190 resultados para Jesuitas-España-S.XVIII-Legislación
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Estudio sobre la Teoría General del Servicio Público y el Derecho a la Educación. Estudio jurídico-administrativo de la Educación en España; se comparan también las Constituciones de Alemania, Francia, Grecia, Italia y Portugal. La enseñanza como derecho humano fundamental, en Constituciones y convenios internacionales, y las posturas de los distintos partidos políticos, conducen a la Teoría General del Servicio Público y finalmente a determinar la naturaleza jurídico-administrativa entre enseñanza estatal o pública y enseñanza no estatal o privada. Declaraciones, convenios internacionales, Constitución y leyes españolas, Constituciones extranjeras, manifiestos de partidos políticos, documentos sobre educación, legislación y bibliografía. Análisis de documentos, legislación y revisión histórica. 1. La cultura implica educación y ésta enseñanza. Con frecuencia se habla de derecho a la cultura y a la educación cuando en realidad se habla de derecho a la enseñanza. 2. El Derecho a la Educación es un derecho fundamental que se debe salvaguardar en toda circunstancia. 3. Todas las fuerzas políticas confluyen en la libertad de enseñanza frente a un monopolio ideológico. Divergencia entre partidos de izquierdas que abogan porque el estado se haga cargo de la enseñanza, y los partidos de derechas que defienden la independencia total de la enseñanza privada. Todos defienden la gratuidad, la obligatoriedad y la descentralización. 4. La enseñanza es una actividad técnica, de interés general, también se da con regularidad. Es por tanto un servicio público, aunque no se da la continuidad. 5. La enseñanza privada no es un servicio público por no ser la administración titular de la misma.
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Poner de manifiesto la Educación Religiosa impartida en el periodo de 1936 al 1953, en base a la nueva ideología del Alzamiento Nacional. Ello justificaría y daría explicación a las diferencias idelógicas de nuestra sociedad con sus correspondientes consecuencias educativas. Se empezó estudiando las relaciones de enfrentamiento entre la Iglesia y el sistema político republicano que condicionó la unión de la Iglesia con el Alzamiento Nacional, y poniendo en práctica en el periodo bélico en la zona nacional la Educación Religiosa con una fuerte depuración de maestros, libros, etc. La victoria es compartida por la Iglesia y el Estado contra el comunismo ateo, lo que provoca que la Iglesia se imponga en la educación respaldada totalmente por el Estado y por último se refleja la oficialidad Religión-Educación a través de los libros de texto y catecismos. Boletines oficiales del estado, catecismos, libros escolares de lectura, bibliografía, Boletín Oficial del Arzobispado de Granada. Selección y clasificación temática y cronológica. Las ideologías opuestas entre el sistema político republicano y eclesiástico hicieron imposible un acuerdo. El modelo educativo republicano se impuso haciendo uso de la facultad legislativa quedando el pluralismo fuertemente limitado y sintiéndose el sistema eclesiástico gravemente discriminado y perseguido, esto dio lugar a que la Iglesia se uniera rápidamente al cambio del Alzamiento Nacional lo que también trajo una educación unilateral tan falta de pluralismo como la anterior y basada en una conexión Religión-Patria olvidándose del respeto evangélico y del pluralismo expresado en el magisterio de la Iglesia y ofreciendo a los alumnos un modelo de hombre basado en la obediencia, sacrificio, intolerancia y transcendencia que con el momento de su aprendizaje a través de los catecismos como de los textos escolares de lectura con los que se reforzaban los anteriores. La evolución ideológica que ha sufrido España en los últimos años hace que el modelo de educación de hace 30 años y el actual sean totalmente antagónicos y por lo tanto éste debe influir aun sin darle mucho valor en el actual enfrentamiento generacional dada la cercanía cronológica y el distanciamiento educativo e ideológico de ambos sistemas.
