74 resultados para Estados del Golfo Pérsico

em Consorci de Serveis Universitaris de Catalunya (CSUC), Spain


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El sistema deposicional del Golfo de Len presenta una plataforma constituida por varios prismas epicontinentales, un talud y unascenso continental entallados por numerosos caones, y dos cuerpos deposicionales profundos de gran importancia: el abanico del Rdano y el Acmulo de los Caones Pirenaicos)). Las evaporitas messinienses han jugado un papel determinante en la evolucin morfo-sedimentaria de este sistema durante el Plio-Cuaternario.

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Studio della sponda ovest del Golfo di Arzachena, quale elemento di ricucitura del tessuto insediativo, finalizzato ad una fruizione turistica a misura d’uomo dell’intero compendio balneare

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El estudio de la relación entre la estructura de la industria y el poder de mercado ha sido uno de los temas más discutidos en la literatura microeconómica. En esta investigación se adopta el enfoque de la "Nueva Organización Industrial Empírica" (NOIE) y se siguen los modelos desarrollados por Bresnahan (1982) y Lau (1982), y Porter (1983) para analizar el efecto de varias fusiones y adquisiciones sobre el poder de mercado de la industria del cobre en Estados Unidos durante el periodo 1994 - 2009. Se destaca que aunque el análisis de la industria muestra una mayor concentración, los resultados sugieren que las fusiones y adquisiciones no tuvieron efecto sobre el poder de mercado y que la industria mantuvo una conducta competitiva durante el periodo analizado.

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Evaluamos la reproducibilidad intra e interobservador y la validez de la clasificación de Tönnis en coxartrosis incipientes de adultos menores de 55 años. Valoramos 61 radiografías de pelvis de 30 pacientes sintomáticos y 31 asintomáticos,por 3 observadores independientes en 2 ocasiones. Los coeficientes de concordancia intra einterobservador fueron pobres(0,20-0-40),mostrando una inaceptable reproducibilidad. Igualmente,la validez medida mediante la correlación entre la clínica y el grado radiológico no muestra resultados significativos. Esto cuestiona la reproducibilidad y validez de esta escala, por lo que habría que replantearse su uso como criterio de indicación quirúrgica en la práctica clínica diaria.

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La inmensa mayoría de los estadounidenses no ha prestado apenas atención al decidido apoyo del gobierno español a la política de los Estados Unidos frente a Irak. La persistente presencia del nombre del presidente del gobierno español en los despachos de prensa y en los telediarios, y la mención del status de España como miembro del Consejo de Seguridad de la ONU, contrastaron con la carencia de profundidad de comentarios al respecto, apenas paliada por un número reducido de entrevistas. Esta práctica unanimidad antes de la apertura de las hostilidades, se vio confirmada con mayor contundencia cuando comenzó la guerra, al constatarse la carencia de medios militares con los que España pudiera respaldar su apoyo político. A la espera de lo que en su momento digan los especialistas académicos (por otra parte también ausentes en los urgentes análisis de los ‘think-tanks’ norteamericanos), el vacío de análisis sobre la estrategia española, sus riesgos, o sus posibles beneficios, es, por lo tanto, clamoroso. De momento, tampoco se puede detectar una actitud crítica (como tenuemente puede constatarse en ciertos medios europeos) hacia las motivaciones españolas en los medios de comunicación norteamericanos que se han mostrado opuestos, con editoriales o con comentarios individuales, a la estrategia del presidente Bush.1 Por otra parte, la atención de la opinión pública parece estar más obsesionada por lo que se interpreta como despecho francés que por la contribución española. Puestos a elegir, se puede prever que los comentaristas pro Bush elegirían castigar a Francia que premiar a España.

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A lo largo de esta investigación se describirá de forma exploratoria cómo se está enseñando actualmente la creatividad publicitaria en las universidades españolas en contraposición con las universidades estadounidenses. El motivo para elaborar esta comparación es simple: una investigación muy similar ya se ha llevado a cabo en Estados Unidos. Tras considerar otros enfoques metodológicos, llegó a nuestras manos un artículo publicado en el Journal of Advertising Education. En este artículo se llevaba a cabo un anàlisis de contenido de los temarios de las asignaturas de creatividad de una muestra de las universidades estadounidenses. La investigación, llevada a cabo por Mark Stuhlfaut y Margo Berman (2009) presenta una metodología muy clara y sólida que por sus características invita a ser replicada en otro campo o, como es el caso, en otro país. Así pues, siguiendo los pasos metodológicos marcados por Stuhlfaut y Berman, se presenta una réplica de su investigación Pedagogic Challenges: The Teaching of Creative Strategy in Advertising Courses7 y se estudia la enseñanza en materia creatividad publicitaria en la universidad española analizando los temarios de las asignaturas de creatividad. El trabajo se divide en dos partes. La primera consiste en una revisión bibliográfica para determinar el estado de la cuestión de los estudios universitarios de publicidad y, más concretamente, de la materia de creatividad publicitaria. La segunda parte es la réplica del estudio la cual conlleva el análisis de contenido de los temarios obtenidos y la consiguiente comparación entre los resultados obtenidos con los publicados por Stuhlfaut y Berman (2009).

