4 resultados para Pliego suelto

em Universidad del Rosario, Colombia


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en esta investigación diagnóstica se desarrolla un análisis en torno a las asignaciones presupuestales referentes al gasto público social durante el gobierno del presidente Uribe Vélez y como dichas asignaciones incidieron en las condiciones y la calidad de vida de la población colombiana. Finalmente, el autor de esta investigación propone una alternativa de solución al problema planteado presentando algunos nuevos parámetros para que la asignación del GPS cumpla con los objetivos propuestos de eficacia y eficiencia.

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1. folios 39- 41r Cédula Real: Ante el reporte de los colegiales y el rector del Colegio Mayor de Rosario del atraso en las rentas y la falta de recursos para mantener las cátedras del Colegio, Felipe V de España concede una pensión de quinientos ducados anuales por diez años. El Rey pide al oidor Antonio de Cobián enviarle un informe con el estado de las rentas del Colegio y sobre las becas que fundó el Arzobispo de Cartagena Antonio Sanz para los naturales de dicha ciudad (12 nov. 1715) 2. Folio 41v Confirmación del mandato del Rey por parte del oidor Antonio de Cobián (7 de junio de 1717) 3. El escribano Martín Carlos Sáenz entregó el pliego sellado al secretario del Colegio Mayor y chantre de la Iglesia metropolitana de Santafé Francisco Ramírez y Floriano (9 de junio de 1717).

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La Justicia Penal Militar es el privilegio histórico más importante que ha sido concedido a las Fuerzas Militares colombianas debido a la función pública que desempeñan. De allí, que la presente investigación esté dirigida a comprender las causas que han conducido a que el Fuero Militar sea una figura cada vez más restringida no sólo en el mundo, sino en Colombia. Así mismo, el papel de las víctimas será transcendental en el trabajo para comprender un proceso de deslegitimación de la institución marcial traducido en la generación de un debate nacional en torno a la conveniencia de la ampliación de las competencias judiciales de su jurisdicción especial. Finalmente, se planteará una posible alternativa a partir de la conceptualización sobre la Justicia elaborada por John Rawls en el siglo XX, con miras solventar este fenómeno político, jurídico y social.

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En Colombia, mediante la Ley 1508 de 2102, se estableció el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas (APP) y con la aprobación de la Ley 1682 de 2013, se regularon los proyectos de infraestructura de transporte. Con la presente tesis se pretende demostrar la figura del Diálogo Competitivo como procedimiento incompleto e insuficiente, apropiado así por nuestro régimen jurídico en la Ley de APP, visto desde la perspectiva de la Unión Europea, especialmente de los modelos español, inglés y francés, porque carece de la mayoría de sus elementos característicos. Posteriormente se realiza una crítica al Diálogo Competitivo colombiano desde la perspectiva de la Unión Europea, ya que se evidencia en la figura interna su precariedad frente a un procedimiento debidamente definido y organizado como el de la Unión Europea. Entre las instituciones jurídicas adoptadas por la Ley de APP, se encuentra el Diálogo Competitivo, que es un procedimiento, verificado en la etapa de estructuración de los contratos APP de iniciativa pública, cuyos antecedentes registran el mayor reconocimiento internacional en la Unión Europea (UE). Ésta introdujo esa figura a su régimen jurídico, a través de la Directiva 2004/18/CE, a su vez derogada por la Directiva 2014/24/UCE. La tesis culmina con una serie de conclusiones y recomendaciones que se estiman útiles para repensar y reestructurar el Diálogo Competitivo en los proyectos de infraestructura vial en Colombia, tarea que le corresponde al Congreso Nacional, pues así lo ha dispuesta la jurisprudencia del Consejo de Estado.