7 resultados para Imunidade (direito internacional público)
em Consorci de Serveis Universitaris de Catalunya (CSUC), Spain
Resumo:
Una investigación llevada a cabo en 2002-2003, relativa a las aportaciones de la jurisprudencia del Tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoslavia (TPIY) al desarrollo del Derecho internacional penal material, puso de manifiesto ciertas dificultades a la hora de delimitar el contenido del crimen contra la humanidad consistente en la persecución por motivos políticos, raciales y religiosos. Así parecía desprenderse del esfuerzo del TPIY por establecer pautas y criterios generales para su aplicación que, sin embargo, debía constantemente revisar y modificar. Ello prueba que las definiciones existentes resultan ser excesivamente casuísticas y/o abiertas para proporcionar la seguridad jurídica que todo sistema penal requiere. Para identificar el origen de tales dificultades, se estimó que su inclusión dentro de los crímenes contra la humanidad ofrecía un interesante criterio de comparación, en la medida en que todos los comportamientos que integran esta categoría deberían presentar una serie de rasgos comunes que justificara su criminalización cuando fueran cometidos como parte de un ataque sistemático o generalizado contra una población civil, con conocimiento de dicho ataque (es decir, en el contexto propio de los crímenes contra la humanidad). A partir de este análisis, se llegó a la principal conclusión de que los problemas de definición y aplicación parecen deberse a la configuración de la persecución como un crimen discriminatorio, orientado a garantizar que todas las personas puedan disfrutar de sus derechos humanos sin discriminación, de manera que el bien jurídico protegido por el crimen es el principio de no discriminación. Ello dota a la persecución de una configuración compleja que la aproxima más al genocidio que al resto de crímenes contra la humanidad, puesto que estos buscan proteger determinados derechos humanos (y no principios, como el de no discriminación).
Resumo:
El presente trabajo de final carrera, como su título indica, “Aplicación de los convenios de la OIT a través de la jurisprudencia de los tribunales españoles”, se ciñe al estudio de la aplicación de los Convenios ratificados por el Estado español en los procesos judiciales que les han sido de aplicación. Los referidos Convenios son, en esencia, tratados internacionales sujetos al régimen jurídico que establece el Derecho Internacional Público y, atendiendo a éste, se rigen por la voluntad de las partes. Cada Estado miembro y firmante, establece el alcance que tendrá cada Convenio, el cual entrará en vigor cuando este Estado receptor lo haya ratificado. Resulta interesante el estudio de las normas de la OIT, principalmente los Convenios, pues son las únicas normas que, una vez ratificadas, tienen el peso de norma sustantiva y los tribunales proceden y deben proceder a su aplicación como tal. De ello, se deduce que existe un mínimo de garantías en el Derecho de Trabajo Internacional, las cuales, afectan a las condiciones laborales de los trabajadores de la mayor parte de los países y como objetivo ambicioso, se debería procurar y conseguir que su aplicación, como norma mínima, fuera en todos los Estados de planeta. Para ello, se realiza un estudio genérico de la aplicación jurisprudencial de los Convenios de la OIT ratificados por España, para finalmente concretar con un Convenio determinado, siendo el mismo, el Convenio número 155, sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores y Medio Ambiente de Trabajo, en su aplicación en reclamaciones por daños y perjuicios, así como en recargo de las prestaciones económicas de la Seguridad Social, entre otras, todo ello, derivado de las consecuencias producidas por accidentes de trabajo. Recientemente se ha publicado el instrumento de Ratificación del Convenio número 187, (BOE 04.08.09), sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, si bien, su entrada en vigor para España será el próximo 5 de mayo de 2010; el mismo, hace hincapié en la importancia de promover de forma continua una cultura nacional de prevención en materia de seguridad y salud, el cual, también tendrá en un futuro su aplicación en el ámbito laboral como norma sustantiva.
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La ocupación por Marruecos (11 de julio de 2002) y reconquista por España (17 de julio de 2002) del islote de Perejil o Leila plantea diversas cuestiones de interés desde la óptica del Derecho Internacional Público. En esta breve nota haremos referencia únicamente a la cuestión central objeto de disputa entre los dos países: la soberanía territorial sobre Perejil.
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El nuevo Plan General de Contabilidad Pública (Orden EHA/ 1037/2010) de 13 de abril dispone la elaboración de dos nuevos documentos contables: el Estado de cambios en el patrimonio neto y el Estado de flujos de efectivo. En este trabajo se detallan la estructura, función y utilidad de esos documentos en el ámbito del sector público para conseguir una información consistente y comparable entre las diferentes entidades en sintonía con la normativa internacional. Este estudio finaliza con una interpretación de los dos documentos analizados.
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Este artículo plantea la necesidad de crear un espacio público no estatal para defender el "bien común" en las democracias occidentales. La importante crisis de los partidos políticos y de las instituciones representativas exige la creación de nuevas instituciones desde la sociedad civil que tengan como principal fin la defensa del "bien común". La participación de los ciudadanos que formen parte de estas instituciones deberá estar regida por los principios del voluntarismo, la transparencia y el compromiso cívico. En la primera sección se realiza una breve descripción de las políticas que están poniendo hoy en cuestión el Estado de derecho y la democracia en los países occidentales: el neoliberalismo y el autoritarismo (1). En la segunda parte, se abordan los límites que presentan las teorías neoconstitucionalistas y del garantismo frente a la actual deriva autoritaria y neoliberal de las instituciones estatales (2). El texto concluye reivindicando la elaboración de una nueva antropología de la democracia que abra la puerta a la construcción de este nuevo espacio público independiente de las instituciones del actual modelo de Estado de derecho (3).
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Este Congreso Internacional"Humanismo, mestizaje y escritura", que conmemoraba los 400 años de la publicación de los Comentarios reales del Inca Garcilaso de la Vega, se celebró en la Universidad de Sevilla del 28 al 30 de octubre de 2009. El evento, organizado por Carmen de Mora (Universidad de Sevilla), Guillermo Serés (Universidad Autónoma de Barcelona) y Mercedes Serna (Universidad de Barcelona), con apoyo de la Asociación Española de Estudios Hispanoamericanos (AEELH) y la Universidad de Sevilla, fue un éxito de contenido, de organización y de público.
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Este trabajo surge de la experiencia desarrollada en Barcelona, Zaragoza y Lisboa de puesta en marcha de los respectivos sistemas de información del Arte Público de estas ciudades, así como del desarrollo de investigación posibilitado por los proyectos BHA2002- 00520;HUM2005-00420;HUM2006-12803-C02-01, HAR 2009-13989-C02-01, del Ministerior de Ciencia e Innvoción español y de los proyectos 2005SGR00150 y 2009SGR903 de la Generalitat de Catalunya, así como de los distintos convenios entre la Universidad y el Ayuntamiento de Barcelona. Sorprendentemente, en el panorama de la innovación internacional, son proyectos del sur de Europa los que plantean por primera vez un uso sistemático de Internet para el mejor conocimiento y difusión de esta parte del patrimonio que es el Arte Público de las ciudades, una historia escrita en bronce y piedra que forma parte de la herencia cultural, de las raíces identitarias y del orgullo de ciudad Sin embargo, la crisis internacional supone un frenazo importante a estos proyectos y a la posibilidad de desarrollar un Museo Virtual del Arte Público y el Diseño Urbano.