35 resultados para Asociación
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Las Entidades sin Ánimo de Lucro (ESAL) surgen como desarrollo del derecho fundamental de asociación contenido en los artículos 38 y 39 de la Constitución política, en donde el Estado garantiza la libertad de las personas para reunirse y desarrollar actividades comunes desprovistas del ánimo de lucro. Para ello, el ordenamiento jurídico colombiano exige que dichas entidades nazcan a la vida jurídica como el resultado de la expresión de voluntad para asociarse y la creación de reglas de participación democrática de quienes se asocian.
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Existen personas jurídicas que se constituyen por la voluntad de asociación o creación de otras personas (naturales o jurídicas) para realizar actividades en beneficio de los asociados o de terceras personas o de la comunidad en general y no persiguen el reparto de utilidades entre sus miembros. En el ordenamiento jurídico colombiano se conoce a estas organizaciones con el nombre de Entidades Sin Ánimo de Lucro, ESALES. Como quiera que las ESALES son personas jurídicas capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles y de ser representadas judicial y extrajudicialmente, la ley ha establecido que tengan a su cargo ciertas obligaciones jurídicas.
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