53 resultados para Seguro

em Consorci de Serveis Universitaris de Catalunya (CSUC), Spain


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L'objectiu d'aquest projecte és desenvolupar una aplicació que implementi la funcionalitat del joc de l'oca de manera segura, amb n jugadors distribuïts en diferents ordinadors amb adreces IP i ports diferents connectats per mitjà d'una xarxa, que pot ser Internet, una intranet o una xarxa corporativa.

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L'objectiu d'aquest projecte ha estat elaborar una aplicació, un sistema xat o missatgeria instantània, que implementés tècniques criptogràfiques per a l'intercanvi segur d'informació punt per punt.

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This monographic explain what it happened last December on Indonesia, the origin of the tsunamis, the effects on the coast, tsunami warning system, etc. To finish we want to emphasize the importance that has the knowledge of this phenomenon and the knowledge of the tsunami and earthquake safety rules. This article presents how explain risks in the classroom with examples about myths, legends, survivors’ chronicles, literature etc

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Este trabajo tiene por objeto el estudio y análisis del acceso al aborto legal y seguro como esencial para el disfrute y efectivo ejercicio de los derechos humanos de las mujeres.Procuraré demostrar cómo el acceso al aborto seguro y legal es un elemento central para el cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres en términos generales, incluyendo sus derechos reproductivos y aquellos relacionados a su inherente condición de persona, y cómo su penalización y demás restricciones de acceso, importan una violación de estos derechos humanos.Consecuentemente, más que de un "derecho al aborto" en sentido estricto, de lo que procuro hablar es de la concreción de los derechos a la libertad, la intimidad, la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad, dado que, las decisiones de las mujeres en materia de aborto no tienen que ver solamente con sus cuerpos en términos abstractos, sino que, en términos másamplios, se encuentran relacionadas con sus derechos humanos inherentes a su condición de persona, a su dignidad y privacidad. Para su mejor entendimiento y desarrollo, dividiré el trabajo en 4 capítulos.El primer capítulo se dedicará al estudio y análisis de los aspectos legales del aborto: su contemplación en el marco de la Naciones Unidas, en el Consejo de Europa y en la Unión Europea. También se detallarán y explicaránlos diversos sistemas de regulación del aborto contemplados por las diferenteslegislaciones nacionales.En el segundo capítulo se analizará la problemática concerniente al aborto, realizando especial hincapié en sus causas y consecuencias; y se examinarán los principales argumentos de porqué no es útil la penalización del aborto.En el tercer capítulo abordaré, específicamente, porqué la penalización y las restricciones de acceso a un aborto legal y seguro importan una violación de los derechos humanos de las mujeres. Y en el cuarto capítulo efectuaré un análisis jurisprudencial de las principales sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Por último expondré mis conclusiones.

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En este trabajo proponemos un seguro de fallecimiento en el que al asegurado se le anticipa parte de la cuantía del seguro en el caso que se convierta en dependiente o agrave su situación de dependencia. El importe del anticipo estará en función del grado de dependencia que haya alcanzado. El asegurado podrá utilizar este anticipo para financiar la adquisición, o adecuación, de una determinada infraestructura como consecuencia de la falta de autonomía. Calcularemos las primas así como las provisiones matemáticas y realizaremos la comparación con el seguro de fallecimiento tradicional; también plantearemos la problemática de la carencia.

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Investigación elaborada a partir de una estancia en la Columbia Law School of New York, Estados Unidos, entre los meses de septiembre y noviembre del 2006. El Derecho comunitario europeo y español regulan la reparación de los daños causados por el uso o la proximidad de un producto defectuoso mediante gracias al impulso ideológico ejercido por la jurisprudencia norteamericana. El principio de responsabilidad objetiva rector de la directiva europea es fruto de un transfondo operado en los Estados Unidos en los años sesenta, coincidiendo con la revolución tecnològica y el inicio de la producción y del consumo masivos. Tales fenómenos suscitaron la búsqueda de mecanismos jurídicos aptos para canalizar la reparación de los daños inherentes a las actividades industriales tecnológicamente avanzadas. Su principal efecto fue la preocupación por una más justa distribución social de los llamados “costes del progreso”, preocupación que, jurídicamente, desembocó en la solución de la responsabilidad aun sin culpa del fabricante por los daños derivados de su producción industrial. El mérito de tal solución corresponde a determinados teóricos norteamericanos de la responsabilidad empresarial, quienes, inspirándose en ideas formuladas a inicios del siglo XX por los especialistas en Derecho laboral, concluyeron que es la empresa productora quien está en mejor situación de soportar el coste del accidente industrial: al imponerse al fabricante una responsabildad desvinculada de su eventual culpa en la causación del accidente, repercutirá en el precio de sus productos el coste del seguro de responsabilidad civil que se verá abocado a contratar para hacer frente a su responsabilidad objetiva o por riesgo, de manera que el coste de los accidentes acabará siendo soportado por el público consumidor al pagar el sobreprecio de los productos que adquiere. Las repercusiones de tal construcción han sido tanto normativas como judiciales.

