70 resultados para Ley 1142 de 2007

em Consorci de Serveis Universitaris de Catalunya (CSUC), Spain


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La desigual representación de sexos en el Congreso de los Diputados continúa siendo una realidad, a pesar de la aplicación de la Ley de Igualdad, que modifica la normativa electoral para impulsar la presencia de mujeres en la elite política. A través del presente artículo se explica metódicamente con datos empíricos porque la implementación de las cuotas femeninas por ley no ha modificado la composición del Parlamento español según sexo. Por un lado, se analiza la primera fase de reclutamiento de los diputados, es decir, las listas electorales. Por otro, se estudia el escenario parlamentario, en concreto la consolidación de esta elite política femenina.

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Se estudia el procedimiento de impugnación de disposiciones y resoluciones autonómicas, regulado en el título V de la LOTC, en desarrollo del art. 161.2 CE. En el mismo, el Gobierno central goza de la legitimación activa para impugnar cualquier actividad infralegal, normativa o no, de una Comunidad Autónoma, por motivo de una inconstitucionalidad no competencial. Se trata de una impugnación residual de otros procedimientos, como el recurso de inconstitucionalidad o los conflictos positivos de competencia. El Gobierno central ostenta, así, importantes instrumentos para frenar la actividad de las Comunidades Autónomas en su integridad, en una asimetría procesal que dota a los órganos centrales de unos poderes “preventivos” no imprescindibles. De esta manera, se manifiesta una concepción de la organización territorial del Estado español, no deferente con las Comunidades Autónomas. El desarrollo extensivo que se ha realizado del art. 161.2 CE, asignándose al Gobierno central un papel prepotente y asimétrico respecto de los órgano autonómicos, se estudia desde la perspectiva técnico-jurídica del procedimiento jurisdiccional y desde el trasfondo político del mismo que tiene su máxima expresión en el auto que inadmite la impugnación contra el “Plan Ibarretxe” (Auto 135/2004, de 20 de abril).

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La República francesa se ofende por los burkas y de los niqab deambulando por las calles. Ve a sus principios rectores de Liberté, Égalité, Fraternité mofados, a su democracia desafiada, a su convivencia arriesgada. Por ello, el Gobierno francés ha impulsado desde hace un año una política pública que persigue la prohibición del velo integral -llámese burka o niqab- en el conjunto del espacio público. Años atrás, Francia, país que tanto aprecia los debates, se vio inmersa en la cuestión más general de la identidad nacional desde las reacciones de las banlieues en el 2005. Y por ello, Nicolas Sarkosy, en su programa electoral camino de las presidenciales en el 2007, ya incluía como una prioridad el tema de los valores y principios genuinamente franceses y europeos. Y en esta perspectiva, el Ministerio de Inmigración añadió sus calificativos de Integración e Identidad Nacional. El burka en el espacio público ha asaltado los medios de comunicación y la sociedad en su conjunto, especialmente desde hace dos o tres años. Es un problema sin precedentes en las democracias asentadas -aunque podríamos recordar el motín de Esquilache en 1766 bajo el reinado de Carlos III- sin una Jurisprudencia asentada al respecto, ni un marco normativo que lo prevea directamente. Y por ello, la élite política se divide estos días entre los prudentes y los atrevidos, los que se conforman con una prohibición parcial y los que persiguen una prohibición absoluta. Se trata de una política pública atípica, pues los bienes afectados son en realidad valores, principios y conceptos abstractos. Es la República francesa y la cohesión social los que se ven desafiados. Veremos en un primer momento, la etapa de identificación como problema público y su inclusión en la agenda política, por ende desde un punto de vista técnico, analizaremos brevemente esta política pública Top down limitada, y en el último apartado compararemos los argumentos de las dos alternativas que dispone actualmente el Parlamento para aprobar o no una ley al respecto. Por su parte, la Comisión Parlamentaria alegará principios de índole más filosófica que pragmática, mientras que el Consejo de Estado se centrará exclusivamente en los términos jurídicos y en la Jurisprudencia reduciendo en gran medida el impulso inicial del Gobierno. Quedará por ver estos días de debate en l’Assemblée Nationale1 si la prohibición será total o parcial.

