6 resultados para Política Nacional de Vigilância Sanitária

em Consorci de Serveis Universitaris de Catalunya (CSUC), Spain


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En noviembre de 2006, Nicaragua se unió a los países latinoamericanos que han apostado por que la izquierda vuelva a gobernar el país. En el presente trabajo sus autoras realizan una reflexión sobre el devenir postrevolucionario en Nicaragua en relación con una de sus figuras claves, Daniel Ortega. Una aproximación personal a uno de los líderes históricos del sandinismo contextualizada con el papel desempeñado por Ortega en la política moderna nicaragüense, considerando que los liderazgos personales están primando en la política nacional frente a las necesidades reales de una sociedad que está atravesando una grave crisis interna.

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En el presente informe se realiza un análisis crítico del sistema español de financiación territorial y se avanzan una serie de recomendaciones para su reforma. La principal conclusión del trabajo es que el modelo actual no se adecua satisfactoriamente a los principios de igualdad, autonomía, responsabilidad y transparencia que deberían orientar su diseño y puede dificultar el cumplimiento de los objetivos básicos de la política macroeconómica. La solución de estos problemas exigiría una reforma en profundidad del sistema actual en la línea que se esboza en la parte final del documento. En el análisis se distingue entre el subsistema de régimen común en el que se integran la mayoría de las comunidades autónomas y el subsistema foral que se aplica en el País Vasco y Navarra. El sistema de régimen común ha sido objeto recientemente de una reforma que ha introducido novedades importantes en su estructura y filosofía. En el lado positivo, la nueva ley se ha traducido en una distribución más equitativa de los recursos asignados a las regiones, reduciendo de forma apreciable la dispersión de la financiación por unidad de necesidad en relación con el sistema anterior. Otra mejora significativa ha sido la creación del Fondo de Garantía, un instrumento que, por primera vez en la historia del sistema, permite ir adaptando la financiación a las cambiantes circunstancias regionales, ofreciendo así a las comunidades autónomas un seguro parcial contra los riesgos ligados a la evolución de sus ingresos y sus necesidades de gasto. A pesar de que éstas son mejoras importantes, el balance global de la reforma no es positivo. El nuevo acuerdo no resuelve satisfactoriamente los problemas que obligaron a la reforma de su antecesor, es bastante más complejo y opaco que éste, introduce un mecanismo de nivelación parcial de dudoso encaje constitucional, opta por un reparto inicial incierto que podría ser difícilmente aceptable ex-post para algunas regiones, y no ha abordado otros problemas estructurales del sistema, incluyendo su excesiva sensibilidad al ciclo económico. El sistema foral tampoco está libre de problemas. Tal como se ha implementado en la práctica, el modelo vasco-navarro de concierto o convenio supone una violación flagrante de la prohibición constitucional de que los regímenes autonómicos comporten privilegios económicos o sociales y constituye una fuente permanente de inestabilidad para el sistema de régimen común al ser percibido como un agravio comparativo en las regiones no forales de mayor renta, y en particular, en Cataluña. Según mis cálculos, la financiación por habitante del País Vasco es superior en un 60% a la media de las regiones de régimen común a igualdad de competencias y la situación no es muy distinta en Navarra. El origen de esta anomalía está en las leyes quinquenales del Cupo, donde los principios y procedimientos de valoración establecidos en la ley del Concierto se concretan de una forma muy discutible. Los problemas fundamentales que se detectan son dos. Primero, la valoración de las competencias estatales no asumidas por el País Vasco que se recoge en los anexos de las leyes quinquenales está fuertemente sesgada a la baja. Y segundo, el ajuste por IVA se realiza utilizando valores desfasados de los coeficientes que recogen el peso del País Vasco en el consumo nacional y en la base del impuesto. El efecto conjunto de ambos factores ha sido el de rebajar la contribución vasca a los gastos del Estado en 2.800 millones de euros en 2002 y en casi 4.500 millones en 2007, lo que supone respectivamente un 6,21% y un 6,89% del PIB del País Vasco. Dado todo esto, resulta difícil evitar la conclusión de que el diseño del sistema de financiación regional sigue siendo un problema abierto que no tardará mucho en volver a ocupar un lugar preferente en la agenda política nacional. Es de esperar que la próxima reforma del modelo sea algo más meditada que la aprobada el pasado diciembre y sirva realmente para dotar de un diseño razonable a uno de los elementos más críticos de nuestra arquitectura legal. Para alcanzar este objetivo, será necesario realizar una serie de reformas que pueden agruparse en tres grandes líneas de actuación: garantizar el cumplimiento efectivo del principio de igualdad, reforzar la responsabilidad fiscal de los gobiernos regionales y asegurar que el sistema contribuye a alcanzar los objetivos fundamentales de la política macroeconómica, o al menos que no dificulta su cumplimiento. Entre las medidas recomendadas cabría destacar las siguientes: - Corregir gradualmente el fuerte sesgo a la baja que existe actualmente en el cálculo de la aportación de los territorios forales a la hacienda central. Para ello no hace falta modificar las leyes del Concierto vasco y el Convenio navarro. Bastaría con que en las correspondientes leyes quinquenales se realizase una valoración razonable de las competencias que permanecen en manos del Estado, entre las que habría de incluirse la nivelación interregional, y se actualizasen los coeficientes que se utilizan para calcular el ajuste por IVA. - Recuperar la garantía de igualdad de acceso de todos los ciudadanos al conjunto de los servicios públicos como principio básico orientador del diseño del sistema de financiación y asegurar su aplicación efectiva en la práctica. Con este fin, sería aconsejable eliminar el Fondo de Suficiencia (excepto como vehículo para la financiación de las competencias singulares) y los Fondos de Convergencia para repartir el conjunto de los recursos del sistema de acuerdo con la fórmula de necesidades de gasto que actualmente se aplica sólo a la dotación del Fondo de Garantía. Con el fin de evitar la necesidad de fuertes recortes en la financiación de algunas comunidades, convendría hacer una transición suave desde la asignación actual hasta la derivada de la fórmula. - Introducir ciertos retoques en la actual fórmula de necesidades de gasto, incluyendo la recuperación de una partida que permita sufragar los costes fijos ligados a las instituciones de autogobierno y a ciertos servicios autonómicos así como la introducción de una corrección por diferencias en niveles de precios entre regiones. - Desdoblar el IRPF, el IVA y los Impuestos Especiales en un tramo estatal y otro autonómico claramente diferenciados, abandonando los actuales porcentajes de cesión. Los dos tramos serían regulados de forma independiente, aunque manteniendo en manos del Estado la determinación de la base imponible y la gestión del impuesto. - Dotar a las comunidades autónomas de competencias normativas sobre un tramo de los principales tributos indirectos y sobre los elementos de copago en sanidad, educación y otros servicios. Dada la oposición de la Comisión Europea a cualquier cambio normativo que pueda abrir la puerta a la existencia de tipos impositivos diferenciados regionalmente, el poder de decisión sobre el tramo autonómico del IVA y los Impuestos Especiales deberá ejercerse de forma colegiada por el conjunto de las comunidades autónomas, que habrán de fijar tipos uniformes en todo el territorio nacional. - Establecer un Fondo de Estabilización Presupuestaria, que se nutriría con el 'exceso' de recudación tributaria que se genera en la parte alta del ciclo económico y serviría para complementar los ingresos autonómicos en la parte baja del mismo. - Reformar la legislación sobre estabilidad presupuestaria para fijar a las comunidades autónomas un objetivo de equilibrio presupuestario año a año similar al que ya tienen las corporaciones locales y para concretar las medidas extraordinarias que el Estado podrá imponer a las administraciones territoriales en situaciones de 'emergencia presupuestaria'.