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El presente proyecto pretende mejorar la situación del sistema de backup del Departamento de Diseño de Sony BCN TEC, con la intención de hacerlo más seguro y fiable, más cómodo y rápido y escalable de cara a futuras ampliaciones. El objetivo del presente proyecto es hacer un estudio de adquisición de un nuevo sistema para gestionar por completo las copias de seguridad del departamento, que sea capaz de manejar el tamaño de datos actual, pero también pensado en el crecimiento futuro. Esto es: un dispositivo hardware para realizar las copias de seguridad y si hace falta, un servidor y un software, que lo gestionen.

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El presente proyecto realizado en la Reserva Natural El Tisey-La Estanzuela en la República de Nicaragua pretende mejorar la situación de dicha Reserva como destino ecoturístico. Mediante una descripción exhaustiva del área y una valoración de los recursos y servicios turísticos, se ha planteado la problemática para el desarrollo del ecoturismo. Según la OMT, el ecoturismo es un tipo de turismo sostenible que se realiza en espacios naturales protegidos para conocer la flora y fauna características. Debe satisfacer las necesidades de los turistas y de los autóctonos, al mismo tiempo que protege y mejora las oportunidades de futuro y se respeta la integridad cultural, los procesos ecológicos, la diversidad biológica y los sistemas de apoyo a la vida. En base a ésto y a los resultados obtenidos tanto de la valoración de los servicios y recursos como del análisis DAFO, se han propuesto un conjunto de mejoras y se ha realizado un plan de actuación, que se trata de la elaboración de cuatro itinerarios así como de trípticos informativos, que de llevarse a cabo, mejorarían las condiciones turísticas y de seguro que aumentaría la afluencia de turistas.

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El objetivo de este proyecto es analizar la viabilidad de la construcción y operación de una planta de una planta de fabricación de acetaldehído a partir de etileno y oxígeno, mediante el proceso Wacker-Hoechst de una etapa. La viabilidad en la construcción y en la operación de la planta debe de ser conseguida manteniéndose dentro de los límites que establecen la normativa sectorial, la normativa urbanística, ya que uno de los objetivos del proyecto, además de obtener un proceso de producción fiable y seguro para quienes trabajen e inviertan su dinero en la planta, es conseguir una gestión y manejo de los recursos disponibles adecuada al panorama global, consiguiendo minimizar el impacto medioambiental mediante una optimización de los recursos disponibles.

