17 resultados para Criminal responsibility
em Consorci de Serveis Universitaris de Catalunya (CSUC), Spain
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Pendent
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Informe de investigación realizado a partir de una estancia en la University of London entre el 3 de marzo al 10 de abril 2007. Redacción de un artículo sobre aspectos metodológicos centrales para las ciencias sociales en su vertiente tanto teórica como aplicada: la articulación entre la investigación etnográfica y los modelos abstractos. Tanto la etnografía en sus múltiples formas de describir la realidad observable, como los modelos en su intento por reducir la complejidad con el fin de subrayar las conexiones causales son instrumentos de las ciencias sociales. Los modelos cambian el mundo: gracias a su cualidad abstracta pueden presentar no sólo una imagen de cómo funcionan las cosas, sino también subrayar el aspecto procesual de las conexiones permitiendo de este modo establecer proposiciones prospectivas y guiar las políticas públicas de desarrollo. En la base de la acción encontramos siempre alguna forma de modelización, incluso en el ámbito de las disposiciones subjetivas que mueven a la gente a la toma de decisiones cotidianas. A menudo la realidad escapa a la matriz de los modelos, sin embargo, y el cambio y la adaptación toman caminos insospechados y no planificados. Este proyecto busca construir la posibilidad de un diálogo constructivo, creativo y no-jerárquico entre los modelos de desarrollo económico y la etnografía(...)
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Trabajo realizado en el marco del Proyecto de investigación, estudio y análisis sobre la seguridad en Cataluña (ISPC 2009), gracias a la ayuda concedida por el Departament d’Interior en virtud de Resolución del director del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña de 22 de diciembre de 2009 (DOGC núm. 5693 - 16/08/2010)
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Projecte de recerca elaborat a partir d’una estada al Universitat de Bonn, Alemanya, entre juliol i desembre del 2008. Aquesta investigació conté algunes observacions sobre el fenomen de l’europeització del Dret penal dels Estats membres de la Unió Europea. En particular, tracta de profunditzar en les implicacions de la vinculació del legislador penal nacional tant a les regulacions europees com al principi de proporcionalitat i d’altres principis essencials del Dret penal. En primer lloc, la investigació descriu els instruments normatius que permeten a la Comunitat Europea i a la Unió Europea influir en el Dret penal dels Estats membres. Després, la investigació se centra en analitzar el exemple dels §§ 232 i 233 Codi penal alemany, els quals implementen la Decisió marc de 19 de juliol del 2002 respecte la lluita contra el tràfic d’éssers humans. En aquest cas, el legislador alemany ha complit els seus compromisos europeus, però no ha respectat el principi de proporcionalitat, ja que ha introduït incoherències dins el Dret penal alemany. Sobre la base dels resultats d’aquest anàlisi, aquesta investigació formula algunes propostes per una adequada “europeització” del Dret penal dels Estats membres de la Unió Europea i, en particular, per a una adequada tècnica legislativa dels Estats membres. En aquest context, el treball emfatitza la corresponsabilitat de la Comunitat Europea i la Unió Europea, per una banda, i els Estats membres, per l’altra, en aquest procés d’europeització. Per últim, la investigació conclou amb algunes observacions sobre la coordinació de la política criminal europea amb les polítiques criminals dels Estats membres.