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Reseña de: 2012 survey of ebook usage in U.S. academic libraries: third annual survey. LJ/SLJ Library Research Syndicate (LRS). [New York, N.Y.]: Library Journal, 2012. 93 p. Disponible en línea en: [consulta: 14 nov. 2012].

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El artículo tiene como objetivo analizar el modelo social incorporado en la Directiva 2004/38/CE en el marco de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia. El artículo está dividido en dos partes. En la primera se describe la evolución del modelo de coordinación social de la Unión Europea y los avances propuestos por el TJCE a partir de la ciudadanía europea sobre el acceso a las prestaciones sociales (Martínez Sala, Grzelczyk y Collins). La segunda parte del artículo describe el modelo social incorporado en la Directiva 2004/38/ CE y los cambios que éste supuso para la jurisprudencia que venía dictando el TJCE. El artículo concluye que la Directiva 2004/38/CE tuvo un papel de contención frente los pasos dados por el Tribunal para incluir los derechos sociales en la ciudadanía de la Unión; además, la Directiva fragmentó la interpretación del principio de no discriminación para los ciudadanos no económicamente activos.

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Investigación producida a partir de una estancia en el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (United States Department of Agricultura - USDA), California, USA, entre el 1 de Julio y el 30 de Septiembre del 2005. Las coberturas comestibles están siendo consideradas en frutas frescas cortadas, como una estrategia para reducir los efectos perjudiciales que inflige el proceso mínimo en los tejidos vegetales. El empleo de puré de frutas constituye una excelente opción para la formación de recubrimientos o películas comestibles, ya que es una matriz constituida por polisacáridos primarios (sustancias pépticas y celulósicas) con propiedades de permeabilidad a la película y plastificantes gracias a los azúcares presentes en las frutas. Estas películas son buenas barreras contra el oxígeno en sistemas alimenticios de baja humedad, mejorando la calidad de los productos y extendiendo su vida útil. Se evalúa películas a base de puré de manzana como soporte de agentes antioxidantes y de aceites esenciales como antimicrobianos. Se estudia su permeabilidad al vapor de agua y al oxígeno, además de las propiedades de tensión, color y antimicrobianas.

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Estudi elaborat a partir d’una estada a la Harvard Law School, Estats Units, entre setembre i desembre del 2005. S’ha estudiat els punts més controvertits sobre la legalització de l’eutanàsia en el context occidental. S’ha pretès analitzar la principal doctrina i jurisprudència als Estats Units, tenint en compte els pros i els contres. En un futur s’estudiarà l’estat de la qüestió a Europa per desenvolupar una recerca comparada que podria enriquir les conclusions finals.

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Investigación elaborada a partir de una estancia en la Columbia Law School of New York, Estados Unidos, entre los meses de septiembre y noviembre del 2006. El Derecho comunitario europeo y español regulan la reparación de los daños causados por el uso o la proximidad de un producto defectuoso mediante gracias al impulso ideológico ejercido por la jurisprudencia norteamericana. El principio de responsabilidad objetiva rector de la directiva europea es fruto de un transfondo operado en los Estados Unidos en los años sesenta, coincidiendo con la revolución tecnològica y el inicio de la producción y del consumo masivos. Tales fenómenos suscitaron la búsqueda de mecanismos jurídicos aptos para canalizar la reparación de los daños inherentes a las actividades industriales tecnológicamente avanzadas. Su principal efecto fue la preocupación por una más justa distribución social de los llamados “costes del progreso”, preocupación que, jurídicamente, desembocó en la solución de la responsabilidad aun sin culpa del fabricante por los daños derivados de su producción industrial. El mérito de tal solución corresponde a determinados teóricos norteamericanos de la responsabilidad empresarial, quienes, inspirándose en ideas formuladas a inicios del siglo XX por los especialistas en Derecho laboral, concluyeron que es la empresa productora quien está en mejor situación de soportar el coste del accidente industrial: al imponerse al fabricante una responsabildad desvinculada de su eventual culpa en la causación del accidente, repercutirá en el precio de sus productos el coste del seguro de responsabilidad civil que se verá abocado a contratar para hacer frente a su responsabilidad objetiva o por riesgo, de manera que el coste de los accidentes acabará siendo soportado por el público consumidor al pagar el sobreprecio de los productos que adquiere. Las repercusiones de tal construcción han sido tanto normativas como judiciales.

