53 resultados para diagnosi energetica, teleriscaldamento, firma energetica


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Monográfico con el título: Consenso y disenso: ¿es posible el pacto social en educación?. Resumen tomado de la publicación

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Resumen tomado del autor. Monográfico con el título: De inmigrantes a minorías: temas y problemas de la multiculturalidad. Texto completo sólo disponible en el CD anexo o en la versión en línea

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Resumen tomado del de la publicación. Monográfico con el título: La cualificación profesional básica: competencias para la inclusión sociolaboral de jóvenes

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Repaso de las diferentes iniciativas llevadas a cabo desde 1791 para defender los derechos de la actividad creadora de cada individuo, ante los continuos atropellos que sufren los creadores intelectuales. Con el fin de proteger los derechos de autor, empiezan a aparecer en diferentes países textos legislativos, con mayor o menor acierto en sus medidas. Sin embargo, sigue persistiendo el problema del plagio y mal uso de las creaciones fuera de las fronteras de cada país, estos textos son simples protecciones nacionales. Comienzan entonces a proliferar convenios bilaterales entre algunos países, pero estas medidas resultan complicadas e ineficaces. Surge entonces a iniciativa de Francia, un Convenio firmado en Berna en 1886 por diez países: Alemania, Bélgica, Francia, Gran Bretaña, Haití, Italia, Liberia, Suiza y Túnez. El texto de Berna es un intento de consagración internacional de la defensa de la propiedad intelectual. Más tarde, entre 1888 y 1889, se firma un segundo Convenio en Montevideo, que es el primer Tratado de Propiedad Intelectual del Nuevo Mundo, que firmaron República Argentina, Paraguay, Bolivia, Perú y Uruguay. A estos tratados les suceden varias revisiones y ratificaciones, hasta llegar a una compleja maraña de convenios, tratados bilaterales y arreglos recíprocos de algunos países sudamericanos con Estados Unidos, hasta la Convención de Washington en 1946. En resumen, la situación internacional de los derechos de autor a comienzos de los años cincuenta, con la previsión de una revisión de los convenios, aseguran la continuidad de la colaboración internacional entre los países unionistas, que son ya más de treinta y cinco en este momento. En cuanto a América, la situación no es tan optimista, por retrasarse la ratificación del Convenio de Washington. En este panorama, siguen aún los intentos de realizar un unificación universal del régimen internacional del derecho de autor, con el apoyo de la UNESCO, sirviendo de lazo de unión entre los dos continentes.

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Se hace un repaso del acuerdo de cooperación comunitaria: el Tratado de Unión Europea a partir de 1957, que no constituye un buen punto de partida en cuanto a una política común en educación, y a partir de 1976 hasta 1986 se considera una época de transición. A lo largo de los años ochenta del Tratado de Roma, la actividad de las instituciones y de los países en relación con la educación conoce un crecimiento notable. A partir de 1986, se inicia un nuevo período en la cooperación educativa conocido como el período de los programas. Se llega a la firma de los acuerdos de Maastricht a través de los cuales se deciden los mecanismos para la culminación definitiva del proceso de Unión Europea.

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La educación es utilizada por todas las naciones, sin distinción, para dar a conocer los grandes avances técnicos, y sensibilizar sobre su capacidad destructiva, sobre todo la de los descubrimientos bélicos. Además el dominio de una nación sobre las otras ya no se va a fundamentar en grandes conquistas bélicas, sino en la capacidad tecnológica superior de unas naciones respecto a otras. De este modo tras el lanzamiento del Sputnik por parte de Rusia, Estados Unidos se lanza a dar un apoyo sin precedentes a sus programas educativos. Con este espíritu se promulga la National Defense Education Act, que firma Einsenhower en 1958. La ley está compuesta por diez apartados. Se analizan en profundidad los apartados de esta ley y su influencia en los institutos norteamericanos.

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Existe la tendencia a pensar que ambas representaron en la historia de la vida española un momento de ruptura total respecto a los principales aspectos del sistema educativo y de sus distintos niveles. Aunque, parte de esta apreciación es cierta, conviene tener en cuenta que durante la década de los sesenta se fueron creando las condiciones para que esta reforma se materializara. Los dos documentos mencionados no fueron momentos de una política educativa que se improvisaron repentinamente, sino que fueron el fruto de una gestación que duró una década. Otro hecho a tener en cuenta fue la extensión de la obligatoriedad de la escolaridad hasta los catorce años. Y facilitó que al llegar la Ley General de Educación se unificara en un solo ciclo educativo la escolaridad hasta los catorce años, terminando con la división entre los que cursaban la primaria y los que estudiaban bachiller, lo que supuso otra característica de este periodo. Suponía una aproximación real a la democratización de la educación. Pero no hubiera sido posible sin el cambio político. España dejó de estar aislada con el régimen de Franco. Tres hechos lo confirman: Firma del Concordato con la Santa Sede (1953), Acuerdo con Estados Unidos (1953) y entrada de España en Organismos Internacionales ( Organización de las Naciones Unidas en1955, Organización Internacional del Trabajo en 1956, Fondo Monetario Internacional en 1958). Importantes cambios de 1960-1973. Lo que permiten explicar las grandes transformaciones que van a introducirse en Educación como es la ampliación de la escolaridad obligatoria hasta los catorce años; generalización del primer ciclo de la educación secundaria, llamada en la Ley General Segunda Etapa de Enseñanza General Básica. Se rompería así con la tradicional división a partir de los diez años o bien continuar en la Enseñanza Primaria o se iniciarían los estudios de Bachiller; introducción de Formación Profesional de primer y segundo grado en enseñanza media y su comunicación con la Universidad, al permitirse el acceso a estudios de primer ciclo universitario ( diplomaturas ); incremento de centros estatales, equilibrio con la enseñanza privada, predominante hasta entonces; adaptación del sistema educativo al sistema productivo; democratización de la enseñanza media (suben los alumnos de este nivel, el número de becas por el apoyo del estado).

