471 resultados para Educación religiosa
Resumo:
Como consecuencia de las influencias humanistas y la Reforma protestante que divide a los cristianos europeos, la Iglesia ha ido perdiendo adeptos a lo largo de los siglos. Para contrarrestar los efectos de un creciente ateísmo en España se impone una reforma de la educación religiosa hacia mediados del s.XX. La formación religiosa se imparte de forma metódica y cotidiana en la enseñanza primaria y secundaria, pero resulta insuficiente. La posición del Estado ante el problema es una nueva organización de los estudios superiores donde se incluya la formación religiosa, en definitiva una educación literaria, social y religiosa. Para llevar a cabo esta reforma se piden donaciones y mecenas que financien los nuevos cursos que se van a impartir. Se establece un mínimo de cuatro años de estudio, la aparición de una serie de instituciones complementarias para llevar acabo dichos estudios: bibliotecas, círculos de estudios, la publicación de una revista, etc., y se reclama una seria formación filosófica que se encuentra desterrada de los planes de estudio universitarios. Para introducir el estudio de la materia religiosa, se exige que las Facultades y escuelas dejen libres las tardes de los miércoles y sábados, para que todos los alumnos asistan a los cursos de cultura religiosa y cursen sin problemas el plan de estudios religiosos fijado. La práctica cristiana no debe ser relegada a una segunda categoría y deben cumplirse las normas de la legislación canónica tocantes a la enseñanza superior religiosa.
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Descripción del proceso educativo y evangelizador llevado a cabo el Méjico durante el siglo XVI. Durante la colonización se consideró de vital importancia la formación de las jóvenes indígenas, así como de las niñas mestizas nacidas de mujeres nativas con los conquistadores. El proceso comenzó con algunas expediciones de misioneras que se dedicaron más a la formación en tareas propiamente femeninas que a la educación religiosa. Posteriormente, se establecieron monasterios en todos los núcleos de población y la educación pasó a realizarse en ellos, predominando la enseñanza religiosa. Los misioneros franciscanos se ayudaban de imágenes y cantos para facilitar el aprendizaje, y muchos de ellos aprendieron varias de las lenguas indígenas, para después escribir vocabularios y traducciones que les ayudasen en la enseñanza. La educación femenina de las indígenas fue uno de los mayores éxitos de la política colonizadora de España.
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Se analiza la encíclica de Pío XI, Divini Illius Magistri, sobre la educación cristiana de la juventud, que defiende el enfoque tradicional conservador. Se busca una definición clara de la palabra educación, quiénes deben ser los agentes educaciones, el papel de la Iglesia como agente educador, la labor de la familia en la educación, las deficiencias que existen en ese momento, la relación entre la Iglesia y el Estado en materia de educación, y se concluye como colofón, con las normas del Código de Derecho Canónigo referentes a la labor educativa.
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A través de las crónicas y diferentes noticias que nos han llegado de la época colonizadora de América, se nos relata cómo los misioneros y religiosos hicieron uso de la música como instrumento más eficaz para adoctrinar y educar a los indígenas. Utilizaron cuadros, imágenes, representaciones escénicas, aparatos de culto, músicas y bailes para llegar a ganarse a los nativos e ir convirtiéndolos poco a poco al cristianismo en primer lugar, y más tarde educarles y culturizarles. Incluso se creó un colegio de músicos en México donde se copiaban libros de corales para los religiosos y se formaban a los nuevos músicos para continuar extendiendo la labor evangelizadora, y se importaron numerosos instrumentos musicales para completar la escena musical durante las predicaciones.
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A través de la literatura y de diversos autores que se ocupan de las cuestiones educativas a lo largo de la historia vemos el papel de la familia como institución, la confluencia entre la tradición clásica manifestada especialmente en la encíclica de Pío XI, Divini Illius Magistri, y la corriente moderna de educación, cuyo nexo de unión es la Iglesia católica. Los deberes de los padres, los valores religiosos que deben inculcar a sus hijos ocupan siempre un primer lugar, ya que la educación preescolar se desenvuelve en el seno de la familia. Otros temas tratados son la educación doméstica, la presencia de temas educativos en la sabiduría popular, la educación de príncipes, la evolución de los ideales educativos a lo largo de los tiempos, la crítica de la educación tradicional, y la posición moderna en cuanto a la educación, en la que se apuesta por una participación social en la enseñanza cuyo origen se encuentra en el seno familiar.
