357 resultados para Ley 1448 de 2011 - Artículo 125


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Se da cuenta de las experiencias y acontecimientos educativos ocurridos dentro del ámbito iberoamericano en las secciones: 1. Información Educativa: Preceptos constitucionales en América Latina, donde el autor, Juan Maestre Alfonso, da a conocer el tratamiento que se da en las Constituciones latinoamericanas a la educación y a la enseñanza; Informe final, Conclusiones y Recomendaciones del I Seminario Iberoamericano sobre Autodisciplina Estudiantil, celebrado en Guayaquil del 15 al 18 de diciembre de 1980. 2. Actualidad Educativa: Universidad argentina, Breve reseña histórica realizada por D. Ricardo Aduriz. 3. Crónica Legislativa: ley 14, de 5 de marzo de 1979 por la que se restablece en Colombia la defensa del idioma español y el decreto número 83 de 1980 sobre los Colegios Mayores. 3. La Educación en las Revistas: reseñas de una selección de artículos sobre educación publicados en revistas iberoamericanas .

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Se hace una cronología de las disposiciones legales, desde el dieciséis de julio de 1949 fecha en que la Cortes sancionan la Ley de Enseñanza Media y Profesional, para demostrar la labor desarrollada por los organismos competentes para poner en marcha los principios contenidos en dicha ley. Se resaltan los ofrecimientos y aportaciones para la instalación y dotación de los futuros centros de Enseñanza Media y Profesional: cesión de edificios, donación de campos de experimentación, viviendas para el profesorado, subvenciones económicas, aportaciones en material escolar realizados por municipios y otros medios de colaboración. Se explica cual es la finalidad de los institutos Laborales y cómo estos se establecerán en aquellas poblaciones que no tengan actualmente centros de Enseñanza Media o Profesional. Su primer curso se iniciará en octubre de este año.

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Breve repaso a la institución de la educación secundaria en Bulgaria, que no existió hasta su consolidación en 1865 y que finalmente se expresó por medio de una ley de reforma educativa en 1891, extendiéndose así por todo el territorio búlgaro ya unificado. Las escuelas donde se impartía la enseñanza se las llamaba Gimnasios y comprendían dos ciclos, el inferior: primera, segunda y tercera clase y el superior cuarta, quinta, sexta y séptima clase. Los docentes eran profesores titulares y aspirantes. En 1909 se votó una nueva Ley de Instrucción Pública que comprendía todos los grados de enseñanza. Cada grupo podía acoger hasta 42 alumnos. La carga idiomática como materias de enseñanza de los Gimnasios es muy importante, aprendiendo: ruso, francés o alemán, griego y latín, así como materias básicas como las matemáticas, geometría, geografía, historia natural, higiene, dibujo, caligrafía, canto y gimnasia. Desde su creación hasta 1941, Bulgaria contaba con cien Gimnasios, de los que la mayoría eran masculinos.

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Crónica de los actos acontecidos en la Universidad Central de Madrid a raíz de la imposición de la Gran Cruz de Alfonso X el Sabio a D. José Ibáñez Martín, Ministro de Educación Nacional, tras haber elaborado la Ley de Ordenación Universitaria, aprobada por las Cortes Generales en julio de 1943.

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Desde la Segunda Guerra Mundial se aplicaron diversas reformas educativas en la región de Rumanía. En este artículo, se transcribe la Ley de Reforma de la Enseñanza Universitaria de Rumanía. Esta Ley aumentó el número de Universidades a cuatro. En La Universidad de Bucarest se crearon nuevas facultades. Se aumentaron el número de años de carrera universitaria de tres a cuatro, excepto en la carrera de Medicina, que seguían siendo seis los años de estudio, se suprimió la enseñanza libre y se aumentó el número de Cátedras universitarias, entre otras muchas cosas. Todos los cambios se recogen en la transcripción de la Ley de Reforma de la Enseñanza Universitaria, dividida en siete capítulos que a su vez comprenden diversos artículos y que versan sobre: la Universidad y su Administración; los profesores universitarios; el personal administrativo universitario; estudiantes y diplomados; bibliotecas, clínicas, institutos, laboratorios, seminarios, seminarios pedagógicos, oficinas universitarias y museos, y finalmente, disposiciones transitorias varias.

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Con motivo de la aprobación por parte de las Cortes Generales de la nueva Ley de Ordenación Universitaria creada por el Ministro de Educación Nacional, D. José Ibáñez Martín, los estudiantes universitarios, miembros del Sindicato de Estudiantes Universitarios, S.E.U., le bridan un homenaje en el Paraninfo de la Universidad Complutense al Ministro, lo elogian en sendos discursos pronunciados por el Jefe Nacional del S.E.U, Sr. Valcárcel y por D. José Luis de Arrese, Secretario General de la Falange, a lo que el Ministro responde con otro discurso de agradecimiento y enaltecimiento del régimen franquista y de su labor de culturización.

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Transcripción del Decreto de julio de 1943 a través del cual se declara jardín artístico al palmeral de las inmediaciones de Elche, en Alicante. Por sus características tan singulares, se considera un espacio único digno de protección y reserva, por lo que se decide que su tutela pase a manos del Ministerio de Educación Nacional y al amparo de la Ley del Tesoro Artístico.

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Por Orden Ministerial de octubre de 1943, el Colegio de San Dionisio Areopagita del Sacro Monte de Granada, quedó adscrito a la Universidad de Granada atendiendo a la solicitud formulada por el Colegio mismo y quedando obligado al cumplimiento de los extremos determinados en la disposición final de la Ley del 29 de julio de 1943.

