21 resultados para Transferência eletrônica de fundos – Aspectos jurídicos


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Se analiza la asignatura de religión en las escuelas y la regulación jurídica de los contratos de los profesores en esta materia. En el Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, firmado con la Santa Sede en 1979, el Estado se compromete a que la enseñanza de la religión católica se integre en todos los planes de estudios de los centros de educación de los niveles equivalentes a Primaria y Secundaria y a que dicha asignatura se imparta en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales. En las últimas décadas, se plantean varias alternativas a la asignatura de religión como ética, actividades lúdicas, estudio asistido, cultura religiosa o sociedad, cultura y religión. En cuanto a su evaluación, el Real Decreto 2348/1994 establece que en Primaria y en la ESO, la religión se evalúe como las demás áreas; y en Bachillerato, la nota no cuente a efectos de acceso a la Universidad ni para la obtención de ayudas y becas convocadas por las Administraciones Públicas. La Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE) establece que la religión se evalúe para la obtención del título de Bachiller, pero no para la obtención de becas. En cuanto al profesorado, en la enseñanza privada y concertada se somete al Estatuto de los Trabajadores; mientras que en los centros de enseñanza pública, los profesores, aún siendo empleados de la Administración Educativa, la Iglesia Católica es la que se encarga de su contratación o cesión.

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Se hace un repaso de los temas que se tratan durante el tercer Congreso Nacional de la Federación de Religiosos de Enseñanza (FERE), tales como: la libertad de enseñanza en la España del siglo XIX, el derecho de la Iglesia a enseñar y conferir títulos académicos, los problemas económicos de los Colegios, y el alcance social de los Colegios de la Iglesia.

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Este artículo es una continuación de los presentados por los autores en los númenos 11 y 20 de esta revista: 'Sobre el Maniqueísmo' y 'Aspectos jurídicos de las persecuciones sufridas por los maniqueros'. Resumen basado en el de la publicación

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Incorporar los métodos activos de investigación al tema de la Constitución española en Historia de tercero de BUP. Conseguir el funcionamiento dinámico del equipo de trabajo sin olvidar la responsabilidad individual y potenciando la participación al mismo nivel de todos sus componentes. 25 alumnos de tercero de BUP del Instituto Alfonso II, de Oviedo. En primer lugar se realizó la selección de los tres temas a tratar en relación con la Constitución española: la objeción de conciencia, la asistencia al detenido, el Consejo del Poder Judicial. A continuación se formaron 5 grupos de trabajo: grupo de Constitución, historia y textos legales, grupo de encuestas, grupo de entrevistas, grupo de prensa y grupo de coordinación y coloquio. Cada grupo de trabajo tiene un responsable, que actuará en el debate. Cada grupo recoge, ordena, pasa a limpio y presenta cerrado su propio material. El profesor fundamentalmente organiza la dinámica a seguir, revisa el material y ejerce un pequeño control a distancia. Textos legales. Constitución española y Estatuto de Autonomía. Bibliografía. Encuestas y entrevistas. Debates. Análisis de los textos legales y artículos de periódico. Análisis de cuestionarios y comparación con otros estudios realizados. Extractos de las entrevistas. A través de la realización del trabajo, los alumnos han conectado con la realidad social del entorno que se les presenta: en el tema de la objeción, de forma combativa; en el tema de 'habeas corpus' descubren la existencia de torturas como algo cercano, en comisaría, en la cárcel, en un contexto muy diferente al suyo, y al que se aproximan la mayoría de las veces con sorpresa y respeto; por último, en el tema del Consejo del Poder Judicial, resulta más de especialización y profundidad en los aspectos jurídicos que también se consideran importantes y mentalizan al alumno sobre problemas reales como la necesidad de reforma en la Justicia. Se produjo una familiarización con la prensa como fuente de información y aprendieron a hacer una lectura crítica de la misma. Los coloquios, debates y puestas en común, cierran el trabajo como ruptura con la clase tradicional e incorporan el método activo, aseguran la participación del alumno, éste se expresa en público, respeta el turno de intervención y las opiniones encontradas, discute los temas y verbaliza juicios de contenido y de opinión. El trabajo no sólo ha sido informativo, sino también formativo. El alumno se ha incorporado de una manera atractiva a la problemática de un tema actual, tratado en el plano jurídico político y en sus aspectos sociales y económicos. Ha profundizado en una parte de la Constitución y, a la vez, ha conocido las leyes que se refieren y regulan la materia elegida.

