4 resultados para Brasil. Supremo Tribunal Federal (STF), decisão judicial

em Ministerio de Cultura, Spain


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Analiza, evalúa y determina si existe un currículum adecuado para atender a las necesidades de formación del profesor de Educación Física, basado en las manifestaciones de los profesores, alumnos y licenciados. Profesores y alumnos matriculados de todo los semestres del curso de Educación Física de la Universidad Federal de Sergipe (Brasil) en el año 2002. La muestra está constituida por: 18 profesores, representando el 81,8 por ciento de la población docente del Departamento de Educación Física y; 305 alumnos de diferentes semestres lectivos, representando el 59,6 por ciento del alumnado de Educación Física; y 38 egresos del curso, representando el 41,3 por ciento del universo de los licenciados. El eje vertebral del estudio, está relacionado con la búsqueda de la descripción, comprensión, significado y acción de una metodología para reformar el currículum (plan de estudios) formativo de los profesores de Educación Física, basado en los Parámetros Curriculares Nacionales (PCNs). La génesis de esta investigación parte de constatación observadas en el ámbito del Departamento de Educación Física de la Universidad Federal de Sergipe, en Brasil, tales como: La carencia de estudios actualizados que analicen y evalúen el desarrollo del plan de estudios del Curso de Licenciatura en Educación Física, implantado a partir del segundo semestre de 1993 hasta el segundo semestre de 2001; y su influencia en el desempeño del profesional para actuar con competencia técnica y pedagógica en la sociedad donde ejerce. Realizamos un análisis descriptivo interpretativo, intentando descubrir si los profesores ejercen la docencia impartiendo los conocimientos adecuados, y si los alumnos reciben una formación coherente para desempeñar la función docente, y de qué manera el Curso influye o no en su formación. Encuestas, fuentes documentales y bibliografía. Se utilizaron también otros instrumentos como son: análisis estadístico, paquetes informáticos, variables sociodemográfica, distribución de frecuencia variables cuantitativas y variables cualitativas. La justificación del estudio se basa en la posibilidad de aportar criterios y fundamentos para redimensionar históricamente la construcción de un perfil del profesional de la Educación Física comprometido con la calidad docente, en el ámbito de la sociedad. La reforma curricular propuesta por la Comisión del Proyecto de Currículo no ha sido debidamente implementada y desarrollada en lo referente a la dimensión didáctica. Las conclusiones del estudio revelan, que el Curso de Educación Física de la Universidad Federal de Sergipe debe de proporcionar a sus alumnos, futuros docentes, una calidad de trabajo pedagógico que abarque a los ámbitos teórico, práctico e investigador en todas las disciplinas, con el rigor y nivel exigidos a unos estudios universitarios. Como posibilidades básicas, se aporta la construcción de una unidad esencial, basada en nuevos parámetros curriculares, en un nuevo perfil profesional derivado de una nueva estructura del currículum, e intentado descubrir un nuevo proyecto político-pedagógico, productor de conocimientos de forma cooperativa y auto-organizada por los alumnos, haciendo posible la relación entre la teoría y la práctica.

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Analizar la jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de enseñanza durante los años 1931 y 1997. Se estudia la jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de enseñanza durante la Segunda República, la Dictadura y la Democracia desde la promulgación de la Constitución hasta 1997. Es un estudio jurisprudencial pero con referencias doctrinales constantes atendiendo a las que han sido objeto de controversia. La jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de enseñanza durante el período republicano es practicamente inexistente. La confesionalidad del régimen franquista se proyecta sobre la regulación de la enseñanza al contener referencias más o menos explícitas a la inspiración católica de la enseñanza en todas las leyes educativas del momento. El Franquismo reconoce a nivel institucional el derecho a una educación básica pero no se constituye como un deber; y limita las libertades educativas por confesionalidad e ideologización de una enseñanza supeditada al principio fundamental del Estado. La constitución vigente recoge el derecho a la educación cuando regula la enseñanza básica gratuita y el acceso a niveles no obligatorios en condiciones no discriminatorias; y la libertad de enseñanza con la libertad de creación de centros docentes, el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral de acuerdo con sus propios convicciones, el derecho de libre alección del centro docente y la libertad de cátedra. EL Tribunal Supremo reconoce el deber de los poderes públicos a garantizar la calidad de la enseñanza; y el derecho de recibir enseñanza en la lengua materna respectiva pero dependiendo de la edad del alumno, de las posibilidades del centro y de la existencia de otros centros en que puedan cursarse las enseñanzas en la lengua elejida. Considera que la apertura y funcionamiento de los centros se sometan al principio de autorización administrativa que debe estar reglada; y que el establecer criterios prioritarios para el acceso a centros sostenidos con fondos públicos, no es inconstitucional y no supone trabas para la elección del centro docente pues refuerza tal derecho en los casos en que no es posible atender a todas las solicitudes. Habilita a todo docente el resistirse a cualquier mandato que les obligue a una determinada orientación ideológica. La libertad de cátedra incluye el derecho a fijar el programa de la asignatura. La administración no asume ninguna posición empresarial en el ámbito de la relación laboral existente entre el titular del centro y el profesor, su responsabilidad se limita al pago de salarios. Un profesor religioso no ostenta la cualidad de funcionario ya que su nombramiento depende de la autoridad eclesiástica, aunque su relación jurídica se establece con el Estado y no con la Conferencia Episcopal.

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Trata el tema de las sentencias judiciales en favor de la educación en favor de la libertad de enseñanza de los centros. Sostiene que las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia vienen a desmontar la teoría planificadora, determinando que la libertad de elección de centro es un derecho fundamental que debe ser garantizado por los poderes públicos de una manera práctica y real.

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Se trata el problema de la discriminación racial en el ámbito educativo de los Estados Unidos y lo que supone el Dictamen del Tribunal Supremo que declara anticonstitucional la separación escolar de blancos y negros. Se analiza cómo afecta la nueva declaración al sistema escolar estadounidense, en qué consiste, su alcance y los problemas a resolver.