12 resultados para Penas eclesiásticas

em Consorci de Serveis Universitaris de Catalunya (CSUC), Spain


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La reincidencia delictiva es uno de los principales temas de estudio de la Criminología. Una alta tasa de reincidencia es una muestra de que el actual modelo de tratamiento hacia los delincuentes no está dando buenos resultados. Además, podría implicar el fracaso de la prevención especial y del modelo rehabilitador como finalidad principal de la pena, ya que una sociedad que emplea grandes recursos en reinsertar a sus criminales, exige mejores resultados.La aplicación de medidas penales alternativas (en adelante MPA) por parte de los jueces ha aumentado mucho en los últimos años, sobre todo a partir de 2003 (Contreras, 2010). Centrándome en concreto en la pena de trabajos en beneficio de la comunidad (en adelante TBC) y en la suspensión de la pena de prisión (en adelante suspensión), un tema que considero muy interesante investigar es si la aplicación de estas medidas alternativas aportan mejores resultados en términos de reincidencia delictiva que el ingreso en prisión.En esta investigación cuantitativa, la metodología que he utilizado es un diseño cuasi experimental, para comparar el impacto que tienen las MPA como tratamiento en la reincidencia delictiva, utilizando el análisis estadístico de una base de datos de delincuentes condenados por un delito de violencia ocasional contra la pareja. Concretamente, las técnicas utilizadas son el cruce de una serie de variables y el análisis de supervivencia.Partiendo de la hipótesis principal de que las MPA registran menores tasas de reincidencia que la prisión, estudio también la influencia de otras variables como la edad, la nacionalidad y los antecedentes delictivos en el impacto detectado.Los resultados confirman la hipótesis central, pero me llevan rechazar las hipótesis referentes a las demás variables. No obstante, gracias al análisis de esas variables se ha puesto demanifiesto que la variable “antecedentes” tiene una gran validez predictiva de la reincidencia futura y, pese a los problemas y limitaciones reconocidas en la investigación, permiten extraerconclusiones muy interesantes para futuras investigaciones sobre la reincidencia. La conclusión más importante es la evidencia de que las MPA son un tratamiento reductor de la reincidencia a medio y largo plazo, lo cual hace recomendable seguir ampliando y mejorandosu aplicación.

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El objeto de las siguientes páginas es el estudio de la contabilidad de una institución eclesiástica, la catedral de Barcelona durante el siglo XVII, tanto la descripción de las prácticas contables utilizadas por dicha institución a lo largo del periodo señalado, como plantear, en primer lugar, los problemas de orden metodológico a que se enfrenta el historiador que ha de manejar esta clase de fuente documental y, en segundo lugar, sugerir qué nuevas preguntas es posible plantear y responder a partir de las fuentes contables; preguntas distintas de las que acostumbran a estar presentes en las investigaciones de los historiadores que han trabajado sobre las instituciones eclesiásticas. En la primera parte de la comunicación presentaré unas reflexiones sobre la Iglesia considerada como una institución económica y sobre las principales prácticas organizativas que derivaron del ejercicio histórico de ese papel; en segundo lugar describiré los rasgos identificadores de la contabilidad de la catedral barcelonesa, en lo que hace referencia a sus características técnicas particulares. En la tercera y última parte centraré mi atención en la utilización de las contabilidades eclesiásticas como fuentes históricas y mostraré algunas de las posibilidades de explotación cualitativa que pueden presentar.

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La presente tesina desarrolla de forma resumida la evolución histórica y legal sobre la libertad condicional en España, desde los Presidios del norte de África hasta nuestros días. Se tienen en cuenta las últimas reformas de la Ley orgánica 7/2003, de 30 de junio, de medidas de reforma para el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas, así como su repercusión en la concesión de la libertad condicional. Se destacan como puntos más importantes: La doctrina Parot establecida por el Tribunal Supremo en cuanto a aplicación de la redención de penas por trabajo a los condenados por el Código penal de 1973, y la introducción de expulsión del interno extranjero residente ilegal en nuestro país a la llegada de las 3/4 partes de la condena.

