102 resultados para derecho humano

em Consorci de Serveis Universitaris de Catalunya (CSUC), Spain


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El artículo parte de la situación estructural de hambre crónica que sufre una séptima parte de la humanidad y la contrapone a la vigencia del derecho humano a la alimentación. Analizamos el contenido jurídico de este derecho y nos centramos en el alcance de su exigibilidad, así como en las posibles vías para hacerla efectiva en derecho internacional actual.

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El acceso al agua potable y al saneamiento sin discriminación ha sido formalmente elevado a la condición de derecho humano internacionalmente reconocido en la resolución 64/292 de la Asamblea General, de 28 de julio de 2010. El propósito del artículo es dotar de contenido dicha declaración sobre la base de los trabajos del comité DESC y de la relatora especial de la ONU sobre el derecho al agua potable y al saneamiento, haciendo una especial referencia a la situación específica del continente europeo. Se desprenden de la investigación unos contenidos mínimos del derecho al agua y al saneamiento que los estados deben respetar en toda circunstancia.

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El derecho humano al agua potable y al saneamiento viene afirmándose de manera cada vez más rotunda en el plano internacional. Supone la capacidad de cada ser humano de acceder a agua limpia y segura de manera asequible, y la obligación correlativa de los Estados de garantizar y proteger este derecho. Los Estados de Asia Central disponen de agua suficiente para garantizar este derecho a todos sus ciudadanos, pero la mala gestión y el despilfarro hace que algunas zonas, sobre todo rurales, tengan importantes carestías. Las mejoras en tarificación, servicio y cooperación transfronteriza se apuntan como posibles vías de solución.

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Se dice que la huelga es un hecho natural en su fundamento que nace como reacción del ser humano ante determinados comportamientos que considera injustificados, perjudiciales para el o que simplemente no le gustan, y es por ello que la mayoría de doctos1 en la mate-ria concluyen que la huelga, no puede sin más, ser prohibida, pues las limitaciones legales no conseguirán eliminarlas de la vida laboral aunque se las podrá encauzar, condicionar a determinados requisitos, etc., pero cuantos más límites y frenos a su libre ejercicio se pon-gan, más vulneración existirá de la normativa reguladora.

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El 4 y el 6 de febrero de 2009, dos adolescentes de 14 años sufrieron respectivamente un cuadro de convulsiones y pérdida de conocimiento tras haber sido vacunadas con Gardasil®, la primera vacuna diseñada para prevenir el cáncer de cuello del útero. El trabajo presenta de manera breve los antecedentes de hecho relevantes sobre los efectos de Gardasil® para analizar después las posibles responsabilidades civiles que, en su caso, pudieran derivarse para su fabricante, Sanofi Pasteur MSD SNC, o para la agencia reguladora que autorizó la comercialización del producto.

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En el período 1985-1996 la desigualdad de la renta en España se redujo de forma notable, en claro contraste con lo sucedido en otros países avanzados. En este trabajo se profundiza en el impacto que sobre esta reducción en la desigualdad ha ejercido la redistribución del stock de capital humano, uno de los factores que aparecen como más relevantes para explicar tanto la distribución de la renta como sus modificaciones. Las conclusiones obtenidas sugieren que aproximadamente un tercio de la reducción en la desigualdad que se ha producido entre los dos años extremos contemplados (1985 frente a 1996) se debe al comportamiento del capital humano. Otros factores tales como el tamaño de la familia o la participación de ambos cónyuges en el mercado de trabajo, han actuado en el mismo sentido. Finalmente, un elevado porcentaje de mejora en la distribución permanece por explicar y deberá ser objeto de investigaciones futuras.

