57 resultados para Antiguo Régimen
Resumo:
El artículo muestra cómo los postulados de libertad e igualdad, propuestos por el Estado nacional, fueron asimilados por las escuelas religiosas de la ciudad de Cuenca, en Ecuador. A través del análisis de dos fuentes: la literatura y los testimonios orales de quienes fueron alumnos de estas escuelas entre 1928 y 1946, el estudio muestra cómo en esta ciudad el liberalismo no fue percibido como obstáculo para que los niños pobres opten por la educación religiosa. En este contexto, la propuesta liberal chocó con los valores del antiguo régimen escolar. Si bien se mantenían las diversas prácticas de discrimen de una sociedad local estratificada, al mismo tiempo se observa que también se introdujeron cambios especialmente en la educación de las mujeres de origen popular.
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El texto que aquí se presenta es una aproximación inicial al tema de los festivales de la Revolución francesa durante la década revolucionaria, entre 1789 y 1799. Se concentra en algunas similitudes y diferencias entre los festivales y las fiestas tradicionales populares del antiguo régimen, y examina el uso de la simbología retórica revolucionaria en las celebraciones de la Revolución. El trabajo argumenta, a su vez, que los festivales revolucionarios, definidos como rituales, no lograron cumplir cabalmente su propósito, esto es, servir de estrategia político-pedagógica efectiva.
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¿Qué es el poder local? y ¿Cuáles son las potencialidades de estos actores para la construcción nacional? son las dos preguntas clave que articulan este trabajo, realizado en el Corregimiento de Riobamba, entre los años 1750 y 1820. Espacio con población predominantemente indígena, ubicado en la sierra centro de la Audiencia de Quito y especializado en la producción obrajera. En esta temporalidad, abordamos la constitución del poder local y el comportamiento de los actores en coyunturas producidas antes, durante y posteriores a la revolución de Quito de 1809, que es el hito fundacional de la construcción del estado nacional, para lo cual, hemos revisado una gran cantidad de fuentes primarias, rescatando la fuerza de la narrativa histórica y el análisis estructural de su principales elementos económicos, sociales e ideológicos. El estudio analiza el funcionamiento del poder local que se basa en elementos de antiguo régimen: venalidad, exclusión indígena, transgresión, corrupción y control ideológico. Analiza las continuidades y los modestos cambios que ese pensamiento experimentó, sobre todo en algunas de sus facciones más dinámicas. Analiza las redes cerradas integradas por facciones familiares y grupos de interés, que mantienen una serie de disputas y/o alianzas en las diversas coyunturas, donde las facciones plantean proyectos para procesar la crisis obrajera, desarrollar un proyecto minero, la consolidación de la hacienda, el traslado de la ciudad y la participación en las primeras guerras de la independencia. Hemos encontrado una elite periférica, poco activa y de escaso peso en las transacciones en la construcción del estado nacional, tanto por su dependencia con la administración de Quito y Bogotá, como por su carácter tradicional, que terminó construyendo una hacienda que impidió el desarrollo de ese espacio. Al mismo tiempo, vemos una elite con escasa potencialidad para construir una nación incluyente, que en la transición profundizó prácticas raciales que los llevó a excluir a los mestizos, a los indios e incluso a los caciques, como por su alineamiento con el pensamiento de antiguo régimen, que los hizo desechar cualquier reforma. Sin embargo, los acuerdos de las diversas facciones y los distintos alineamientos con las elites de otras regiones, les permitió mantener el control de la provincia, sujetar a los subalternos y participar a través de una serie de enlaces con facciones inter-regionales en la construcción del Estado.
