21 resultados para Transferência eletrônica de fundos – Aspectos jurídicos


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Se realiza un estudio sobre la metodología necesaria para la edición musical y futura distribución con el apoyo de un sistema informático. Este análisis no se centra exclusivamente en aspectos técnicos de empleo y manejo de una herramienta informática, se tienen en consideración el origen y evolución de determinados elementos que componen una partitura, así como su contextualización dentro del campo del lenguaje musical. Dentro del proceso de edición de una obra se debe tener en cuenta aquellos aspectos jurídicos que se relacionan directamente con el proceso de edición de una obra, como es el derecho a citar ejemplos de otros autores con un fin de análisis o comentario y el derecho que, como creador de su obra, tiene para proteger la misma mediante su registro en la Propiedad Intelectual. Este estudio se halla dividido en tres partes: la edición de partituras, edición de textos musicales y aspectos jurídicos. De la necesidad de un compositor de dominar un programa de edición de partituras para la publicación de su obra, se escoge el programa 'Finale 2001' de la empresa 'Codamusic' por ser el programa más extendido entre particulares y empresas de edición. Se centra en el desarrollo de la edición de partituras a partir de un tipo de notación convencional. En segundo lugar se desarrollan los procedimientos básicos para el diseño y maquetación de textos a través del programa informático que más regularmente se emplea en las imprentas el 'QuarXPress' que permite conocer aquellos aspectos relativos con la elección del tipo de letra más adecuado para la edición de un libro, su diseño y maquetación. Por último, el registro de la obra de autor forma parte fundamental del proceso de edición de una obra original y vinculada a la Propiedad Intelectual. El aprendizaje por parte de un musicólogo, compositor y autor, y las posibilidades que proporcionan las llamadas nuevas tecnologías y más concretamente el empleo de un software informático dedicado a la edición de partituras y textos musicales, favorecerá en un corto plazo de tiempo la publicación de un mayor número de obras de investigación y de creación musicales totalmente desarrolladas por sus propios autores los cuales tendrán el beneficio de poder publicar sus obras, ya sea de manera autónoma o mediante una editorial, con mayor celeridad que cuando este proceso depende de terceras personas.

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El debate social suscitado como consecuencia de la implantación de la asignatura Educación para la Ciudadanía, se ha trasladado a los tribunales y es en ese ámbito donde se están resolviendo las controversias surgidas en torno al derecho a la objeción de conciencia de los padres para que sus hijos no queden obligados a cursar esa asignatura por considerar que vulnera determinados derechos fundamentales reconocidos en la Constitución. Por ello lo que pretende el estudio en primer lugar es ofrecer una visión de la implantación de esta asignatura, centrando la atención de forma especial en los aspectos jurídicos. En segundo lugar, contribuir a esclarecer el debate social aportando un análisis de los fundamentos de derecho de las sentencias recaídas, facilitando una mejor comprensión de la introducción de la disciplina y de las vicisitudes del procedimiento judicial que continúa abierto. Se trata de una investigación que ha seguido el siguiente proceso metodológico: en primer lugar se ha realizado un análisis documental y legislativo, en segundo lugar se realizado una interpretación doctrinal de las disposiciones legales sobre la materia, y por último se ha utilizado el método comparado en el cotejo y análisis de las sentencias sobre el tema. La asignatura Educación para la Ciudadanía, obligatoria para todos los alumnos de Educación Primaria y Secundaria, en la forma que es regulada por la Ley Orgánica de Educación, y sobre todo por los Reales Decretos que la desarrollan, se enfrenta con obstáculos constitucionales como el derecho a la libertad de enseñanza y el de la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y comunidades. El Estado no puede introducir como obligatoria en la enseñanza una asignatura cuyos principios inspiradores, objetivos pedagógicos y contenidos y criterios de evaluación, vayan dirigidos teórica y prácticamente a la formación moral de los alumnos. La imposición legal de una asignatura obligatoria de formación antropológica y moral con carácter general para todos los alumnos, significara el no cumplimiento del Artículo 27 de la Constitución Española. Choca en el derecho a la libertad de enseñanza de los padres y de los titulares de los centros docentes.

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Se describe y analiza el comportamiento antropológico de algunas naciones indígenas de Brasil como punto de partida para realizar inferencias sobre los procesos educativos y su vinculación con el ámbito sociocultural y antropológico. El análisis de los elementos culturales de estas colectividades se plantea como un necesario punto de partida para la correcta valoración de sus comportamientos educativos. El trabajo repasa los principales comportamientos antropológicos de estas sociedades: la vida cotidiana, los acontecimientos significativos, las raices culturales, la identidad y se realizan paralelismos con otros modelos pedagógicos actuales. Se concluye afirmando que el subsistema educativo está completamente integrado en el sistema cultural del pueblo y no se encuentra separado de las tareas cotidianas del niño. Los aspectos más significativos por su transferencia al campo educativo son el valor de grupo, la solidaridad, el respeto por la naturaleza, la importancia de la tradición representada por los mayores del grupo, el equilibrio entre las exigencias sociales y culturales, el respeto por el ritmo de desarrollo del niño, la importancia del juego y la educación para la salud.