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Desde 1975 y sobre todo a partir de su incorporación a la Unión Europea en 1986, los cambios que se han producido en la estructura económica y productiva española han favorecido la convergencia de la mayoría de sus indicadores económicos con los de los países de la Unión. Sin embargo, no ha habido el mismo éxito por lo que se refiere al mercado de trabajo. Esta comunicación es, por una parte, el resultado de mi trabajo de investigación sobre la evolución de la educación superior y el mercado de trabajo en España durante las últimas cuatro décadas del último siglo y, por otra parte, el punto de partida de un estudio más profundo sobre las diferencias regionales en la correspondencia entre la oferta y la demanda de trabajo cualificado en España y en Europa. El objetivo de esta comunicación es comparar la evolución de los niveles educativos y de los principales indicadores del mercado de trabajo en España y en otros países europeos (Alemania, Francia, Grecia, Italia, Portugal y Reino Unido) desde 1986, año de incorporación de España a la Unión Europea, hasta la actualidad, para determinar los factores o mecanismos que influyen en el mercado de trabajo cualificado español y su difícil convergencia con los de otros países europeos.

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Resum: Se trata de una aproximación a la obra del filósofo norteamericano Stanley Cavell, desde dos puntos de vista diferentes:el de la filosofía de cotidiana y el de la teoría estética, para sugerir su obra como germen de una posible teoría de la argumentación política y una aportación al proyecto de reconstrucción de una racionalidad crítica ampliada. Resum: Es tracta d'una aproximació inicial a l'obra del filòsof nord-americà Stanley Cavell, des de dos punts de vista diferents: la filosofia del llenguatge quotidià i la teoria estètica, per a suggerir la seva obra com à germen d'una possible teoria de l'argumentació política i una aportació al projecte de reconstrucció d'una racionalitat crítica ampliada

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Este trabajo aspira a plantear en qué estado se halla actualmente la regulación de la intervención de las comunicaciones telefónicas en nuestro ordenamiento jurídico. Nuestro enfoque en el presente trabajo será plantearnos la legitimidad o licitud de las medidas de intervención telefónica así como su ámbito de validez y eficacia a efectos de su utilización en el proceso penal en el sentido de qué límites o controles deben establecerse. Asimismo analizaremos el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones consagrado en el art. 18.3 de la Constitución y la regulación positiva de dicho derecho en nuestro ordenamiento jurídico. En definitiva, se trata de plantear la problemática en términos amplios para posteriormente profundizar y abordar cuestiones de gran relevancia tales como qué sucede o qué tratamiento debe darse a los llamados hallazgos casuales o a la prueba ilegalmente obtenida, elementos que debido a su extensión trataremos de una forma puntual y que serán objeto de desarrollo en un trabajo posterior.

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Investigación elaborada a partir de una estancia en la Columbia Law School of New York, Estados Unidos, entre los meses de septiembre y noviembre del 2006. El Derecho comunitario europeo y español regulan la reparación de los daños causados por el uso o la proximidad de un producto defectuoso mediante gracias al impulso ideológico ejercido por la jurisprudencia norteamericana. El principio de responsabilidad objetiva rector de la directiva europea es fruto de un transfondo operado en los Estados Unidos en los años sesenta, coincidiendo con la revolución tecnològica y el inicio de la producción y del consumo masivos. Tales fenómenos suscitaron la búsqueda de mecanismos jurídicos aptos para canalizar la reparación de los daños inherentes a las actividades industriales tecnológicamente avanzadas. Su principal efecto fue la preocupación por una más justa distribución social de los llamados “costes del progreso”, preocupación que, jurídicamente, desembocó en la solución de la responsabilidad aun sin culpa del fabricante por los daños derivados de su producción industrial. El mérito de tal solución corresponde a determinados teóricos norteamericanos de la responsabilidad empresarial, quienes, inspirándose en ideas formuladas a inicios del siglo XX por los especialistas en Derecho laboral, concluyeron que es la empresa productora quien está en mejor situación de soportar el coste del accidente industrial: al imponerse al fabricante una responsabildad desvinculada de su eventual culpa en la causación del accidente, repercutirá en el precio de sus productos el coste del seguro de responsabilidad civil que se verá abocado a contratar para hacer frente a su responsabilidad objetiva o por riesgo, de manera que el coste de los accidentes acabará siendo soportado por el público consumidor al pagar el sobreprecio de los productos que adquiere. Las repercusiones de tal construcción han sido tanto normativas como judiciales.