39 resultados para LEYES DE HOBBES
Resumo:
El artículo forma parte del monográfico de la revista dedicado a: Pedagogía sistémica
Resumo:
Se realiza un estudio comparativo entre dos leyes, LOGSE y LOCE en cuanto a la Educación Física. El estudio plantea la siguiente hipótesis: 'el articulado de la LOCE en comparación con el de la LOGSE exhibe una menor sensibilización, innovación y desarrollo en relación con el currículo del área de Educación Física'. Se realiza un estudio comparativo utilizando el método histórico comparativo de Bereday y sus diferentes fases para al final poder emitir un informe. La comparación realizada es descriptiva y sincrónica ya que las limitaciones espacio temporales dificultan la comparación causal y diacrónica. Las fases del proceso comparativo son: fase pre-descriptiva; fase descriptiva; fase interpretativa; fase de yuxtaposición; y por último, la fase prospectiva. Tras la realización del análisis histórico-comparado se puede dar confirmación a la hipótesis de trabajo planteada. A modo de conclusión se puede afirmar que la calidad que la LOCE pretendía aportar a la etapa de primaria debería haber requerido más profundización en cuanto a sus contenidos ya que como se comprueba en el proyecto de Investigación, el área de Educación Física no ha sido suficientemente tratada para que realmente hubiera un cambio de calidad en el proceso de enseñanza-aprendizaje, haciéndolo únicamente como hemos visto en la estructura de algunos de los elementos de la estructura del currículum.
Resumo:
Se pretenden analizar los cambios que se producirán por la implantación de la LOCE, realizando un repaso por la historia de las leyes que se han implantado en España y amparadas por la Constitución, para finalmente establecer los cambios que surgirán entorno a la Educación Musical. La hipótesis de trabajo consiste en: 'El articulado de la LOCE cotejado con la LOGSE hace ostensible una mejora en el nivel de desarrollo curricular de la Educación Musical'. El método de Investigación es el histórico comparado, debido a que en el estudio de las leyes que operan los Sistema Educativos, el conocimiento del contexto histórico, social, cultural e ideológico en el que se desarrolla cada ley, es fundamental para comprender los principios y fines que la inspiran, así como los efectos y consecuencias que tienen en educación. La comparación será descriptiva y sincrónica, ya que las limitaciones espacio temporales dificultan la comparación causal y diacrónica. La primera conclusión, es que en el área de Artística ha sufrido con la LOCE un cambio muy importante en cuanto a los diferentes lenguajes que se trabajan en el área. Ha desaparecido la dramatización como ámbito, quedando ahora incluida en el área sólo la Educación Plástica y Musical, cuando la LOGSE contaba con tres lenguajes. Se observa alguna mejora en la concreción de varios elementos del currículum para la Educación Musical, como es el caso de disfrutar de sus bloques de contenido por separado y de sus propios criterios de evaluación. Se considera beneficiosa la ampliación de conocimientos musicales, pero la carga horaria lectiva no se ha ampliado con la nueva ley, por lo que se sigue contando con una única hora semanal para desarrollar el trabajo con los alumnos y alumnas. A su vez se produce una falta de medios tanto instrumentales como tecnológicos, y en algunos casos la falta de un espacio específico para impartir las clases de música, lo que hace patente el poco impulso que da la LOCE a la Educación Musical en la práctica.
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Establecer una nueva consideración de las leyes de instrucción, al situarlas entre su reconocimiento constitucional y las leyes de libertad de imprenta, pilares fundamentales de un estado de derecho. Por otra parte, reconocer los medios de que se ha valido el Estado para conseguir el control ideológico de la sociedad, su evolución y repercusiones. Por último, destacar la escasez económica del estado para lograr sus objetivos: conseguir una instrucción general obligatoria, uniforme y gratuita. Las fuentes utilizadas para la elaboración de este trabajo han sido tres: en primer lugar, las Leyes, Decretos y Circulares aparecidas en la Gaceta de Madrid -actual Boletín Oficial del Estado-; en segundo lugar, las recopilaciones Legislativas de Alcubilla, a partir de 1868, y las de Aranzadi, desde 1930; por último, los anuarios editados por los Ministerios correspondientes, como pueden ser los de Gobernación y Fomento, Corporaciones Locales o Comunidades Autónomas. Conceptos relacionados con la enseñanza, tales como general, uniforme, gratuita, escuela pública y escuela privada, con previa o sin previa censura y religión, formarán un todo interrelacionado a partir de la Constitución de 1812 y de su Ley de Instrucción, siendo habituales en las Constituciones posteriores y en las Leyes de Instrucción y de libertad de expresión. La relación entre nación e Instrucción ha sido tan estrecha en las Constituciones y Leyes de Instrucción que los fines de la educación coincidían con los del engrandecimiento y progreso de esa misma nación. El término uniforme, referido a la enseñanza, se encuentra en todo momento hasta nuestros días, excepto en la legislación de 1869. La relación de la edad y los niveles educativos ha estado más supeditada a la economía y a la edad laboral que a la atención y consideración del ritmo desigual de aprendizaje de los niños.
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Indagar en dos obras de Platón, República y Leyes en el periodo de la juventud. El período de la juventud tiene características propias se concibe como un período de cristalización, de iniciarse en la puesta en práctica después del aprendizaje. Lo caractero - temperamental adquiere rasgos definidos: templanza por medio de las reuniones tanto música como en las de comer y beber, y modestia como vía de conducirse o de ir entrando en juego en los engranajes de la adaptación que conduce a la adquisición del ideal de la concepción de la persona. La educación tiene gran importancia. El joven en Platón es ideal, pero lo construyó con una fuerte educación física, mucho ejercicio corporal. Con una clara visión de su cometido: contribuir con su recto y óptimo 'hacer' a la edificación, un afán de inmortalidad, perpetuándose por medio de la descendencia en el matrimonio. Una clara y escalonada cotización de valores. Una esmerada y ordenada educación con una vertiente práctica: ser útil a la 'polis' y mediante ello intentar semejarse al máximo a los dioses: vertiente idealista.
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Indagar en dos obras de Platón, La República y las Leyes, a cerca de la concepción de la persona, más en concreto del joven, de la configuración del efebo. El joven en Platón es ideal, tiene que ser un atleta del cumplimiento del deber, edificador de la Polis. Tener afán de inmortalidad, amante de los grandes valores. Que sea una persona educada y de continua superación. Se constata el entronque entre el joven de Platón y el actual, en que tiene un proyecto claro de realización; visión cósmica de la existencia humana; lograr la máxima bondad y belleza coordinando fuerzas para conseguirlo.
Resumo:
Monográfico con el título: 'Historia de un olvido: patrimonio en los centros escolares'. Resumen basado en el de la publicación
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Monográfico con el título: 'La participación de la comunidad educativa en el debate de la LOE'. Resumen basado en el de la publicación
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Resumen basado en el de la publicaci??n