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Trata acerca del análisis de los periódicos El Iris de La Paz, La Época y El Comercio, los tres de la ciudad de La Paz, Bolivia, en el siglo XIX entre 1829 y 1899. El propósito fue conocer cómo se representó a la Nación boliviana en la prensa de La Paz. Los tres periódicos analizados tuvieron similares objetivos propagandísticos en favor de los respectivos gobiernos de turno. Las diferencias fueron cualitativas en lo referido a la argumentación de esa propaganda. El Iris de La Paz (1829-1839) se ubicó ideológicamente en el liberalismo británico de Jeremías Bentham. Fue el periódico mejor argumentado de los tres. Mediante el discurso del Iris se intentaba establecer puentes que alcanzaban diversos aspectos: entre Iglesia y Estado liberal; entre el liberalismo y la religión; entre Bolivia y el Perú; entre el nuevo régimen y el antiguo. Pese a la aceptable argumentación ideológica, su representación de Nación quedó ambigua debido sobre todo a que el caudillo resultó más importante que la Nación. El periódico La Época (1845-1857 y 1866-1867), en sus cinco etapas se ligó al liberalismo francés y al romanticismo, pero a partir de diversos enfoques que fueron desde un liberalismo conservador (p. ej. en las épocas de los Presidentes Ballivián y Melgarejo) a otro más arrimado a la izquierda e incluso con influencia del socialismo utópico (p. ej. en la época del Presidente Belzu). Junto a ese liberalismo, se divulgó también una mentalidad del Antiguo Régimen, fundamentalmente de índole religiosa. Haciendo una revisión global de sus cinco etapas, se concluyó que en el periódico hubo una mezcolanza de ideas denominada como “colecticismo”. El periódico El Comercio (1878-1899) en sus tres escenarios fue el más banal de los tres. Su discurso estaba enfocado únicamente a la propaganda política, con una pobre argumentación ideológica. Los términos del liberalismo moderado se mezclaron con los del catolicismo con el fin de hacer propaganda para los gobiernos del partido político Conservador. El uso de los términos quedó desprovisto de su significado, y sólo sirvieron para otorgarle sentido al accionar de uno u otro gobierno; así, los mismos términos se usaron ya sea para justificar una actitud o para rechazarla, en un entorno político muy reñido. Al final del proceso, en vísperas de la Guerra Federal, el periódico que apoyaba al Partido Conservador pasó a apoyar al Partido Liberal; los liberales ganaron la Guerra Federal. En lo referido al regionalismo, en el Iris no hubo explícita mención al regionalismo entre La Paz y Chuquisaca, sí hubo algunos indicios. Tal regionalismo se fue haciendo más notorio en La Época, con diferentes matices. La confrontación regional fue más radical en El Comercio a finales del siglo XIX, con la misma tipificación étnica que ya se había vislumbrado en La Época: los indios y cholos en el Norte versus la gente civilizada en el Sur. El caso indígena fue también tratado con diversos matices. En el Iris no se expusieron textos peyorativos acerca del indígena. En La Época se defendió al indígena desde una perspectiva humanista proveniente del romanticismo, pero el discurso adquirió contrasentido, pues el indio fue tipificado a la vez como un pobre “paria” sin civilización. En el Comercio se divulgaron dos visiones acerca del indígena: el del feroz indomable y del “paria” sumiso. Paradójicamente, los tres periódicos defendieron al indígena por lo menos desde un punto de vista humanista, pero a su vez los tres propugnaban que, para mejorar su suerte de opresión, el indio debería asumir los modos de relación social del liberalismo o civilizarse. La representación de una Nación ambigua se dio ya sea porque el caudillo adquirió mayor importancia que la Nación misma, por el uso “interesado” de la ley y la Constitución para legitimar gobiernos de facto, para justificar actitudes gubernamentales arbitrarias, por las riñas regionales con connotaciones étnicas entre el Norte y el Sur, o por porque los indígenas implícitamente no formaban parte de la Nación moderna por ser incivilizados.
