149 resultados para España-Ley agrícola
Resumo:
Partiendo de que existe un crónico déficit de escuelas ¿Quién las construye en España? Puede afirmarse que la escuela pública o nacional nace en nuestro país con las Cortes de Cádiz, y vinculada al municipio como una institución local, por lo tanto. Es obligatoria una escuela de primeras letras en cuantos pueblos puedan sostenerla, debiendo, cuando no pudieran, agruparse y acudiendo en última instancia a la ayuda de la Diputación. Así, con su desvinculación inicial del estado y su correlativo prohijamiento municipal, el destino de la escuela va a ser, ante todo desigual, al quedar ligado al destino de cada municipio, no identificable con las posibilidades del mismo, ya que en muchos casos, los ayuntamientos gestores, representantes de en cada caso de la comunidad local, no sabrán o querrán hacer causa común con dichas posibilidades. 1920 marca el fin del monopolio municipal y de la paralela abstención estatal en la construcción de escuelas. El primer plan de construcción se debe al quinquenio republicano. La República propuso la construcción de 27.000 escuelas, pero realizó, dadas las dificultades, bastantes 15.000. Con el nuevo régimen (1939-1951) no se construyen no sólo por falta de medios sino también por razones doctrinales o ideológicas. La primera y única norma sobre construcciones con rango de ley es de 1953, vigente hasta hoy. El rasgo más acusado es su carácter descentralizador, pero no totalmente. En 1965 se habilitan 25 millones de pesetas para construcciones escolares. Este respaldo económico fue el que faltó a la ley del 53 que llegó con esta ley y la creación de la Junta Central de Construcciones Escolares. Tras la ley del 56, los planes se sucederán y empalman con el primer Plan de desarrollo (1964-67) y a partir de este, los planes se sucederán sin solución de continuidad, hasta hoy, enmarcados nominalmente en los planes de desarrollo y confiada su ejecución al mismo organismo autónomo: la Junta de Construcciones. La situación actual arranca de 1974, cuyos propósitos son: erradicar definitivamente el crónico déficit de construcciones escolares, amplia descentralización y por primera vez en el curso 1974-75 toda la demanda de puestos escolares ha podido ser atendida y si el problema de puestos suficientes está saldado, subsiste el de que muchos puestos no son idóneos y no aseguran una correcta impartición de la enseñanza primaria.
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Si nos referimos a la educación de adultos, la Ley Orgánica del Poder General Penitenciaria ( LOGP) no ofrece un desarrollo real en la práctica penitenciaria, ya que las condiciones de los establecimientos, el hacinamiento, la falta de espacios, la falta de personal, el aspecto regimental, etcétera, dificultan la aplicación y desarrollo pleno de sus preceptos. A ello se une la presencia de un establecimiento penitenciario de diferentes subculturas que conviven en los mismos espacios y tiempos, pero que tienen un componente común, su enraizamiento en la marginación. Estas dificultades estructurales y funcionales hacen pensar que el modelo escolar, que es el que más encaja con la reglamentación característica del sistema penitenciario y que se mantiene en la actualidad, no es el más adecuado para aportar la realidad diferencial de la prisión. Por el contrario, en la prisión bien podrían adoptarse otros modelos de intervención más ajustados a las características de la vida carcelaria. Creemos que podemos tratar a los delincuentes desde y en el contexto penitenciario, para alcanzar la reinserción y reeducación social. La prisión no es un instrumento pedagógico idóneo, pero debe ser un ámbito para la actuación de la pedagogía. Será necesario reflexionar al amparo del nuevo Reglamento sobre las funciones del pedagogo dentro de las instituciones penitenciarias. Esta reflexión debe partir del propios colectivo y centrarse en la definición de objetivos y en la intervención de la educación social. Su intervención se caracteriza por dos acciones: primero, el contenido de su ámbito le facilita la posesión de una estructura integral de lo que significa aprender y modificar conductas, tanto a nivel individual como social; en segundo lugar, el pedagogo adopta estrategias educativas, y no clínicas, lo que refuerza el aspecto preventivo, la generalización de los procedimientos a otros contextos (escuela, familia, barrio) y hace posible adopción de programas comprensivos y globales.
