91 resultados para Promoción de los derechos


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Se abordó el tema de los estados de excepción, concluyéndose que en nuestro país y en la mayoría de Estados latinoamericanos el asunto se sigue tratando desde una visión militarista, que por demás desconoce el ordenamiento internacional

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El fin primordial de la Policía es el mantenimiento de las condiciones, necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz

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La creación de mecanismos de protección de los Derechos Fundamentales, como son: la Acción de Tutela, la Acción de Cumplimiento y el Habeas Corpus, entre otros, se convierten en elementos saneadores del ordenamiento jurídico, de naturaleza accesoria

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El sueño de todo ser humano, es encontrar un lugar dentro del planeta donde poder vivir en armonía con la naturaleza y en paz con sus semejantes y consigo mismo, encontrar una sociedad sin egoísmos, solidaria, fraterna, amorosa y emprendedora

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Los derechos de tercera generación o colectivos, surgen a partir de hechos históricos que ponen de manifiesto vacíos dentro de los derechos de primera y segunda generación, es decir, crean situaciones que no pueden ser protegidas o tuteladas

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Los derechos, libertades y deberes de las personas frente al Estado, constituyen uno de los elementos característicos del constitucionalismo contempóraneo. La base está en que se ha ido imponiendo como fruto del desarrollo cultural, económico

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Antes de la expedición de la Ley 100 de 1993, el ISS prestaba los servicios de salud a los asalariados del sector privado en un monopolio que no le exigía ningún esfuerzo. El déficit acumulado por la falta de los aportes de la nación previstos en la Ley 90 de 1946 y los cambios en su naturaleza jurídica no le permitieron asumir el reto de la libre competencia de los actores dentro del sistema, por lo que su gestión fue cuestionada por los organismos de control y por varios fallos judiciales adversos que profundizaron su crisis financiera, sumado a los altos costos laborales por los beneficios de la convención colectiva de trabajo, cuyos mayores beneficiarios eran los servidores de las clínicas y CAA, llevando a la formulación del Documento Conpes 3219 del 31 de 2003 denominado “PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES - SALUD”, cuyo resultado fue la expedición del Decreto 1750 de junio 26 de 2003, que ordenó la escisión de la vicepresidencia prestadora de servicios de salud, clínicas y centros de atención ambulatoria (CAA) y la creación de siete empresas sociales del Estado. La escisión produjo cambios significativos en materia laboral para los servidores que hasta esa fecha laboraban en calidad de trabajadores oficiales del Instituto ya que fueron incorporados automáticamente a las plantas de personal de las nuevas empresas en calidad de empleados públicos, con excepción de los que desempeñaban cargos directivos o funciones de mantenimiento de la planta física hospitalaria y servicios generales, considerados trabajadores oficiales; cuyo régimen salarial y prestacional es el estipulado para los empleados públicos de la rama ejecutiva del orden nacional (artículos 16 y 18), lo que condujo al aparente desconocimiento de los derechos adquiridos por estos servidores en materia de negociación colectiva. El Decreto 1750 de 2003 fue demandado por vulnerar el ordenamiento superior y, en sentencias de control de constitucionalidad y desde la teoría de los derechos adquiridos, la Corte Constitucional estimó que el artículo 18 era restrictivo por hacer referencia solo a los derechos adquiridos en materia prestacional sin contemplar los relativos a materia salarial y los contenidos en convenciones colectivas de trabajo. Al existir entre el Instituto de Seguros Sociales y sus trabajadores una convención colectiva de trabajo vigente, de conformidad con las Sentencias C-314 de 2004 y C 349 de 2004, la Corte Constitucional indicó que dicha convención debía aplicarse a los servidores de las nuevas entidades por el tiempo de su vigencia.

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Este estudio inquiere por la apropiación de los Derechos Sexuales y Reproductivos de los jóvenes y adolescentes a partir de sus condiciones socioeconómicas. En este sentido, se analiza cómo el ingreso económico, la religión, la escolaridad, entre otros, influyen en la apropiación de estos derechos al condicionar la toma de decisiones seguras y efectivas para el ejercicio de una sexualidad sana y responsable. Mediante una encuesta aplicada a 72 jóvenes y adolescentes residentes del barrio Las Aguas de Bogotá, se indagó por los conocimientos, la toma de decisiones y las valoraciones en torno al tema de sexualidad. Se concluyó que hay un amplio desconocimiento de los Derechos Sexuales y Reproductivos pero existe cierta autonomía y responsabilidad en el ejercicio de la sexualidad.

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Esta obra trata de forma innovadora sobre el descubrimiento de una nueva tecnología aduanera: los derechos de aduana deducibles. El punto de partida es una radiografía de la problemática de la mundialización económica y financiera que constituye un desafío para todos los gobiernos. El comercio internacional es libre, sin derechos de aduana. Sin embargo, los costos sociales, fiscales, medioambientales y de producción son inequitativos. En este contexto, el FIREF ha creado una herramienta que permite tratar las asimetrías económicas planetarias: un derecho de aduana de nueva generación.

