26 resultados para 13-134D
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Nova et Vetera, ISSN 1692 - 5866, Año 8 No. 13 (Abril 29 - mayo 5 de 2013)
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Nova et Vetera, ISSN 1692 - 5866, Año 8 No. 14 (Mayo 06 - mayo 13 de 2013)
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En el presente trabajo se pretendió demostrar la importancia que tiene el ciudadano como agente de veeduría y control de las instancias Estatales, y que a través de los medios se facilita la postulación de las demandas que han sido encubadas y maduradas en espacios de discusión y debate político en instancias locales y regionales. Para esto se escogió el caso de la Rebelión de los Forajidos que tuvo lugar en Quito, Ecuador.
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Se presenta a continuación una traducción no oficial al idioma español del texto de la sentencia proferida por la Corte Internacional de Justicia el 5 de diciembre de 2011, relativa al fondo del Diferendo relativo a la aplicación del Acuerdo Provisional del 13 de septiembre de 1995 (ex - República Yugoslava de Macedonia c. Grecia).
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En el presente trabajo se analiza la obligación de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, a la luz de la sentencia de la Corte Constitucional Colombiana referente a la constitucionalidad del Marco Jurídico para la paz. De la aparente remisión que hace la Corte Constitucional a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el deber de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario se concluye que la Corte Constitucional propone como premisa mayor una obligación que surge de una interpretación extensiva de la Convención Interamericana. De la misma forma, se estudia el tratamiento indebido del derecho aplicable a las amnistías e indultos, que se relaciona con la necesidad de evitar cualquier tipo de impunidad, cuyo concepto sirve para esclarecer cuáles son los estándares que se quiere proteger. Por último, se analiza el contexto al que se pretende aplicar dicha obligación, es decir, la justicia transicional, proponiendo un modelo interpretativo de los fines de la pena, y su aplicación por medio de la favorabilidad penal, para la justicia transicional, que sea acorde a la interpretación de la Convención Interamericana.