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En el presente informe se realiza un análisis crítico del sistema español de financiación territorial y se avanzan una serie de recomendaciones para su reforma. La principal conclusión del trabajo es que el modelo actual no se adecua satisfactoriamente a los principios de igualdad, autonomía, responsabilidad y transparencia que deberían orientar su diseño y puede dificultar el cumplimiento de los objetivos básicos de la política macroeconómica. La solución de estos problemas exigiría una reforma en profundidad del sistema actual en la línea que se esboza en la parte final del documento. En el análisis se distingue entre el subsistema de régimen común en el que se integran la mayoría de las comunidades autónomas y el subsistema foral que se aplica en el País Vasco y Navarra. El sistema de régimen común ha sido objeto recientemente de una reforma que ha introducido novedades importantes en su estructura y filosofía. En el lado positivo, la nueva ley se ha traducido en una distribución más equitativa de los recursos asignados a las regiones, reduciendo de forma apreciable la dispersión de la financiación por unidad de necesidad en relación con el sistema anterior. Otra mejora significativa ha sido la creación del Fondo de Garantía, un instrumento que, por primera vez en la historia del sistema, permite ir adaptando la financiación a las cambiantes circunstancias regionales, ofreciendo así a las comunidades autónomas un seguro parcial contra los riesgos ligados a la evolución de sus ingresos y sus necesidades de gasto. A pesar de que éstas son mejoras importantes, el balance global de la reforma no es positivo. El nuevo acuerdo no resuelve satisfactoriamente los problemas que obligaron a la reforma de su antecesor, es bastante más complejo y opaco que éste, introduce un mecanismo de nivelación parcial de dudoso encaje constitucional, opta por un reparto inicial incierto que podría ser difícilmente aceptable ex-post para algunas regiones, y no ha abordado otros problemas estructurales del sistema, incluyendo su excesiva sensibilidad al ciclo económico. El sistema foral tampoco está libre de problemas. Tal como se ha implementado en la práctica, el modelo vasco-navarro de concierto o convenio supone una violación flagrante de la prohibición constitucional de que los regímenes autonómicos comporten privilegios económicos o sociales y constituye una fuente permanente de inestabilidad para el sistema de régimen común al ser percibido como un agravio comparativo en las regiones no forales de mayor renta, y en particular, en Cataluña. Según mis cálculos, la financiación por habitante del País Vasco es superior en un 60% a la media de las regiones de régimen común a igualdad de competencias y la situación no es muy distinta en Navarra. El origen de esta anomalía está en las leyes quinquenales del Cupo, donde los principios y procedimientos de valoración establecidos en la ley del Concierto se concretan de una forma muy discutible. Los problemas fundamentales que se detectan son dos. Primero, la valoración de las competencias estatales no asumidas por el País Vasco que se recoge en los anexos de las leyes quinquenales está fuertemente sesgada a la baja. Y segundo, el ajuste por IVA se realiza utilizando valores desfasados de los coeficientes que recogen el peso del País Vasco en el consumo nacional y en la base del impuesto. El efecto conjunto de ambos factores ha sido el de rebajar la contribución vasca a los gastos del Estado en 2.800 millones de euros en 2002 y en casi 4.500 millones en 2007, lo que supone respectivamente un 6,21% y un 6,89% del PIB del País Vasco. Dado todo esto, resulta difícil evitar la conclusión de que el diseño del sistema de financiación regional sigue siendo un problema abierto que no tardará mucho en volver a ocupar un lugar preferente en la agenda política nacional. Es de esperar que la próxima reforma del modelo sea algo más meditada que la aprobada el pasado diciembre y sirva realmente para dotar de un diseño razonable a uno de los elementos más críticos de nuestra arquitectura legal. Para alcanzar este objetivo, será necesario realizar una serie de reformas que pueden agruparse en tres grandes líneas de actuación: garantizar el cumplimiento efectivo del principio de igualdad, reforzar la responsabilidad fiscal de los gobiernos regionales y asegurar que el sistema contribuye a alcanzar los objetivos fundamentales de la política macroeconómica, o al menos que no dificulta su cumplimiento. Entre las medidas recomendadas cabría destacar las siguientes: - Corregir gradualmente el fuerte sesgo a la baja que existe actualmente en el cálculo de la aportación de los territorios forales a la hacienda central. Para ello no hace falta modificar las leyes del Concierto vasco y el Convenio navarro. Bastaría con que en las correspondientes leyes quinquenales se realizase una valoración razonable de las competencias que permanecen en manos del Estado, entre las que habría de incluirse la nivelación interregional, y se actualizasen los coeficientes que se utilizan para calcular el ajuste por IVA. - Recuperar la garantía de igualdad de acceso de todos los ciudadanos al conjunto de los servicios públicos como principio básico orientador del diseño del sistema de financiación y asegurar su aplicación efectiva en la práctica. Con este fin, sería aconsejable eliminar el Fondo de Suficiencia (excepto como vehículo para la financiación de las competencias singulares) y los Fondos de Convergencia para repartir el conjunto de los recursos del sistema de acuerdo con la fórmula de necesidades de gasto que actualmente se aplica sólo a la dotación del Fondo de Garantía. Con el fin de evitar la necesidad de fuertes recortes en la financiación de algunas comunidades, convendría hacer una transición suave desde la asignación actual hasta la derivada de la fórmula. - Introducir ciertos retoques en la actual fórmula de necesidades de gasto, incluyendo la recuperación de una partida que permita sufragar los costes fijos ligados a las instituciones de autogobierno y a ciertos servicios autonómicos así como la introducción de una corrección por diferencias en niveles de precios entre regiones. - Desdoblar el IRPF, el IVA y los Impuestos Especiales en un tramo estatal y otro autonómico claramente diferenciados, abandonando los actuales porcentajes de cesión. Los dos tramos serían regulados de forma independiente, aunque manteniendo en manos del Estado la determinación de la base imponible y la gestión del impuesto. - Dotar a las comunidades autónomas de competencias normativas sobre un tramo de los principales tributos indirectos y sobre los elementos de copago en sanidad, educación y otros servicios. Dada la oposición de la Comisión Europea a cualquier cambio normativo que pueda abrir la puerta a la existencia de tipos impositivos diferenciados regionalmente, el poder de decisión sobre el tramo autonómico del IVA y los Impuestos Especiales deberá ejercerse de forma colegiada por el conjunto de las comunidades autónomas, que habrán de fijar tipos uniformes en todo el territorio nacional. - Establecer un Fondo de Estabilización Presupuestaria, que se nutriría con el 'exceso' de recudación tributaria que se genera en la parte alta del ciclo económico y serviría para complementar los ingresos autonómicos en la parte baja del mismo. - Reformar la legislación sobre estabilidad presupuestaria para fijar a las comunidades autónomas un objetivo de equilibrio presupuestario año a año similar al que ya tienen las corporaciones locales y para concretar las medidas extraordinarias que el Estado podrá imponer a las administraciones territoriales en situaciones de 'emergencia presupuestaria'.

