149 resultados para España-Ley agrícola
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A través de esta Ley se concedían suplementos de crédito destinados a Educación. Las partidas destinatarias eran: 'gastos diversos', 'auxilios, subvenciones y subsidios', 'Dirección General de Enseñanza Universitaria', 'Universidades' y 'Junta de la Ciudad Universitaria de Madrid'.
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Crónica de la celebración de un cursillo para formar maestros de las Escuelas Primarias Nacionales de Orientación Agrícola, designados por selección en concurso. Se presentaron candidatos de todas partes de España, en concreto 1385, convocados por el Instituto Nacional de Colonización. Los candidatos eran maestros nacionales de Primera Enseñanza en ejercicio, licenciados en Filosofía y Letras, en Ciencias, en Derecho y en Farmacia. Fue una selección difícil y laboriosa. Y transcurridas las jornadas del cursillo, se celebró la clausura en el Paraninfo universitario con discursos de las grandes autoridades allí reunidas, agradeciendo al Ministerio de Educación el empeño puesto en la labor de creación de las escuelas agrícolas.
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Transcripción de la Ley por la que se exime de pago de impuestos de Derechos reales, Timbre e Impuesto especial de Emisión, a las empresas editoriales, durante un periodo de 5 años desde su creación, así como la exención del 'impuesto de utilidades' por los beneficios obtenidos a las editoriales que inviertan en mejoras o ampliaciones de su propia empresa. Con estas medidas se pretendía fomentar la difusión del libro, tanto en territorio español como en el extranjero.
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Se examina la Ley de Seguro Escolar, aprobada en julio de 1953 que definía como seguro escolar aquel que se establece en España con la finalidad de ejercer la previsión social en beneficio del estudiante, atendiendo a su más amplia protección y ayuda contra circunstancias adversas, fortuitas y previsibles. El seguro escolar concedía a sus beneficiarios las siguientes prestaciones: por infortunio familiar, por accidente, por enfermedad y por ayuda al graduado. El seguro escolar tendría carácter personal e intransferible. Se define el 'accidente escolar' y las coberturas del seguro escolar para los diversos tipos de incapacidades. Se describe la prestación por enfermedad que se percibiría según la gravedad de la misma. En cuanto al infortunio familiar se aprueba una ayuda económica que permitiría al alumno poder terminar sus estudios en caso de que el cabeza de familia falleciese y se diera una situación económica sobrevenida en el hogar. Con la ayuda al graduado, el asegurado podría disponer por parte del seguro, de una ayuda económica dentro de los tres años siguientes a su graduación, para poder establecer su vida profesional futura. La entidad aseguradora sería el Instituto Nacional de Previsión, por medio de una Mutualidad, dependiente del Servicio de Seguros Voluntarios. El Ministerio de Educación sería el encargado de regular el régimen económico y financiero del seguro escolar y la inspección correría a cargo de la Mutualidad.
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Se plantea un caso de derechos de autor o propiedad intelectual que se resolvió en la Dirección General de Archivos y Bibliotecas, con motivo de la ejecución en España de la ópera de Verdi 'La Traviata'. Según la Ley de Propiedad Intelectual italiana, los derechos de autor se extendían hasta 50 años después del fallecimiento del mismo. Con un cambio de dicha Ley de 1941, y por razones de guerra, se extendió durante seis años más, es decir, se extendía durante 56 años tras el fallecimiento del autor. En España, sin embargo, la Ley de Propiedad Intelectual establecía que la duración de derechos de autor se extendía durante ochenta años después del fallecimiento del mismo.
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Estudio sobre los orígenes y evolución de la Documentación Pedagógica en España, cuya primera aparición data de 1882, año en el que se crea el primer Museo de Instrucción Primaria. Se describe la creación y funcionamiento del Museo Pedagógico Nacional, en 1882. Continua describiendo la sucesión de misiones pedagógicas, cuyos orígenes datan de 1907. También se analiza el Instituto 'San José de Calasanz' de Pedagogía, creado en 1941 y cuyo fin primordial era el estudio e investigación de la Pedagogía y su historia, metodología, organización docente y cuantos problemas estuvieran ligados a la educación nacional. Seguidamente, se analiza la documentación pedagógica en relación con la Ley de Educación Primaria, la sección de documentación del Ministerio de Educación Nacional y por último otros servicios de documentación como: la biblioteca de la Facultad de Filosofía y Letras de Madrid; la Oficina de Educación Iberoamericana (OEI) y otros centros hispanoamericanos como el Servicio de Documentación Pedagógica de Caracas en Venezuela y el Centro de Documentación e Información de Colombia.