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Realizado en la Facultad de Derecho de Salamanca, por 3 profesores del centro, para diferentes asignaturas de primer y segundo ciclo de Derecho, Economía y Empresa, Ciencias Políticas, Sociología e Historia. También especialmente para el programa de Doctorado: Aspectos Jurídicos y Económicos de la Corrupción. El objetivo era crear un portal dedicado a la gestión docente de diversas actividades académicas del Grupo de Estudios contra la Corrupción de la Universidad de Salamanca, personalizado en función del tipo de usuario que acceda a él. Los contenidos pueden verse como un conjunto ordenado de toda la información presente en la oferta y desarrollo de un programa de Doctorado competitivo y de carácter interdepartamental y multidisciplinar, porque los principales usuarios van a ser personas alejadas entre sí por muchos kilómetros. Tras una última fase de prueba interna el portal quedará accesible públicamente para aprovecharse de la información en él contenida, siendo un marco ideal para el intercambio de experiencias y materiales.

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El principal objetivo del trabajo es abrir ciertas líneas de debate respecto a algunas problemáticas vinculadas a la formación en la pequeña y mediana empresa. En primer lugar se describe lo que se entiende por formación en las empresas y se analizan aspectos ligados a otro concepto próximo al anterior como es el de necesidades formativas: detección, análisis, evaluación y modalidades desde la perspectiva de formadores y consultores europeos y latinoamericanos. Se presentan las particularidades del tipo de empresas elegidas en Iberoamérica y las dificultades con que se enfrentan a la hora de llevar a cabo acciones formativas. Se exponen además una serie de pautas de análisis básicas que debe tener en cuenta todo formador a la hora de atender demandas de directivos y-o empresarios de este sector interesados en mejorar su gestión como profesionales. Por último realiza una propuesta concreta para el sector agroalimentario dirigida a directivos y-o propietarios de empresas; la metodología para la detección de necesidades será la entrevista individual y las visitas a las empresas; se estima dos semanas completas para llevar a cabo todo el proceso; el equipo de trabajo estará formado por consultores-asesores de PYMES; se bosqueja un plan de formación que abarca las siguientes áreas: tecnologías específicas, economía de mercado, aprovechamiento de medios informáticos, administración financiera y de recursos humanos, aspectos jurídicos y-o fiscales, técnicas de ventas y-o negociación, toma de decisiones y resolución de problemas, planificación estratégica y marketing para productos actuales y-o nuevos.

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El estudio de los presos y su reinserción social, teniendo en cuenta la legislación que ampara a estas personas.. De carácter descriptivo.. Bibliográficos.. La descripción de los distintos apartados que engloban el trabajo.. La primera conclusión a la que se ha llegado es que las cárceles españolas no son un medio eficaz para erradicar la delincuencia. Pues, la represión y la cárcel no son medios adecuados para la reeducación y la reinserción ya que el tratamiento es ineficaz y la prisión se ha convertido en una escuela de delincuencia. Es necesario la revisión del sistema penitenciario, adecuando y transformando lo que contituye la cárcel real a la cárcel oficial de la Constitución y legislación penitenciaria. La sociedad debe afrontar el problema de la delincuencia y la situación actual de la cárcel, no tanto desde aspectos jurídicos penales y de tranquilidad social como desde las causas que generan esto. Se debe, por otro lado, fomentar el trabajo en equipo, dentro y fuera del recinto penitenciario, concienciando a la población de la importancia que adquiere la labor de reinserción y reeducación de los presos para que éstos no vuelvan a caer en actos delictivos..