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S'ha realitzat un estudi retrospectiu de 41 casos clínics de queratocon mesurant les variables abans i després de la intervenció (al primer mes postoperatori, als 3 mesos i als 6 mesos). El crosslinking corneal amb riboflavina i radiació ultraviolada sembla ser un procediment segur i efectiu, que ha assenyalat la parada a la progressió del queratocon, una reducció, encara que no estadísticament significativa de la curvatura corneal, de l'equivalent esfèric i de l'astigmatisme en ulleres a pacients que prèviament havien manifestat una progressió del queratocon. Conclusions que podem treure d'aquest estudi: 1) Es pot esperar una mínima millora de l'agudesa visual o una detecció la pèrdua d'aquesta en els casos de queratocon progressiu. Encara que aquesta millora no va ser estadísticament significativa. 2) No es demostra que el crosslinking freni la progressió del queratocon, però sí observem un augment de les mitjanes dels valors que ens indiquen el grau de duresa corneal comparant els valors abans de la intervenció, i als 3 i 6 mesos, encara que no hagi diferència estadísticament significativa. Podem constatar que el Crosslinking és una tècnica més que podem emprar en el tractament del queratocon. Possiblement el seu efecte en la visió no serà molt apreciable, però davant de casos amb alt risc de progressió pot ser factible el seu ús ja que no té efectes secundaris d'importància.

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El sistema presentat proposa una solució de joc electrònic remot segur per a la ruleta, que usa criptografia de clan pública, certificats i signaturas digitals. Es difineix com es faran les accions, els protocols, per assegurar als participants que el joc és just i honest

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L'objectiu d'aquest projecte és dissenyar i implementar una utilitat que permeti xifrar (i posteriorment desxifrar) carpetes i fitxers fent servir claus basades en contrasenyes, la qual haurà de ser informada per l'usuari. Aquesta relació entre clau i contrasenya haurà de garantir que el sistema sigui prou segur davant d'atacs criptogràfics.

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Consisteix en la implementació d¿un escenari segur client - servidor amb un proveïdor d¿identitat i un control d¿accés extern. En concret, s¿hand¿implementar principalment dos components web, el proveïdor de servei i el proveïdor d¿identitat.

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Aquest treball de fi de carrera es basa en el desenvolupament d'una aplicació web per tal de que jugadors de tot el mon puguin jugar a escacs on-line.