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L’estudi actualitza les taxes de reincidència dels menors sotmesos a una mesura d’internament o de llibertat vigilada que van ser publicades a la recerca “La reincidència en el delicte en la justícia de menors” finalitzada l’any 2005 i que van iniciar la sèrie. Aquesta recerca ja és la tercera del mateix tipus i en aquest cas estudia els joves que van finalitzar una mesura de llibertat vigilada i d’internament l’any 2004 i els segueix fins el 31 de desembre de 2007, per saber si han comès un nou delicte que hagi estat detectat per la Xarxa d’execució penal, tant de joves com d’adults. S’ha estudiat tota la població de joves desinternats de centres (N=169 subjectes l’any 2004). En el cas de llibertat vigilada, del total de joves que finalitzaren mesura l’any 2004 (N= 718), s’ha fet una mostra de 558 subjectes (interval de confiança:95,5%; marge d’error±2;p=q=50). Els resultats en llibertat vigilada apunten un descens significatiu en la taxa de reincidència, que ha passat del 31,9% al 2005 al 22,0% el 2007. En canvi en internament la fluctuació de la taxa no dona diferències significatives tot i que el 2005 era del 62,8%, va augmentar al 66,9% el 2006 i ha tornat a baixar al 56,2% l’any 2007. L’estudi permet comparar de forma seriada ja tres anys d’evolució de la taxa de reincidència juvenil després de la posada en marxa de la Llei Orgànica 5/2000, de 12 de gener, reguladora de la responsabilitat penal dels menors (LORPM).

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El estudio actualiza las tasas de reincidencia que se publicaron en 2005 en la investigación “La reincidencia en el delito en la justicia de menores”, relativas al colectivo de jóvenes que finalizaron medidas de libertad vigilada e internamiento durante el año 2004. Para ello se ha realizado un seguimiento de estos sujetos hasta finales de 2007. Este es ya el tercer estudio que se realiza de forma seriada sobre esta materia, y permite comparar los tres años de evolución de la tasa de reincidencia juvenil tras la puesta en marcha de la Ley Orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

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La recerca vol fer una aproximació empírica a les respostes que des del sistema penal a Catalunya s’ofereix al fenomen de la violència de gènere. S’han explorat de forma transversal les diverses fonts estadístiques quantitatives dels diferents serveis, des del Consejo del Poder Judicial, el Departament d’Interior i el Departament de Justícia, fins a l’ Institut Català de les Dones en el període 2007-2008. Tanmateix s’ha elaborat una base de dades jurisprudencial amb totes les sentències dictades per les Audiències Provincials a Catalunya durant aquest període. L’avaluació qualitativa es realitza a partir de l’anàlisi dels programes d’intervenció existents, un focus group amb els operadors jurídics de la xarxa i l’anàlisi i buidat jurisprudencial.

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Papel Prensa es l’ única empresa argentina fabricant de paper per a consum dels diaris. Els grups Clarín i La Nación han estat els seus accionistes majoritaris des del 1976, desprès del cop d’ Estat cívic militar. El Govern va aconseguir aprovar el mes de desembre del 2011 una llei que declarava “d’interès públic” la producció, comercialització i distribució de paper per a diaris. El conflicte desfermat pel control de l’empresa paperera enfronta al poder executiu amb el poder dels grups de comunicació tradicionals amb una més gran influència social i també política. L’ anàlisi de les informacions i opinions publicades mostren la progressiva polarització del país

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El objetivo de este artículo es constatar que, actualmente, los Comités de Bioética no sólo tienen una plasmación en el ordenamientojurídico sino que pueden considerarse medios de regulación social que ayudan a la reflexión moral de los avances, a dilucidar los límites de actuación y sobre todo a proteger los derechos fundamentales de las personas.