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Esquema organizativo de la enseñanza en España desde la enseñanza primaria, a los seis años, hasta la obtención del título de bachiller superior de la especialidad, a los diecisiete años. El Bachillerato laboral, se fragmentaba en las siguientes especialidades: agrícola-ganadera; industrial-minera; marítimo-pesquera y administrativa, pudiendo obtener en torno a los 15 años el título de Bachillera elemental en cualquiera de esas modalidades. Seguidamente, se podría seguir estudiando el Bachillerato laboral superior en cualquiera de estas: mecánica-agrícola, plagas del campo, enología; mecánica y electricidad del automóvil; torneros-fresadores, electrónica; conserveros frigoristas, técnicos en cultivo y aprovechamientos del mar y administrativa, hasta obtener en torno a los diecisiete el título de Bachiller superior de la especialidad.
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Esquema organizativo de la enseñanza en España desde la enseñanza primaria, a los seis años, hasta la obtención del título de Perito o Aparejador, hacia los 19 años. Entre los seis y doce años se desarrollaba la enseñanza primaria, cuyo certificado de estudios primarios podía conseguirse en torno a los doce años. Entre los diez y los catorce, se sucedía el bachillerato general elemental, alcanzando el grado de bachiller elemental a los catorce años. Entre los catorce y los quince, el curso preparatorio; entre los 15 y los 16, el curso selectivo y entre los 16 y los 19, las especializaciones para conseguir el título de Perito o Aparejador: agrícola, industrial, montes, obras públicas, telecomunicación, topógrafo, aeronáutico, naval o minas.
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Esquema organizativo de la enseñanza en España desde la enseñanza primaria, a los seis años, hasta la obtención del título de Perito o Aparejador, hacia los 19 años, cursando entre medias el Bachillerato Laboral Elemental. Entre los seis y doce años se desarrollaba la enseñanza primaria, cuyo certificado de estudios primarios podía conseguirse en torno a los doce años. Entre los diez y los quince, se sucedía el bachillerato laboral elemental, alcanzando el grado de bachiller elemental a los quince años. Cursando la modalidad de bachillerato elemental, se cursaba un año más de este ciclo de secundaria. Entre los quince y los dieciséis, el curso selectivo y entre los 16 y los 19, las especializaciones para conseguir el título de Perito o Aparejador: agrícola, industrial, montes, obras públicas, telecomunicación, topógrafo, aeronáutico, naval o minas.
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Crónica sobre la implantación de la nueva Ley de Educación Física en España, después de probarse de manera introductoria, los beneficios para la salud tanto física como mental del ejercicio en la vida del alumno, cuanto más joven, mejor. Seguidamente, se transcribe el texto íntegro de la Ley Española de Educación Física, tomado del Boletín Oficial del Estado número 309 de 27 de diciembre de 1961.
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Se describe en estas páginas la tarea que desarrollan determinadas instituciones en el caso de las denominadas enseñanzas no cíclicas, exponiéndose las actividades educativas de los Ministerios de Agricultura, Fuerzas Armadas, Industria y Obras Públicas. En el Ministerio de Agricultura, las actividades que se desarrollan son: cursillos de capacitación agrícola, escuelas de capataces agrícolas y servicio de extensión agraria. El Ministerio de Fuerzas Armadas desarrolla planes de Formación Profesional y Enseñanza Superior. El Ministerio de Industria realiza actividades educativas a través de la Escuela de Organización Industrial y la Comisión Nacional de Productividad. Por último, el Ministerio de Obras Públicas lleva a cabo formación desde la Dirección General de Carreteras y Caminos Vecinales; el Parque Central de Automóviles y Maquinaria; el Servicio Geológico de Obras Públicas y la empresa pública de ferrocarriles, Renfe.
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Se describe en estas páginas la tarea que desarrollaban determinadas instituciones para el caso de las denominadas enseñanzas no cíclicas, exponiéndose las actividades educativas de los Ministerios de Trabajo, Organización Sindical, Iglesia y Consejo Superior Bancario. En el Ministerio de Trabajo, algunas de las actividades que se realizaban eran: la Escuela de Capacitación Social de Trabajadores, las Universidades Laborales de Tarragona, Córdoba, Sevilla y Gijón, Formación Profesional Industrial, Enseñanza Media y Profesional y Estudios Técnicos de Grado Medio. En cuanto a la Organización Sindical, organizaba cursos de Formación Profesional Industrial, Formación Profesional Agrícola, se daba la cooperación como sistema económico-social, Formación Profesional Artesana, la Oficina Sindical de Formación Profesional Acelerada (FPA), Protección escolar a través de la Junta Central de Becas, programas de capacitación social y sindical. La Iglesia disponía de centros de Enseñanza Primaria y formación de maestros, Enseñanza Media y Enseñanza Superior. Por último, el Consejo Superior Bancario ofrecía programas de formación para el profesorado, perfección de planes de estudio y programas de extensión cultural.
