93 resultados para Lavado de manos


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Los TBI (Tratado Bilateral de Inversión) o también denominado los APPI (Acuerdo de Protección y Promoción de las Inversiones) son acuerdos que buscan la Protección y la Promoción de las inversiones que hagan los nacionales de un Estado en otro Estado conocido como el “Estado Receptor”. Los TBI y APPI fueron concebidos dentro del proceso de descolonización que le siguió a la Segunda Guerra Mundial. Esto se debe a que los Estados que habían colonizado otros territorios, ahora Estados soberanos y sus nacionales, seguían teniendo fuertes lazos e intereses económicos. Con el ánimo de protegerse de posibles expropiaciones, los Estados europeos liderados por Alemania, firmaron un número importante de TBI y APPI, no solamente con sus antiguas colonias, sino con otras. De esta manera, Alemania, Suiza, Holanda, Italia, Bélgica y Suecia suscribieron al menos cuarenta tratados de este tipo con varios Estados asiáticos, africanos y del medio oriente entre 1959 y 1965. Estados Unidos se demoró unos veinte o treinta años más, porque los estadounidenses no solamente aspiraban a obtener protección para sus inversionistas, sino que además solicitaban que se abriera y liberara la economía de los Estados firmantes. Finalmente, fue en la administración de Ronald Reagan que los Estados Unidos comenzó a suscribirlos.

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En este segundo documento de trabajo elaborado por el Semillero de Políticas Públicas se ha desarrollado un ejercicio de investigación formativa que tuvo dos propósitos fundamentales: a) entender el asunto de la reconciliación en Colombia como un fenómeno complejo que puede y debe ser abordado desde distintos frentes de política pública, y b) reconocer el esfuerzo que están haciendo algunos municipios en Colombia para lograr resultados concretos de reconciliación. En esta medida, hemos basado nuestro análisis en el trabajo previo de la Comisión de Conciliación Nacional, que elaboró en el año 2010 un Acuerdo Nacional para la Reconciliación y la Paz en Colombia. Según la entidad, “a través de conversatorios, foros públicos regionales, divulgación en medios y foros virtuales, se construyó de manera consensuada un Acuerdo de Mínimos por la Paz y la Reconciliación, que cuenta con la participación de prácticamente, todos los sectores de la sociedad, del ámbito público y privado; de la sociedad civil, la academia y el gobierno; de organizaciones de origen nacional como internacional” (Comisión de Conciliación Nacional, 2016, Consulta electrónica).

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Juicio seguido por el tesorero del Colegio Mayor del Rosario contra los herederos de Francisca de Arce y León, por una casa ubicada en el barrio la Catedral, que la difunta heredó de su tío Juan de León; y que debería pasar a manos del Colegio Mayor tras la muerte de dicha heredera (24 de julio de 1845), como expuso Juan de León en su testamento. El juicio contiene la discusión de las partes y documentos probatorios del caso como copias de las cédulas reales de fundación del Colegio y las constituciones quinta, séptima, octava y novena que tratan sobre los colegiales y las becas (fol. 184-191), así como el testamento de Ana de León (Fol. 203v-) heredera del presbítero Juan de León. Se adjunta la resolución y autos del Tribunal del distrito de Cundinamarca (Fol. 219- 221) ordenando a Pedro de Herrera y Arce la entrega de la casa y tiendas legadas por Juan de León, al Colegio Mayor del Rosario, además del pago de los réditos producido por la propiedad. El expediente finaliza con una petición del tesorero del Colegio Mayor ante la muerte de Pedro de Herrera, para publicar edictos para convocar a sus herederos y que estos se hicieran cargo de la deuda y entrega de la casa.