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Esta tesis doctoral presenta los resultados de la investigación realizada por la autora sobre desarrollo sostenible, grandes proyectos de minería de oro y derechos humanos en países en desarrollo como Brasil y Colombia. En este trabajo doctoral fueron seleccionados dos grandes proyectos de minería aurífera, uno en Brasil y el otro en Colombia, ambos ejecutados por la misma empresa minera en contextos geográficos y condiciones ambientales similares. El objetivo fue realizar un estudio comparativo de las diferentes legislaciones ambientales y mineras, las instituciones, las políticas nacionales y la protección de los derechos humanos de las comunidades impactadas por los proyectos mineros en cada país. La metodología utilizada para esta investigación doctoral, en primer lugar, consistió en la revisión de fuentes primarias y secundarias, a través de la literatura disponible en español, portugués e inglés sobre los grandes ejes temáticos del estudio. En segundo lugar, se utilizó la metodología de derecho comparado para el análisis de las legislaciones de Brasil y Colombia y finalmente, se realizaron visitas de campo a cada uno de los proyectos seleccionados y se trabajó con autoridades ambientales nacionales. Algunas conclusiones de la investigación señalaron que para garantizar la efectividad del derecho ambiental, el desarrollo sostenible y los derechos humanos en grandes proyectos mineros se requiere: •Fortalecer las legislaciones y las instituciones mineras y ambientales y en particular el proceso de licenciamiento ambiental. •Fortalecer la capacidad del Ministerio Público y de los jueces involucrados que deciden casos ambientales. •Reconocer el rol fundamental de los derechos procedimentales ambientales para resolver conflictos socioambientales, esto es, el empoderamiento de las comunidades con información de calidad y mecanismos de participación y justicia ambiental efectiva para la adecuada protección de derechos colectivos. •Incorporar el enfoque de derechos humanos en la gestión ambiental.

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El presente artículo tiene como propósito fundamental contribuir al debate académico que se ha generado en torno al control constitucional a la economía suscitado por la adopción de un ordenamiento económico “híbrido” (a partir de la Carta Política de 1991) que articula modelos distintos (y hasta excluyentes), bajo la concepción de una “economía social de mercado”. El referido presupuesto normativo ha creado una fuerte tensión entre juristas y economistas respecto de la concepción misma del modelo, razón por la cual la diferencia del lenguaje y los métodos de análisis distan entre sí y se producen, de manera reiterada, decisiones judiciales en materia económica caracterizadas por la ineficiencia (respecto de la asignación de recursos) e inequitativas (respecto de su distribución).

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El estudio de los derechos de aduana se aborda inicialmente a través de la definición que sobre los mismos efectúa el artículo primero del Decreto 2685 de 1999, denominado Estatuto Aduanero de Colombia, artículo que, como es usual en materia aduanera, comprende ciertas definiciones para la aplicación del mismo y enfatizando que las expresiones usadas en dicha compilación aduanera, tendrán el significado que ahí se determina.

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Este libro presenta un balance del primer decenio de la ley de acciones populares y de grupo en Colombia, elaborado por el Grupo de Investigación en Derechos Humanos de la Universidad del Rosario, con el apoyo de la Defensoría del Pueblo y la Corporación Excelencia en la Justicia. El Diagnóstico realizado con una metodología cuantitativa y cualitativa, presenta aspectos significativos de la aplicación de la Ley 472 de 1998 a fin de formular propuestas, elevar los niveles de protección de los derechos colectivos, perfeccionar y fortalecer estas acciones constitucionales de interés público y plantear una agenda futura de investigaciones en la materia. El texto contiene artículos y ponencias presentados por reconocidos conferencistas nacionales e internacionales que participaron en el Seminario Internacional Las acciones populares y de grupo. Balance de los diez años de la Ley 472 de 1998. Diagnósticos, retos y perspectivas realizado los días 16, 27 y 28 de agosto de 2008. Las ponencias fueron organizadas en páneles: balance del constituyente, del legislador, de los operadores judiciales, del ministerio público y finalmente, avances en la garantía de los derechos colectivos y retos de las acciones de grupo.

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Este texto plantea la posibilidad de recuperar el nos-otros-originario como clave para la superación del «sufrimiento inútil» del sujeto; de este modo, muestra al nos-otros-originario como una zona de protección de los derechos de el-otro, hace una crítica en contra del nos-otros-caído como vulnerador de derechos fundamentales, y aborda la posibilidad de recuperar el nos-otros-originario a través de una consumación definitiva de la "justicia".

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Esta investigación tiene como objetivo estudiar la relación que existe entre política criminal y los derechos humanos carcelarios durante el desarrollo del gobierno de Álvaro Uribe Vélez (2002-2010), y su incidencia en la cárcel Modelo de Bogotá. Pues en Colombia, al amparo de un discurso meramente punitivo, la pena privativa de la libertad se ha vuelto el fin último del aparato judicial, lo que ha ocasionado altos índices de hacinamiento y, colateralmente, violaciones a los derechos fundamentales de la población reclusa en Colombia. Esta investigación se centra en el análisis de la política criminal, entendida como el estudio del conjunto de medidas empleadas por los órganos de gobierno para hacer frente a la criminalidad que afecta a un Estado. En este sentido, se pretende demostrar que la política criminal se ha enfocado en la pena más que en la prevención y/o la reinserción.