16 resultados para SEGURIDAD INTERNACIONAL - CHINA

em Consorci de Serveis Universitaris de Catalunya (CSUC), Spain


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Este es el objeto de la presente investigación: analizar de qué manera y hasta qué punto el fenómeno EMSP queda cubierto y le son aplicables las normas de derecho internacional humanitario. Para ello, dividimos el trabajo en tres grandes partes. La primera, de carácter introductorio, hace un repaso sobre el fenómeno clásico del mercenarismo y cómo la respuesta que le ha dado el derecho internacional no solo ha sido tardía, sino que no resulta de excesiva utilidad para los modernos contratistas privados. En la segunda parte abordamos el origen, proliferación y funciones de las empresas militares y de seguridad privadas, así como las diferencias que las caracterizan en comparación con el mercenarismo clásico. Asimismo, tratamos de dilucidar cuál debería ser el estatuto jurídico de estas personas en el contexto de su participación en conflictos armados, cuestión que no tiene una respuesta clara y que seguramente se encuentra entre los más claros argumentos a favor de una regulación ad hoc del fenómeno. Finalmente, el segundo capítulo se cierra con un breve análisis de las distintas iniciativas de regulación a las que hemos hecho referencia en el párrafo anterior. La tercera parte del estudio analiza de forma pormenorizada los principios y normas de derecho internacional humanitario que se ven afectadas por la presencia y participación de EMSP en conflictos armados. Tomando como base normativa el derecho humanitario consuetudinario que ha sido identificado por el CICR (Henckaerts y Doswald Beck 2007), y teniendo en cuenta tanto la práctica conocida como las propuestas regulatorias mencionadas, este capítulo identifica los grados de exigibilidad de las principales normas de derecho humanitario a las EMSP. Terminamos con las pertinentes conclusiones, de las que se va a desprender un deber genérico de respeto del derecho internacional humanitario tanto por la empresa como por sus empleados; un principio que solo se exceptúa en aquellas normas de derecho humanitario que solo corresponde aplicar al estado soberano en tanto que tal y que cabe matizar en algunas otras. Observaremos sin embargo que la inmensa mayoría de los principios y normas de derecho internacional humanitario son perfectamente aplicables y deberían ser exigibles a las EMSP y sus empleados.

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La externalización mediante actores privados del uso de la fuerza en conflictos internos e internacionales es un fenómeno creciente que el artículo analiza desde la perspectiva de sus repercusiones en el respeto de las normas internacionales de protección de los derechos humanos y tomando como caso de estudio en conflicto en Irak.

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A través del análisis de la presencia del fútbol internacional en los principales medios online que ofrecen información en inglés, el presente trabajo trata de estudiar las características de los mensajes informativos online sobre el deporte atendiendo a los siguientes aspectos: la tipología de mensajes, la tipología de contenidos a nivel temático, la tipología de fuentes y la utilización de herramientas, instrumentos y plataformas de la Web 2.0. De este modo se han podido diagnosticar las fortalezas y debilidades que presentan el ciberperiodismo deportivo en China y aportar al mejoramiento de la calidad de contenidos deportivos de los medios de comunicación del país.

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El presente trabajo de investigación se centrará en el estudio de uno de los conflictos territoriales más candentes que existen en la región de Asia Oriental y, por ende, en la escena internacional, que enfrenta a Japón contra China y Taiwán por la soberanía de las Islas Senkaku/Diaoyu. Aunque dadas las dimensiones del mismo, nos centraremos en la postura nipona. No en vano, el objetivo general que pretendemos alcanzar se sustenta en analizar la política exterior y de seguridad japonesa ante tal contencioso, como también las consecuencias e implicaciones que puede tener para la misma a la hora de entender el papel que debe desempeñar Japón en la escena internacional.