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Amb el següent estudi volem conèixer l’impacte penal que ha tingut l’aprovació de la LO 1/2004, de 28 de desembre, de mesures de protecció integral contra la violència de gènere, en matèria de maltractament ocasional en l’àmbit de la parella (art. 153 CP). Presentem el treball empíric que hem dut a terme, el qual consisteix en una anàlisi quantitativa de les sentències dictades pels jutges de Barcelona pel delicte de maltractament ocasional quan es produeix en la parella i de les executòries corresponents a cadascuna de les sentències, per tal de conèixer, a més de les penes imposades en sentències, les penes que efectivament s’executen per la comissió d’aquest delicte. Hem constatat que una gran part de la violència domèstica fa referència al maltractament ocasional de l’home contra la dona parella o ex parella. És un delicte que sí es castiga, ja que els jutges dicten en la majoria dels casos sentències condemnatòries i opten per la imposició en sentència de la pena privativa de llibertat. A més, com des de l’aprovació de LO 1/2004 és obligatori, la pena imposada va acompanyada de penes accessòries, particularment de la prohibició de aproximació i de comunicació. Generalment, en execució, la pena de presó es suspèn amb regles de conducta, sobre tot amb l’obligació de realitzar programes formatius o de tractament. Així doncs, la comissió d’un delicte de maltractament ocasional en l’àmbit de la parella té conseqüències penals importats, a més de les conseqüències que pugui tenir en altres àmbits.

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Són quatre els objectius d’aquesta recerca: (1) determinar la taxa de reincidència administrativa dels sotmesos a formes substitutives a la presó; (2) descriure les relacions significatives entre determinades variables individuals i d’historial delictiu i la seva reincidència; (3) comparar taxes de reincidència entre penats que compleixen treballs en benefici de la comunitat (TBC) i suspensions de condemna amb imposició de regles de conducta; (4) comparar les taxes de reincidència de persones amb mesures alternatives amb les de reincidència penitenciària. Per reincidència administrativa s’entén entrar a presó o complir una nova mesura penal alternativa per un nou delicte durant el període de seguiment. Per assolir els objectius, han estat estudiades 329 persones que, al llarg de l’any 2000, van finalitzar, com a mínim, un TBC o una obligació imposada en el marc de la suspensió de la pena. El seguiment ha estat conclòs els 30 de juny de 2005. Els resultats indiquen que: (1) la taxa de reincidència administrativa dels sotmesos a MPA és inferior a la taxa de reincidència penitenciària; (2) no hi ha diferències rellevants pel que fa a la reincidència administrativa entre els homes i les dones estudiades, tampoc entre estrangers i espanyols; (3) presenten una major taxa de reincidència els que tenen antecedents de qualsevol tipus, i encara una taxa major els que tenen antecedents penitenciaris.

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L'objectiu principal d'aquest treball és adaptar un portal web, ja existent, el de la Fira de Teatre de Tàrrega, a diferents famílies de dispositius mòbils. Aquesta adaptació es fa utilitzant la plataforma MyMobileWeb, basada en estàndards lliures. MyMobileWeb proporciona una solució al problema de la mobilitat i de l'heterogeneïtat de dispositius.

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Líneas esenciales de la actuación contra el terrorismo y crímenes similares: 1.Respeto de los derechos constitucionales y libertades fundamentales en todos los procesos sin excepción: derecho a un juicio justo, derecho de defensa, presunción de inocencia y garantía de la tutela judicial. 2.Especialización orgánica y centralización jurisdiccional: jurisdicción central con competencia exclusiva para el terrorismo (Audiencia Nacional con sede en Madrid-Tribunal ordinario especializado)-extremismos violentos (fin: subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública) 3.Aplicación de las leyes de procedimiento ordinarias con algunas restricciones de derechos en la fase de investigación (control judicial-criterios necesidad y proporcionalidad) 4.Especialidades en tipos penales y ejecución de penas.