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Aquest policy paper sosté que la Conferència Diplomàtica que se celebrarà el març de 2013 representa una oportunitat única per assolir el Tractat sobre el Comerç d'Armes (TCA). La nova ronda negociadora es portarà a terme pocs mesos després de la Conferència Diplomàtica de juliol de 2012, en què es va estar a punt d’arribar al consens. Des de llavors, el context internacional ha canviat i l’estabilitat en la política nacional dels Estats Units, el principal productor i exportador mundial d’armes, permet un optimisme moderat sobre la consecució de l’acord. El principal obstacle que trobaran els partidaris del tractat són les regles del joc i, concretament, la necessitat de consens per prendre decisions. Aquest text ofereix als activistes de la societat civil 11 recomanacions perquè incrementin la seva influència.

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En nuestro sistema político, los medios de comunicación no son agentes neutros, sino que desempeñan un papel central en la legitimación de las instituciones políticas. La consolidación de la UE ha significado el surgimiento de un entramado institucional supranacional con nuevos actores e instituciones que muchas veces son cuestionadas por su falta de legitimidad democrática. Todas estas cuestiones llevan a preguntarnos cuál es el papel que desempeñan los medios de comunicación en el proceso de construcción europea, cómo se da cuenta del proceso a la ciudadanía y cuáles de sus elementos entran en la agenda mediática. Este artículo intenta aproximarse a esta cuestión analizando la cobertura mediática que recibe el proceso de integración europea en la prensa española. Para hacerlo, se analizan cinco casos de procesos legislativos y diplomáticos del ámbito de la UE. La enorme diferencia en la cobertura de los distintos casos permite concluir que, en el caso de la prensa española analizada, las cuestiones europeas están vinculadas a la agenda mediática nacional y sirven como elemento legitimador o deslegitimador de posturas políticas de la clase política nacional.

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La Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, publicada en junio de 20111, recoge en su artículo 37 los principales aspectos a tener en cuenta a la hora de llevar a cabo la difusión en abierto de los resultados de la investigación financiada con fondos públicos y aceptados para su publicación en publicaciones de investigación seriadas o periódicas. Sin embargo, las dudas que han surgido en los diferentes ámbitos de aplicación han motivado la realización de un ejercicio de reflexión que permita ordenar cuáles son los pasos que los diferentes agentes involucrados deberían abordar para un correcto cumplimiento de la normativa legal y facilitar así la adecuada aplicación del artículo sobre “Difusión en acceso abierto”.El objetivo de este documento es contar con una guía práctica que defina los aspectos principales de la política nacional de acceso abierto y despeje el camino a todos los actores afectados, al especificar cuáles son los nuevos roles que habrán de adoptarse y elaborar una serie de recomendaciones destinadas a todos los colectivos implicados en la producción y gestión del mercado de la información científica...

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La Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, publicada en junio de 20111, recoge en su artículo 37 los principales aspectos a tener en cuenta a la hora de llevar a cabo la difusión en abierto de los resultados de la investigación financiada con fondos públicos y aceptados para su publicación en publicaciones de investigación seriadas o periódicas. Sin embargo, las dudas que han surgido en los diferentes ámbitos de aplicación han motivado la realización de un ejercicio de reflexión que permita ordenar cuáles son los pasos que los diferentes agentes involucrados deberían abordar para un correcto cumplimiento de la normativa legal y facilitar así la adecuada aplicación del artículo sobre “Difusión en acceso abierto”.El objetivo de este documento es contar con una guía práctica que defina los aspectos principales de la política nacional de acceso abierto y despeje el camino a todos los actores afectados, al especificar cuáles son los nuevos roles que habrán de adoptarse y elaborar una serie de recomendaciones destinadas a todos los colectivos implicados en la producción y gestión del mercado de la información científica...