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El sistema tributario es fundamental en el Estado social y democrático de Derecho, pues el ejercicio y efectivo disfrute de muchos derechos fundamentales depende del correcto funcionamiento de la actividad tributaria. Además de esto, la situación económica actual demanda una adecuada política en contra del fraude tributario, lo que necesariamente implica analizar si el modelo penal vigente es el más adecuado para enfrentar el fraude fiscal. Teniendo en cuenta que muchas de las características de la criminalidad tributaria no son exclusivas de un país, pues ésta trasciende habitualmente las fronteras de los países por medio del recurso a empresas multinacionales o la localización de empresas en “paraísos fiscales”, el análisis del fraude tributario no debe limitarse al examen jurídico del modelo legislativo español, debiendo trascender a un estudio de política criminal que vincula consideraciones criminológicas y jurídicas. En consecuencia, en esta investigación se propone un análisis que no se reduce a los debates exclusivamente jurídicos. Se busca, además, efectuar un examen que tenga por fundamento una perspectiva criminológica y de Law in action a fin de evaluar críticamente la respuesta a la criminalidad tributaria por parte del modelo de regulación penal vigente en España. Esta orientación permitirá una más amplia comprensión del fenómeno de la criminalidad tributaria, así como de las categorías jurídicas adecuadas político criminalmente para su prevención. Este estudio interdisciplinario nos conducirá, al final de la investigación, tanto a proponer la interpretación del modelo de legislación penal vigente, como una reforma al mismo que pretenda solucionar algunos de los problemas de prevención que a lo largo de la investigación se señalan.
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In this paper we argue that socially responsible policies have a positive impact on a firm's brand equity in the short-term as well as in the long-term. Moreover, once we distinguish between different stakeholders, we posit that secondary stakeholders such as community are even more important than primary stakeholders (customers, shareholders, workers and suppliers) in generating brand equity. Policies aimed at satisfied community interests act as a mechanism to reinforce trust that gives further credibility to social responsible polices with other stakeholders. The result is a decrease in conflicts among stakeholders and greater stakeholder willingness to provide intangible resources that enhance brand equity. We provide support of our theoretical contentions making use of a panel data composed of 57 firms from 10 countries (the US, Japan, South Korea, France, the UK, Italy, Germany, Finland, Switzerland and the Netherlands) for the period 2002 to 2007. We use detailed information on brand equity obtained from Interbrand and on corporate social responsibility (CSR) provided by the SiRi Global Profile database, as compiled by the Sustainable Investment Research International Company (SiRi).
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Corporate criminal liability puts a serious challenge to the economictheory of enforcement. Are corporate crimes different from other crimes?Are these crimes best deterred by punishing individuals, punishing corporations, or both? What is optimal structure of sanctions? Shouldcorporate liability be criminal or civil? This paper has two majorcontributions to the literature. First, it provides a common analyticalframework to most results presented and largely discussed in the field.In second place, by making use of the framework, we provide new insightsinto how corporations should be punished for the offenses committed bytheir employees.
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Previous indirect evidence suggests that impulses towards pro-socialbehavior are diminished when an external authority is responsiblefor an outcome. The responsibility-alleviation effect states that ashift of responsibility to an external authority dampens internalimpulses toward honesty, loyalty, or generosity. In a gift-exchangeexperiment, we find that subjects respond with more generosity(higher effort) when a wage is determined by a random process thanwhen it is assigned by a third party, indicating that even a slightshift in perceived responsibility for the final payoffs can changebehavior. Responsibility-alleviation is a factor in economicenvironments featuring substantial personal interaction.
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In this paper, we take an organizational view of organized crime. In particular, we study the organizational consequences of product illegality attending at the following characteristics: (i) contracts are not enforceable in court, (ii) all participants are subject to the risk of being punished, (iii) employees present a major threat to the entrepreneur having the most detailed knowledge concerning participation, (iv) separation between ownership and management is difficult because record-keeping and auditing augments criminal evidence.
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In this paper we argue that corporate social responsibility (CSR) to various stakeholders(customers, shareholders, employees, suppliers, and community) has a positive effect on globalbrand equity (BE). In addition, policies aimed at satisfying community interests help reinforcecredibility to social responsible polices with other stakeholders. We test these theoreticalcontentions using panel data comprised of 57 global brands originating from 10 countries (USA,Japan, South Korea, France, UK, Italy, Germany, Finland, Switzerland and the Netherlands) forthe period 2002 to 2008. Our findings show that CSR to each of the stakeholder groups has apositive impact on global BE. In addition, global brands that follow local social responsibilitypolicies over communities obtain strong positive benefits in terms of the generation of BE, as itenhances the positive effects of CSR to other stakeholders, particularly to customers. Therefore,for managers of global brands it is particularly productive for generating brand value to combineglobal strategies with the satisfaction of the interests of local communities.