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El estudio analiza las políticas carcelarias y el sistema penitenciario aplicado en el Ecuador en el contexto del Estado liberal. En esta perspectiva, se realiza una revisión crítica de los discursos penales y de los informes de las autoridades carcelarias con el objeto de identificar la visión y funciones de las cárceles desde la óptica de gobiernos liberales, en particular, de la etapa comprendida entre 1912 y 1925 dada la prolífica producción de ensayos y reflexiones acerca del régimen penitenciario en el país y de algunos políticas de reforma modernizantes. En este sentido, se exponen los intentos de cambio del sistema penitenciario Panóptico aplicado en la Penitenciaría Nacional hacia el Sistema de Auburn, en circunstancias sociales y políticas que emergieron en la segunda década del siglo XX. En estos contextos se exploran los avances y los límites de las reformas en la administración de las cárceles y su impacto en los reclusos de la Penitenciaría Nacional, medido a través de su acceso a la escuela y talleres de oficios. Se identifica la estadística de la población carcelaria por el tipo de delitos cometidos, en especial se han seleccionado los más recurrentes, clasificados según el Código Penal de 1906. Esta parte incluye la estadística de la población presidiaria por los delitos que atentaban al sistema de hacienda y aquellos sancionados por el Código de Procedimiento Civil referentes al apremio por deudas y falta de cumplimiento de obra. Un resultado de la investigación constituye el reconocimiento de la ausencia de un régimen carcelario para el sistema de cárceles públicas del Ecuador, manifiesto en las condiciones deplorables de estos sitios destinados únicamente al encierro de individuos para su aislamiento social. En el caso de las mujeres se demuestra la inexistencia de un régimen penitenciario puesto que los gobiernos liberales prolongaron las condiciones de aislamiento y control femenino con criterios de antiguo régimen en sitios con una disciplina basada en la realización de servicio doméstico. Al final del estudio se exponen los criterios para la propuesta de la Colonia Agrícola Penal como nuevo modelo penitenciario.
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En esta tesis se estudian los rasgos de las políticas inmigratorias diseñadas por la corona española entre los siglos XVI y XVII, en su intento por garantizar el monopolio peninsular en el proceso de poblamiento de los territorios americanos. Ligado a lo anterior, se presentan evidencias empíricas de la manera cómo los europeos no españoles ingresaron al Nuevo Continente de manera legal o ilegal, mostrando la relativa inefectividad de las leyes al respecto. El análisis de una serie de casos de "extranjeros" que lograron su naturalización o se mezclaron con la población neogranadina en diferentes escenarios locales y provinciales, revelan la fuerza incontenible del proceso de expulsión de personas en Europa, y concomitante con esto, la fuerza de atracción que ejercían los territorios bajo dominio español. En este contexto se ubica la situación legal, social y económica de los extranjeros en sus sitios de residencia, señalando sus diferentes ocupaciones, relaciones e inserción social en las diferentes localidades durante el período colonial. Mediante estudios de caso se ilustran las diferentes estrategias que estuvieron a la mano de los inmigrantes para burlas la prohibiciones legales a su establecimiento. De esta manera se puede apreciar en forma global los factores jurídicos, sociales y culturales que constituyen un modelo particular de inserción de los extranjeros en un régimen restrictivo y prohibitivo que, de manera pragmática acudió al expediente de la inmigración selectiva, para aprovechar los conocimientos y pericia de aquellos en temas como la milicia, la medicina, la minería y las artes mecánicas. En comparación con los rasgos observados en el antiguo régimen, con el advenimiento de la Primera República -que en materia inmigratoria definió los perfiles de las políticas inmigratorias del siglo XIX colombiano-, se analiza con todo detalle las constituciones y leyes sobre el tema de la extranjería. Con base en estos documento se develan las continuidades con el sistema legal precedente y las rupturas formales en el orden del discurso, de corte liberal, referentes a la necesidades de favorecer el asentamiento de extranjeros para sacar a la Nueva Granada del atraso educativo y tecno-económico heredados de la época colonial. En este punto se analiza la participación de un grupo de extranjeros en el ejército bolivariano, algunos de los cuales obtuvieron su naturalización como reconocimiento por sus sacrificios y actos de valentía al servicio de la república. Dicha naturalización, desde el punto de vista de los granadinos santanderistas sólo les concedía la posibilidad de dedicarse a sus oficios, a casarse, aportar sus conocimientos y acumular capital, quedándo privados de derechos políticos, como la deliberación y toma de partido en las disputas político-militares. En tal sentido fueron decisivas sus actitudes y toma de posición en el partido bolivariano para provocar su expulsión del territorio granadino y, en su camino al exilio tuvieron entre sus destinos favoritos la naciente república de Venezuela, donde desde el siglo XVIII los extranjeros encontraron mejores condiciones legales, sociales y culturales para el goce de sus derechos.