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El objetivo general es realizar una aproximación a la realidad jurídica española en la que se encuentra el joven delincuente para analizarla e intentar aportar posibles soluciones desde el campo de la psicopedagogía. La hipótesis de trabajo es que el derecho penal de menores en España resulta desfasado y pobre en contenidos dadas las características de la época, por lo que se hace necesaria una renovación, para lo que se recurrirá tanto a perspectivas jurídicas como sociales, psicológicas y pedagógicas. En el cuerpo del trabajo se pueden distinguir dos partes: en la primera de ellas (corresponde a los dos primeros capítulos) se intenta dar una visión general del fenómeno 'delincuencia juvenil' y sus causas. En el capítulo primero se aclaran conceptos: a qué se llama delincuencia juvenil, qué conceptos se incluyen dentro de esta terminología, enfoques aportados por diferentes ciencias,..., en el segundo capítulo, se analizan las posibles causas de este fenómeno social, dando una visión de conjunto, al margen de las escuelas o autores determinados. En la segunda parte (capítulos 3-5) se profundiza en aspectos jurídicos relacionados con el tema, sus diferencias y las aportaciones de la psicología, añadiendo a esto un tipo determinado de alternativa reeducativa, basada en los principios del condicionamiento operante. Concretamente el capítulo tercero analiza la legislación de la época y su puesta en práctica a través de Tribunales Tutelares de Menores, plasmando las críticas y alternativas de autores relacionado con el derecho y la educación. Los dos últimos capítulos (4 y 5) pueden considerarse como alternativas psicológicas y pedagógicas en orden a establecer un marco jurídico renovado, si se tiene en cuenta lo que puede recoger el derecho juvenil de estas dos disciplinas, en cuanto a la comprensión y ayuda que debe prestarse al joven delincuente en orden a su reinserción social. La metodología utilizada es reeducativa, basada en la modificación de la conducta, por su novedad, buenos resultados y posibilidad de evaluar de manera rápida y continuada los progresos del individuo. Las conclusiones son: 1. Un derecho anacrónico, creado en 1948, y, que al margen de pequeñas modificaciones no ha sufrido ningún cambio sustancial, es el encargado de 'acoger' al muchacho que por determinadas circunstancias (miseria, afán consumista, situación familiar desestructurada,...) cae en las redes del delito. A partir de aquí, los acontecimientos se desencadenan vertiginosamente, fomentando un círculo vicioso de consecuencias generalmente funestas. 2. La legislación española resulta incompetente en cuanto que no contempla cuestiones tan importantes como el análisis socio-psicológico profundo del joven delincuente, y sin embargo establece una mayoría de edad penal a los 16 años, no tiene presentes los avances psicológicos que realizan la personalidad delincuente, crea o mantiene macroinstituciones donde las carencias del individuo se acentuan y su aprendizaje delictivo crece en progresión geométrica, pasa por alto las técnicas reeducativas más modernas y su implantación paulatina en el marco español.

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El régimen jurídico de los conciertos educativos se ha convertido en un medio indispensable para que la escuela concertada pueda hacer explícito el doble derecho de libertad y gratuidad de la educación. Se analiza la implantación y gestión de este modelo de subvención, desde una perspectiva europea, para conocer cómo se resuelven los mismos problemas en otros países de nuestro entorno, así como el análisis de los aspectos jurídicos, económicos y de control del dinero público; con el fin de valorar el régimen de conciertos y orientar políticas de futuro que salvaguarden los derechos fundamentales. Se estudia el derecho a la educación y la libertad de enseñanza, a través del artículo 27 de la Constitución; el sistema de subvenciones, convenios y conciertos; la administración educativa y la asignación de los fondos públicos, entre otros.

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Contiene: I. Aspectos jurídicos y sociales. II. Fundamentos psicopedagógicos, metodológicos, intervenciones y recursos. III. Modelos y experiencias de Educación Infantil

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Averiguar en qué medida afectó la Ilustración a la educación en Navarra y más concretamente en Pamplona y en relación a la educación de la mujer. Se estudió primero el contexto histórico de la educación en la España ilustrada para tratar después la Enseñanza Primaria en Pamplona: aspectos jurídicos, organizativos, y cuantitativos, los fines y contenidos de la educación. El núcleo del trabajo está constituido por un estudio de la educación de la mujer en Pamplona en una época en que Navarra conservaba una independencia jurídica en materia de educación. Documentación sobre instrucción pública en archivos (Municipal de Pamplona, General de Navarra y Diocesano de Pamplona). Existe en Pamplona en aquella época un control de la enseñanza por parte de los organismos dirigentes que abarca todos los aspectos de la vida escolar. Los rasgos ilustrados que se aprecian en esta población son el afán de limitar y controlar la enseñanza privada y el de extender la educación a toda la población con fines utilitarios, sin embargo la tendencia hacia la secularización propia de la Ilustración apenas tendrá eco en Pamplona, donde las creencias religiosas impregnan toda la educación. La educación de la mujer empieza a adquirir un auge extraordinario y sus programas de estudio se van haciendo más completos hasta igualarse prácticamente con los masculinos. Las fuentes examinadas dan noticia de la existencia de algunos rasgos ilustrados en la enseñanza pero sobre todo de la existencia de una auténtica realidad educativa en Pamplona.

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Analiza las conclusiones de las jornadas celebradas por FERE-CECA en relación al Anteproyecto de Ley Orgánica de Educación en las cuáles se analizó y estudió los aspectos jurídicos y pedagógicos de este anteproyecto presentado por el Gobierno. Como conclusión señala que el anteproyecto no está consensuado ni social ni políticamente, por lo que según su propia valoración quedaría invalidado para mejorar la calidad de nuestro sistema educativo.