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En este trabajo pretendo de poner de manifiesto las consecuencias de los cambios introducidos por LO 15/2007, de 30 de noviembre, en relación con la delincuencia en el tráfico viario, tanto respecto de los delitos contra la seguridad en el tráfico, como en relación con los homicidios y lesiones producidos en este ámbito. Desde una perspectiva formal, se modifica la denominación del Cap. IV del Título XVII, que pasa a denominarse delitos contra la Seguridad Vial, en lugar de delitos contra la Seguridad en el Tráfico.
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La reforma de los delitos contra la seguridad en el tráfico operada por LO 15/2007, de 30 de noviembre, constituye la expresión de un programa político-criminal de más amplio alcance, presente en el Proyecto de Reforma del Código Penal de 2007. En este trabajo se exponen las causas de la emergencia del nuevo derecho penal de la seguridad vial a la luz del paradi gma explicativo que ofrece el derecho penal postmoderno del riesgo -sometido aquí a necesarios ajustes- y se ofrece un análisis crítico de dos de los nuevos tipos: la conducción a velocidad por encima de determinados límites (art. 379.1) y la conducción con concentraciones de alcohol en aire espirado o en sangre superiores a determinadas tasas (0.6 mgr. o 1,2 gr. respectivamente) –art. 379.2-. Igualmente se analiza la propuesta del Proyecto de Reforma del Código de elevar a la categoría de delito las imprudencias leves con resultado de muerte. Tres piezas clave de un programa que trasluce una gran desconfianza hacia el estamento judicial y un optimismo infundado en las posibilidades del derecho penal para reducir eficazmente la siniestralidad vial.
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El trabajo aborda una comparación de los diversos sistemas de penas estatales en Europa, con el objetivo de sistematizar los diversos modelos político-criminales y de calibrar la aflictividad de los mismos. A través de determinados indicadores se pone de relieve que los sistemas jurídicos que abren un mayor espacio a la discrecionalidad judicial en la selección y la determinación de la pena muestran una mayor moderación del rigor punitivo y están en mejores condiciones de dar respuesta a una fenomenología criminal cada vez más diversa.
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La dimensión real de la actual política criminal española carece de adecuados niveles de racionalidad, entre sus múltiples causas, podemos mencionar el fenómeno de la creciente dinámica punitivista, la ausencia de una adecuada cultura de evaluación, el menosprecio a la criminología, la escasa consideración de los responsables políticos hacia las opiniones expertas de la dogmática, y la constante indiferencia de ésta hacia la realidad que debe enfrentar. Se configura así un decepcionante panorama donde la política criminal real aparece como carente de una sólida base empírica. La dimensión teórica de la política criminal, no puede soslayar el aporte de las investigaciones criminológicas, ya que aquellos tendrían la virtualidad de ser condición necesaria aunque no suficiente de la utilización racional del sistema punitivo. Hay que optar por una reducción de la privación de libertad y promover otras sanciones en cuyo contenido se armonicen los conceptos de incapacitación y responsabilización. Además, se requiere el desarrollo de una victimología que se dirija a inhibir los impulsos punitivos de las víctimas en función de orientar la política criminal hacia una cultura jurídica reparatoria que enfrente la actual expansión del derecho penal.
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Seguint les aportacions de Sutherland al desenvolupament de la teoria de l'associació diferencial, la delinqüència juvenil és producte de l'aprenentatge que els menors realitzen de conductes i valors criminals. La conducta criminal és, doncs, apresa en interacció amb d'altres persones en un grup social íntim. Lluny de semblar una teoria massa simplista en els seus postulats, aquesta engloba una sèrie de factors socials i criminològics que recolzen la meva proposta d'intervenció. Caldria, a parer meu, graduar la intensitat de la resposta penal conforme al procés evolutiu del menor. Així doncs, en l'establiment de les mesures de responsabilitat civil i penal hauríem d'estar amatents al grau de maduresa en el discerniment per part del menor d'allò que està permès i d'allò que ras i curt no es pot fer.