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Estudiar el perfil del violador de mujeres adultas desde una perspectiva criminológica. Se pretende conocer a qué se debe la conducta del violador, qué fin persigue con su agresión, qué se siente mientras realiza la violación, si sus expectativas son cumplidas o no. También analiza a la víctima desde la perspectiva del violador: qué piensa de la mujer en general, qué opina de su víctima, si considera que le ha causado daño, si se siente culpable respecto de ella. Centrada en un estudio de campo de 47 violadores internos en prisión, analiza los aspectos sociológicos, psicológicos y jurídicos para establecer pautas de comportamientos comunes. Se analizan dos números de control para singularizar al violador: un grupo está formado por delincuentes condenados por violencia de género y otro grupo por personas que nunca han tenido problemas con la justicia. También se analiza la doctrina nacional e internacional, fundamentalmente anglosajona, que ha abordado el estudio del perfil del violador. Así mismo, se analiza la jurisprudencia nacional de las Audiencias Provinciales y el Tribunal Supremo desde el año 1984 al 2005, referida al delito de violación con la finalidad de obtener datos de la personalidad del violador como la edad, antecedentes o si padecía enfermedades mentales a la hora de cometer la violación. Con los datos obtenidos de las fuentes citadas mas los que aportan los centros penitenciarios donde se realizan las encuestas a los violadores como son índices de reincidencia, nivel de sociabilidad de los encuestados con otros internos y conducta que siguen en prisión, se elaboran 36 conclusiones. Estas conclusiones permiten afirmar que sí existen pautas de comportamiento comunes entre los violadores y que los diferencian del resto de personas. Por lo tanto, se puede afirmar que existe un perfil del violador. Esta, es la tesis mantenida por la doctrina de forma mayoritaria. De estas 36 conclusiones, algunas difieren del perfil que tradicionalmente ha mantenido la doctrina mayoritaria respecto del violador. Son las siguientes: 1) La mayoría de los violadores tienen una opinión positiva de la mujer. 2) No persigue una finalidad específica con la comisión del delito. 3) Tiene sentimientos positivos hacia su madre. 4) Tienen sentimientos positivos hacia su padre. 5) Su familia funcionaba bien. 6) Tuvo una infancia feliz. 7) No padece enfermedades psiquiátricas. 8) No se considera violento. 9) Le gusta relacionarse con otras personas. 10) No le interesa la pornografía. 11) La mayoría afirma que no le causaron lesiones a la víctima.

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Estudia el perfil del violador de mujeres adultas desde una perspectiva criminológica. Se pretende conocer a qué se debe la conducta del violador, qué fin persigue con su agresión, qué se siente mientras realiza la violación, si sus expectativas son cumplidas o no. También analiza a la víctima desde la perspectiva del violador: qué piensa de la mujer en general, qué opina de su víctima, si considera que le ha causado daño, si se siente culpable respecto de ella. Centrada en un estudio de campo de 47 violadores internos en prisión, analiza los aspectos sociológicos, psicológicos y jurídicos para establecer pautas de comportamientos comunes. Se analizan dos números de control para singularizar al violador: un grupo está formado por delincuentes condenados por violencia de género y otro grupo por personas que nunca han tenido problemas con la justicia. También se analiza la doctrina nacional e internacional, fundamentalmente anglosajona, que ha abordado el estudio del perfil del violador. Así mismo, se analiza la jurisprudencia nacional de las Audiencias Provinciales y el Tribunal Supremo desde el año 1984 al 2005, referida al delito de violación con la finalidad de obtener datos de la personalidad del violador como la edad, antecedentes o si padecía enfermedades mentales a la hora de cometer la violación. Con los datos obtenidos de las fuentes citadas mas los que aportan los centros penitenciarios donde se realizan las encuestas a los violadores como son índices de reincidencia, nivel de sociabilidad de los encuestados con otros internos y conducta que siguen en prisión, se elaboran 36 conclusiones. Estas conclusiones permiten afirmar que sí existen pautas de comportamiento comunes entre los violadores y que los diferencian del resto de personas. Por lo tanto, se puede afirmar que existe un perfil del violador. Esta, es la tesis mantenida por la doctrina de forma mayoritaria. De estas 36 conclusiones, algunas difieren del perfil que tradicionalmente ha mantenido la doctrina mayoritaria respecto del violador. Son las siguientes: 1) La mayoría de los violadores tienen una opinión positiva de la mujer. 2) No persigue una finalidad específica con la comisión del delito. 3) Tiene sentimientos positivos hacia su madre. 4) Tienen sentimientos positivos hacia su padre. 5) Su familia funcionaba bien. 6) Tuvo una infancia feliz. 7) No padece enfermedades psiquiátricas. 8) No se considera violento. 9) Le gusta relacionarse con otras personas. 10) No le interesa la pornografía. 11) La mayoría afirma que no le causaron lesiones a la víctima.