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Este ensayo se ocupa de investigar la importancia política que tuvo el cabildo entre el período de las reformas borbónicas, la crisis de la monarquía española y el proceso de formación de los estados independientes. Se analiza la consolidación de los poderes jurisdiccionales de los cabildos durante la última fase de la época colonial y la manera en que éstos se convirtieron en representantes legítimos de todos los intereses de su espacio territorial. El caso de la Audiencia de Quito muestra cómo el cabildo o municipio resistió con éxito los intentos de convertirlos en entes puramente administrativos por parte del aparato estatal grancolombiano. El municipio se mantuvo como órgano autónomo de la sociedad frente al Estado y titular de una parte de la soberanía.
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El presente trabajo indaga sobre la significación del Tribunal Constitucional de Bolivia como nueva institución en la administración y fortalecimientos de la justicia, y como órgano especializado de control constitucional, que contribuye a la defensa, protección, garantía y promoción eficiente de los derechos fundamentales, que son requisito sine qua non para la consolidación del régimen democrático. Desde esta óptica, se analiza al Estado de derecho y al Estado constitucional de derecho en un Estado moderno; con especial detenimiento en la justicia constitucional, las razones y motivos para su existencia y los presupuestos jurídicos que la sustentan sus principios y los sistemas de control institucional. El estudio analiza el control constitucional antes y después de la reforma constitucional boliviana de 1994; se detiene en las justificaciones para la creación del Tribunal Constitucional y en los criterios para la elaboración de su ley orgánica; precisa sus antecedentes, composición, independencia, funciones y alcance como actor principal en la justicia constitucional, y los efectos y carácter de sus resoluciones. Así se examina el papel que éste desempeña en la defensa y garantías de los derechos fundamentales, y se ubica al órgano constitucional como instrumento para el fortalecimiento el régimen democrático y la consolidación de la Constitución.
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El propósito de esta tesis es identificar si Petroecuador y sus empresas filiales, por su naturaleza y las funciones que cumplen, requieren de procedimientos especiales de contratación para obras, bienes y servicios. Parta este fin la investigación contiene los siguientes capítulos: un Capítulo I, el cual contiene un análisis general de la contratación de obras, bienes y servicios en las instituciones públicas, actualmente regidas por las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, partiendo de una definición de sus principios y su rol en la gestión pública en general; un Capítulo II, en el que se aborda el tema central de la investigación, la contratación de obras, bienes y servicios en Petroecuador, para lo cual se ofrece una visión panorámica y resumida de su naturaleza jurídica y las competencias que por ley le han sido asignadas para el cumplimiento de sus fines; un Capítulo III, en el que se revisan los procedimientos de contratación de obras, bienes y servicios en dos empresas públicas extranjeras, que por la realidad a la que responden, son muy parecidas a Petroecuador; y, un Capítulo IV, que contiene varias conclusiones obtenidas del desarrollo de cada uno de los capítulos, conclusiones en función de las cuales se recomienda un sistema propio de contratación de obras, bienes y servicios en el sistema Petroecuador.