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Existe la tendencia a pensar que ambas representaron en la historia de la vida española un momento de ruptura total respecto a los principales aspectos del sistema educativo y de sus distintos niveles. Aunque, parte de esta apreciación es cierta, conviene tener en cuenta que durante la década de los sesenta se fueron creando las condiciones para que esta reforma se materializara. Los dos documentos mencionados no fueron momentos de una política educativa que se improvisaron repentinamente, sino que fueron el fruto de una gestación que duró una década. Otro hecho a tener en cuenta fue la extensión de la obligatoriedad de la escolaridad hasta los catorce años. Y facilitó que al llegar la Ley General de Educación se unificara en un solo ciclo educativo la escolaridad hasta los catorce años, terminando con la división entre los que cursaban la primaria y los que estudiaban bachiller, lo que supuso otra característica de este periodo. Suponía una aproximación real a la democratización de la educación. Pero no hubiera sido posible sin el cambio político. España dejó de estar aislada con el régimen de Franco. Tres hechos lo confirman: Firma del Concordato con la Santa Sede (1953), Acuerdo con Estados Unidos (1953) y entrada de España en Organismos Internacionales ( Organización de las Naciones Unidas en1955, Organización Internacional del Trabajo en 1956, Fondo Monetario Internacional en 1958). Importantes cambios de 1960-1973. Lo que permiten explicar las grandes transformaciones que van a introducirse en Educación como es la ampliación de la escolaridad obligatoria hasta los catorce años; generalización del primer ciclo de la educación secundaria, llamada en la Ley General Segunda Etapa de Enseñanza General Básica. Se rompería así con la tradicional división a partir de los diez años o bien continuar en la Enseñanza Primaria o se iniciarían los estudios de Bachiller; introducción de Formación Profesional de primer y segundo grado en enseñanza media y su comunicación con la Universidad, al permitirse el acceso a estudios de primer ciclo universitario ( diplomaturas ); incremento de centros estatales, equilibrio con la enseñanza privada, predominante hasta entonces; adaptación del sistema educativo al sistema productivo; democratización de la enseñanza media (suben los alumnos de este nivel, el número de becas por el apoyo del estado).
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Programa emitido el 29 de noviembre de 1995
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Es fundamental la integración europea. Es más con motivo de la creación del Mercado Común la integración de España es necesaria. Habrá defensores y detractores, pero tenemos que vivir en la realidad europea, no de espaldas a ella. La integración de España será beneficiosa para ambas. Es lógico reconocer que España es un país donde el sector agrícola es prioritario y ello, debe ir cambiando, puesto que un país desarrollado tiene un predominio del sector servicios e industrial, frente al primario. Pero, además hay que ser conscientes de que la integración será un proceso de diferentes etapas, es más España es un país que realizó su revolución industrial tarde y mal y ahora debe realizar su reconversión industrial si quiere ponerse a la altura de los países más desarrollados e industrializados de Europa. El proceso es largo y duradero, al igual que difícil, pero nos ayudará a salir de ese retraso en el que hemos estado viviendo durante tanto tiempo.
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Se realiza un examen crítico de la Ley de Extranjería desde los postulados de la Constitución. Según el autor, dicha ley incluye algunas obligaciones constitucionales por parte de los poderes públicos.
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El marco jurídico de la inmigración ha ido tomando cuerpo en España como uno de los debates de mayor trascendencia política y social. La polémica no es irrelevante, toda vez que subyace en ella la contraposición entre la elección de los Derechos del hombre, como valor supremo de un Estado democrático, frente a los imperativos de un modelo de economía libre de mercado como el europeo y el español. Esta discusión adquiere hoy matices que van más allá de los términos estrictamente técnicos-jurídicos, pues afectan a la construcción misma del espacio público en un contexto de globalización. En el artículo se analizan aspectos como el marco jurídico de los derechos y libertades de los extranjeros, se analiza la Ley de Extranjería y se hacen comparaciones con la Constitución.
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Se analizan las intervenciones del Dr. Villar Palasí, Ministro de Educación y Ciencia en la Conferencia de Ministros Europeos de Ciencia, así como las de D. Ricardo Díez Hochleitner y la Dra. Galino Carrillo, en la Conferencia Internacional de Educación; los objetivos y conclusiones de estos actos. La Conferencia de Ministros Europeos de Ciencia se convocó para tratar una serie de temas relacionados con la investigación científica, desde la cooperación de la Universidad con otras instituciones investigadoras, hasta la cooperación científica a escala europea, su porvenir y sus posibilidades de desarrollo. Se concluyó con la necesidad de desarrollar la cooperación científica entre los países del continente, con objeto de contribuir a los grandes fines de la Humanidad: la paz, el bienestar y la comprensión mutua entre los países. En la XXXII Conferencia Internacional de Educación se debatieron los cambios producidos en la política educativa y en la escolarización. Se sometió a estudio la mejora de la eficacia de los sistemas de enseñanza por medio de la reducción del abandono de los estudios en todos los niveles de enseñanza y cómo la reforma educativa española intenta perseguir ésos fines. Por último, se analiza La Conferencia de la Unesco en Venecia, cuya finalidad fue la de formular el derecho del hombre a la cultura en la misma forma que se reconoce el derecho al trabajo y a la educación. En las conclusiones se insistió en dar un 'contenido cultural a la educación' y se mostró gran interés en la reforma educativa española.
