23 resultados para Comité Jurídico Interamericano

em Consorci de Serveis Universitaris de Catalunya (CSUC), Spain


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El Dret Financer-Tributari d’un estat membre es doblega a les directrius i als objectius d’harmonització contemplats al bloc normatiu comunitari de la Unió Europea. La incidència i l’impacte del Dret Comunitari sobre la sobirania fiscal dels seus integrants és evident, sotmetent i delimitant determinantment les mesures fiscals a finalitats extrafiscals. Un clar exemple d’aquest fenomen el constitueix la qualificació del règim espanyol d’amortització fiscal del Fons de Comerç Financer Internacional (previst a l’article 12.5 del TRLIS) com ajut d’Estat per part de la Comissió Europea. L’anàlisi jurídic que aborda aquest treball sobre l’evolució i Decisió final d’aquest expedient d’ajut d’Estat en particular, permet concloure que, l’existència, d’una banda, d’una concepció genèrica i indeterminada de la institució d’ ajut d’Estat i, de l’altre, d’un soft law comunitari que dóna contingut a l’esmentada institució i que ha estat evacuat per el propi organisme encarregat de decidir sobre aquests expedients (la Comissió Europea), esbossen un instrument discrecional d’harmonització fiscal negativa en seu de la imposició directa al marc de la Unió Europea. En efecte, la presència de la regla d’unanimitat en la presa de decisions en matèria tributaria des de els organismes comunitaris i l’absència d’una norma d’harmonització comunitària en seu d’imposició directa, propicien una notable inseguretat jurídica a l’hora de dissenyar beneficis fiscals per part dels legisladors d’un Estat. Mesures fiscals, que en cas de ser qualificades contràries a l’ordenament comunitari per part de la Comissió Europea, com al cas que ens ocuparà aquí, despleguen conseqüències especialment greus per als operadors econòmics que s’han beneficiat d’aquesta i que distorsionen la seva voluntat a la presa de decisions a posteriori i amb efectes retroactius. És necessari als efectes de dotar una major seguretat jurídica al sistema comunitari d’imposició directa, la substitució de la regla d’unanimitat per la de majories simples o qualificades, la voluntat de cedir parcel•les de sobirania fiscal per part dels Estats membre i Reglaments, per tal d’evitar d’arrel el fenomen de la desharmonització en aquest àmbit, així com l’ús abusiu d’instruments arbitraris d’harmonització fiscal negativa.

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Este artículo trata el tema del ne bis in idem como garantía procesal penal dentro del sistema interamericano de protección de los derechos humanos. Haciendo referencia a los casos llevados ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se presentan algunas reflexiones que fueron tomadas en consideración para la flexibilización del principio. Esta garantía se compara con el sistema del “double jeopardy” de la common law. Asimismo, se compara también con otros sistemas de protección de los derechos humanos, como el europeo, el del Tribunal Penal Internacional y el del Pacto de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas. Finalmente, se destaca la importancia de la armonización de garantías del proceso penal en la discusión de conflictos jurisdiccionales. Este texto es producto de las reflexiones debatidas en el curso de postgrado de la Facultad de Derecho de la Universidad de São Paulo, “As Garantias do Processo Penal no Sistema Interamericano de Direitos Humanos”, 2008.

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El present treball aborda una situació actual dins d'una Europa en moviment, des dels inicis d'una possible integració europea, passant pels problemes generats per les dos guerres mundials, seguint per la constitució de la CECA com a antesala a la Comunitat Econòmica Europea (CEE). I, a partir d'eixe moment analitzar tot el procés de creixement del que ha vingut a cridar-se Unió Europea (UE). Els tractats d'adhesió i aquells que han marcat un abans i un després en el procés de creació de la UE actual. Analitzar les futures ampliacions de la UE és un apartat important i més en concret la possible adhesió de Turquia. La història de Turquia com a país, els seus antecedents dins del marc europeu, la innegable voluntat de cooperació i adhesió al projecte europeu. La seua cultura, els seus costums, les seues creences, la seua demografia, les seues característiques geogràfiques especials. La complicada situació en què es troba per a acceptar el patrimoni comunitari que s'exigix a tot país interessat en la incorporació a la UE. Les exigències polítiques i jurídiques que fan d'esta incorporació un procés en marxa on no es concreta el final del mateix. Les distintes posicions dels Estats membres davant d'una realitat que canviaria en gran manera la relació de forces de l'actual UE de 27 membres després del Tractat de Lisboa i les seues conseqüències dins del repartiment de poder per als Estats membres.

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El arbitraje del baloncesto ha experimentado numerosos cambios en los últimos diez años. El presente artículo pretende aunar algunas bases conceptuales y metodológicas a partir de las cuales definir un nuevo perfil operativo para el denominado ‘árbitro moderno’. En este sentido, se ahondará en el análisis de las nuevas competencias comunicativas asociadas e indisolubles a la tarea arbitral, capitalizadas por el diálogo, la administración de ‘poder blando’, la gestión emocional y la adopción, por parte del árbitro, de una renovada actitud empática ante todos los componentes del juego. Así las cosas, este trabajo, en su conjunto y con la ayuda de un estudio de caso, propondrá la definición teórica de nuevas lógicas de actuación arbitral propias del baloncesto del siglo XXI.