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Proyecto de investigación de una estancia en la University of North Carolina, Estados Unidos, de septiembre a diciembre del 2007. Los compuestos de arsénico se han empleado como agentes terapéuticos durante muchos siglos. El trióxido se arsénico ha sido descrito que es capaz de inducir diferenciación y apoptosis en la línea celular NB4, línea derivada de un paciente con leucemia promielocítica aguda (APL). Actualmente, uno de los mayores problemas en los tratamientos contra el càncer són varios mecanismos de resistencia a los fármacos empleados. Los transportadores de membrana celulares ejercen un importante papel en la protección de los tejidos celulares contra compuestos xenobióticos y metabolitos endógenos. Diferencias en la expresión de algunos de estos transportadores conlleva a variaciones en la respuesta a los tratamientos por parte de los pacientes a los tratamientos quimioterápicos. En este trabajo se han estudiado la expresión en presencia y ausencia de arsénico de algunos de estos transportadores, con posible relación con la absorción y excreción del arsénico.

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El presente trabajo de final carrera, como su título indica, “Aplicación de los convenios de la OIT a través de la jurisprudencia de los tribunales españoles”, se ciñe al estudio de la aplicación de los Convenios ratificados por el Estado español en los procesos judiciales que les han sido de aplicación. Los referidos Convenios son, en esencia, tratados internacionales sujetos al régimen jurídico que establece el Derecho Internacional Público y, atendiendo a éste, se rigen por la voluntad de las partes. Cada Estado miembro y firmante, establece el alcance que tendrá cada Convenio, el cual entrará en vigor cuando este Estado receptor lo haya ratificado. Resulta interesante el estudio de las normas de la OIT, principalmente los Convenios, pues son las únicas normas que, una vez ratificadas, tienen el peso de norma sustantiva y los tribunales proceden y deben proceder a su aplicación como tal. De ello, se deduce que existe un mínimo de garantías en el Derecho de Trabajo Internacional, las cuales, afectan a las condiciones laborales de los trabajadores de la mayor parte de los países y como objetivo ambicioso, se debería procurar y conseguir que su aplicación, como norma mínima, fuera en todos los Estados de planeta. Para ello, se realiza un estudio genérico de la aplicación jurisprudencial de los Convenios de la OIT ratificados por España, para finalmente concretar con un Convenio determinado, siendo el mismo, el Convenio número 155, sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores y Medio Ambiente de Trabajo, en su aplicación en reclamaciones por daños y perjuicios, así como en recargo de las prestaciones económicas de la Seguridad Social, entre otras, todo ello, derivado de las consecuencias producidas por accidentes de trabajo. Recientemente se ha publicado el instrumento de Ratificación del Convenio número 187, (BOE 04.08.09), sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, si bien, su entrada en vigor para España será el próximo 5 de mayo de 2010; el mismo, hace hincapié en la importancia de promover de forma continua una cultura nacional de prevención en materia de seguridad y salud, el cual, también tendrá en un futuro su aplicación en el ámbito laboral como norma sustantiva.

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El planteamiento teórico del working paper se sitúa en el análisis de la supremacía de las declaraciones constitucionales de derechos y el concepto de democracia directa. Se analizan, por ello, los aspectos más destacables de cómo las constituciones y las leyes han diseñado las tres formas de democracia directa establecidas por las constituciones de los Estados de Estados Unidos: la iniciativa popular (legislativa y constitucional), el referéndum y la destitución popular de cargo público (el denominado recall). De este modo, los mecanismos de democracia directa manifiestan las conexiones entre el principio del federalismo y los derechos constitucionales y su dual protección, toda vez que los estados de los Estados Unidos pueden perfeccionar el sistema global de derechos, no sólo estableciendo aquellos que no han sido regulados en la constitución federal sino también desarrollando los que explícitamente consagra dicho texto, con legitimación para modificar el nivel mínimo constitucional federal de protección de los derechos.

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Gracias al trabajo de las redes transnacionales de defensa los marcos legales internacionales se han adaptado a las nuevas dimensiones que han alcanzado los conflictos armados en los últimos veinte años. Esta investigación estudia el papel de la Violence Against Women in War Network, Japan y del Women's Active Museum on War and Peace, como ejemplos de cómo los actores no gubernamentales pueden sensibilizar y transformar las normas nacionales e internacionales, el comportamiento de los Estados, los organismos supraestatales y a la sociedad en la que desarrollan su labor