21 resultados para Art 27 Código de Comercio
em Ministerio de Cultura, Spain
Resumo:
Se estudia del régimen jurídico de las universidades de titularidad privada en el vigente ordenamiento educativo español, como concreción del derecho fundamental a la libertad de enseñanza en la esfera universitaria. Se analizan las fuentes normativas implicadas: trabajos parlamentarios para la elaboración del art. 27 de la Constitución de 1978 y las disposiciones contenidas en el Real Decreto 557/1991 de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios. Se delimita la noción de función docente y su relación con el dereho a la libertad de enseñanza en la esfera universitaria. Se analizan los requisitos para el reconocimiento de las universidades privadas, su autonomía y puesta en funcionamiento. Se elabora un perfil histórico-jurídico de las universidades de fundación eclesiástica.
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Tratar en profundidad los derechos y deberes de los protagonistas de la educación, espigando para ello las normas constitucionales de los países de la Europa Occidental. Justificar la existencia de la enseñanza privada y las ayudas de los poderes públicos a ella. Ley Española General de Educación de 1970. Art. 27 de la Constitución de 1978 dedicado a la educación. Normas constitucionales de la Europa Occidental. El estudio se estructura en capítulos: introducción. 1. Derechos y deberes de las personas en materia educativa: ¿qué comprende la libertad de enseñanza? 2. Deberes y derechos del estado en la educación: sirve para justificar y delimitar la intervención estatal y sus funciones respecto a los centros privados y a la ayuda y fomento de las mismas. 3. Educación e igualdad: recoge los principios de libertad de enseñanza y de igualdad de oportunidades ante la educación. 4. Educación y gratuidad: se analiza la obligatoriedad de la asistencia a la escuela y la obligatoriedad de la gratuidad por parte de los centros que prestan la enseñanza. 5. Sobre las ayudas del estado a la enseñanza privada; examen sintético del derecho comparado europeo occidental. 6. Los conciertos educativos. 7. Examen evaluativo de las distintas formas jurídicas dependientes de la Iglesia o institutos religiosos acogidos al derecho canónico como los que utilizan formas de derecho mercantil. 8. Constitución y educación: regulación de los derechos y libertades educativas en la nueva Constitución Española. La gratuidad de la enseñanza no es un principio esencial de la educación. Este derecho corresponde al alumno y no a los centros educativos. La libertad de enseñanza mejora la calidad de ésta. La enseñanza no estatal, aun cuando se subvenciona, resulta más barata para el Estado ya que suele poseer mejor administración y mayor interés en el aquilatamiento de los costos y control de los gastos. El Estado tiene el derecho y el deber de crear directamente y sostener escuelas propias, mas no en régimen de monopolio ni cerrando indebidamente las privadas o suplantándolas de manera innecesaria. La homologación, como la apertura de nuevos centros, de ser reglada y concederse automáticamente, siempre que se cumplan las condiciones mínimas establecidas.
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Las caracter??sticas de la antigua Colegiata de Belmonte de Cuenca, fundada por el Marqu??s de Villena, es de arquitectura ojival del siglo XV avanzado. La siller??a del Coro, fue labrada para la Catedral de Cuenca a mediados del siglo XVIII. Posee retablos g??ticos, platerescos y barrocos, estatuas orantes y sepulcros. Todas estas caracter??sticas que la hacen ??nica y digna de protecci??n y extrema valoraci??n, se protegieron bajo Decreto quedando su tutela a manos del Ministerio de Educaci??n Nacional.
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El Castillo de Priego en C??rdoba queda bajo la tutela del Estado con la aprobaci??n por el Ministerio de Educaci??n de este Decreto que reconoc??a a esta edificaci??n de inter??s por su arquitectura militar que protegi??, durante tres siglos, a la ciudad cordobesa.
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Resumen tomado parcialmente del propio recurso
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Resumen de la revista en catalán
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Fecha de finalización tomada del código del documento
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Se analizan las transformaciones econ??micas y sociales que tienen lugar en la Espa??a del siglo XVIII. Ante la mala situaci??n del comercio espa??ol en esta ??poca, los ilustrados entienden que la primera medida para superar la situaci??n es arbitrar los medios necesarios para solucionar la decadencia en que se hallaba sumido el pa??s, cuyas causas fundamentales consideraban que se deb??a a una peculiar estructura artesanal, que imped??a la formaci??n de hombres de empresa capacitados para crear n??cleos industriales similares a los de otros pa??ses europeos.