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Se exponen las implicaciones jurídicas del uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) en un centro educativo. El objetivo es destacar las áreas que requieren especial atención por ser las que más consecuencias jurídicas implican derivadas de la utilización de dichas tecnologías. Se analizan las cuestiones relacionadas con: la protección de datos de carácter personal, el comercio y la contratación electrónica, la firma electrónica, la propiedad intelectual e industrial con especial referencia a los nombres de dominio, y la publicidad en internet.

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Contiene: un plan logra escolarizar al 80 por 100 de la población gitana en Madrid; datos reales de un problema pendiente

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Se relata la actividad organizativa llevada a cabo por Ángel Astorgano, al frente de la Secretaría General de FERE. Se mencionan algunos de las actividades más importantes como son la celebración del 40 aniversario de FERE, la firma de la Declaración Conjunta en favor de la Educación entre otros eventos.

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Se hace una breve descripción de la importancia del descubrimiento de América tanto desde el punto de vista histórico como científico, de los problemas que tuvo Colón para llevar a feliz término su proyecto hasta la firma de las Capitulaciones de Santa Fe y su relación sentimental con Beatriz Enríquez de Harana, madre de su hijo Fernando.

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Se recoge información relativa a las actividades educativas de cooperación bilateral y multilateral. Así, se reseña la firma de distintos convenios de cooperación cultural de carácter bilateral entre España y Bulgaria, España y Checoslovaquia, España e Irlanda; la celebración de comisiones mixtas de España-Austria, España-Hungría, España-Países Bajos, España-República Popular de Polonia, España-Turquía, España-URSS y España-Noruega. También, se incluyen las actividades educativas desarrolladas durante 1979 por el Consejo de Europa.

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El Sacerdote Jesuita que firma este artículo explica su experiencia profesional al frente de la enseñanza de religión en la Universidad durante tres años. La conclusión más directa e impactante a su reflexión es su confesión de fracaso en esa empresa, auto-inculpándose por no haber sabido enseñar dicha materia y reconociendo otras tres causas al respecto: un desinterés generalizado de la población universitaria ante la materia de la Religión; una Pedagogía equivocada a la hora de impartir dicha enseñanza religiosa y una falta notable de programa de estudios y trabajo que circunscribiese a la Religión.

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Análisis histórico sobre la evolución y desarrollo de la Enseñanza Media en España entre 1875 y 1930. Caracterizar la situación en que se encontraba desde perspectivas legisladoras y sociales. Documentación recopilada al respecto. Investigación histórica: -Reforma de 1880. -Reforma de Groizazd. Proyecto Moret. Repercusiones. -Reforma de Puigcerver. Reforma de Bosch y Gamazo. -Luis Pidal: plan de 1899. Aspectos reformados. -García Alix: Ministerio de Institución Pública. -Romanones. Reformas introducidas. -Modificaciones entre 1902-1923: repercusiones. El Instituto-Escuela. -Reforma de 1926. Plan Callejo. Repercusiones. -Últimas modificaciones. Reacciones sociales. Fuentes primarias y secundarias. En este período la Educación está en manos privadas y las tentativas de control oficial que tropiezan con problemas económicos, llevan a ésta a una serie de planteamientos y reformas con abundante legislación contradictoria que tienen en cuenta los criterios económicos más que los pedagógicos, con predominio de planes breves. Tras la Desamortización y firma del Concordato, se reanudan las polémicas sobre vinculación de la Enseñanza con ideologías, dura pugna Iglesia-Estado. Secularización de la Enseñanza con el conflicto político e ideológico entre Iglesia y Estado. Nacen las Enseñanzas Medias, inicialmente vinculadas a la Universidad. Surge la cuestión de definir qué es la Enseñanza Media y cuál es su contenido. La Educación religiosa se centra en las clases altas, y más en la calidad de las instalaciones que en la de su Enseñanza.