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El presente artículo tiene como finalidad analizar el Nuevo Régimen único simplificado del Perú. Se trata de un sistema simplificado de tributación de los pequeños empresarios legislado en el ordenamiento tributario peruano. Los contribuyentes de este impuesto realizarán el pago de este impuesto que sustituye a los Impuestos de la Renta, Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal

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Se analiza la transposición de la Directiva Marco de Aguas 2000/60/CE al ordenamiento jurídico español, acotando la materia al régimen económico financiero de la obra pública hidráulica y en general del Dominio Público Hidráulico. A tal fin se estudian los principios rectores del régimen económico financiero comunitario del Dominio Público Hidráulico y su transposición al Ordenamiento Jurídico Español: a) Principio de recuperación de costes de los servicios relacionados con el agua y excepciones. El régimen tarifario del DPH (valor versus precio del agua). B) Principio de utilización eficiente de los recursos híbridos a través de una política de precios del agua que proporciona los incentivos adecuados a tal fin. c) Principio de contribución adecuada de los usos del agua desglosados, al menos, en industria, hogares y agricultura, basado en el análisis económico y en el principio del que contamina paga. d) Principio ambiental (creado por la OCDE): quien contamina paga (user-pays-principle). Finalmente también se analizan los costes de los servicios relacionados con el dominio público hidráulico

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Los delitos contra la propiedad industrial e intelectual por sus especiales particularidades constituyen junto con los delitos informáticos, uno de los delitos cuyas formas de manifestación, comisión y desarrollo presentan una mayor evolución al estar directamente relacionadas con el propio desarrollo y el de la tecnología y ser por lo tanto éste un mecanismo imprescindible para su existencia. Así la revolución digital y avances en tecnología han removido los cimientos de las formas tradicionales de cometer algunos delitos como son los casos de los delitos contra la propiedad intelectual e industrial. En este sentido los derechos de propiedad intelectual e industrial son una fuente lucrativa para los grupos delictivos organizados y un medio fácil y de poco coste para la obtención de importantes beneficios económicos y con menor riesgo de castigo. Por otro la especial idiosincrasia de las localidades de esta comunidad autónoma, grandes urbes como la ciudad de Barcelona y largas zonas de playas, turismo, buenas comunicaciones, gran afluencia de población y movilidad de la misma, determina que este tipo de delitos y algunas de sus manifestaciones más visibles como el denominado fenómeno del Top manta tenga una especial relevancia e importancia que afecta sustantivamente a todos nuestros municipios. A ello debe unirse un elemento determinante para su proliferación como es el hecho del gran número de población inmigrante, en situación de necesidad que accede al desarrollo de esta actividad como único medio para obtención de ingresos ante la imposibilidad de acceder a otro medio laboral por encontrarse irregularmente en nuestro país, carecer de formación, desconocer el idioma, etc.

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Sus formas de manifestación, comisión y desarrollo directamente relacionadas con el propio desarrollo de la tecnología; Son una fuente lucrativa para los grupos delictivos organizados y un medio fácil y de poco coste para la obtención de importantes beneficios y con menor riesgo de castigo; Especial idiosincrasia de las localidades de esta comunidad autónoma, favorece su proliferación; Genera un fenómeno sociológico singular : empatía o solidaridad que determina un menor reproche social; -Escasa conciencia popular del carácter delictivo de algunas de estas conductas; -Figura delictiva que entraña organización compleja siendo el Top manta nada más que la “punta del iceberg”. Necesidad de una visión jurídica global para analizar este tipo de delitos y abordarlos adecuadamente.

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[spa] A través de la LO 5/2010 el legislador español introdujo en el CP el art. 286 bis, creando un nuevo delito de corrupción privada. Según el Preámbulo a la LO 5/2010:"La idea fuerza en este ámbito es que la garantía de una competencia justa y honesta pasa por la represión de los actos encaminados a corromper a los administradores de entidades privadas de forma similar a lo que se hace a través del delito de cohecho". En este trabajo se aborda la cuestión del bien jurídico protegido, examinando la postura defendida por la doctrina mayoritaria, partidaria de la tesis de que estamos ante un delito de peligro abstracto, y se propone un planteamiento distinto: entender que se trata de un delito de peligro concreto y no abstracto. Asimismo, se realiza un estudio de la estructura típica del nuevo delito y se analizan algunos de los problemas interpretativos que plantea la corrupción entre particulares.

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La nueva Ley General tributaria que entró en vigor el 1 de julio de 2004, considera en suartículo 43.1.f1, responsables subsidiarios por la deudas tributarias, a todas las empresas quecontraten o subcontraten un servicio a otra empresa, en el supuesto de tener la misma actividadprincipal de la contratante, y sólo por las obligaciones tributarias generadas por la obra oservicio objeto de contratación. Este nuevo tipo de responsabilidad ha generado un cambio enla gestión de las empresas de servicios, debido en parte a que esta medida ha suscitado, en sufase inicial, cuestiones que aún no han sido aclaradas.

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El present Treball de Fi de Carrera analitza y contextualitza el conflicte armat de l’Antiga Iugoslàvia, que va esclatar a partir de 1991 i identifica com va influir el Dret dels Conflictes Armats, en general, al seu desenvolupament. En aquest sentit, centra l’atenció en les iniciatives empreses per la comunitat internacional per calmar el conflicte i, molt especialment, la resposta per part de les Nacions Unides. Tanmateix, després d’haver-se produït greus violacions del Dret Internacional Humanitari i de perpetrar-se crims de genocidi i de lesa humanitat es va crear el Tribunal Penal Internacional per la exIugoslàvia, que constataria la vigència del Dret Internacional i en castigaria els violadors.