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Situar hist??ricamente la Escuela de Artes Aplicadas y Oficios Art??sticos n?? 1 de Madrid para explicar el origen de una situaci??n que permite llegar a la realizaci??n de estos estudios experimentales justificadamente; recopilar el desarrollo de las actuaciones realizadas hasta llegar al Bachillerato Art??stico Experimental, Artes Pl??sticas y, posteriormente al Bachillerato de Artes, Artes Pl??sticas y Dise??o; recoger la realizaci??n de la experiencia de Bachillerato Art??stico, Artes Pl??sticas, en la Escuela de Artes Aplicadas y Oficios Art??sticos n?? 1 de Madrid, dejando constancia hist??rica de esta experiencia educativa; recopilar la legislaci??n existente, evaluar y sacar conclusiones. Se inicia con el an??lisis de la documentaci??n y legislaci??n existente; trata de reconstruir la historia de la Escuela de Artes Aplicada y Oficios n?? 1 de Madrid y secuencializar los hechos y actuaciones que la hacen posible. Se recogen y analizan todos los datos existentes sobre la experiencia del Bachillerato Art??stico en la Escuela de Artes Aplicadas y Oficios Art??sticos n?? 1 de Madrid. Para ello, se recurre a los archivos del centro, as?? como datos recogidos directamente de la experiencia. Se recogen testimonios de las personas implicadas en la realizaci??n de la experiencia de Bachillerato Artistico en esta Escuela y en otras escuelas. Se reunen datos sobre el panorama educativo de otros pa??ses europeos y se realiza un an??lisis estad??stico de las calificaciones de curso y de los datos recogidos en la Prueba de Acceso a la Universidad. Investigaci??n hist??rica, enfoque descriptivo, investigaci??n aplicada, investigaci??n evaluativa, an??lisis estad??stico. Las ense??anzas art??sticas (Artes Aplicadas) comienzan a definirse en Espa??a a finales del siglo XVIII y desde entonces existe en ellas un deseo de integrar enfoques art??sticos, cient??ficos e industriales; las ense??anzas art??sticas cubren un sector de formaci??n art??stica que la sociedad demanda y es una formaci??n que incide directamente en la calidad de vida y en la cultura que se construye entre todos. Son ense??anzas restringidas desde su especificidad y en las que se valora sus aspectos cualitativos m??s que cuantitativos. La Escuela de Artes Aplicadas y Oficios Art??sticos n?? 1 de Madrid, se encuentra muy vinculada a la historia de la misma de estas ense??anzas art??sticas. Hay que considerar el Bachillerato Art??stico Experimental y su sucesor, el Bachillerato de Artes, como una oferta importante en la educaci??n art??stiva de este nivel y, de manera especial, como estudios iniciales que dan paso a estudios universitarios relacionados con estos temas. Cubre las necesidades de un sector minoritario pero importante de la poblaci??n que se orienta hacia un tipo de estudios art??sticos que resultan fundamentales para la cultura del pa??s.
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El autor se basa en las inteligencias múltiples para explicar cómo la inteligencia práctica es una habilidad clave de la vida y ofrece una estructura conceptual para definir y describir el sentido común. Expone cómo las personas con inteligencia práctica pueden emplear los conocimientos lingüísticos para adoptar hábitos de lenguaje semánticamente buenos, tomar decisiones mejores, pensar en términos de opciones y posibilidades, aceptar la ambigüedad y la complejidad, articular problemas con claridad y trabajar a través de soluciones. Muestra que las habilidades de inteligencia práctica se pueden mejorar con la educación y el entrenamiento adecuado y desafía a todos para mejorar sus destrezas y ayudar a otros a desarrollar sus propias capacidades de inteligencia práctica.
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Se estudian los criterios de la Orden del 27 de diciembre de 2002, a trav??s de la cual, la Administraci??n educativa de Galicia, trata de regularizar la escolarizaci??n de los alumnos con necesidades especiales educativas en cualquiera de las etapas educativas, que por circunstancias no estaban siendo resueltas satisfactoriamente a pesar de tenerse publicadas diversas normativas.
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Resumen de las tendencias dominantes en Europa acerca de la enseñanza comercial, como la necesidad una amplia base cultural previa a la formación mercantil especializada, la reforma de los planes de estudios de acuerdo a la realidad económica del momento y al servicio de la empresa, la conveniencia de combinar los estudios teóricos con prácticas laborales, de que los alumnos estén en contacto directo y constante con el mundo empresarial, y una mayor valoración profesional de estos trabajadores en la empresa moderna.
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Se describen los siguientes monumentos, conjuntos hist??rico-art??sticos y paisajes pintorescos a los que se les ha otorgado tal declaraci??n y protecci??n oficial: el Convento de San Jos?? de ??vila, la ciudad de Ibiza, el Palacio del marqu??s de Comillas (Barcelona), la 'Casa del Cord??n' (Burgos), Barrio jud??o de Herv??s (C??ceres), la villa de Llivia (Gerona), la villa de Ba??os de la Encina (Ja??n), la Herrer??a de Compludo (Le??n), la ciudad de Alcal?? de Henares, alrededores de Maro-Cueva de Nerja (??M??laga), Palacio de los Condes de Casa Galindo (Sevilla), antigua Universidad Literaria (Sevilla), la ciudad de Daroca (Zaragoza), y la villa de Sos del Rey Cat??lico (Zaragoza). Se describen tambi??n las razones que abonan la creaci??n del Museo Hist??rico Municipal de Requena (Valencia), las tres nuevas salas de pintura flamenca en el Museo del Prado, la conferencia del catedr??tico don Jos?? Mar??a Azc??rate sobre obras que incluyen el 'Comentario del Apocalipsis' de Beato de Li??bana, la 'alegr??a vital del arte cretense', la 'teor??a de Miguel ??ngel' y 'La m??stica y el arte en la Espa??a de Felipe II' por el profesor Cam??n Aznar y, por ??ltimo, se hace un repaso por la vida de Daniel V??zquez D??az, con motivo de su fallecimiento.
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Se comentan los nuevos monumentos y conjuntos hist??rico-art??sticos declarados oficialmente con ??se car??cter en los meses de enero y febrero de 1966: 1. En Palencia, la villa de Aguilar de Camp??o, con un marcado car??cter monumental de grandes valores hist??ricos y art??sticos. La ermita de Santa Eulalia, en el Barrio de San Pedro y la Iglesia parroquial de Zorita del P??ramo, otro ejemplar singular del rom??nico. 2. Salamanca: la villa de San Felices de los Gallegos.
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Contiene fotograf??a de la Catedral de Le??n