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Esta investigación tiene por objeto determinar, en el ámbito de la Comunidad Andina, si y en qué medida el régimen normativo de solución de las controversias derivadas del incumplimiento de las obligaciones de los Estados Miembros incide, positiva o negativamente, en el nivel de efectividad de la tutela comunitaria. Se postula, a título de hipótesis, la existencia, en el régimen normativo de la Comunidad, de elementos que repercuten negativamente en el nivel de efectividad de la tutela. Se estudian a este propósito tres cuestiones principales: la del incumplimiento en sí, para precisar en qué consiste y describir las acciones y omisiones de los Estados Miembros que lo han causado; la del mecanismo comunitario de solución de las controversias por incumplimiento de los Estados, para identificar los procedimientos que lo integran y dar cuenta de su disciplina normativa; y la de la efectividad del mecanismo comunitario, para establecer, en el caso de las controversias por incumplimiento, en qué consiste, cómo se determina y cuál es su medida. El examen de estas tres cuestiones, junto con el de los regímenes de solución de las controversias por incumplimiento previstos en la Unión Europea y en el MERCOSUR, configuran los objetivos específicos de la investigación, tratados a lo largo de cuatro capítulos. El estudio concluye en el reconocimiento de una variación significativa en el nivel de efectividad del mecanismo comunitario de solución de las controversias por incumplimiento: desde una efectividad de alto nivel en el acceso al mecanismo hasta una de bajo nivel en la ejecución de lo juzgado. Este debilitamiento en la efectividad del mecanismo, en lo que se refiere a su etapa de ejecución, deriva en un decrecimiento en la efectividad de la tutela. Si al problema real y actual del incumplimiento por los Estados de sus obligaciones comunitarias se asocia la efectividad limitada del mecanismo de solución de las controversias derivadas de dicho incumplimiento, el resultado compromete la calidad de la tutela comunitaria y la garantía del respeto del ordenamiento jurídico que disciplina el proceso de integración. La voluntad política de los Estados Miembros, así como la reforma de la legalidad comunitaria, podrían contribuir, sin embargo, a la reversión de este resultado.
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Por considerar que el Régimen Especial Liberatorio de Zona Franca, resulta interesante su estudio dentro de la perspectiva tributaria en el Ecuador, ya que al ser un régimen liberatorio de impuestos, me parece que las personas que se desenvuelven en el comercio internacional de mercancías deben conocer el tratamiento que se da dentro de nuestro país y las implicaciones legales que resulten de tal régimen, por otro lado he creído necesario establecer hasta que punto se somete o no al régimen impositivo interno del país, respecto de la Ley de Régimen Tributario Interno, situaciones fácticas estás que considero van a constituir un aporte para las personas, sean estas naturales o jurídicas, que se dediquen a la utilización de este régimen dentro del derecho tributario aduanero en el Ecuador, es por eso que el presente trabajo contiene una visión general del régimen especial de tipo liberatorio de zonas francas, contenido en nuestra legislación aduanera y en la Ley de Zonas Francas, sobre lo que tiene que ver a su concepto, naturaleza jurídica, objetivos y políticas, características, clases de zonas francas, perspectiva en base de la cual he analizado el régimen en la legislación Ecuatoriana, el órgano regulador del régimen que es el Conazofra, las personas jurídicas y naturales que intervienen tales como el administrador, los usuarios, beneficios fiscales que la Ley de Zonas Francas concede a los usuarios en general. Posteriormente realizo un análisis legal en lo que tiene que ver a la incidencia en el pago de impuesto internos entre ellos renta, IVA, ICE, así también la incidencia en el pago de impuestos al comercio exterior; luego de lo cual estudio las zonas francas y la influencia de acuerdos integracionistas basado en experiencias de otros países, las zonas francas y la Organización Mundial del Comercio, y por último me refiero al caso de la hermana República de Colombia y los cambios legales por los compromisos con la OMC, sobre todo lo cual expongo algunas conclusiones a las que llego sobre la aplicación del régimen en nuestro país.