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La medida de la polarización está ligada a la inestabilidad potencial, la aparición de grupos con intereses opuestos, generada por una situación de distribución específica. Esta investigación analiza la distribución internacional de las emisiones de CO2 per cápita a través de la adaptación del concepto y las medidas de polarización. La descripción agrupada más interesante que se deriva del análisis de polarización es la de dos grupos. Estos grupos coinciden ampliamente con los países del Anexo B del Protocolo de Kyoto y los que no lo son, lo que podría indicar la capacidad del análisis de polarización para explicar la generación de grupos en el mundo real. El análisis muestra una reducción significativa en la polarización internacional de las emisiones de CO2 per cápita entre 1971 y 2001. Esto se explica en gran parte por el aumento en las emisiones experimentado por China e India. Una reducción en la polarización puede implicar una reducción en la dificultad de alcanzar acuerdos. No obstante, la polarización no ha cambiado mucho desde 1995 o 1997 (año en que tuvieron lugar las negociaciones de Kyoto), lo que podría indicar que la polarización de la distribución de emisiones entre países es aún uno de los factores importantes llevando a la dificultad en alcanzar nuevos acuerdos respecto a las políticas globales de.

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El trabajo analiza los procesos de gestación y evolución del orden regional de Asia oriental en materia de seguridad, así como la estructura normativa del mismo. En estos procesos las iniciativas bilaterales de los Estados tradicionalmente han jugado un papel determinante. Las últimas dos décadas, no obstante, han sido testigo del creciente peso de otros actores no estatales en el marco del llamado second track y del impulso de iniciativas multilaterales. En cuanto a la estructura de este orden, por otra parte, ésta se compone de unos principios y normas constitucionales y de unas instituciones fundamentales que delimitan un orden diferente de y compatible con el orden internacional actual.

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Una investigación llevada a cabo en 2002-2003, relativa a las aportaciones de la jurisprudencia del Tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoslavia (TPIY) al desarrollo del Derecho internacional penal material, puso de manifiesto ciertas dificultades a la hora de delimitar el contenido del crimen contra la humanidad consistente en la persecución por motivos políticos, raciales y religiosos. Así parecía desprenderse del esfuerzo del TPIY por establecer pautas y criterios generales para su aplicación que, sin embargo, debía constantemente revisar y modificar. Ello prueba que las definiciones existentes resultan ser excesivamente casuísticas y/o abiertas para proporcionar la seguridad jurídica que todo sistema penal requiere. Para identificar el origen de tales dificultades, se estimó que su inclusión dentro de los crímenes contra la humanidad ofrecía un interesante criterio de comparación, en la medida en que todos los comportamientos que integran esta categoría deberían presentar una serie de rasgos comunes que justificara su criminalización cuando fueran cometidos como parte de un ataque sistemático o generalizado contra una población civil, con conocimiento de dicho ataque (es decir, en el contexto propio de los crímenes contra la humanidad). A partir de este análisis, se llegó a la principal conclusión de que los problemas de definición y aplicación parecen deberse a la configuración de la persecución como un crimen discriminatorio, orientado a garantizar que todas las personas puedan disfrutar de sus derechos humanos sin discriminación, de manera que el bien jurídico protegido por el crimen es el principio de no discriminación. Ello dota a la persecución de una configuración compleja que la aproxima más al genocidio que al resto de crímenes contra la humanidad, puesto que estos buscan proteger determinados derechos humanos (y no principios, como el de no discriminación).

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El presente trabajo de final carrera, como su título indica, “Aplicación de los convenios de la OIT a través de la jurisprudencia de los tribunales españoles”, se ciñe al estudio de la aplicación de los Convenios ratificados por el Estado español en los procesos judiciales que les han sido de aplicación. Los referidos Convenios son, en esencia, tratados internacionales sujetos al régimen jurídico que establece el Derecho Internacional Público y, atendiendo a éste, se rigen por la voluntad de las partes. Cada Estado miembro y firmante, establece el alcance que tendrá cada Convenio, el cual entrará en vigor cuando este Estado receptor lo haya ratificado. Resulta interesante el estudio de las normas de la OIT, principalmente los Convenios, pues son las únicas normas que, una vez ratificadas, tienen el peso de norma sustantiva y los tribunales proceden y deben proceder a su aplicación como tal. De ello, se deduce que existe un mínimo de garantías en el Derecho de Trabajo Internacional, las cuales, afectan a las condiciones laborales de los trabajadores de la mayor parte de los países y como objetivo ambicioso, se debería procurar y conseguir que su aplicación, como norma mínima, fuera en todos los Estados de planeta. Para ello, se realiza un estudio genérico de la aplicación jurisprudencial de los Convenios de la OIT ratificados por España, para finalmente concretar con un Convenio determinado, siendo el mismo, el Convenio número 155, sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores y Medio Ambiente de Trabajo, en su aplicación en reclamaciones por daños y perjuicios, así como en recargo de las prestaciones económicas de la Seguridad Social, entre otras, todo ello, derivado de las consecuencias producidas por accidentes de trabajo. Recientemente se ha publicado el instrumento de Ratificación del Convenio número 187, (BOE 04.08.09), sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, si bien, su entrada en vigor para España será el próximo 5 de mayo de 2010; el mismo, hace hincapié en la importancia de promover de forma continua una cultura nacional de prevención en materia de seguridad y salud, el cual, también tendrá en un futuro su aplicación en el ámbito laboral como norma sustantiva.

