3 resultados para Devolved responsibilities
em Universitat de Girona, Spain
Resumo:
The genesis of this innovation lies in the commitment of a national Irish business enterprise to the professional development of its staff in general, and to the enhancement of its Information Technologies (IT) staff specifically, in collaboration with a national Higher Education (HE) provider. A postgraduate degree, awarded by the HE provider, seeks to bring coherence and cohesion to the education and training provision for newly recruited IT graduate staff of the business enterprise, simultaneously acting both as an induction process for new staff and as a professional capacity building exercise, thereby enhancing the enterprise’s organisational learning and collective competence in the areas of information technologies, IT security and technical service management. The curriculum was designed by the HE provider in collaboration with the business enterprise to offer it to circa sixteen IT staff per cycle of delivery through a model known generally as the new apprenticeship for professional practice which uses a combination of college-based, block release taught elements, regular day release seminars and substantial work-based learning, supported by the academic staff of the HE provider and work-based support staff/mentors of the business enterprise. Academic quality assurance, pedagogical, assessment and accreditation responsibilities remain with the HE provider. (...)
Resumo:
Després d'esbossar la trajectòria del grup empresarial dels Ensesa (la farinera, la metal·lúrgica Batlle, Solés i Cia, el Garatge Callicó, Indústries Químiques Tartàriques, la ciutat-jardí de S'Agaró, Suberolita, etc), la recerca s'orienta especialment cap a l'estudi del sistema d'informació comptable de "La Montserrat", que posa en relleu les característiques econòmiques, financeres i patrimonials de l'empresa. Des del principi, les activitats empresarials dels Ensesa tenen dimensions catalanes, espanyoles i internacionals, que s'amplien i diversifiquen molt ràpidament durant el primer terç del segle XX, en especial amb "els Químics" i la zona residencial de S'Agaró, on conflueixen la burgesia de Girona, Barcelona i el turisme de luxe. La seva adscripció a la burgesia catalanista sembla ser precisament el motiu de l'expedient de Responsabilitats Polítiques que els varen incoar al 1939-1940, però, absolts, recuperen les propietats que els havien estat col·lectivitzades durant la guerra civil, fins que a principis dels anys vuitanta procedeixen a la liquidació i venda de les indústries del grup empresarial.
Resumo:
El objeto de esta tesis es el análisis de la autorregulación regulada, es decir, el análisis de las normas y de los controles privados que poseen relevancia para el Derecho público. A pesar de su aparente desvinculación con el Derecho Administrativo, la autorregulación es una tendencia que se percibe cada vez con mayor nitidez; es, claramente, un fenómeno que se asocia principalmente al uso de nuevas tecnologías, pero que desborda con mucho este ámbito. La autorregulación es una noción directamente relacionada con la transformación de las formas de gobernanza impulsada desde la Unión Europea; es una nueva técnica o instrumento que las normas jurídico-públicas, a través de numerosas remisiones a la autorregulación, ponen en manos de la administración para gestionar los fines que ésta tiene encomendados. Existe, sin embargo una clara disociación entre las esperanzas puestas en la autorregulación y la falta de respuestas que ofrece el derecho positivo. Un análisis exhaustivo de la jurisprudencia y de la legislación que utilizan la voz "autorregulación" me ha llegado a concluir que este vocablo es en nuestro ordenamiento, un "término sin concepto". En esta fuentes se asimila la "autorregulación" con la capacidad de autonormación de un sujeto. Es el derecho comunitario el que la autorregulación como una alternativa o un complemento a la desreglamentación estatal y como una manifestación de un traslado de funciones y responsabilidades públicas a la sociedad. Por influencia del Derecho comunitario, el legislador pretende, a través de la autorregulación, alcanzar dos finalidades aparentemente contradictorias: (a) facilitar la función de garante que tiene atribuida el Estado, mediante una intervención más extensa i más intensa en las actividades privadas; (b) hacer efectivo los objetos propuestos con la desregulación, mediante una contención del ejercicio de la potestad reglamentaria y una disminución de los controles, preventivos o represivos, realizados directamente por la Administración. Para salvar esta contradicción, es necesario que el legislador establezca una regulación adecuada de la autorregulación. Dicha regulación es, hoy por hoy, manifiestamente insuficiente. Deberían fijarse con carácter general -y no sólo puntualmente y por sectores- las medidas adecuadas para el fomento de la autorregulación; los efectos públicos que ésta posee en cada caso y, significativamente, las garantías y controles necesarios para contrarrestar tales efectos. Esto es, los principios que rigen la actividad administrativa deberían ser aplicados también a la autorregulación en aquellos casos en los que sus diversas manifestaciones poseen efectos similares a los que son propios de los reglamentos, las inspecciones o las sanciones administrativas. Esta propuesta deja abierta la cuestión acerca de la incidencia recíproca de ambas técnicas; esto es , la incidencia de la regulación pública en la autorregulación de origen privado y, a la inversa, el impacto del desarrollo de la autorregulación regulada en el ejercicio de las potestades reglamentaria, autorizatoria, y sancionadora de la Administración. Esta cuestión sólo puede ser contestada hoy caso por caso, de modo que la respuesta es distinta si se analiza una norma técnica, un código ético, un manual de buenas prácticas, una certificación privada del cumplimiento de normas técnicas, el ejercicio de la potestad disciplinaria privada o el arbritaje. De lo que no cabe duda alguna es que ni la autorregulación es sólo una actividad de interés privado, ni la regulación pública conserva hoy sus rasgos tradicionales.