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La tesis trata de determinar cual es el régimen jurídico tributario municipal aplicable al fideicomiso mercantil en el caso ecuatoriano, y cuales son las situaciones jurídicas que gravan a la actividad fiduciaria con los distintos impuestos municipales. Consta de tres capítulos, en los cuales se trata sobre las generalidades, características, definición, naturaleza y clasificación del fideicomiso mercantil; casos en los cuales el fideicomisos mercantil está sometido a imposición en los impuestos de transferencia de dominio, alcabala y utilidad; y, determinar si el fideicomiso mercantil es sujeto pasivo de los impuestos de patente municipal y el 1.5 por mil sobre los activos totales.
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Esta tesis se orienta al análisis del poder tributario municipal, su reconocimiento en el marco de la Constitución Política de la República del Ecuador que define sus límites y efectos. En este contexto, tiene como propósito evidenciar a la luz de la actual Ley Orgánica de Régimen Municipal, el ejercicio del poder tributario, sus implicaciones y eventuales desbordamientos que derivan en el cuestionamiento de la constitucionalidad de ciertas disposiciones de esta ley, como la de poder modificar mediante ordenanza impuestos municipales. Modificación que implica bajo el justificativo de estimular actividades productivas, culturales, educativas, deportivas y de beneficencia, la reducción de hasta un 95 por ciento de los valores a pagar por tales impuestos. Se analiza los principios de reserva de ley y de legalidad al tenor de las prescripciones constitucionales vigentes, complementado con un desarrollo doctrinario que refleja la postura de estos principios frente al ejercicio del poder tributario municipal y a los elementos del tributo. Se enfoca igualmente la teoría de estímulos tributarios, el proceso político-jurídico que plasmó las reformas a la Ley Orgánica de Régimen Municipal y, finalmente el análisis de la constitucionalidad o no de la norma de la LORM antes referida, en tanto se verifique si excede o no los límites del poder tributario municipal reconocidos por nuestra Carta Política.
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La vigente Constitución Política de la República del Ecuador, en su artículo 35 numeral 9º, determina de manera expresa el régimen legal, al que deben estar sujetos los servidores, autoridades, empleados, trabajadores y obreros que prestan sus servicios en el sector público, determinando que en el caso de las personas jurídicas creadas por Ley para el ejercicio de la potestad estatal, y las Instituciones del Estado que ejerzan actividades que no puedan delegar sus actividades al sector privado, las relaciones con sus servidores se regularán por el Derecho Administrativo, con excepción de los obreros que se regirán por el derecho del Trabajo. Y en el caso de las Instituciones del Estado que si pueden delegar sus actividades al sector privado, las relaciones se regularán por el Derecho del Trabajo con excepción de las funciones de dirección, gerencia, representación, asesoría, jefatura departamental, las cuales se sujetarán al derecho administrativo. La expedición de la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público, LOSCCA, vulneró este mandato constitucional, sujetando a los trabajadores y obreros del sector público a esta Ley del Derecho Administrativo. Este quebrantamiento a la Ley Suprema fue demandado ante el Tribunal Constitucional, Órgano supremo de control constitucional que debe asegurar la eficacia de las normas supremas en especial las que consagran los derechos y garantías referentes al régimen jurídico al que pertenecen los trabajadores en el numeral 9º del artículo 35 de la Constitución. El Tribunal si bien reconoce la vigencia del régimen del Derecho del Trabajo, expide una Resolución ambigua, desautorizando a la Tercera Sala que en cumplimiento de su obligación, declaró en su informe que esta Ley no era orgánica, y que no debía regir una ley del derecho administrativo a los trabajadores sujetos al Derecho del Trabajo; sin embargo el pleno del Tribunal dejó vigentes normas de la Ley que contradicen su pronunciamiento creando una inseguridad jurídica que ha causado un daño irreparable al Estado Social de Derecho y ha destruido la paz laboral en el sector público. Bajo estos contenidos de la tesis nos hemos propuesto como objetivo fundamental el de ubicar a cada régimen su ámbito de regulación, el de las autoridades, funcionarios y empleados, la Ley del Derecho Administrativo, y para los trabajadores y obreros el Derecho del Trabajo, tal como lo prescribe la Constitución, para de esa manera hacer prevalecer la supremacía de la Carta Magna, frente a leyes de menor jerarquía que deben mantener concordancia y sujeción a sus enunciados.