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Se define el término de estatuto del personal docente, como status o situación y consideración de la profesión docente en general, lo cual es un exponente claro de la importancia que la sociedad concede a la educación. También se le define desde el punto de vista del derecho, como el conjunto de derechos y obligaciones de los maestros, profesores o catedráticos, debido a las funciones que desempeñan, que se pueden resumir en lograr transmitir unos conocimientos. Por otro lado los profesores tienen la condición de funcionarios públicos. Así, se ahonda en el estatus del personal docente teniendo en cuenta que ofrecen un servicio público. En la Conferencia Intergubernamental sobre la situación del personal docente, celebrada en París en 1966, se elaboró una recomendación internacional que definió al personal docente y sus características, aunque no se profundizó en los aspectos jurídicos, ante la heterogeneidad de situaciones en los distintos países que participaron en la Conferencia. Como problemas principales del estatuto del personal docente destacan: la naturaleza jurídica del personal dedicado a la docencia, la dedicación de dicho personal, el plano empleo, la jornada parcial, las incompatibilidades, los requisitos y exigencias para la selección del personal, y la retribución, entre otras. El problema del estatus del personal docente requiere, en definitiva, hermanar los aspectos docentes y los jurídicos o administrativos, para lograr el reconocimiento y homogeneidad de condiciones, con el fin último de lograr un buen desempeño de la función docente.

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Artículo dedicado a generalidades sobre la temática de la educación de los sordomudos. Se comentan aspectos de los sordomudos desde el punto de vista de la divulgación pedagógica. Seguidamente, se dan detalles sobre el invento de Karl Devantier que convertía las ondas sonoras en luz, para transformar las palabras en haces de luz que pudieran entender los sordomudos. También se trata la rehabilitación profesional de los alumnos sordomudos en talleres donde aprenden una profesión. A continuación, se discuten algunos aspectos jurídicos sobre los sordomudos como la conveniencia de los matrimonios entre sordomudos o cómo proceder en una accidente de tráfico provocado por un conductor sordomudo. Las colonias de vacaciones y la vida societaria de los sordomudos, ocupa otro espacio de la crónica. Por último, se comenta brevemente la vida de una religiosa dedicada a la educación de los sordomudos y la audiencia que un grupo de nuevos profesores españoles de sordomudos tuvieron ante el Papa Pío XII.

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Expone la adaptación de un test que mide uno de los constructos que ha mostrado mayor consistencia en la predicción de sesgos del jurado, el constructo conocido como Autoritarismo Legal.El constructo autoritarismo legal es uno de los más utilizados en la investigación sobre detección de sesgos de los miembros del jurado y una de las variables psicosociales que han presentado un mejor funcionamiento en la predicción de las tendencias de veredicto, siendo uno de los indicadores más utilizados. En el marco de la adaptación del test, se incorporará el estudio de procesos judiciales, simulando los juicios con jurado que prevé la legislación. Se pone a prueba la estructura dimensional del test, tanto desde un punto de vista teórico como empírico. Finalmente se quiere establecer la utilidad de este tipo de variables para la predicción de tendencias de veredicto, en condiciones de tipos penales de robo y homicidios y en circunstancias de juicio individual. Se puede dividir la investigación en cuatro partes: 1) Se presenta una revisión de los aspectos jurídicos y psicosociales, haciendo especial hincapié en los principales que sustentan al jurado español, así como en la exposición de la fase de selección de los miembros del Jurado que estipula nuestra legislación. 2) Se centra en la traducción del test cuestionario de actitudes legales desde una perspectiva transcultural que exponemos brevemente, seguida de una primera evaluación estadística de los ítems del test original. 3) Se establece la estructura factorial del test a través de diferentes muestras de la población general, así como su fiabilidad, mediante los índices derivados del análisis factorial confirmatorio. A su vez se ponen a prueba diferentes métodos de estimación para los modelos de ecuaciones estructurales, en concreto máximo verosímil, mínimos cuadrados ponderados y el ajuste Yuan-Bentler, para mínimos cuadrados ponderados. A partir de la determinación factorial de la fase anterior se realiza un nuevo estudio para profundizar en la validez del test en una situación de determinación de veredictos de jurados en dos casos de robo, y se generaliza, simulando el procedimiento de la determinación del hecho delictivo en la legislación española sobre dos casos de homicidio reales con presentación en vídeo. 4) Se concluye que la medida utilizada puede considerarse como adecuada desde el punto de vista psicométrico y aplicado.