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En este trabajo se analiza la homosexualidad en China y el papel desempeñado por Internet para la sensibilización y su conocimiento. Partiendo del contexto sociocultural de China y por medio de entrevistas a homosexuales en revistas, programas de televisión online y blogs se analiza su identidad conflictiva con los valores tradicionales de la cultura china. También se abordan los avances llevados a cabo por las instituciones educativas en proyectos de sensibilización y el aumento de la información sobre la homosexualidad. El incremento continuo de información en Internet es un hecho que ayuda a la creciente visibilidad y tolerancia hacia la comunidad homosexual en China.

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El present Treball de Fi de Carrera tracta dur a terme un estudi sobre els projectes de col.laboració inter-empresarial. Fruit d'aquest fenomen de diversificació d'àmbit societari, sorgeix la joint venture com un sistema d'internacionalització en el món empresarial. Per analitzar les peculiaritats d'aquesta figura contractual ens centrarem en l'anàlisi de la seva implantació i desenvolupament al país del drac que desperta, investigant sobre les repercussions des del prisma de la ciència jurídica en la convergència de Dret Societari Internacional i dels contractes. Així mateix, es farà referència als aspectes econòmics, i polítics presents a la Xina, així com de l'objecte i de l'existència i transcendència de la joint venture per a l'economia internacional.

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Los desafíos de la seguridad global –anticipando respuestas ante las nuevas amenazas– es lo que preocupa al mundo actual. La seguridad ya no es un exclusivo ámbito nacional, o estatal, ni tan siquiera europeo. Es más global y común. El ciudadano es el centro de la seguridad. Los Estados son instrumentos a través de los cuales se concretan soluciones de seguridad centradas en el ciudadano con una seguridad que sea preventiva, integrada y sostenible. La estrategia de seguridad Europea de 2003 define como principales amenazas para Europa las siguientes: terrorismo, proliferación de armas de destrucción masiva, conflictos regionales, debilitamiento de los Estados y delincuencia organizada. Este documento proporciona a la UE una estrategia de carácter político para responder a los retos de la seguridad interior y exterior y al fenómeno creciente de la globalización. Los temas tratados subrayan el aumento de la preocupación por la seguridad en Europa y la necesidad de dar un enfoque global a las políticas con incidencia en estas materias. La Unión Europea tiene una amplia gama de políticas que poseen una dimensión de seguridad. Estos instrumentos no sólo deben ampliarse, creando nuevas herramientas para afrontar los nuevos retos, sino que deben aprovechar mejor sus sinergias, de manera que permitan a la Unión adquirir un mayor protagonismo en la seguridad y la estabilidad de la comunidad internacional.

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L'aparició de noves amenaces ha fet que la UE elaborés l'Estratègia Europea de Seguretat i l'Estratègia Contra la Proliferació d'ADM el 2003. Amb aquestes estratègies es persegueix que la Unió actuï amb un posicionament comú en el panorama internacional. Però, la PESC segueix sent una política coordinada, per tant, la seva actuació es troba limitada tant pels Estats membres com per altres actors internacionals. En aquest estudi, s'analitza l'actuació de la UE en relació amb les Estratègies i si pot esdevenir una alternativa a altres actors dins del Sistema Internacional actual.

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El Instituto no contaba con campus virtual propio y la formación se impartía desde tres sedes electrónicas distintas, como se muestra en el gráfico adjunto, por lo cual en 2011 se decide montar entorno virtual de aprendizaje propio y asumir con agentes internos (personal técnico del ISPC y miembros de los cuerpos de policías y bomberos) el diseño y elaboración de las propuestas formativas. En el documento se explica los pasos seguidos hasta llegar al entorno virtual.