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El objetivo de este artículo es constatar que, actualmente, los Comités de Bioética no sólo tienen una plasmación en el ordenamientojurídico sino que pueden considerarse medios de regulación social que ayudan a la reflexión moral de los avances, a dilucidar los límites de actuación y sobre todo a proteger los derechos fundamentales de las personas.

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La publicación en España de la Ley de Igualdad supone modificaciones en las prestaciones que se otorgan por maternidad y para la crianza de los hijos, tanto biológicos como adoptivos. El objetivo de este artículo es dar a conocer los cambios que se han producido en la normativa actual que regula las prestaciones por maternidad.

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La publicación en España de la Ley de Igualdad supone modificaciones en las prestaciones que se otorgan por maternidad y para la crianza de los hijos, tanto biológicos como adoptivos. El objetivo de este artículo es dar a conocer los cambios que se han producido en la normativa actual que regula las prestaciones por maternidad.

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Las prestaciones económicas son un complemento necesario y, a menudo, un soporte indispensable para los objetivos de inclusión y de autonomía que procura el sistema de Servicios Sociales. El Parlament de Catalunya aprobó hace un año la primera ley que regula específicamente las prestaciones de carácter económico vinculadas al sistema, y que se añade, por tanto, al ordenamiento jurídico de los Servicios Sociales. Este artículo quiere ser una presentación comentada de dicha ley –incluyendo su despliegue hasta la fecha2 – haciendo lo que se podría decir una lectura crítica y desde una perspectiva de Servicios Sociales. El análisis repasa, a grandes rasgos, los aspectos más importantes de la ley, e intenta hacer compatible una exposición pedagógica con una interpretación más personal de búsqueda de significado.

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L’objectiu del present projecte és establir i recomanar un seguit d’estratègies de desenvolupament rural integrat i sostenible per a la comarca del Solsonès. Per damunt de tot pretén ser una eina útil, fent coincidir les propostes amb l’àmbit temporal del nou PDR (2007-2013) i presentant el projecte a diferents institucions. Amb aquest objectiu s’han estudiat els aspectes socioeconòmics més rellevants dels diferents municipis, així com altres factors clau com els recursos naturals , els elements dinamitzadors del territori i el context global de l’agricultura i polítiques sectorials europees. A partir de l’avaluació estratègica, i el posterior debat en grups de discussió, es conclou que el Solsonès és una comarca amb la població envellida, especialment a les zones rurals, on els ocupats agraris cada dia són menys. Amb tot, es configura un escenari on el despoblament rural és constant, amb les conseqüències socioembientals implícites a aquest fenomen. Posteriorment a l’avaluació es discuteix l’estratègia global de desenvolupament rural, i, en base a aquesta, es proposen diferents línies estratègiques agrupades en tres grans eixos: la vertebració social, la vertebració territorial i el manteniment, millora i coneixement del paisatge cultural.

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En las dos últimas décadas del siglo XIX en España el cooperativismo de crédito orientado hacia los pequeños productores agrícolas estuvo bastante ligado a las corrientes del “Regeneracionismo conservador” y el catolicismo social. Hemos estudiado las aportaciones de dos autores: Joaquín Díaz de Rábago y Nicolás Fontes. Díaz de Rábago contó con una fuerte formación teórica y colaboró en la redacción de un proyecto de ley sobre cooperativas, pero a pesar de su influencia no consiguió potenciar ninguna actividad concreta. Nicolás Fontes representa al hombre “práctico”. Sus circunstancias personales, era un importante terrateniente, lo animaron a poner en práctica un sistema de crédito destinado a ayudar a los pequeños arrendatarios. El modelo que puso en práctica se inspiraba en el Raiffeisen System, el mismo que defendía por Rábago. El desconocimiento mutuo de sus actuaciones invita a reflexionar sobre las limitaciones en la difusión del cooperativismo agrícola de crédito en España.