acorde con las exigencias de su naturaleza internacional–, que se traduce en una operación de lógica jurídica que tiene por objeto determinar el alcance y sentido de los términos utilizados por la Convención y de los contratos que suscriban las partes. Este trabajo procura examinar el carácter internacional de la Convención, la necesidad de promover la uniformidad en su aplicación, y la de asegurar la observancia de la buena fe en el comercio internacional. En la segunda parte se analizan los criterios previstos en la Convención para la interpretación específica de las declaraciones y los actos realizados por las partes.

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El empeño por conseguir la complementariedad entre el comercio multilateral, con su propósito de ir liberalizando el comercio, y la proliferación de un sin número de acuerdos comerciales regionales es el desafío que hoy día la OMC debe enfrentar. Si bien en apariencia, existe una dicotomía entre el multilateralismo económico yel regionalismo económico, tal bifurcación no cobra una significativa relevancia, dado que ambos regímenes se pueden complementar y aun potenciar. El conflicto entre el librecambio y el proteccionismo es un proceso dinámico que requiere de una organización que contenga a la comunidad internacional y pueda desafiar dichos problemas y superarlos eficazmente. Si bien la OMC parece estar cumpliendo ese rol, su éxito, fruto de su credibilidad, dependerá exclusivamente del apoyo que sus miembros le brinden.

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El estudio y tratamiento de la compra-venta internacional de mercaderías se ha profundizado desde 1964 con la Conferencia de La Haya, y con la ratificación de la Convención de Viena el año 1980. A pesar de este esfuerzo y de ciertas posiciones que consideran a la Convención como una suerte de Derecho universal sobre la compra-venta internacional, este artfculo evidencia que la misma presenta lagunas u omisiones en lo que se refiere a la aplicación de los principios generales y reglas de conflicto de leyes del tribunal competente. Este artículo resalta la importancia de la correlación de la Convención de Viena con otras regulaciones, tales como la Convención de La Haya de 1964, el Tratado de Montevideo de 1940, la Convención de México de 1994 entre otras, y evalúa su trascendencia en el ámbito internacional, con especial referencia a Ecuador y Uruguay.