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Treball d'investigació que ha consistit a analitzar si, prenent com a base els acords de seguretat entre el Japó i els Estats Units, en cas que actualment esclatés un conflicte armat entre Taiwan i la Xina (independentment de qui en sigui el responsable), i els Estats Units intervinguessin en defensa o ajuda de Taiwan, el Japó estaria jurídicament obligat a oferir la seva col·laboració al país nord-americà.

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‘España es uno de los seis países de la Unión Europea cuyas cuentas van a sufrir un mayor empeoramiento debido al efecto envejecimiento de su población. Y la población parece ser muy consciente de ello, puesto que el 49% de los españoles dudan de la viabilidad del sistema de pensiones’ (Extracto de artículo publicado el 24 de abril de 2009 en El Periódico.)Dos fueron los motivos para decantarnos en la elección de este tema: por un lado, el año pasadovimos cómo en nuestra Universidad se desarrollaban esquemas de Ponzi a pequeña escala entre los estudiantes; y por otro, paralelamente asistíamos al descubrimiento del ‘Caso Madoff’, uno de los mayores y más escandalosos fraudes financieros de la historia, con el que se puso en evidencia el definitivo resquebrajamiento del actual sistema económico internacional.Desde el primer momento del trabajo, nos interesó tanto la estructuración y funcionamiento de este tipo de esquemas, como su aplicación en determinados ámbitos de la vida real. Pero, una vez introducidas en este complejo entramado, lo que más nos sorprendió fue la ambigüedad y controversia a la que están sujetos, ya que mientras en su mayoría son considerados estafas y están condenados por la ley, también observamos contrariamente una clara aceptación de parecidas manifestaciones respaldadas legalmente por ser consideradas socialmente beneficiosas.Queríamos huir de la mera representación teórica del tema de las pirámides y dotar de un tinte distinto a este trabajo, por lo que decidimos enfocarlo hacia ese tipo de construcciones que, pese a ser legítimas, no dejan de tratarse de estructuras supuestamente piramidales, por las grandes similitudes que tienen.La búsqueda de tales evidencias en el marco de nuestra sociedad actual guió nuestros primeros pasos. Surgieron diversas ideas que poco a poco fuimos descartando, perfilando y orientando hasta dar con lo que constituye, hoy por hoy, el objetivo de nuestro trabajo: establecer un paralelismo entre el sistema de pensiones de la Seguridad Social Española y un esquemapiramidal, así como, si fuera válida tal relación, reflexionar sobre las repercusiones de toda índole que puede traer consigo a corto y a largo plazo.Empezamos introduciendo al lector inevitablemente en el marco teórico e histórico de los esquemas piramidales, presentando una idea general de su naturaleza y tipología y comentando el tratamiento legal que les corresponde.A continuación, analizamos las similitudes existentes entre un esquema piramidal abierto y el sistema de pensiones de la Seguridad Social Española, estableciendo en realidad una ecuación de identidad entre ambas. Una parte sustancial de este análisis se destina a la reflexión acerca de los elementos clave que determinan tanto la creación, mantenimiento y desmoronamiento de ambos sistemas: la confianza de los agentes y los recursos disponibles -dinero o personas-.Sabemos que en un esquema piramidal abierto, la pérdida de confianza le precipita inevitablemente a su fin, mientras que en el caso de la Seguridad Social tal amenaza queda neutralizada por la Ley. Por ello y aceptando tal teoría como cierta, la falta de recursos, contribuyentes en este caso, se erige como el principal problema de los sistemas de pensiones alargo plazo. Una vez alertado este hecho, decidimos centrarnos en el cambio sufrido en las pautas demográficas, tanto españolas, como europeas. Más concretamente, hemos examinado los factores que contribuyen al creciente proceso de envejecimiento de ambas sociedades, así como su relación con el potencial colapso del sistema -previsto por los más reputados especialistas y corroborado en la mayoría de los medios de comunicación para dentro de unos treinta años.Por último, plantemos las posibles soluciones o alternativas al problema, recordando previamente los motivos o justificaciones para la existencia de la Seguridad Social en la Conclusión reflexionamos sobre las repercusiones éticas y morales que podría tener un conflicto de tal envergadura.