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El artículo 25.2 CE establece un mandato que tiende a orientar las penas privativas de libertad hacia la reeducación y reinserción social de aquellos que las cumplen, y ello, en el ámbito penitenciario, no sería posible sin los programas de tratamiento. Esto se produce en un marco legal que establece un sistema motivacional basado en el condicionamiento operante y, más concretamente, la concesión de beneficios y recompensas penitenciarios como consecuencia de la participación en dicho tratamiento. Esta investigación pretende plantear la cuestión acerca de la relevancia de cierto grado de motivación al cambio por parte de los internos que participan en los programas para la concurrencia de los efectos deseados del mismo; así, mediante una revisión bibliográfica de la relación entre rehabilitación ytratamiento, y la naturaleza de la motivación, así como el análisis de entrevistas a miembros de Equipos de Observación y Tratamiento de distintas prisiones, se intenta conocer si esta motivación se erige como condición sine quae non del proceso de cambio de conducta que el tratamiento pretende, y si, por lo tanto, tiene sentido una intervención rehabilitadora con internos que no se encuentran motivados al cambio.

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El tema del populismo punitivo es uno de los temas más estudiados por la criminología del siglo XXI. Encontramos en la literatura autores que ponen de manifiesto el aumento del punitivismo por parte de la sociedad así como autores que defienden que estefenómeno podría considerarse un “mito”. Una de las posibles razones por las que se encuentran resultados divergentes en la investigación criminológica es la diversidad de métodos utilizados para averiguar la opinión de los ciudadanos sobre las penas y elsistema de justicia penal. La idea es que diferentes tipos de preguntas plasman diferentes tipos de opiniones. En concreto, una de las razones aportadas por la investigación es que cuanto menos información contextual se aporta en una pregunta más punitivismo se observa, en comparación con preguntas realizadas mediante la llamada “técnica del caso escenario” en la que sí se aporta información contextual. El objetivo de este trabajo es ver cuánta es la diferencia de opinión acerca de las penas de prisión en España entre un cuestionario con preguntas abstractas y un cuestionario con preguntas concretas, realizados a dos grupos equivalentes. Los resultados de esta investigación corroboran que cuanto menos información se aporta al encuestado el punitivismo observado es mayor.

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El trabajo aborda una comparación de los diversos sistemas de penas estatales en Europa, con el objetivo de sistematizar los diversos modelos político-criminales y de calibrar la aflictividad de los mismos. A través de determinados indicadores se pone de relieve que los sistemas jurídicos que abren un mayor espacio a la discrecionalidad judicial en la selección y la determinación de la pena muestran una mayor moderación del rigor punitivo y están en mejores condiciones de dar respuesta a una fenomenología criminal cada vez más diversa.

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[spa]El testamento de este obispo dumiense resulta interesante porque pone de manifiesto una de las principales tensiones del cristianismo en la época postconstantiniana: el dilema que se planteaba al obispo a la hora de elegir entre ser, ante todo, un buen cristiano o anteponer los intereses económicos del obispado. La legislación conciliar y civil conservada indica que, aunque la principal preocupación episcopal era la adecuada gestión de las propiedades eclesiásticas, tampoco se olvidaron de practicar la caridad -manifestada a través de las tareas asistenciales-. Asimismo, este documento resulta útil para conocer la situación de los dependientes eclesiásticos en la Hispania del s. VII.

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Las variables de personalidad que están relacionadas con el comportamiento delictivo han sido identificadas consistentemente y replicadas en numerosos estudios. Entre éstas las más importantes son la impulsividad, la temeridad, la empatía y la hostilidad, además de la inteligencia y la estabilidad emocional. En este estudio tratamos de comprobar que relación tienen algunas de aquellas variables con la conducta de los reclusos y en su adaptación al medio penitenciario. Se analizaron todas las variables antes mencionadas excepto la inteligencia. Nuestro objetivo era generalizar los resultados obtenidos por la investigación de factores de personalidad y conducta antisocial en el caso de los reclusos de larga duración. Participaron en el estudio un grupo de reclusos condenados a distintas penas de prisión por la comisión de múltiples delitos y/o por delitos graves. Se analizó el expediente y el registro penitenciario de cada uno de ellos y se relacionó con los rasgos de personalidad antes citados. Los resultados evidenciaron que el mejor predictor de las dificultades de adaptación al medio carcelario son las puntuaciones en Agresividad-Hostilidad. También la Impulsividad y la Temeridad aparecieron estrechamente relacionadas con las variables de conducta penitenciaria. Por último, se debe destacar la importancia de controlar la Deseabilidad Social en los estudios que incluyen reclusos analizados durante el cumplimiento de su condena.