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Se hace un repaso a la historia de la Enseñanza Media en España que, junto con la Universitaria, se constituyen como los dos pilares fundamentales de la educación, desde los comienzos de la dictadura franquista. Con la Ley del 20 de septiembre de 1938, se redactaban los fundamentos de la Enseñanza Media y se introducían la religión, las enseñanzas patrióticas, artísticas, físico-deportivas y del trabajo, así como los trabajos manuales en los institutos. Se creaban las llamadas 'escuelas preparatorias' que lograban la unificación pedagógica; los internados; la educación integral; los institutos femeninos y las escuelas del hogar. Años más tarde y a través de la Ley del 14 de diciembre de 1942, la educación se abrió a la llamada 'enseñanza libre'; se celebró la I Exposición Nacional de trabajos prácticos de los Institutos de Enseñanza Media, muy elogiada por los europeos y creció notablemente la creación de nuevos centros de Enseñanza Media y las reformas en los más antiguos y deteriorados. Por último, se desarrolló la ordenación del profesorado creciendo también en número de oposiciones a profesor de Enseñanza Media.

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Se ofrece una análisis del presupuesto educativo del Ministerio de Educación destinado a becas escolares. Se examinan las diversas partidas presupuestarias destinadas a ayudas económicas escolares para las diferentes enseñanzas: primaria, secundaria y universitaria. Estas dotaciones económicas se destinaban a diversos conceptos: el desarrollo de la Ley de Protección Escolar, pagos de matrículas o derechos académicos, subsidios, residencias gratuitas a alumnos brillantes sin posibilidades económicas, alumnos extranjeros que venían a estudiar a España y estudiantes americanos que llegaban a España a seguir estudios de hispanismo. Todas estas cantidades sumaban una cifra cercana a los doce millones de pesetas, lo que mostraba la gran importancia que la educación tenía en aquel momento en España.

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Transcripción de la legislación por la que se aprobaba el Reglamento por el que se debía regir el otorgamiento de la 'Medalla Carracido', galardón por el que se premiaba los servicios excepcionales a la Farmacia. Se le asignó dicho nombre en honor a un sabio farmacéutico. La medalla se acuñaría en plata, oro y bronce. El número de medallas estaba limitado, pudiéndose otorgar un máximo de hasta 125 medallas, repartidas en cincuenta años de la siguiente manera: 5 de oro, 25 de plata y 100 de bronce, debiéndose entregar una de oro cada diez años; una medalla de plata cada cinco años y dos medallas de bronce cada año.

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Los Colegios Mayores Universitarios eran un elemento muy importante para la educación superior ya que la propia Ley de Ordenación Universitaria sostenía que todos los alumnos universitarios deberían ser o residentes o al menos estar adscritos a un Colegio Mayor, para que a través de él cumplieran las funciones educativas que debían realizarse paralelamente a los estudios facultativos. Por esta razón hubo un gran auge de construcción de Colegios Mayores adscritos a Universidades. En Madrid había siete, dos de ellos del Estado, uno masculino y otro femenino, con todas sus plazas cubiertas. El Sindicato de Estudiantes Universitarios (S.E.U.), tenía el de 'César Carlos'. El Centro de Estudios Universitarios el de 'San Pablo', en la Ciudad Universitaria. Los Dominicos montaron otro Colegio, el de 'Santo Tomás de Aquino' para alumnos y para féminas dos privados. Salamanca contaba con dos, también masculino y femenino, así como Oviedo, Murcia y Valencia. Granada, Zaragoza y Valladolid, contaban con uno. A todos estos había que sumar todos los Colegios Mayores repartidos por muchas de estas provincias que estaban ya creados y funcionando, lo que demostraba la gran importancia de esta institución en el sistema educativo de la época.

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Se informa del aumento de la dotación presupuestaria en 1946 para la Sección de Educación que ascendía a 190 millones de pesetas. Se proponía aumentar el número de maestros a 1500, que tendrían que atender a las 1500 escuelas de nueva creación. La aplicación progresiva de la Ley de Primera Enseñanza exigía nuevas dotaciones , así como la Universidad, a dónde se destinó a las clínicas de las Facultades de Medicina, para la formación religiosa, para la política y para la formación deportiva. También ocupó un lugar importante la Universidad Internacional de Verano 'Menéndez Pelayo' de Santander y la Junta Constructora de la Ciudad Universitaria. Otro apunte importante en el presupuesto educativo lo constituían la creación de multitud de Colegios Mayores adscritos a las Universidades así como, las Escuelas Elementales de Trabajo y otras escuelas profesionales. Por último, existía también una partida presupuestaria para la protección de las Bellas Artes y creación, ampliación y mejoras de museos.

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Transcripción del Decreto por el que, de conformidad con el artículo 26-a de la Ley de Educación Primaria de 17 de julio de 1945, se establecían Escuelas primarias nacionales de Patronatos bajo la tutela y protección del Instituto Nacional de Colonización en las fincas y pueblos donde el referido Instituto ejercía su acción colonizadora y se consideraba necesaria para asegurar a los colonos y sus familias la debida asistencia intelectual y docente.

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Transcripción del Decreto por el que se reorganizaba y regulaba la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación que establecía el número de integrantes académicos numerarios que debía tener; las condiciones que debía reunir el académico para pertenecer a la Real Academia; el momento de toma de posesión de los cargos de los académicos; los miembros que conformarían las Juntas de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencia, etc. y los presupuestos con los que contaba dicha Real Academia y la manera de administrarlos.