5 resultados para Tax law

em Universidad del Rosario, Colombia


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En la Ley 1607 de 2012 se introdujo a nuestra legislación una cláusula general antiabuso en materia tributaria. Este trabajo busca analizar y determinar su aplicabilidad práctica, considerando sus elementos descriptivos y las circunstancias de realización de conductas abusivas, que concluyen en la elusión o reducción de un tributo.

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El objetivo del presente trabajo es desarrollar el plan de empresa para Condimentos Natusazón en el ámbito de mercadeo, producción y calidad, organización y gestión, jurídico tributario y financiero. Natusazón es una fábrica de condimentos y especias naturales sin conservantes ni aditivos artificiales que centrará sus operaciones en el municipio de Barbosa ubicado en la provincia de Vélez en el departamento de Santander, la cual se encuentra compuesta por 20 municipios. Los productos se distribuirán en las plazas de mercado de los principales 12 municipios de la provincia, teniendo en cuenta que el 100% de estos cuenta con al menos una plaza de mercado y actualmente no hay ninguna empresa que distribuya productos similares y haga presencia en estos lugares. El tamaño de mercado para el rubro otros condimentos dentro del pocket share colombiano para el mes de junio de 2012 en el departamento de Santander fue de $3.389.902.790 lo cual equivale al 3% del total consumido mensual a nivel nacional, de los cuales Condimentos Natusazón quiere llegar a abarcar a lo largo de su actividad comercial cerca del 1% del tamaño de mercado, lo cual equivale a $33.899.027 mensuales. Por último, teniendo en cuenta algunos estudios realizados por el Centro de Innovación de Alimentos y la Cámara de Comercio sobre las tendencias de consumo en Colombia, así como la investigación realizada por el equipo emprendedor, se puede decir que Condimentos Natusazón tiene una potencial oportunidad de negocio en el mercado santandereano.

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Los precios de transferencia ocupan el interés de los Estados en el mundo actual al constituir uno de los retos fundamentales del Derecho Internacional Tributario. En el seno de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), creada en 1961, se discutieron y desarrollaron diversas propuestas para regular el fenómeno. Estas, se materializaron en Modelos de Convenios Tributarios e instrumentos de soft law, que hoy en día constituyen los principios internacionalmente aceptados en la materia. Las Guías de la OCDE sobre precios de transferencia para empresas multinacionales y administraciones tributarias son el cuerpo normativo de soft law que se erigen, en el Ordenamiento Internacional, como el norte de las legislaciones a nivel interno para efectos de regulación de dicha temática. Su adopción por parte de los países miembros y no miembros de la OCDE se enfrenta a problemas teóricos derivados del quebrantamiento del decantado principio de reserva de ley tributaria y el respeto por la seguridad jurídica, razón por la cual su incorporación ha variado de Estado a Estado. El presente trabajo recoge la experiencia en varios países europeos y latinoamericanos y pretende proponer una fórmula de adopción en Colombia, coherente con los principios constitucionales tributarios y con virtualidad de superar las críticas realizadas por la doctrina a la aplicación directa de las Guías.

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Análisis de la dinámica legitimadora de la Corte Constitucional en el tributo de estampillas, considerado desde la jurisdicción departamental, en el Estado colombiano.

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El derecho internacional, como el derecho administrativo de cada Estado, se encuentra vinculado a la finalidad universal del derecho. No obstante, la influencia de la comunidad internacional en los asuntos jurídicos de los Estados está generando, con el auge de la globalización, mecanismos o instrumentos que de forma no impositiva pero sí persuasiva, vienen delimitando las competencias estatales. Estos instrumentos ejercen la función de ordenar los ámbitos de validez de dichas competencias jurídicas y administrativas internas, a través de formas declaratorias de carácter internacional, mediante normas jurídicas blandas denominadas soft law. El amplio y variado uso del soft law en temas como los derechos humanos y el medio ambiente plantea una dificultad para la teoría tradicional de fuentes, inspirada en la voluntad de los Estados, los cuales se constituyen a partir de su soberanía estatal (hard law). Esto sugiere una dicotomía jurídica, en donde el soft law se contrasta con las reglas legales que definen obligaciones específicas de hard law, es decir, “son normas o principios más abiertos o generales en su contenido y significado, comprendiéndose como suaves. En tal caso, el Soft Law plantea una apertura a la internacionalización y democratización del derecho administrativo. La creciente adopción de instrumentos de soft law de influencia internacional o global permite la participación de actores no estatales, tales como las organizaciones no gubernamentales (ONG), y de carácter civil en la construcción de políticas e instrumentos que en ocasiones adquieren más legitimidad que las leyes creadas para atender tales asuntos.