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Se transcribe la Ley de fomento del empleo juvenil de Italia, de 1 de junio de 1977, n. 285. Consta de treinta artículos en total, agrupados en cinco títulos. Los principales objetivos que perseguía esta Ley eran: fomentar el empleo de los jóvenes en actividades agrícolas, artesanales, comerciales, industriales y de servicios, desarrolladas por empresas individuales o asociadas, cooperativas y sus consorcios y entidades económicas y públicas; financiar programas regionales de trabajo productivo para obras y servicios de utilidad social, con referencia especial al sector agrícola, y programas de servicios y trabajos propuestos por las administraciones centrales; animar al acceso de los jóvenes al cultivo de la tierra y realizar planes de formación profesional para generar desarrollo durante el año 1977.
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Determinar la relación entre el fenómeno educativo y los procesos de movilidad social. La hipótesis fundamental sostiene que sólo las clases altas logran ocupar posiciones de privilegio en la sociedad, y que las clases medias y bajas, aunque accedan a niveles superiores respecto a décadas pasadas, no logran fácilmente obtener esas posiciones de privilegio. Esto lleva implícito una carencia de igualdad de oportunidades en los sistemas educativos, que producen una movilidad falsa de carácter horizontal, pero no vertical. En primer lugar se realiza un breve estudio teórico sobre 'estratificación y movilidad social'. Se tratan de forma específica algunas investigaciones críticas realizadas sobre la educación como factor de movilidad social. Se elaboran algunas tablas de movilidad social en España durante las décadas de los 50 y 60. En el segundo capítulo se estudia el sistema educativo español. Se realiza un análisis del contexto económico-político-social, de los antecedentes, características, resultados y aplicaciones de la Ley General de Educación de 1970. A continuación se desarrolla de forma crítica el 'mito de la educación', que se fundamenta en la falta de cumplimiento de los objetivos marcados por la LGE, y el inadecuado funcionamiento de los recursos materiales, humanos y económicos en la aplicación del proceso enseñanza-aprendizaje. Finaliza con el establecimiento de comparaciones entre los sistemas educativos de otros países, y se analiza el grado de evolución del sistema educativo español respecto a ellos. 1. En las sociedades industrializadas, la educación no funciona como factor determinante de movilidad social, y por tanto, no brinda una real igualdad de oportunidades. 2. El estatus cultural que confiere un nivel de educación superior produce un tipo de movilidad social horizontal y no vertical o real, la cual es adquirida por otras variables, entre las que destaca el origen social. 3. La Ley General de Educación de 1970 del sistema educativo español, al carecer de suficiente financiación -entre otros factores-, no ha cumplido eficazmente con los objetivos propuestos desde su elaboración. 4. El inadecuado funcionamiento de los recursos técnico-pedagógicos, materiales y humanos van formando un mito de lo que debe ser realmente el papel educativo como integrador de la personalidad del hombre y como promotor de su desarrollo dentro de la sociedad. 5. Las alternativas políticas para la educación que se ofrecen adolecen de fundamentos pedagógicos y económicos suficientemente objetivos para permitir que las posibilidades de cambio se puedan poner en práctica plenamente. 6. España ha tenido un lento proceso de escolarización, que paulatinamente lo ha ido incorporando al ritmo de desarrollo educativo de los demás países europeos, aunque aún persisten bastantes resquicios de sistemas tradicionales pasados.
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Revisar y desarrollar el modelo de selección de directores de centros docentes en el sistema educativo español tras la promulgación de la LOCE (2002), con el fin de garantizar las pautas de homologación en las distintas Comunidades Autónomas. La investigación se aplicó a los procedimientos de selección y nombramiento de directores realizados mediante concurso de méritos, a lo largo del curso escolar 2004-2005. Se realiza una revisión y análisis del procedimiento de selección y nombramiento de directores a partir de los siguientes apartados: requisitos para el acceso a la dirección, procedimiento y comisión de selección, méritos para la valoración, Programa de Formación Inicial para los aspirantes y nombramiento como director. Se analizan las fuentes y se obtienen resultados con el fin de identificar las dificultades para la definición de un modelo de dirección. Fuentes de datos referidas al desarrollo de los procesos de selección y nombramiento de directores de centros docentes públicos de las 17 Comunidades Autónomas. Análisis de las fuentes documentales con las que las distintas administraciones educativas acometen la selección y el nombramiento de los directores. El modelo de dirección de centros docentes, establecido en la Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE, 2002), no registra garantías suficientes para una homologación básica de sus elementos fundamentales en el desarrollo que adoptan las Administraciones educativas. Esta insuficiencia puede advertirse tanto en la ordenación básica del modelo como en su desarrollo posterior por las distintas administraciones. El análisis del desarrollo y la concreción del modelo de dirección de centros por las distintas administraciones educativas aporta diferencias relevantes que afectan a los procesos de selección y nombramiento de los directores.