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Se plantea el problema de la crisis religiosa que se palpa en la juventud. Se analizan las características de la religiosidad en el intelectual, el peligro de la sobrevaloración racional del universitario y se propone como una solución al problema aumentar la formación e información religiosas dentro de la universidad, tanto a través de los colegios mayores, como mediante la creación de una Facultad de Teología.
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Si una de las característica del siglo XIX había sido la oposición frontal a la iglesia y especialmente a los religiosos, se puede decir que en el siglo XX una vez superado su primer tercio, es decir, para ellos comienza en 1939, legalmente no se les negaba la existencia, pero los gobiernos dictatoriales y/o democráticos practican un concepto restrictivo de justicia distributiva. Tras el hachazo de la guerra civil y sus consecuencias, se podía dar por finalizado el siglo XIX, aunque sin poseer el finiquito correspondiente que parece ha otorgado la constitución de 1978 y, sobre todo, un cambio de mentalidad hacia una educada tolerancia. El problema del siglo XX ha sido un problema de límites, no de existencia. Se trata y se sigue tratando en el siglo XXI de establecer donde están los límites de la libertad de educación. Mientras el Estado no redefina su intervención en educación y la deje al mismo nivel que ha dejado su intervención en otros campos en los que no interviene, sino que define, regula, vigila y replantea, no habrá una correcta aplicación del principio de subsidiariedad en el campo educativo.
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Vuelve a ser obligatoria la enseñanza religiosa en Argentina con la nueva ley en la Escuela de 1943. Mientras en gran parte de Europa desaparece, de nuevo, este principio religioso como base educativa. No puede extrañarnos tal medida si recordamos la actitud del general Perón, favorable a ella, y también la postura del pueblo argentino, que se había pronunciado antes en el mismo sentido. Pero, a pesar de todo, el laicismo, prácticamente era el que imperaba en los centros docentes del país. Con la conquista española, sólo se deseó educar a los pueblos en la verdad católica.
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Se desarrolla el tema del enunciado, criterios sobre educación del papa Paulo VI y del papa Juan XXIII, pronunciado por el Catedrático en Derecho y Filosofía, Fermín de Urmeneta, en un acto inaugural del curso escolar 1965-1966 del Instituto de Enseñanza Media de Gerona.
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Se resumen algunas de las intervenciones que tuvieron lugar en la inauguración del XI Congreso Nacional de la FERE (Federación Española de Religiosos de Enseñanza). Se destacan las de don Alfonso Muñoz Alonso, que trató 'la cultura de la imagen', el Padre José Antonio de Sobrino presentó el tema 'las pantallas de luz y sombra', y en la clausura, el señor Robles Piquet desarrolló el tema 'el impacto de la educación audiovisual en la sociedad'.
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Se expone el texto del importante Decreto 'Gravissimum educationis momentum', promulgado por el Concilio Ecuménico Vaticano II, en el que la Iglesias se define sobre el problema de la educación de la juventud.
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Se presenta el texto íntegro sobre las 'Orientaciones complementarias' para la Enseñanza religiosa en el primer curso de Bachillerato Elemental Unificado.
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Resumen basado en el del autor. Resumen en catalán
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Resumen tomado de la publicación
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Se ofrece el memorándum del Proyecto de Ley de Educación presentado en el Parlamento inglés en diciembre de 1943 por el Presidente del Departamento de Educación, que resulta ser un compendio de la nueva Ley de Educación inglesa que fue aprobada por ese Parlamento. Con la esa nueva Ley se pretendía reemplazar la vigente que existía en ese momento. Implicaba la reconstrucción del sistema de educación pública y por primera vez exigía el registro e inspección de las escuelas particulares.