3 resultados para Technologies propres
em Universitat de Girona, Spain
Resumo:
Ethernet está empezando a pasar de las redes de área local a una red de transporte. Sin embargo, como los requisitos de las redes de transporte son más exigentes, la tecnología necesita ser mejorada. Esquemas diseñados para mejorar Ethernet para que cumpla con las necesidades de transporte se pueden categorizar en dos clases. La primera clase mejora solo los componentes de control de Ethernet (Tecnologías basadas en STP), y la segunda clase mejora tanto componentes de control como de encaminamiento de Ethernet (tecnologías basadas en etiquetas). Esta tesis analiza y compara el uso de espacio en las etiquetas de las tecnologias basadas en ellas para garantizar su escalabilidad. La aplicabilidad de las técnicas existentes y los estudios que se pueden utilizar para superar o reducir los problemas de escalabilidad de la etiqueta son evaluados. Además, esta tesis propone un ILP para calcular el óptimo rendimiento de las technologias basadas en STP y las compara con las basadas en etiquetas para ser capaz de determinar, dada una específica situacion, que technologia utilizar.
Resumo:
This dissertation studies the effects of Information and Communication Technologies (ICT) on the banking sector and the payments system. It provides insight into how technology-induced changes occur, by exploring both the nature and scope of main technology innovations and evidencing their economic implications for banks and payment systems. Some parts in the dissertation are descriptive. They summarise the main technological developments in the field of finance and link them to economic policies. These parts are complemented with sections of the study that focus on assessing the extent of technology application to banking and payment activities. Finally, it includes also some work which borrows from the economic literature on banking. The need for an interdisciplinary approach arises from the complexity of the topic and the rapid path of change to which it is subject. The first chapter provides an overview of the influence of developments in ICT on the evolution of financial services and international capital flows. We include main indicators and discuss innovation in the financial sector, exchange rates and international capital flows. The chapter concludes with impact analysis and policy options regarding the international financial architecture, some monetary policy issues and the role of international institutions. The second chapter is a technology assessment study that focuses on the relationship between technology and money. The application of technology to payments systems is transforming the way we use money and, in some instances, is blurring the definition of what constitutes money. This chapter surveys the developments in electronic forms of payment and their relationship to the banking system. It also analyses the challenges posed by electronic money for regulators and policy makers, and in particular the opportunities created by two simultaneous processes: the Economic and Monetary Union and the increasing use of electronic payment instruments. The third chapter deals with the implications of developments in ICT on relationship banking. The financial intermediation literature explains relationship banking as a type of financial intermediation characterised by proprietary information and multiple interactions with customers. This form of banking is important for the financing of small and medium-sized enterprises. We discuss the effects of ICT on the banking sector as a whole and then apply these developments to the case of relationship banking. The fourth chapter is an empirical study of the effects of technology on the banking business, using a sample of data from the Spanish banking industry. The design of the study is based on some of the events described in the previous chapters, and also draws from the economic literature on banking. The study shows that developments in information management have differential effects on wholesale and retail banking activities. Finally, the last chapter is a technology assessment study on electronic payments systems in Spain and the European Union. It contains an analysis of existing payment systems and ongoing or planned initiatives in Spain. It forms part of a broader project comprising a series of country-specific analyses covering ten European countries. The main issues raised across the countries serve as the starting point to discuss implications of the development of electronic money for regulation and policies, and in particular, for monetary-policy making.
Resumo:
El objeto de esta tesis es el análisis de la autorregulación regulada, es decir, el análisis de las normas y de los controles privados que poseen relevancia para el Derecho público. A pesar de su aparente desvinculación con el Derecho Administrativo, la autorregulación es una tendencia que se percibe cada vez con mayor nitidez; es, claramente, un fenómeno que se asocia principalmente al uso de nuevas tecnologías, pero que desborda con mucho este ámbito. La autorregulación es una noción directamente relacionada con la transformación de las formas de gobernanza impulsada desde la Unión Europea; es una nueva técnica o instrumento que las normas jurídico-públicas, a través de numerosas remisiones a la autorregulación, ponen en manos de la administración para gestionar los fines que ésta tiene encomendados. Existe, sin embargo una clara disociación entre las esperanzas puestas en la autorregulación y la falta de respuestas que ofrece el derecho positivo. Un análisis exhaustivo de la jurisprudencia y de la legislación que utilizan la voz "autorregulación" me ha llegado a concluir que este vocablo es en nuestro ordenamiento, un "término sin concepto". En esta fuentes se asimila la "autorregulación" con la capacidad de autonormación de un sujeto. Es el derecho comunitario el que la autorregulación como una alternativa o un complemento a la desreglamentación estatal y como una manifestación de un traslado de funciones y responsabilidades públicas a la sociedad. Por influencia del Derecho comunitario, el legislador pretende, a través de la autorregulación, alcanzar dos finalidades aparentemente contradictorias: (a) facilitar la función de garante que tiene atribuida el Estado, mediante una intervención más extensa i más intensa en las actividades privadas; (b) hacer efectivo los objetos propuestos con la desregulación, mediante una contención del ejercicio de la potestad reglamentaria y una disminución de los controles, preventivos o represivos, realizados directamente por la Administración. Para salvar esta contradicción, es necesario que el legislador establezca una regulación adecuada de la autorregulación. Dicha regulación es, hoy por hoy, manifiestamente insuficiente. Deberían fijarse con carácter general -y no sólo puntualmente y por sectores- las medidas adecuadas para el fomento de la autorregulación; los efectos públicos que ésta posee en cada caso y, significativamente, las garantías y controles necesarios para contrarrestar tales efectos. Esto es, los principios que rigen la actividad administrativa deberían ser aplicados también a la autorregulación en aquellos casos en los que sus diversas manifestaciones poseen efectos similares a los que son propios de los reglamentos, las inspecciones o las sanciones administrativas. Esta propuesta deja abierta la cuestión acerca de la incidencia recíproca de ambas técnicas; esto es , la incidencia de la regulación pública en la autorregulación de origen privado y, a la inversa, el impacto del desarrollo de la autorregulación regulada en el ejercicio de las potestades reglamentaria, autorizatoria, y sancionadora de la Administración. Esta cuestión sólo puede ser contestada hoy caso por caso, de modo que la respuesta es distinta si se analiza una norma técnica, un código ético, un manual de buenas prácticas, una certificación privada del cumplimiento de normas técnicas, el ejercicio de la potestad disciplinaria privada o el arbritaje. De lo que no cabe duda alguna es que ni la autorregulación es sólo una actividad de interés privado, ni la regulación pública conserva hoy sus rasgos tradicionales.