33 resultados para Crítica às avessas


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El objetivo de esta investigación es explicar la forma en que la oferta de drogas ilícitas en la frontera ha configurado los mecanismos de cooperación entre Colombia y Perú de 2003 a 2012. Éste será desarrollado a través de los conceptos de cooperación (Keohane 1984) y securitización (Buzan 1998), que condujeron al estudio del proceso de coordinación política en tres etapas (Balzacq 2010): qué se dice en los acuerdos de cooperación entre Colombia y Perú, cómo han actuado los Estados en la frontera y cómo ese comportamiento ha afectado la posibilidad de coordinación política con Ecuador y Brasil dentro del micro complejo regional de seguridad. De esta manera, se probará que el tema de la oferta de drogas ilícitas en la frontera permanece en el campo politizado en la agenda colombo-peruana, mientras que la posibilidad de vínculos entre grupos armados organizados de ambos Estados está securitizada.

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Puede entenderse la ciudad como una manifestación de las disputas surgidas desde el plano de lo social. En ese mismo sentido surge el concepto del derecho a la ciudad, entendido en términos generales como aquel que se tiene para decidir el tipo de urbe y su organización. Así, este derecho ha estado limitado a la construcción de espacios propicios para la acumulación de capital, para una élite minoritaria capaz de configurar la ciudad, generando un caos urbano que se evidencia en la segregación socio-espacial, abultando las arcas de los poderosos a la vez que se aíslan a las mayorías trabajadoras del ejercicio el derecho a cambiar y reinventar la ciudad para satisfacer sus necesidades y garantizar sus sueños.

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En esta obra el prestigioso jurista argentino Adolfo Alvarado Velloso, máximo exponente en América de la escuela conocida como garantismo procesal, analiza con prolija cientificidad y desde una perspectiva crítica todo lo atinente a las medidas cautelares. Para este efecto y enmarcado dentro de lo que él llama el debido proceso republicano, opta por acudir al sintagma pendón cautelar, como una manera de dejar en claro que en lo relacionado con estos temas no hay bilateralidad en el derecho de instar; que se trata de un simple procedimiento y que por ese motivo no es atinado referirse a ellos como producto del ejercicio de la acción procesal.