5 resultados para Deducción

em Consorci de Serveis Universitaris de Catalunya (CSUC), Spain


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Estudi sobre la deducció dels 400 euros a l’IRPF enfocat als seus antecedents, descripció de l’estructura, contingut de la mateixa i anàlisi de la seva adequació constitucional. A través del mateix es podrà tenir una visió més clara i profunda de la deducció dels 400 euros a l’IRPF, objecte de tan discutida configuració jurídica com confrontació política. Descrita la seva gènesi i estructura es farà un anàlisi dels seus fonaments econòmics, tècnics i constitucionals per a arrivar a la conclusió de que tan sols s’explica l’aprovació en clau política. La deducció dels 400 euros es pot entendre com a una mesura d’impuls econòmic per a la millora de l’eficiència de la economia en el seu conjunt, encara que provarem la seva constitucionalitat o possible inconstitucionalitat per a veure si realment això és veritat.

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El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es uno de los instrumentos claves del sistema tributario español. En este trabajo se estudia el impacto de los principales elementos del Nuevo IRPF, a partir de ESPASIM, el primer modelo integrado de microsimulación de impuestos y subsidios (tax-benefit) para España, que emplea micro datos procedentes de la Encuesta de Presupuestos Familiares (EPF) representativos de la población española. Tomando como sistema de base el impuesto sobre la renta anterior (IRPF 1998), se analiza cómo la introducción de la nueva figura impositiva afecta la tributación en términos de recaudación, número de contribuyentes y de declarantes, los tipos marginales efectivos de imposición y impacto distributivo, tanto para el conjunto de la población como por grupos de hogares. Las estimaciones que se presentan muestran que el Nuevo impuesto conlleva una reducción sustancial de la presión fiscal media por IRPF que va acompañada de una reducción del tipo marginal efectivo medio de 2,12 puntos de porcentaje. El importante coste que en términos recaudatorios suponen la introducción del mínimo vital personal y familiar, las nuevas escala de gravamen y deducción por rendimientos del trabajo por cuenta ajena, no contribuyen a reducir la desigualdad relativa, beneficiando sobretodo a la población situada en los tramos medios y altos de la escala de renta. La reforma no beneficia tampoco ni a los hogares con cargas familiares ni a los perceptores de rendimientos por cuenta ajena, que experimentan (ambos colectivos) una reducción impositiva muy similar a la del conjunto de la población. Igualmente, son los grupos relativamente más pobres -personas solas y hogares monoparentales- los que menos ganan con la reforma. La reducción del número de declarantes (en 2,1 millones) asociada al nuevo impuesto, va acompañada de más complejidad legislativa y de una pérdida de generalidad de este instrumento impositivo.

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El modelo americano de financiación universitaria no está centrado en la subvención directa de las Universidades sino en facilitar recursos a los estudiantes. Tanto la Unión como los Estados financian a los estudiantes directamente –mediante ayudas y becas- como indirectamente, a través de beneficios fiscales. El sistema es extremadamente complejo y tiene carencias en términos de equidad, eficiencia y neutralidad, pero, en definitiva, las Universidades americanas disponen de suficientes recursos para trabajar con eficacia y los estudiantes encuentran el modo –becas, préstamos y beneficios fiscales- de financiar buena parte de sus gastos educativos. El sistema español de Educación superior está en el polo opuesto. Programas de becas infradotados, precios universitarios simbólicos, programas de préstamos educativos marginales y ausencia de beneficios fiscales. Las Universidades públicas reciben sus recursos de los contribuyentes, a través de los presupuestos autonómicos, pero si se elige una Universidad privada el estudiante ha de pagar derechos de matrícula más elevados –puesto que sus programas no reciben soporte financiero público- al mismo tiempo que financia el sistema público mediante el abono de sus deudas tributarias. En el ordenamiento vigente se atribuye la principal responsabilidad en lo relativo a política universitaria a las Comunidades autónomas. ¿Qué podrían aprender los Gobiernos autonómicos del modelo americano, sin repetir sus errores? Tres lecciones sencillas: (1) Reducir los créditos presupuestarios a fondo perdido e incrementar los precios públicos, y las becas para los estudiantes de rentas bajas; (2) Crear un único beneficio fiscal, no más, en forma de deducción autonómica reembolsable en el IRPF, del 20% de lo invertido en Educación superior.; (3) Crear Programas de Ayuda al Mérito para todos los estudiantes con mejores resultados académicos en forma de cheque universitario para invertir en cualquier institución del sistema, ya sea de iniciativa estatal o social. Estas tres políticas contribuirían a incrementar los recursos financieros de todas las Universidades, y a mejorar la financiación de los estudiantes –en particular de quienes tienen más necesidades y condiciones para el estudio- al mismo tiempo que se refuerza la libertad de elección de Universidad. En dos palabras, mejoraría la eficacia y la equidad del conjunto del sistema.

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The paper provides information about the tax treatment given to personalhealth expenditures in the Personal Income Tax in Spain, and analyseswhat we know about it and how the tax credit or other forms ofpreferential tax treatment can contribute to the financement of privatehealth expenditures, of special relevance in view of the recent PersonalIncome Tax modification proposals . It also points out some of the mainredistributive results coming out from this type of public financement,differentiating between types of expenditures (mainly those on healthservices which are not provided by the public health system, from thosewhich are).

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El propósito del artículo es facilitar orientaciones útiles, sugerir y sistematizar algunos criterios admisibles en materia de deducción de gastos de difícil tratamiento, pensando en personas que desarrollan actividades profesionales y que han de presentar periódicamente sus declaraciones de IRPF, IS e IVA.