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La normativa relativa a las patentes de invención ha rebasado las fronteras de los Estados nacionales. Lo que se entiende como invención (regulado de manera implícita al menos), la materia patentable, las excepciones a la patentabilidad, la duración del período de explotación exclusiva que se le concede al inventor sobre su obra producto del intelecto (estándar mínimo, no puede ser inferior), lo que se entiende como explotación, los conceptos de novedad, nivel inventivo, aplicación industrial (regulados de manera implícita al menos), constituyen preceptos uniformes vigentes para la humanidad toda. La afirmación contenida en el párrafo anterior se la debe entender con ciertos límites. Por ejemplo, los distintos Estados pueden excluir como materia patentable al material biológico (con excepción de los micro organismos), ciertos aspectos de la institución de la licencia obligatoria quedan a la libre elección de los Estados, incluso el optar por establecerla, los distintos Estados pueden regular por sobre los acuerdos “mínimos” logrados, etc. Aspectos de importancia, pero no los definitivos a la hora de configurar la protección concedida a las patentes de invención, su objeto y alcance. Por ejemplo, el principio que manda a que se concedan patentes sin importar el ámbito de la tecnología en que sea aplicable la invención, es inequívocamente universal (existe margen para excepciones, reguladas claro). Lo anterior se logró por la aprobación del Acuerdo ADPIC, las siglas en español del acuerdo global que rige la materia, vigente en el mundo entero (aquello es inminente e irrefutable). Este convenio en su segunda década de vigencia ha conseguido efectivamente homologar las más dispares legislaciones a nivel mundial y dar pie al actual régimen global, que este estudio critica. Bajo este escenario queda corto cualquier trabajo que al abordar el tema se refiera únicamente a lo interno, ya que las regulaciones al respecto trascendieron este ámbito. Es así que en un intento por construir un sistema justo, objetivo que constituye el fin último de la Ciencia Jurídica, este trabajo propone modificar las regulaciones globales sobre la materia. Se reconoce para el efecto, por supuesto, la necesidad de evitar distorsiones en el mercado internacional de bienes intangibles, por lo cual se debe ratificar la homologación y universalidad de la normativa sobre las patentes de invención. Es así que contemplando una normativa universal, utilizando como punto de partida el Acuerdo ADPIC, se plantea que la duración de la protección otorgada por una patente de invención, al nacional de cualquier país, dentro de un determinado Estado dependa de la capacidad económica de los habitantes del mismo (correctivo principal). Básicamente cambiará el hecho de que todos los Estados miembros estén obligados a otorgar 20 años de protección, con la introducción de un sistema en que el plazo de protección que otorgue un determinado Estado, tenga relación a la capacidad económica de sus habitantes. Es decir, cada quien según su capacidad. Le corresponderá al organismo multilateral que rige la materia determinar los distintos plazos que otorgarán los diversos Estados, tomando en cuenta la capacidad de sus habitantes, en aplicación de parámetros constantes. Se debe tener en cuenta que, dado el estado actual de las comunicaciones, los productos del intelecto en general y las invenciones de manera particular, benefician a la humanidad toda sin distingo del país o región. Por lo tanto, es deber de toda la humanidad el alentar su creación y difusión, eso si, dentro de la capacidad de cada Estado parar hacerlo.