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El día 23 de mayo de 1964, el Ministro de Educación y Ciencia, Profesor Lora Tamayo, acompañado del Ministro de Agricultura, señor Díaz Ambrona, presidió los actos de inauguración del Instituto Social Agrario y la Escuela Superior de Técnica Empresarial Agrícola de Córdoba, regidos ambos por la Compañía de Jesús. Se reproduce el discurso que el Profesor Lora Tamayo pronunció en el que trató, entre otros temas, sobre la creación de nuevas Escuelas Técnicas de Ingeniería de Grado Superior y Técnica y una modalidad de Bachillerato Técnico agrícola-ganadera, con el fin de promover así la Agricultura en España.
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Resumen tomado de la publicación. Monográfico con el título: 'La educación ante la inclusión del alumnado con necesidades específicas de apoyo'
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Resumen basado en el de la publicación. Monográfico con el título: 'La educación ante la inclusión del alumnado con necesidades específicas de apoyo'
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Se presenta la Ley con fecha del 24 de junio de 1941, mediante la que se suprimen las entidades conocidas como 'Sociedad de Autores Dramáticos de España', 'Sociedad de Autores de Variedades', 'Sociedad Española del Derecho de Ejecución', 'Sociedad Española de Autores Líricos', 'Sociedad Española del Derecho de Reproducción' y 'Sociedad de Autores Cinematográficos' para que se fundan todas ellas en la 'Sociedad General de Autores de España', como entidad única que asuma la representación y gestión de los derechos de autor en España y en el extranjero.
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Con la Ley del 16 de julio de 1949, quedaban promulgadas las Bases de la Enseñanza Media y Profesional, pues según el Ministerio de Educación Nacional y el propio Caudillo, era necesario que existiera una formación profesional y especializada en áreas como la agricultura, industria y actividades, sin necesidad de que se cursara todo el Bachillerato universitario. Se transcribe el discurso que pronunció en Ministro de Educación Nacional, Sr. Ibáñez Martín, en sesión plenaria de Las Cortes, para someter a la aprobación de los miembros de la Cámara la Ley de Enseñanza Media y Profesional. Esta Ley tenía una inspiración social en tanto que trataba de dignificar y elevar la clase obrera a través de una preparación cultural que la capacitara para influir en la política del Estado y ésa preparación se conseguía a través del área de enseñanza media. Esto se conseguía mediante una Ley de Ordenación de la Enseñanza Media española, precedida por la que se presentaba en las Cortes. Las bases pedagógicas eran: la enseñanza media: en cuanto a lo que se consideraba como bachillerato elemental y la enseñanza profesional: por cuanto abarcaba estudios y prácticas profesionales. La finalidad de extender el bachillerato a los ambientes agrícolas e industriales radicaba en que éste se constituía en un sistema pedagógico que educaba al hombre en sus facultades físicas, intelectuales y morales. Era un proceso formativo por el cual el bachiller por medio de la lógica lingüística aprendía a pensar, a discurrir, a hablar, a escribir, lograba la educación de sus facultades mentales. Se pretendía establecer un bachillerato elemental que durara cinco cursos, en el que se combinaran las lenguas vivas y las ciencias de la naturaleza, además de la carga práctica y técnica de la profesionalización, que no era incompatible con las Escuelas de Artes y Oficios y Elementales del Trabajo existentes en las grandes poblaciones. De este modo se completaba una laguna existente en el orden pedagógico profesional.
Resumo:
Publicación del discurso del secretario general técnico del Ministerio de Educación Nacional, en defensa del dictamen de la Comisión Nacional sobre la reforma de la ley de Enseñanza Primaria, en el que se resalta la necesidad de esta reforma para conseguir el objetivo de dignificar y elevar el nivel y calidad de este grado educativo. También, se publican las enmiendas presentadas en las Cortes al proyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros, así como el texto exacto de los artículos que contienen los aspectos principales de la reforma de la Enseñanza Primaria.
Resumo:
Se transcribe íntegramente el discurso pronunciado por el Ministro de Educación y Ciencia, José Luis Villar Palasí, durante la sesión del 28 de julio de 1970, donde fue aprobada por la Cámara la Ley General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa .