535 resultados para Ley universitaria

em Ministerio de Cultura, Spain


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Con motivo del acto inaugural del nuevo edificio de la Facultad de Ciencias Económicas y Comerciales de la Universidad de Barcelona, celebrado el 28 de septiembre de 1967, se reproduce el discurso pronunciado por el Ministro de Educación y Ciencia, Profesor Lora Tamayo, expresando su satisfacción por el desarrollo de la Universidad y por ende, el aumento de profesorado para cubrir las necesidades del nuevo alumnado y de las nuevas instalaciones. Igualmente, comenta la, por entonces, recién proyectada Ley Universitaria.

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Se aborda la respuesta que deben dar las universidades a las nuevas demandas educativas de la sociedad del conocimiento, en particular la Universidad de Guadalajara, México. Determinar si la actual organización de la Universidad cumple con los propósitos planteados por la reforma académica de 1989, respecto de la función de docencia y si con esta organización la universidad es capaz de responder a las nuevas demandas educativas que plantea la sociedad del conocimiento. El análisis se circunscribe a la función de docencia. Se considera que existen seis componentes básicos de la función de la docencia: los alumnos; el entorno de la universidad; el conocimiento que se transmite; el personal académico que genera y transmite este conocimiento; el personal que planea, dirige y evalúa el proceso de transmisión de conocimiento y la organizacón de la universidad. Se selecciona para la licenciatura de Administración los centros universitarios de Ciencias Económico Administrativas y el de la Ciénega. En la carrera de medicina, cirujano y partero, se eligen los centros universitarios de Ciencias de la Salud y el del Sur. Para documentar y analizar la categoría de alumnos se aplican dos cuestionarios, uno dirigido a los alumnos de primer ingreso y otro dirigido a alumnos con al menos el 80 porciento de los créditos aprobados de su programa académico correspondiente. Además, se les aplica otro cuestionario para conocer su valoración del profesorado. A los profesores, se les aplica un cuestionario para conocer su situación laboral y los programas de formación, actualización y estímulos a su labor docente. Para el personal de gobierno y administración (jefe de departamento, coordinador de carrera, coordinador de las tecnologías para la enseñanza y aprendizaje) se prepara un guión de preguntas para cada uno de los actores en una entrevista. El entorno de la universidad no se documenta, ya que se parte del supuesto que la orientación de los programas académicos cuenta con la pertinencia adecuada. Por último, para conocer lo apropiado o no de la organización, se realiza un análisis documental. En cuanto a la organización departamental, el principio de integración y organización de los departamentos no ha sido atendido por las autoridades universitarias. Ninguno de los departamentos documentados cumple enteramente con los supuestos planteados en la ley universitaria y el estatuto orgánico. Para el cumplimiento equilibrado del trabajo académico de investigación, docencia y extensión se clasificó al personal académico en docentes e investigadores, y cada uno de los grupos se dividió en asistentes, asociados y titulares. El trabajo académico no se organiza ni se realiza bajo los principios que esta clasificación establece, aunque existe personal con estos nombramientos, en la práctica la interrelación y la clasificación de actividades no se cumple. No existe ningún censo que muestre la composición del personal académico por categoría y área de conocimiento. En último lugar, el empleo de las tecnologías de la información y comunicación en el proceso de enseñanza-aprendizaje se lleva a cabo sin una clara definición de política institucional, lo que ha propiciado el desarrollo dispar en los diferentes centros universitarios .

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El objetivo es diseñar un modelo orientado a satisfacer las necesidades específicas de capacitación de los docentes universitarios. Realiza una presentación acerca de la problemática que viven estos docentes teniendo en cuenta las exigencias de la Ley Universitaria de Perú en lo relativo a su preparación. Describe las características del docente en la Universidad del Pacífico y las experiencias de perfeccionamiento docente que se han dado en ella. Intenta perfilar los roles que asumen los docentes y con qué tipo de preparación cuentan para asumirlos, de tal manera que pueden delimitarse dos ámbitos de formación: la didáctica universitaria y la tecnología educativa. Analiza la microenseñanza como estrategia de perfeccionamiento. Por último establece un modelo cuyo fin es facilitar al profesor-alumno una redefinición de su papel para que logre adaptarse a los nuevos cambios educativos. Dicho modelo tiene una estructura modular en un sistema abierto. Los módulos son autónomos y dinámicos, se interrelacionan en la medida que utilizan conceptos comunes y se valen de técnicas propias de la microenseñanza. Se contempla un tratamiento personalizado de los profesores que podrán seleccionar los módulos en función de sus necesidades y áreas de interés..

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El 12 de octubre de 1943 se inaugura parte de la Ciudad Universitaria tras la ardua labor de reconstrucción llevada a cabo una vez acabada la Guerra Civil española. Este día se inauguran tres facultades, un colegio mayor y la nueva Ley Universitaria, cuyos principales fines son la de introducir mejoras para la educación, la formación de la juventud para la vida, la culturalización y la aumento de la profesionalidad en el panorama laboral de la época.

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A través de esta Ley se concedían suplementos de crédito destinados a Educación. Las partidas destinatarias eran: 'gastos diversos', 'auxilios, subvenciones y subsidios', 'Dirección General de Enseñanza Universitaria', 'Universidades' y 'Junta de la Ciudad Universitaria de Madrid'.