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Resumen tomado de la publicación
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Revisar la progresiva consolidación de la reforma educativa liberal-burguesa en el estado español. Desentrañar el papel que jugaron los planteamientos, ideas y propuestas liberales en la construcción del sistema escolar. Se sabe que para muchos la educación debía ser un elemento de control social, instrumento político; hecho que generaba conflicto desde el poder y desde la oposición. De todas formas, los planteamientos educativos ideados para incidir en la sociedad y amoldarla según el nuevo modelo de convivencia, no siempre llegaron a la realidad educativa y si lo hicieron fue de manera muy localizada. Planteamientos educativos liberales, especialmente los dedicados a la primera enseñanza y a la formación de maestros. La enseñanza secundaria o intermedia y la universitaria no se tratan en profundidad, tan sólo como elementos implicados en la construcción del conjunto del sistema educativo y como elementos imprescindibles para completar el análisis globalizador de la época estudiada. Tras analizar el contexto socio-político y cultural englobado entre los años 1833 y 1857, se plantea la concepción educativa de los liberales (moderados y progresistas), diferenciando dos etapas: del 33 al 45 y del 45 al 57. En ambas se tratan tres niveles: el social (control ideológico de la educación, etc.), el de la teoría de la educación (pedagogos, teóricos de la educación, políticos, etc. más significativos) y el escolar (instituciones educativas, castellanización, etc.). Por último se revisa el significado de la Reforma Moyano en la construcción del sistema escolar como culminación de la primera gran etapa del reformismo liberal. Revisión documental. Metodología histórica, 'síntesis' basada en aportaciones interdisciplinares. Para ordenar la complejidad de ideas, planteamientos y hechos analizados se han tenido presentes una serie de niveles: 1. Nivel político-ideológico. 2. Nivel político-jurídico y normativo. 3. Nivel de planteamientos educativos no estrictamente oficiales, desde el punto de vista social. 4. Nivel de planteamientos teóricos presentados por diversos autores significativos en la época estudiada, sin limitarse a los eminentemente liberales, incidieran o no directamente en la institucionalización del sistema escolar. 5. Nivel de institucionalización y praxis del sistema escolar. 6. Nivel perspectivo en que se realizaban los planteamientos educativos para conseguir una operatividad a largo plazo, tanto oficial como no oficial. Los liberales consideraron la educación como un elemento de control, estabilidad social y progreso. Se pretendía conseguir un estado fuerte y un mercado interior unificado. Siguieron el modelo francés de planificación educativa. Aunque valoraran más la secundaria y la universidad, su pretensión era generalizar la primaria; no se consiguió por falta de condiciones materiales y humanas. Los liberales más consecuentes pensaban que la centralización debía ser momentánea. Los moderados en el poder consolidaron la política educativa anterior, con mentalidad centralista, uniformadora y jerarquizante. Se cedió ante las presiones inspectoras de la iglesia por lo que la secularización, pretendida por los progresistas, resultó muy parcial. Los principales ideólogos del estado español, liberales o socialistas utópicos, se consideraban cristianos avanzados a pesar de criticar a la iglesia como institución. Montesino introdujo la educación integral aunque sólo fuera en el ámbito teórico. Monlau introdujo el concepto de educación popular. Lista distinguía entre privada, para ricos y dirigentes, y pública, para pobres. Esta dicotomía entre escuela estatal y escuela privada quedó consolidada por el principio de libertad de enseñanza y de creación de centros. Otros autores importantes fueron: Monturiol, de la Sagra, Figuerola, Avendaño, Carderera, Gil de Zárate,... En 1849 se creó la inspección de instrucción primaria, herramienta de control y vigilancia por parte del estado. Muchos maestros ejercían sin título, las escuelas normales eran insuficientes. Las publicaciones periódicas dedicadas a los niños (Minerva de la juventud, Museo de las familias, etc.) proliferaban; permitían incidir en la moral de los futuros ciudadanos, informar a los profesionales de los planteamientos oficiales y de las líneas pedagógicas que se iban introduciendo. Algunos literatos significativos como Aribau, Larra, etc. transmitieron un mensaje pedagógico claro. Para ellos, la ignorancia generaba desigualdad, dificultaba la democracia y soberanía popular. La castellanización o aculturación se utilizó para la transmisión ideológica; el castellano se consideraba signo de poder, cultura y ciencia. Los cambios, lentos y no generalizados, se hicieron desde planteamientos moderados. Los libros de texto solían reeditarse sin aportaciones novedosas, reproduciendo la moral anterior más que la nueva mentalidad burguesa. La ley Moyano implantó los niveles educativos desde primaria hasta la universidad; no obstante, la burguesía no supo aprovechar esta herramienta de poder, de control social. La escuela obligatoria no se llegó a impulsar convenientemente, es más, se convirtió en una fuente de lucha y control político (reflejo de la dinámica socio-política del momento). Además, el control eclesiástico sobre el sistema educativo impidió su secularización. La no-generalización de la primaria así como la libertad de educación facilitaron este proceso. El estado consiguió una escuela burocratizada, funcionarial. La reforma moderada estructuró la desigualdad educativa, la jerarquización, el populismo paternalista; en definitiva, unos intereses poco populares al servicio de la diferenciación de clases, en un ambiente facilitador del individualismo pedagógico y social. Las instituciones no acabaron de responder a la necesidad de democratización del sistema educativo y al utilitarismo necesario que demandaba la sociedad. El marco legal del sistema educativo escolar, cualquier intento de reforma, choca siempre con las fuerzas conservadoras y reaccionarias.
