5 resultados para Civil Liability Act 2003 (Qld) s59
em Universitat de Girona, Spain
Resumo:
El Derecho civil tiene dificultades cuando se enfrenta a la reparación de los daños ecológicos puros. Afectan más al equilibrio de los ecosistemas que a recursos concretos. No deterioran bienes propiedad de personas concretas, sino cosas de todos (res communes omnium), o de nadie (res nullii). Son difíciles de probar y atribuir causalmente, pues suelen resultar de la suma o interacción de múltiples contribuciones. A menudo son irreparables en especie. La reparación por equivalente es difícil, porque suele faltar un equivalente y el dinero refleja de modo imperfecto el valor de los recursos naturales. La magnitud de los daños puede ser elevadísima, pero la responsabilidad resulta escasamente asegurable. Los fondos de compensación sólo indemnizan el daño ecológico puro limitadamente. La situación actual de falta de responsabilidad es insatisfactoria. Conviene que se legitime al Estado, como guardián del medio ambiente, y a las organizaciones ecologistas, para que puedan reclamar una compensación.
Resumo:
Con la entrada en vigor de la Ley 21/1995, de 6 de julio, reguladora de los viajes combinados (LVC) se instaura una nuevo régimen de responsabilidad contractual del organizador y el detallista. Ahora el consumidor de esos viajes no sólo mantiene una relación contractual con el organizador si no también, en su caso, el detallista, cuya actuación deja de tener carácter representativo. Ambos sujetos responderán frente al consumidor "en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado..." (art. 11.1), circunstancia que plantea algunas dificultades en orden a delimitar el alcance de su responsabilidad. Esa misma norma establece la responsabilidad del organizador por los actos de los prestadores de los servicios del viaje utilizados como auxiliares en el cumplimiento contractual. Analizados los sujetos responsables, la presente tesis doctoral estudia los supuestos de incumplimiento del contrato de viaje, las partidas de daños resarcibles y su extensión. El trabajo propone distintos criterios en orden a calcular el valor de los daños por lesión al llamado interés de prestación, los daños corporales, los daños ocasionados por el extravío, destrucción o deterioro de objetos del consumidor, los daños por gastos inútiles y costes de negocios de reemplazo, los daños no patrimoniales y los daños por ganancias dejadas de obtener. Cada una de esas partidas e daños merece un estudio pormenorizado. Así, por ejemplo, se constatan enormes problemas en cuanto a la identificación e indemnización separada de los daños por frustración o pérdida de vacaciones, así como la nesesidad de establecer unas circunstancias a las que los jueces deban acogerse para llevar a cabo su valoración discrecional. La tesis propone que dichas circunstanciasd sean el alcance del incumplimiento del contrato de viaje, las condiciones personales del consumidor, el tipo de vacaciones objeto del viaje contratado y el valor residual de las vacaciones.
Una excavació frustrada a la Jonquera: de quan el governador civil fou detingut pels militars (1950)
Resumo:
En època franquista el repartiment de les funcions entre l’autoritat civil i la militar no estava clar, el que comportava algun conflicte. En aquest article es documenta un exemple de l' any 1950, centrat a la zona fronterera de l’Alt Empordà, en què la manca de bona entesa entre el governador civil, Luis Mazo Mendo i el governador militar, Manuel Baturone Colombo, privà una excavació vinculada al secret de confessió
Resumo:
El objetivo de la tesis doctoral es el análisis del recurso de apelación en el proceso civil desde su vertiente subjetiva. El estudio se centra en los sujetos que intervienen en el recurso de apelación, tanto en quienes han sido parte en primera instancia, com en los eventuales intervinientes o, incluso, terceros, es decir, aquellos sujetos que no han actuado en la primera instancia como partes originarias o intervinientes pero pretenden comparecer en apelación com intervinientes adhesivos. De otra parte, se ha analizado la bibliografía científica existente que trata sobre los diferentes aspectos de la teoría general de los recursos civiles, en especial sobre sus condiciones y presupuestos de adminsión. Si bien es cierto que no escasean valiosas obras relativas al objeto de la apelación, se echaban en falta, a mi juicio, estudios que abordasen específicamente y con la debida extebsión los aspectos subjetivos del recurso.
Resumo:
El desplaçament forçós de les persones no combatents ha estat un tret intrínsec al llarg dels conflictes que han sacsejat la història de la humanitat. La forma més comuna en què s'ha manifestat ha estat la de les deportacions i la de les evacuacions de les zones de guerra. Les primeres ja les podem constatar en nombrosos episodis bíblics o durant la construcció del vell imperi romà. Tanmateix, ha estat a la nostra època quan les deportacions han tingut un abast més dissortat. D'una banda l'anomenada "neteja ètnica" ha implicat, com a primer pas abans de l'extermini d'una comunitat, el seu trasllat a guetos i el posterior desplaçament als camps de concentració. Tals foren els casos de les minories jueva i gitana sota el terror nazi. D'altra banda, hem pogut veure la deportació de col·lectius socials com a càstig per mantenir una determinada actitud davant el poder; el paradigma més tràgic ha estat la dels kulaks de l'antiga Unió Soviètica durant la dictadura estalinista. Finalment, en aquests moments, estem assistint als Balcans a l'enquistament d'un conflicte una de les causes del qual fou la pretensió de crear espais ètnics "purs", per a la qual cosa s'ha obligat la comunitat minoritària a fugir a un altre territori amb la pressió de les armes. La guerra civil de 1936-1939 és el primer conflicte europeu en què apareix la necessitat de traslladar un gran nombre de persones davant del perill que representen els combats. El fet de produir-se en una guerra civil en ple segle XX li dóna una dimensió pròpia, i també que els governs hagin de dissenyar i aplicar unes polítiques d'assistència, de les quals, tal com ja s'ha dit, no existien precedents.