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Reflexionar, ahondar en la Ley (Ley de Reforma Universitaria) que está encontrando actualmente su desarrollo. Perspectiva universitaria: la autonomía universitaria. Estudio histórico de la autonomía universitaria en España y concepto de autonomía para desarrollar, posteriormente un análisis comparativo entre las dos leyes aludidas anteriormente. Seguimos un método comparativo basado en los siguientes puntos: A) Selección del problema. B) Recolección de datos significativos. C) Interpretación de los datos en su contexto social. D) Reorganización de los datos ya interpretados. E) Conclusiones. F) Finalmente, un apartado referido a una propuesta de reforma de la universidad. Fuentes bibliográficas y documentales. Análisis comparativo según las teorías y presupuestos de Nadel, García Garrido, Sadler, Bereday, Herkel y otros. Tanto la Ley General de Educación como la Ley de Reforma Universitaria no desarrollan en su articulado los avances autonómicos impresos en ambos preámbulos. Las reformas emprendidas desde el MEC para desarrollar la Ley General de Educación, no estuvieron en consonancia y adecuación con la dinámica social, por lo que esta Ley carece de autonomía universitaria. Por su parte, la Ley de Reforma Universitaria, es un poco desilusionante, pues, a pesar de que tiene aspectos muy positivos como la creación del consejo social, aún deja sin resolver otros aspectos muy importantes para la verdadera autonomía universitaria.

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Exponer los presupuestos básicos a la hora de delimitar el contenido y las estructuras que en el orden académico docente deben asignarse hoy a las Instituciones universitarias españolas para garantizar su autonomía. Bases de la autonomía universitaria. En esta investigación se parte de un análisis de la situación actual, incidiendo en los aspectos destacados de la crisis y de los objetivos de la Institución universitaria, por otra parte se analiza el concepto de autonomía, como definidor del ámbito material y de los posibles grados, adjetivaciones y contenidos de la misma. Se analiza el nivel de autonomía académica asignado a la Universidad por la Ley General de Educación, los reglamentos autonómicos, la Constitución y el Proyecto de Ley de Autonomía Universitaria y los límites tanto sociales como territoriales y de otros tipos que tiene la autonomía univeritaria. En base a estos análisis se sientan los criterios básicos de la ordenación académica, tanto desde una perspectiva organizativa como desde una perspectiva funcional. Bibliografía, textos legales y algunos informes estadísticos acerca de la Universidad. Análisis crítico de la legislación referente a la autonomía universitaria y a otros aspectos de la Institución relacionados con ella. Completado con una revisión de la bibliografía para sentar los principios reguladores de la autonomía. Análisis comparativo de la financiación pública de la Enseñanza Superior en comparación con otros países. Se propone la creación de una Junta Nacional de Universidades cuyas funciones serían: elaboración del presupuesto fiscal del sistema universitario, planificar y coordinar la Enseñanza Superior, asesorar al Ministerio de Educación en el análisis y preparación de medidas, ejecutar las decisiones gubernamentales en relación al control de los centros privados. La autonomía universitaria está formada por tres libertades: la de organizar la enseñanza y la investigación, la de contratar al profesorado y la de seleccionar y evaluar al alumnado. Hay que reconocer una diversidad funcional de instituciones universitarias: universidades estatales o de comunidades autónomas, universidades paraestatales o privadas, universidades libres. Se entiende la autonomía universitaria como la facultad radical para dictar normas propias sin intervenciones ajenas, para redactar presupuestos propios, organizarse, elaborar planes de estudio, etc. El paso de una universidad centralizada a una universidad con espacios de autonomía y autogobierno es una tarea compleja costosa y que requiere ser planeada cuidadosamente con una metodología administrativa bien pensada. Es necesario incorporar a la administración universitaria las nuevas técnicas de gestión de espacios y de evaluación de productividad, especialmente en el modelo científico.

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Analizar, valorar y explicar internamente los motivos que fundamentan cada elemento de la autonom??a universitaria en el plan silio. Llegar externamente al trasfondo ideol??gico que motiv?? su pol??mica y su fracaso. Los documentos legislativos y los estatutos de las universidades. A trav??s del tratamiento del concepto de autonom??a universitaria mediante la selecci??n de los elementos que tienen significado para ella: autonom??a docente, administrativa y econ??mica; se valora la autonom??a del Proyecto Silio, tanto a nivel de legislaci??n como de universidades. Real Proyecto, Proyecto de ley, Estatutos, sesiones del Senado y Congreso, prensa de la ??poca. A) Desde el punto de vista docente la autonom??a silio fu?? viable pero no completa. B) Administrativamente no se lleg?? a legalizar la universidad libre. C) La autonom??a no pudo ser efectiva econ??micamente por defecto de planteamientos. D) Las universidades aut??nomas no cuajaron en el plan silio por no haber encontrado a la sociedad y a las corporaciones locales sensibilizadas respecto al problema de la universidad. E) El Proyecto de autonom??a Silio no fu?? en realidad prematuro puesto que su funci??n era solamente abrir el camino a la autonom??a que las universidades ten??an que transformar en una realidad vital. F) Falt?? el esp??ritu de autonom??a atrofiada a causa de la prolongada centralizaci??n. G) El proyecto de autonom??a se vi?? afectado por los motivos ideol??gicos que separaban a quienes hubiesen tenido que hacerle protestar legalmente.

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Se hace un análisis de la polémica surgida a partir de la aprobación de la nueva Ley Orgánica de Universidades por el Consejo de Ministros. Se explica la oposición de algunos grupos de estudiantes y la opinión de la Conferencia de Rectores que han vertido en un documento en el que destacan los siguientes puntos con referencia al proyecto de ley: la calidad al servicio de la sociedad, la autonomía universitaria, el personal docente e investigador y la financiación. Se aclaran todos los puntos de discordia defendiendo el nuevo proyecto de ley.