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La razón por la que se ha elegido este tema estriba en la necesidad de hacer una reflexión crítica sobre la escuela pública y privada en el periodo 1970-1980, manteniendo la hipótesis de que la polémica escuela pública y escuela privada en el periodo que nos ocupa podría ser una variante del antagonismo 'laicismo-confesionalidad'. Se trata de una investigación teórica que va analizando la polémica escuela pública-privada; laicismo-confesionalismo, a través de los siguientes capítulos: 1. Política escolar en la II República. 2. La enseñanza en el franquismo. 3. Intenta analizar en qué medida la situación de la época republicana se reiteraba en el periodo 1975-1980 y, concretamente, en el tema de la antinomia escuela pública-escuela privada. Artículos sobre educación de la Constitución de la II República. Pacto del Frente Popular, 1936. Artículo 27 de la Constitución española, 1978. Comunicado de la Asamblea General de la FERE. Ley Orgánica, 1980, por la que se regula el estatuto de centros escolares. Distribuciones. Porcentajes. La escuela pública tuvo en la II República el intento más serio de configuración como elemento conformador de la democracia. Después de la Guerra Civil, el nuevo Estado, entregará prácticamente la enseñanza en manos de la Iglesia; la inhibición del Estado es casi total, hasta Ruiz Giménez. La LGE de Villar Palasí, 1970, llega con retraso y cuando empieza a aplicarse la crisis económica modifica los presupuestos sobre los que se basaba; esto unido a la demanda educativa de calificación de fuerza de trabajo, hace que casi desde un inicio se modifique y se recorte (contrarreforma educativa de 1973). En el umbral de los 80, casi la mitad de la población escolar en los niveles básico y medio, asiste a centros no estatales, en su mayoría a instituciones religiosas; esto hace que se de una superposición a lo religioso o confesional. Este fenómeno hizo que la contraposicion escuela pública - escuela privada, se deslizase peligrosamente hacia una nueva variante del antagonismo laicismo-confesionalidad, de la época republicana, cuyo fruto fue una contrarreforma legislativa: Estatuto de Centros Escolares a favor de los sectores más conservadores de la sociedad. En estos momentos es pura utopía pensar que la extensión de la educación estatal pudiera conseguir a corto o medio plazo desplazar a la educación privada. Sería atentar contra la lógica del servicio público el despojar de fondos públicos al sector estatal para entregarselos a los colegios privados. En esta perspectiva cobra su significado la polémica acerca de las subvenciones públicas a los centros privados en relación con el 'ideario de centros': estos centros deberían cubrir unos mínimos de enseñanza homogénea con la de los centros públicos. En la medida en que hoy es más posible el acceso a la privada, las familias se plantean la opción en términos de eficacia de la enseñanza.
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Resumen tomado de la publicación. Este artículo pertenece a un dossier monográfico titulado 'España en el siglo XVIII'
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Este artículo pertence a un dossier monográfico titulado 'España en el siglo XVIII'
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Resumen basado en el del autor
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Tratar los antecedentes históricos de los planes de construcciones escolares y los planes de construcciones escolares en el año 1975. Referencian y analizan la legislación que ha ido apareciendo en España sobre las construcciones escolares. Comparan el Decreto de 10 de febrero de 1971, La Orden de 17 de septiembre de 1973 y la Orden de 20 de enero de 1956. Analizan el contenido de la legislación sobre construcciones escolares y el contexto en que aparecen nuevas ordenes o decretos. En el desarrollo de la legislación sobre construcciones escolares los móviles económicos son los que dirigen a los pedagógicos. En 1956 se pretendió solucionar los problemas de las construcciones escolares pero las disponibilidades económicas del país no permitieron mayores cuantías de inversión. En los años setenta hay un auge prometedor que permite una igualdad de oportunidades educativas posibilitando un tipo de arquitectura escolar adecuada a la metodología y medios disponibles.
La orientación escolar y profesional de Francia, Suiza francesa, Bélgica comparada con la de España.
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Realizar una comparación entre los servicios de orientación escolar y profesional en Francia, Suiza, Bélgica y España. Expone cómo son los servicios orientativos en los diversos países, realiza un análisis comparativo entre los aspectos estudiados de los 4 países. Hace una yuxtaposición de datos comparativos (años de escolaridad obligatoria, concepto de orientación, legislación sobre orientación, medios utilizados, organismos oficiales, selección del personal, financiamiento, funciones, técnicas y métodos). Establece la comparación y da conclusioness. Hay sistemas de orientación que dan más importancia al individuo y otros a la relación individuo-sociedad. Las publicaciones son muy cuidadas excepto en España. La TV, el cine, la radio, etc. son utilizados para transmitir programas orientativos. El orientador debe ser persona de más de 30 años, con formación universitaria y con experiencia en el campo educativo. El servicio orientativo es en equipo de diversos profesionales, gratuito y en ocasiones obligatorio, excepto en España.
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Analizar la situación de la Enseñanza Primaria y Secundaria en la Barcelona del siglo XVIII a nivel de planes de estudio, reglamentación docente, legislación, asignaturas, niveles educativos, material y, en especial, libros de texto. Las instituciones docentes de Enseñanza Primaria y Secundaria existentes en Barcelona en el siglo XVIII, y el material didáctico (libros de texto usados en ellas). La investigación se estructura en dos bloques: en el primero se analiza la Enseñanza Primaria en cuanto a reglamentación docente, contexto pedagógico, metodología y libros escolares. En el segundo bloque analiza la Enseñanza Secundaria en cuanto a los mismos aspectos que en el anterior. Bibliografía. El número de centros de enseñanza en Barcelona en el siglo XVIII era insuficiente, las causas de ello fueron la ausencia de financiación estatal o municipal y los conflictos derivados de las disputas entre la Iglesia y el Colegio de maestros. La enseñanza era básicamente masculina, contabilizándose sólo 9 escuelas femeninas. La intervención estatal en educación era nula, siendo cada centro quien creaba su propio plan de estudios.
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Analizar el Sistema Educativo suizo y su contexto en la perspectiva del estudio de sus posibles aportaciones a la organización de la administración educativa de la España de las Autonomías. Describir y comprender el Sistema Educativo suizo. El Sistema Educativo suizo. Descripción del Sistema Educativo suizo: niveles de enseñanza, legislación y administración, competencias (infraestructura, planificación, presupuestos, profesorado), lengua de enseñanza y contexto. Análisis comparativo del Sistema suizo respecto al Sistema Educativo español. Propuestas para el Sistema Educativo español. Observación directa. Documentación legislativa del país. Organigramas. Análisis de documentos. Diagramas de barras. Semicírculos. No son los sistemas educativos los que configuran a las sociedades, sino que cada sociedad o país produce un sistema educativo acorde con su propia estructura, funcionamiento e idiosincrasia. La organización educativa suiza puede aportar soluciones muy experimentadas y con resultados satisfactorios a la organización educativa española. El sistema administrativo suizo por cantones es equiparable al Estado de autonomías español, lo cual favorece la posibilidad de crear en éste último soluciones para sus dificultades a partir del ejemplo suizo. Las dificultades para su realización se centran básicamente en la coordinación.
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Crédito de Ciencias Sociales para Educación Secundaria Obligatoria. Trata la agricultura e intercambios en la Cataluña del siglo XVIII y XIX, el camino hacia la industrialización y los cambios relacionados con el proceso industrializador. Describe los objetivos, contenidos, orientaciones didácticas, evaluación, temporalización y excursiones. Desarrolla un ejemplo de unidad didáctica sobre la localización industrial y el crecimiento de las ciudades.
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Análisis de la situación de los Estudios Superiores de Diseño en Castilla-La Mancha, impartidos desde el curso 2002-03. Se hace un breve repaso de la situación de las Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño en España en relación con el resto de Europa, desde el siglo XVIII hasta el siglo XXI.
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Clarificar la confusión existente en el debate educativo sobre la libertad de enseñanza en España. La libertad de enseñanza. Encuadramiento histórico del tema. Análisis del presente a través de la legislación que afecta a la libertad de enseñanza y comparación con la legislación extranjera. Análisis y comparación de la forma en la que diferentes grupos sociales (partidos, iglesia católica, y otros colectivos), entienden el tema. Bibliografía. Textos legales. Método comparativo. Análisis histórico. Los grupos sociales en nuestro país se polarizan en torno a dos bloques: en el primero, formado por grupos no marxistas, coexisten todos aquellos que entienden que la libertad de enseñanza se basa en la libertad de los padres a decidir la educación de sus hijos en función de sus creencias. Para ello es necesario la pluralidad de escuelas lo que supone el reconocimiento de la iniciativa privada. Los poderes públicos tienen un papel subsidiario, respetando y fomentando la iniciativa privada y prestando ayuda financiera. La libertad de cátedra se reconoce como subordinada al ideario de cada centro. El segundo bloque, formado por grupos influenciados por el marxismo, entienden que la libertad de enseñanza consiste fundamentalmente en la libertad de cátedra. Por escuelas pluralistas entienden a aquellas en las que ningún miembro es represaliado o discriminado por sus opiniones. Se oponen a que los centros privados reciban financiación pública, mientras no se asimilen, en cierta medida, a los centros públicos. El actual debate sobre la libertad de enseñanza tiene gran semejanza con los producidos en la historia contemporánea de España.